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El mercado residencial sigue acentuando las diferencias entre los territorios en recuperación y los que aún no han finalizado su ajuste. Así, el precio de la vivienda en España moderó ligeramente su ritmo de crecimiento en el tercer trimestre con una subida del 0,8% según el Índice Tinsa IMIE Mercados Locales, frente al 1,5% del primero y el 1% del segundo. Analizado el año 2016 de forma aislada, desde enero el precio medio se ha incrementado gracias al crecimiento en Cataluña (6,5%), Madrid (4,8%) y Canarias (3,8%) que lideran la consolidación de precios.

montgat barcelona cieloymar - El precio de la vivienda sube un 0,8% sostenido por Cataluña, Madrid y Canarias

También registraron alzas superiores al 1% en los últimos 12 meses las Comunidades Autónomas de La Rioja (3,7%), País Vasco (3,5%) y Andalucía (1,4%). No obstante y a pesar de la mejora generalizada, el mercado residencial sigue acentuando las diferencias entre los territorios en recuperación y los que aún no han finalizado su ajuste, como las zonas con las caídas más pronunciadas: Murcia (-4,9%), Cantabria (-4,1%), Navarra (-3,3%) y Castilla y León (-3,1%),

Desde precios máximos en 2017, las mayores caídas acumuladas corresponden a La Rioja (–55,9%), Castilla-La Mancha (-52,1%), Navarra (-50,7%) y Aragón (-50,3%), que completa el grupo de los descensos superiores al 50%. Las comunidades autónomas que mejor han mantenido su nivel de precios en los últimos 9 años son Baleares (-28,3%), Extremadura (-29,9%) y Galicia (-33,4%).

Por provincias, el crecimiento lo han liderado Barcelona (+6,8%) y Málaga (6,1%), gracias a su marcado carácter turístico, según Tinsa. Otras provincias con revalorizaciones importantes son Cuenca (5,5%), Cáceres (5,3%) y Guipúzcoa (5,2%). En Madrid, el precio medio se ha incrementado un 4,8% en tasa interanual. En el lado contrario, los mayores descensos han sido protagonizados por Teruel (-6,6%) y Orense (-5,2%). En Murcia, Segovia y Cantabria el ajuste supera el 4%, con más intensidad que en León (-4%), en Ávila (-3,6%) y en Valladolid, Badajoz y Navarra (-3,3% en las tres provincias). En general, las zonas de interior alejadas de las grandes ciudades son las que aún no han finalizado el proceso de ajuste.

Las provincias que más han corregido su precios desde máximos de 2007 son La Rioja (-55,9%), Toledo (-55,7%), Guadalajara (-54,6%) y Zaragoza (-53,2%). El ajuste supera también el 50% en Tarragona, Navarra, Ávila, Huelva, Girona y Lleida. En el extremo contrario, los menores descensos acumulados en los últimos nueve años, todos ellos por debajo del 30%, se sitúan en Orense, Cáceres, Islas Baleares y Teruel.

Las capitales, lideradas por Barcelona y Santa Cruz de Tenerife

Las grandes ciudades y algunos enclaves turísticos destacan con los incrementos de precios más acusados en el último año. La evolución más positiva corresponde a Barcelona, con un alza del 8,8%, por delante de Santa Cruz de Tenerife (7,4%), Cáceres (7,3%) y Bilbao (6,9%). También las capitales de Cuenca, Valencia y Madrid registraron incrementos superiores el 5% respecto al tercer trimestre de 2016. Las mayores caídas en tasa interanual entre las capitales con datos disponibles fueron las de Murcia (-8,1%), Segovia (-7,9%), Albacete (-7,5%), Ourense (-7,1%) y Lleida (-6,6%).

Guadalajara se mantiene como la ciudad con el mayor ajuste a la baja en su precio medio desde máximos de 2007 (un 59,3%), seguida de Logroño (-58,6%), Tarragona (-57,5%) y Zaragoza (-56,8%). Otras nueve capitales se han depreciado más de un 50% en estos últimos nueve años. Los menores descensos en el valor medio desde 2007 corresponden a las ciudades de Ourense (-26,8%), Cáceres (-29,3%) y Santa Cruz de Tenerife (-31,5%).

10,6 meses para vender ...y para comprar: el 21% de los ingresos

Según Tinsa, considerando la oferta de vivienda en venta y el ritmo de transacciones, el plazo medio para vender una vivienda en España está en torno a los 10,6 meses, una décima más que en el trimestre anterior, debido al aumento del volumen de oferta disponible. Las provincias más líquidas (aquellas en las que las ventas se realizan con mayor rapidez) son Madrid (6,4 meses), Las Palmas (7,1), Santa Cruz de Tenerife (7,3) y Badajoz (7,8 meses). En las capitales de Barcelona y Madrid, el plazo medio de venta está en cinco meses.

Entre los mercados residenciales menos líquidos destacan Cantabria, donde se tarda de media más de año y medio en encontrar comprador, y las provincias de Ávila, Álava y Salamanca, cuyos plazos de venta se mueven en una banda entre los 15,7 y los 17 meses.

Por otro lado, si se analiza el esfuerzo financiero como la relación entre el nivel de ingresos familiares brutos y el coste de afrontar el primer año de hipoteca, la compra de una vivienda exige destinar un 21% de los ingresos, frente al 33% que se requería en el punto álgido del ‘boom’ inmobiliario. Entre las provincias analizadas, destacan Málaga, con el mayor esfuerzo, del 34%, e Islas Baleares, con el menor: un 28%. Madrid y Barcelona se mantienen en torno a la media nacional, un punto porcentual por debajo de Sevilla (22%) y por encima de Valencia (16%) y Zaragoza (18%).

Fuente: Tinsa IMIE Mercados Locales (Tercer Trimestre 2016)

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Después de 25 meses consecutivos, se rompe la tendencia al crecimiento de dos dígitos en la firma de hipotecas, frenada por la decisión de los registradores de la propiedad de no inscribir escrituras con cláusulas abusivas relacionadas con los intereses de demora, que también afectó a la evolución de la compraventa. De este modo, en el mes de julio las entidades financieras concedieron 18.706 préstamos para comprar vivienda, un 14,9% menos que en el mismo mes del año anterior, según los datos hechos públicos hoy miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El dato cae respecto al mes anterior un 26% y se queda por debajo de la barrera de las 20.000 hipotecas mensuales, algo que no había sucedido desde diciembre de 2015.

pisos valencia malvarosa 1024x679 - La hipotecas para comprar vivienda caen un 14,9% en julio y pone fin a 25 meses de subidas

El descalabro tiene explicación. El INE recuerda que durante el mes de julio los Registros de la Propiedad suspendieron la inscripción de algunas hipotecas en el marco de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencia 364/2016 de junio de 2016) sobre el carácter abusivo de algunas cláusulas sobre el tipo de interés de demora. Una vez subsanados los defectos de las hipotecas afectadas, éstas se inscribirán en los Registros en los próximos meses. Según los expertos, lo ocurrido en el mercado de la vivienda durante el mes de julio se puede interpretar como "un pequeño bache" que no afectará a la reactivación que está viviendo el mercado después de la larga crisis por la que ha pasado.

En tasa intermensual (julio sobre junio), las hipotecas sobre viviendas cayeron un 26%, mientras que el capital prestado retrocedió un 24%. Y en el cómputo de los siete primeros meses de 2016, la firma de hipotecas sobre pisos y casas acumula un repunte del 13,8%, con incrementos del 17,6% en el capital prestado y del 3,3% en el importe medio.

El importe medio de las hipotecas constituidas sobre viviendas alcanzó en el séptimo mes del año los 115.540 euros, un 10,1% más que en igual mes de 2015, mientras que el capital prestado descendió un 6,3% en tasa interanual, hasta superar los 2.161 millones de euros. Mientras que el tipo de interés medio inicial para los préstamos hipotecarios sobre viviendas alcanzó el pasado mes de julio el 3,26%, frente al 3,37% registrado un año antes, mientras que el tipo de interés medio para el total de fincas se situó en el 3,23%, con un plazo medio de 22 años.

El 75,6% de las hipotecas constituidas el pasado mes de julio utilizó un tipo de interés variable, frente al 24,4% de tipo fijo. El Euríbor es el tipo de referencia más utilizado en la constitución de hipotecas a interés variable, figurando en el 93,9% de los nuevos contratos.

De las 9.933 hipotecas con cambios registrales (37,5% menos respecto al mismo mes de 2015) que cambiaron sus condiciones en julio, el 47,5% se debieron a modificaciones en los tipos de interés. Después del cambio de condiciones, el porcentaje de hipotecas a interés fijo aumentó del 6,2% al 7,9% y el de hipotecas a interés variable cayó del 93,3% al 91,7%. Tras la modificación de condiciones, el interés medio de los préstamos en las hipotecas a tipo fijo se redujo 1,4 puntos y el de las hipotecas a tipo variable bajó 1,5 puntos.

Andalucía y Cataluña, a la cabeza

Por comunidades autónomas, las que registraron el pasado mes de julio un mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas fueron Andalucía y Cataluña (3.432 en ambos casos) y Madrid (2.924).

La única comunidad con tasa de variación anual positiva es Cataluña (0,9%). El resto de las comunidades presentaron tasas negativas interanuales en la constitución de hipotecas sobre viviendas, especialmente Asturias (-69,9%), Castilla-La Mancha (-42,8%) y País Vasco (-42%). 

En tasa mensual, todas las comunidades presentan variación negativa en el número de hipotecas sobre viviendas. Los menores descensos se dan en Murcia (-7,6%), Cantabria (-7,9%) y Canarias (-14,3%)..

Por su parte, las regiones en las que se prestó más capital para la constitución de hipotecas sobre viviendas fueron Madrid (485,9 millones de euros), Cataluña (430,3 millones de euros) y Andalucía (338,8 millones).

Fuente: Instituto Nacional de Estadística - Hipotecas Julio 2016

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Entre los meses de abril y junio se vendieron en España 123.159 viviendas, lo que supone un crecimiento del 15,1% con respecto al mismo periodo de 2015. Así lo confirma la estadística sobre transacciones inmobiliarias de viviendas realizadas ante notario publicada por el Ministerio de Fomento. Para encontrar un segundo trimestre con más compras de pisos y casas hay que remontarse al año 2010 (153.164). En los últimos 12 meses, de julio de 2015 a junio de 2016, se han vendido en España 435.816 viviendas, lo que supone un 13,2% más interanual.

guardamardelsegura alicante 2 1024x768 - La venta de pisos y casas subió un 15,1% en el 2º trimestre y se extiende a más ciudades

El triunfo en el segundo trimestre del año volvió a llevárselo la venta de viviendas usadas. Así, contabilizando el total de viviendas vendidas, 11.948 compraventas correspondieron a vivienda nueva, lo que representa un 9,7%. Por su parte, la vivienda de segunda mano, con 111.211, supone el 90,3%. En cuanto al régimen de protección de las viviendas vendidas, las transacciones de vivienda libre durante el segundo trimestre sumaron 117.422, lo que representa el 95,3% del total, mientras que las transacciones de vivienda protegida alcanzaron las 5.737, el 4,7% de todas las realizadas.

Según los expertos, a pesar del repunte del segundo trimestre, la cifra sigue estando muy lejos de los niveles registrados en plena burbuja inmobiliaria y el incremento parece responder a la sensación de mejora de la economía y la recuperación de la confianza de los compradores, tanto los que compran para vivir como de los inversores. Por otra parte, la apertura del grifo hipotecario parece estar animando el crecimiento del número de operaciones. No en vano las entidades financieras continúan cancelando más hipotecas que las que conceden, por lo que su batalla por captar nuevos clientes sigue viva.

Se extiende la recuperación

La recuperación se va extendiendo a otras regiones, además de Madrid. Por comunidades autónomas, durante el segundo trimestre 17 regiones registran incrementos en el número de compraventas de viviendas y sólo en una disminuyen. Entre todas las regiones destacan con los mayores avances: Cataluña (+27,9%), Asturias (+23,4%), Baleares (+23,3%), Aragón (+19,8%) y Extremadura (+19,4%). Por el contrario, en Navarra se registró un retroceso del -7% en el número de compraventas.

Por municipios se observa que el repunte en las ventas llega también a algunas zonas costeras. Es el caso de Madrid (9.840 compraventas), Barcelona (4.496), Valencia (2.356), Sevilla (2.015), Zaragoza (1.922), Torrevieja (1.616), Málaga (1.565) y Palma de Mallorca (1.356).

Analizando el acumulado de los últimos 12 meses (julio de 2015 a junio de 2016 frente a julio de 2014 a junio de 215), todas las comunidades autónomas registran un comportamiento positivo, destacando Murcia (+23,7%), Baleares (+20,4%), Canarias (+19%), Cataluña (+18,3%), Asturias (+16,4%) y Cantabria (+15,2%).

compraventa 2trim2016 fomento - La venta de pisos y casas subió un 15,1% en el 2º trimestre y se extiende a más ciudades

El comprador extranjero, suma y sigue

En relación a la nacionalidad del comprador, las compras de viviendas realizadas por extranjeros residentes en España experimentaron un crecimiento interanual por vigésimo trimestre consecutivo, en concreto un 19,1% frente al segundo trimestre de 2015, totalizando 20.444 compraventas. Las realizadas por extranjeros no residentes sumaron 1.354, un 8% superior a las de hace un año.

En su conjunto, las compraventas realizadas por extranjeros (residentes y no residentes) suponen la adquisición de 21.798 viviendas, es decir, el 17,7% del total. Por provincias, las que registran mayor número de compraventas por extranjeros residentes corresponden a Alicante (4.762), Málaga (2.720), Barcelona (1.776), Santa Cruz de Tenerife (1.407), Baleares (1.400) y Madrid (1.397).

Fuente: Ministerio de Fomento

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, que fija doctrina, en la que establece que el comprador de una vivienda podrá recuperar el dinero anticipado si se anula el contrato de compraventa por haber ocultado el vendedor irregularidades urbanísticas. El fallo determina que las garantías legales de las cantidades anticipadas para adquisición de viviendas reguladas en la Ley 57/1968 y en la disposición adicional de la LOE se extienden a aquellos supuestos en que el contrato de compraventa no llega a buen fin por declararse nulo "por vicio invalidante del consentimiento", al haber ocultado el promotor-vendedor al comprador "la existencia de vicios de la edificación de naturaleza urbanística". A partir de ahora, "el vendedor responde no sólo de la entrega del inmueble, sino también de efectuarlo con utilidad para su destino propio, en condiciones de habitabilidad".

construccion laspalmasdegrancanaria - Supremo: "El comprador podrá recuperar el anticipo de una vivienda con fallos urbanísticos"

Asimismo, el Supremo indica que la existencia de ilegalidades urbanísticas no puede considerarse que escapa del ámbito de la Ley 57/1968, "pues se encuentra estrechamente relacionada con la obligación del promotor-vendedor de iniciar y entregar la vivienda, cumpliendo las condiciones físicas y jurídicas para ser habitada sin miedos de futuro y sin frustración de expectativas, en lo que constituye el objeto del contrato".

Este fallo tiene su origen en la demanda que presentó la empresa Monteye Properties & Loan (compradora) contra Marina Isla Valdecañas (vendedora) y su aseguradora, solicitando la nulidad del contrato de compraventa de una vivienda, por vicio de consentimiento. En dicha demanda, la empresa compradora alegaba que el día de la firma del contrato de compraventa no se le informó de la existencia de un litigio que afectaba al instrumento urbanístico sobre el que se asentaba el inmueble. En concreto, argumentaba que la vendedora le ocultó que había un procedimiento judicial pendiente en el que se pedía que se anulara el decreto de la Junta de Extremadura que daba cobertura legal urbanística al complejo donde se ubicaba la vivienda adquirida.

Un juzgado de Sevilla declaró la nulidad del contrato y condenó a la vendedora a devolver las cantidades anticipadas (200.670,65 euros) y a pagar 52.143,55 euros por daños y perjuicios, pero se rechazó la responsabilidad de la aseguradora al entender que, como existía licencia de primera ocupación, se cancelaban las garantías otorgadas por la aseguradora o avalista, según el artículo 4 de la Ley 57/1968. Dicho artículo establece que "expedida la cédula de habitabilidad por la Delegación Provincial del Ministerio de la Vivienda y acreditada por el promotor la entrega de la vivienda al comprador, se cancelarán las garantías otorgadas por la entidad aseguradora o avalista". La Audiencia Provincial de Sevilla confirmó dicho fallo, razonando que la circunstancia de este caso no está prevista en la ley 57/1968, que sólo cubriría que no se iniciase o terminase la construcción, el retraso en la entrega o la falta de licencia de primera ocupación.

La sentencia del Tribunal Supremo condena a la aseguradora

La sentencia del Tribunal Supremo conocida el pasado lunes y de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Baena Ruiz, estima el recurso de casación interpuesto por la empresa Monteye Properties & Loan y condena a la compañía aseguradora, alejándose del fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla y del juzgado, que la absolvieron al apreciar sólo la responsabilidad del promotor-vendedor. La cuestión que se plantea en este caso es hasta dónde alcanza el riesgo cubierto por la garantía que establece la ley 57/1968 sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas en los casos en los que se anule el contrato de compraventa por causa no imputable al comprador.

En la sentencia se explica que hay Audiencias Provinciales que consideran que la garantía establecida en dicha ley sólo cubre la falta de inicio o terminación de la construcción de la vivienda y obtención de las licencias administrativas accesorias para ser entregada y utilizada como tal. En sentido contrario, otro grupo de sentencias, citadas por la empresa recurrente, admiten otros supuestos de incumplimiento distintos a los anteriores: cuando se entrega la vivienda en condiciones distintas a las pactadas; con una carga hipotecaria superior al importe del precio pendiente de abono; cuando se entrega con un embargo a favor de una empresa constructora, o cuando no hubo entrega efectiva por haber sido vendido a un tercero.

Otro supuesto es el que equipara la falta de entrega física de la vivienda a su falta de entrega jurídica. A los efectos de la ley 57/68, cuando concurre un problema urbanístico, como en este caso, conlleva la demolición de las viviendas. Para el Tribunal Supremo, "la obligación de entrega por parte del vendedor presenta un doble aspecto: físico o material, consistente en la puesta en posesión que en casos de inmuebles puede entenderse producida por el otorgamiento de la escritura pública; y otro jurídico, que se refiere al cumplimiento de aquellas condiciones necesarias para que quede garantizada la posesión legal y pacífica de la cosa a favor del comprador".

La Sala Civil del Tribunal Supremo señala que lo relevante para el comprador es que la entrega de la vivienda se produzca cuando el inmueble esté en condiciones de ser disfrutado según su destino. Del mismo modo, añade que la obligación del vendedor de entregar la vivienda supone "la entrega de aquella en condiciones de poder ser habitada sin impedimento legal alguno, haciendo posible su ocupación de un modo definitivo y sin obstáculos o impedimentos administrativos o urbanísticos". En consecuencia, concluye el fallo, "el vendedor responde no sólo de la entrega de la vivienda, sino también de efectuarla con utilidad para su destino propio, o lo que es lo mismo, con la condición de habitabilidad".

La sentencia parte del hecho de que a pesar de haberse expedido la licencia de ocupación, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura había ordenado la reposición de los terrenos a su estado anterior por lo que existía un "peligro cierto y grave" de demolición sobre la vivienda, basado en esa resolución judicial firme, que no se podía esquivar con la modificación del Plan General Municipal. "Tan esencial es el error provocado por la ocultación que hizo el promotor-vendedor al comprador de la ilegalidad urbanística, que ha dado lugar a la anulabilidad del contrato por vicio en el consentimiento, con lo que es evidente que el contrato no ha llegado a buen fin, pues era factible la entrega física al encontrarse la vivienda terminada, pero adolecía de condiciones jurídicas que garantizasen el uso pacífico de futuro, sin miedos ni sobresaltos por ilegalidades urbanísticas".

En relación con la condena a la aseguradora, la Sala afirma que si hubiese cumplido con sus obligaciones, entre la que se encuentra la de entrega de una vivienda hábil para su destino por estar cubierta con la normativa urbanística, "habría podido detectar, al ser profesionales del ramo, las dificultades urbanísticas que ya existían cuando concertó el seguro". Por esa falta de "diligencia", el Supremo condena a la compañía aseguradora Asefa a devolver a la compradora las cantidades entregadas a cuenta del precio de la vivienda más los intereses recogidos en la demanda.

Fuente: poderjudicial.es

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El precio de los pisos sube a un ritmo anual del 6,3%, pero su puesta en alquiler rentó un 4,6% adicional en los tres primeros meses del año. El dato, es el máximo histórico en los últimos 9 años. La rentabilidad de la vivienda no era tan alta desde el tercer trimestre de 2007, coincidiendo con el pico de la burbuja inmobiliaria. De este modo, el rendimiento medio bruto anual de la vivienda se situó entre el 10,9% en el primer trimestre del año y del 8,3% en el segundo, de acuerdo con los últimos datos publicado por el Banco de España. En 2015 este indicador se situaba en una cifra récord del 8,8%, provocando que una de cada cinco viviendas en España se compren como inversión, dada la atracción por la alta rentabilidad que da ahora el alquiler de viviendas según Servihabitat. Una rentabilidad muy superior a la deuda pública (un 0,987%), los depósitos (0,2%, en julio) o la Bolsa (-15%, en agosto).

barcelona2 1 1024x682 - Rentabilidad en máximos históricos: ya 1 de cada 5 viviendas se compra como inversión

Así, "la rentabilidad de la inversión en el sector residencial en España presenta unos retornos estables, con poca exposición a los shocks externos", según el reciente Informe Residencial 2016 de Tasaciones CBRE, mientras que para Ernst & Young, España gana posiciones en el ranking internacional y situarse entre los diez destinos de inversión más atractivos para los ejecutivos del sector inmobiliario y construcción". Esta brecha entre la rentabilidad de la vivienda y el resto de los activos significa que es un momento propicio para invertir en vivienda para alquilar, tanto por parte de compradores particulares como por parte de empresas especializadas, ya que además el coste de los préstamos hipotecarios está en mínimos históricos. El modelo de negocio de estas empresas y de los particulares está claro: obtienen una renta fija, derivada de la puesta en alquiler del inmueble, que supera de sobra los gastos operativos de la propiedad, y además ponen el ojo en una revalorización del inmueble, con lo que pueden más que duplicar el retorno.

Esta cifra de rentabilidad bruta mide el efecto combinado de la revalorización de la vivienda más la renta que se obtiene de ponerla en alquiler, antes de impuestos. Es decir, no sólo tiene en cuenta lo que obtendría cada año el inversor al poner el inmueble en arrendamiento, sino, también, lo que ganaría al venderlo al cabo de doce meses, siendo este el dato más relevante para los inversores.

rentabilidadalquiler 1trim2016 - Rentabilidad en máximos históricos: ya 1 de cada 5 viviendas se compra como inversión

Las compras por inversión suponen el 21% de las ventas de vivienda de costa, y el 18% de las compras de viviendas de uso habitual según Servihabitat. En Madrid y Barcelona, inversores y ciudadanos extranjeros que quieren pasar temporadas por trabajo o ocio en la ciudad, ambos tipos de compradores de alto poder adquisitivo, está volviendo a expulsar a las familias de clase media hacia los barrios periféricos, donde también existen inversores, aunque en su mayoría pequeños y nacionales, que buscan alternativas a los depósitos bancarios y a la volatilidad bursátil para sus ahorros, comprando inmuebles de un valor medio de 125.000 euros. Según Alfa Inmobiliaria, los pequeños inversores nacionales se están dirigiendo también a la vivienda de costa: hasta el 50% de los compradores del último año han tenido en cuenta la oportunidad de inversión que supone la compra, frente al 15% que asegura que sólo atiende a su disfrute y un 35% de ventas a extranjeros.

Comprar para alquilar: oferta y demanda

En España no existe una estadística oficial que permita trazar una radiografía global y certera de cómo se están comportando la oferta y la demanda en el mercado del alquiler, dado que no existe un registro nacional en el que se inscriban los contratos de arrendamiento. En un intento por arrojar luz al mercado, Solvia ha desarrollado un estudio aplicando técnicas de big data a partir de 2,4 millones de anuncios de viviendas en alquiler y la revisión en detalle de 2.300 códigos postales de toda España. Una de las conclusiones más relevantes de este estudio es que el fuerte crecimiento de la demanda de alquiler junto con la rigidez de la oferta, especialmente en ciudades como Madrid y Barcelona, han generado bolsas de demanda insatisfecha, así como importantes incrementos de precios en los últimos meses.

Según el mencionado estudio, elaborado por Solvia, la rentabilidad media de las viviendas analizadas se sitúa en el 6,11%, con un precio medio de cierre de las compraventas de 1.377 euros por metro cuadrado. De dicha muestra de oferta de viviendas en alquiler en España, el 29% ofrece una rentabilidad bruta superior al 7%, el 49% presenta una rentabilidad que oscila entre el 5%-7% y el 22% genera un rendimiento inferior al 5%. Los inversores más conservadores son quienes demandan las rentabilidades más bajas a cambio de un menor riesgo. Aquí se sitúan distritos de Madrid capital como Chamartín-Plaza Castilla (rentabilidad media del 4,1%) o en la ciudad de Barcelona, Sarrià-Sant Gervasi (4,2%). Para quienes requieren rentabilidades superiores pese al mayor riesgo, la oportunidad está en mercados de alquiler más secundarios. Una muestra de ello es el distrito de Puente de Vallecas (Madrid), cuya rentabilidad supera el 9%, o el distrito de Horta-Guinardó (Barcelona), con un 6,9%.

De acuerdo con el análisis de Solvia, la renta media de los alquileres en España creció un 4,9% interanual en los cinco primeros meses de 2016. En el ámbito regional, resulta significativo el incremento de precios en dicho periodo en comunidades como Baleares (+16%), Cataluña (+11%) y Madrid (+10%). No obstante, estas cifras también hay que revisarlas desde la perspectiva de los distintos micromercados inmobiliarios. Por ejemplo, en la ciudad de Madrid los mayores incrementos en las rentas se han producido en el barrio de Salamanca, Chamberí, Retiro y Tetuán, con avances de entre el 9% y el 13%. En distritos de la ciudad de Barcelona como Gràcia, Sants o Ciutat Vella, los precios han escalado más de un 20%.

Un mini boom en algunas ciudades según Tecnocasa. Barcelona lidera el ímpetu inversor, ya que el 40% de las viviendas que se venden se destina a la rentabilidad. Esto significa que el 60% de los sólo compradores adquiere una vivienda para vivir en ella. A la ciudad condal le sigue Valencia, donde el porcentaje de pisos que se venden para ponerlos en alquiler en busca de una ganancia asciende al 37%. Madrid es la otra gran urbe en la que los inversores particulares (fundamentalmente, aunque no sólo) se comen un tercio de la tarta inmobiliaria, en concreto el 32%. La media de España es el 26%. Cerca de esas cifras se mueven Zaragoza (28%), Málaga (25%) y Sevilla (22%), las otras tres grandes plazas inmobiliarias de España.

2 de cada 10 turistas extranjeros comprarán un piso en España

Un análisis acompañado de una encuesta realizada por la franquicia inmobiliaria Iberia Real Estate en los principales puntos de costa de España entre los turistas extranjeros durante los meses de julio y agosto refleja que dos de cada 10 viajeros planean comprar una segunda residencia en España. Y es que los datos récord de turismo que estamos viviendo en nuestro país este año con una afluencia superior al 6% respecto al año pasado también tendrá efectos económicos en el sector inmobiliario.

Encabezado por los turistas ingleses y alemanes, que son los que más se interesan en las viviendas españolas de costas como la Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña y Baleares. Sorprende la dispersión geográfica sufrida este año respecto a los destinos y búsquedas de viviendas por parte de extranjeros. Y es que según Iberia Real Estate ya no son sólo las ciudades tradicionales las más demandadas. Los turistas extranjeros están comenzando a descubrir más puntos de nuestro país como Madrid, Cantabria o Galicia.

Especial atención a la localización y la calidad de la vivienda

Los expertos recomiendan poner especial atención en la localización y en la calidad de la vivienda, de forma que se pueda lograr un margen extra para compensar gastos y rebajar el riesgo de pérdidas. Esto se debe a que España ya no es un mercado unitario, en el que toda la demanda se absorbe y todos los precios suben, como sucedía hasta 2006, sino que hay un mercado a dos o tres velocidades, en el que algunas ciudades y barrios siguen sin tocar suelo o están estancados, mientras que muchos otros viven una clara recuperación.

Se recomienda buscar pisos céntricos y pequeños como la mejor vía para rentabilizar la inversión. "Los pisos de una o dos habitaciones tienen más mercado. Es cierto que algunas familias también alquilan, pero la mayoría optan por la compra, por lo que los pisos pequeños tienen más salida", señala el consultor inmobiliario José Luis Ruiz Bartolomé, que además apuesta por buscar localizaciones céntricas o en las que haya mucho movimiento de personas, sean nacionales o extranjeras. "Es cierto que una vivienda en otros barrios menos transitados puede ofrecer una mayor rentabilidad sobre el precio de compra, pero puede que el inmueble quede deshabitado mucho tiempo, lo que supone una pérdida mayor".

Fuentes: elmundo.es, elpais.com, expansion.com y Banco de España

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Las subprime, las cláusulas suelo, las multidivisas... y ahora, las hipotecas referenciadas al IRPH. Según las entidades financieras un indicador más estable, menos volátil y, por tanto, más seguro que el euríbor. Con este argumento, los bancos convencían a sus clientes a la hora de contratar este tipo de hipotecas referenciadas al IRPF. Una elección que, en apariencia, parecía resultar la más beneficiosa para el cliente pero que, a la larga, se ha traducido en un mayor desembolso económico. Elegir el IRPH en lugar del euríbor ha costado a los hipotecados entre 18.000 y 21.000 euros de más, una cifra nada despreciable para el bolsillo de cualquier familia media.

hipotecasIRPF - Nueva ofensiva judicial para la banca: las hipotecas referenciadas al IRPH

Según explica a El Confidencial Pau A. Monserrat, perito economista de FuturLegal, para una hipoteca media de 180.000 euros a devolver en 20 años, contratada hace 10 años y referenciada a IRPH de entidades + 0,25%, una familia habría pagado en estos 10 años 21.265,56 euros de más que si hubiera optado por el euríbor +0,25%. Aunque ambos indicadores se han movido paralelamente (el IRPH siempre por encima del euríbor), pero, a partir de 2012, el euríbor empezó a caer con fuerza hasta situarse en los mínimos actuales, mientras que el IRPH frenó en seco su caída, perjudicando a miles de hipotecados. "Si el euríbor no hubiera caído tanto, el cliente no se habría dado cuenta de este abuso por parte de los bancos".

Esta cifra aproximada de 20,000 euros, coincide con las que manejan asociaciones y plataformas como la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) y DenunciasColectivas, que defienden a miles de hipotecas en IRPH. "Nuestros cálculos dan una media de perjuicio de 18.239 euros, de los cuales 13.511 euros son de intereses pagados de más y 4.728 euros corresponden al recálculo del cuadro de amortización", explica a El Confidencial Javier Gastón, responsable de Denuncias Colectivas, plataforma que ha pasado de defender de 140 a 1.400 afectados. Pero la cifra de perjudicados es muy superior.

Hace un par de años, Société Générale calculaba que en España había aproximadamente un millón de hipotecas referenciadas al IRPH. Una cifra que, tras la desaparición en octubre de 2013 de los índices hipotecarios IRPH Cajas, IRPH Bancos y Ceca (aún sigue vigente el IRPH de entidades financieras), podría haberse reducido hasta el medio millón, tal y como calculan desde Asufin. "El número de hipotecas afectadas se sitúa en torno al 20% del conjunto de hipotecas comercializadas en los últimos 15 años, lo que supone más de 1.200.000 hipotecas, lo que para la banca habría supuesto unos ingresos extraordinarios frente a las indexadas con euríbor de casi 22.000 millones de euros", afirma Javier Gastón, que calcula que sus clientes están pagando unos 175 euros al mes de más por tener como referencia el IRPH. O lo que es lo mismo, 2.100 euros de más al año.

"Estamos hablando de muchísimo dinero, por lo que no es de extrañar que muchos clientes se estén organizando para acudir a los tribunales. Una vez más, ha habido falta de transparencia por parte de las entidades financieras a la hora de vender un producto financiero", añade Monserrat. "Al cliente no se le puso sobre la mesa ningún gráfico con un escenario desfavorable si contrataba el IRPH en lugar del euríbor. Solamente le explicaban que era mucho más estable que este, pero no que era más caro. Un cliente bien informado, nunca lo hubiera elegido". Así, Patricia Suárez, de Asufin, está preparando una demanda colectiva contra varias entidades financieras. "Muchos hipotecados no descubrieron que tenían IRPH hasta que empezaron a ver cómo a todo el mundo a su alrededor le bajaba la cuota de su hipoteca menos a ellos. Muchos pensaban que tenían contratado un euríbor más un diferencial, mientras que otros pensaban que lo que tenían era una cláusula suelo. Una lucha ya casi ganada tras años de litigio en el caso de las cláusulas suelo, pero aún queda mucho por recorrer en el caso del IRPH".

Y es que la balanza en los tribunales, tanto a favor como en contra de los afectados, está ahora mismo bastante equilibrada. En septiembre de 2013, por primera vez un juez reconocía que el IRPH de las hipotecas era una cláusula abusiva. “Establecer el IRPH como índice en sustitución del euríbor resulta más perjudicial para el prestatario, lo que da lugar a declarar dicho índice como abusivo”. Así lo recogía la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Collado Villalba (Madrid) que suspendía la ejecución hipotecaria de una vivienda por impago de una hipoteca “a la vista de las numerosas cláusulas abusivas” existentes en el contrato hipotecario. Dos años más tarde, en abril de 2015, el Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona declaraba nulo el índice IRPH Cajas de Ahorro que tenía un cliente en su hipoteca y condenaba al BBVA a anular dicho índice y devolver 6.659 euros a un cliente “en concepto de intereses y no amortización”.

Ahora, las sentencias no siempre dan la razón a los afectados. "Hasta hace un año, los tribunales de lo mercantil, donde se dirimían estas cuestiones, nos daban casi siempre la razón. En abril de 2015, sin embargo, un cambio legislativo derivó estas demandas a los juzgados de primera instancia, donde está siendo mucho más complicado ganar a la banca, posiblemente por el menor conocimiento y menor formación económica y financiera que los jueces de lo mercantil", lamenta Patricia Suárez, quien también acusa a la banca de haber manipulado el índice.

evolucion irph euribor - Nueva ofensiva judicial para la banca: las hipotecas referenciadas al IRPH

Asufin prepara una auténtica ofensiva contra la banca, ya que en las próximas semanas presentará una demanda colectiva contra varias entidades financieras, con la que pretenden conseguir que el IRPH sea considerado cláusula abusiva, al constatar que se trata de un índice susceptible de manipulación cuyo método de cálculo resulta extremadamente opaco. Dicha declaración de 'abusividad' comportaría la nulidad de la cláusula y, por tanto, el cese inmediato de su aplicación así como la devolución de todos los intereses generados por su acción desde el momento de suscripción del préstamo hipotecario.

Un nuevo quebradero de cabeza para las entidades financieras tras el revés judicial del Tribunal Supremo de mayo de 2013 sobre la 'abusividad' de las cláusulas suelo. "El IRPH es incluso más grave. El Supremo dijo sobre ellas que eran legales siempre y cuando hubiera transparencia en su contratación. Es decir, cuando el cliente estuviera bien informado, pero no dijo que fueran ilegales. En el caso del IRPH, el asunto es mucho más grave porque hay informes que acreditan que es manipulable, más incluso que el euríbor. Basta con que los bancos digan que ha subido el tipo de interés de sus operaciones", opina Pau A. Monserrat. "En mi opinión, no reúne los requisitos mínimos para ser una referencia hipotecaria. De hecho, tal y como sucedió con el IRPH de bancos y de cajas, acabará desapareciendo, porque no es una referencia válida, estadísticamente hablando".

Fuente: elconfidencial.com

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Si nos vamos a embarcar en la compra de una vivienda debemos hacerlo con todas las garantías y más si ésta es de segunda mano. Hay que saber con certeza que a la casa que adquirimos nada le "ata" al pasado. Si hemos dado con la vivienda que nos interesa hay que saber si ese piso o casa en particular está libre de cargas y el propietario al corriente de todos los pagos. Las cargas son limitaciones de dominio y aparecen en una inscripción diferente de la del cambio de titulares. Las más corrientes son las hipotecas, censos, embargos y servidumbres. Todas las cancelaciones de carga tienen que figurar en el registro. Es crucial comprobarlo antes de comprar una vivienda.

casas estepona - Garantías y Registro de la Propiedad: ¿La vivienda que voy comprar está libre de cargas?

El objetivo es claro: no tener disgustos innecesarios. Y es que saber si sobre esa vivienda que va a adquirir pesa alguna situación comprometida, como un embargo o una ejecución hipotecaria puede evitar muchos problemas. Del mismo modo, al comprar una vivienda lo más recomendable es inscribirla en el Registro de la Propiedad, pero no es obligatorio por ley. Principalmente, registrar la vivienda garantiza ser el único propietario de la casa y por lo tanto evita, por ejemplo, que los acreedores del vendedor no podrán reclamar (embargar) el inmueble al comprador.

Hay que tener en cuenta que lo normal siempre es que la casa esté registrada (tanto si es usada como si es de nueva construcción a nombre de la empresa promotora) y que si el anterior dueño tiene algún tipo de deuda el acreedor intente saldarla con los bienes a nombre del deudor, de los que da fe el Registro de la Propiedad. Se trata de un itinerario jurídico en el que intentaremos explicar las situaciones jurídicas que pueden afectar a las viviendas, y que el Registro de la Propiedad debe dar constancia. Una vez que nos hemos decidido por comprar piso o casa, lo correcto es acudir al Registro de la Propiedad que le corresponda y conocer en qué situación registral se encuentra esa vivienda.

Notas marginales relevantes y preventivas

Ejecución hipotecaria. Si compra una casa sobre la que pesa una ejecución hipotecaria, deberá cerciorarse de que se cancela esta carga antes de la compra; en caso contrario, no se podrá efectuar la compraventa y su posterior inscripción en el registro. Se debería realizar la solicitud de Nota Simple o Certificación de dominio y cargas en el Registro de la Propiedad.

Embargo: Es una garantía registral, por la cual los bienes sobre los que se practica quedan afectos al procedimiento de ejecución instado por el acreedor para que estos bienes le sean devueltos. Es muy importante solucionar esta anotación antes de comprar la finca y se debe actuar instando al vendedor que la cancele antes de la venta, o, en caso contrario, acudir al juzgado para informarse de cómo cancelar esta cláusula haciéndose en todo caso cargo de la deuda y descontándola del precio de venta.

Secuestro: Da publicidad de la existencia de una administración judicial sobre los bienes sobre los que recae y de los cuales no se puede disponer sin autorización judicial. Así se evita la pérdida del valor del bien sujeto a la administración, como consecuencia de una mala gestión de su titular. El comprador debe informarse de la situación de este procedimiento antes de efectuar la compra.

Prohibición de disponer: Es una medida cautelar que impide que pueda tener acceso al registro cualquier acto de disposición relativo a los bienes a los que afecta. Entre esas limitaciones, estaría como es lógico la de vender el inmueble, por lo que el comprador debe adquirir solo cuando se le acredite la cancelación de esta anotación.

Servidumbres: Es un gravamen impuesto en un inmueble en beneficio de otro y perteneciente a distinto dueño, por tanto, el titular de la misma tiene derecho a beneficiarse de dicha carga. El comprador debe informarse de si el inmueble a comprar tiene o no esta clase de limitación.

Opción de compra: Las dos partes de la negociación convienen un precio y un tiempo pactado para una compra futura del mismo inmueble. El comprador debe buscar la cancelación de esta opción inscrita.

Concurso de acreedores: Si el titular es insolvente, el inmueble se declara en concurso de acreedores y así se hará en el registro. Este concurso es muy complejo y se pueden dar numerosas situaciones jurídicas. Por tanto, el comprador debe acudir al registro para informarse de la forma de proceder.

Otras limitaciones

Condición resolutoria: Si cuando adquiera su inmueble decide efectuar el pago a plazos, debe mostrar una garantía de que puede hacerse cargo del total del precio acordado, ya que si no, el vendedor podría cancelar la inscripción.

Pacto de reserva de dominio: En el caso de que pague a plazos, el vendedor tiene el derecho a supeditar el cambio de dominio a que se pague el último plazo.

Ayudas y subvenciones. Otra circunstancia bastante común es que la propiedad en cuestión haya sido beneficiaria de una subvención del Estado. Si su venta es anterior al periodo que suele establecerse como aquel en el que no se pueden vender esta clase de casas, una VPO por ejemplo, es muy probable que las ayudas o subvenciones recibidas deban ser devueltas, algo que debería haber hecho el vendedor. Además, el comprador debe solicitar que se cancele la afección fiscal (devolución de las ventajas tributarias obtenidas) mediante un documento administrativo en el que figure que así se ha hecho.

Hipotecas

Si la vivienda que queremos comprar está hipotecada hay que consultar al acreedor (banco o caja) para saber si todavía hay cantidades pendientes de amortización. En este caso, antes de comprar la vivienda es necesario que se liquide la hipoteca o que se subrogue. También es posible restar del precio final la cantidad que aún se adeuda por el préstamo hipotecario y abonarlo directamente a la entidad bancaria acreedora. En caso de liquidación hay que hacer la cancelación administrativa de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

También puede subrogarse o sumarse a dicho crédito, siendo el nuevo titular de la hipoteca, siempre que cuente con el consentimiento del banco. Durante el pasado boom inmobiliario, ésta fue la opción más escogida por los compradores. Si se subroga, hay que tener en cuenta que el precio de la vivienda no vendrá determinado sólo por la cantidad que se paga al vendedor, sino también por la que se paga a la entidad financiera. En ambos casos, la hipoteca no tiene que continuar a nombre del vendedor.

¿Por qué inscribir mi vivienda en el Registro de la Propiedad?

Tomarse la molestia de registrar una vivienda, lo que puede llevar dos visitas al Registro de la Propiedad (una para llevar la documentación necesaria y otra para recogerla ya registrada), es sinónimo de garantía jurídica y seguridad administrativa para el nuevo dueño. Además, tener la casa registrada posibilita al nuevo propietario defenderse frente a las cargas ocultas que pueda tener la vivienda. Por otra parte, esta inscripción significa que nadie puede adquirir derecho sobre la casa sin autorización del propietario y resulta del todo imprescindible para hipotecar el inmueble, puesto que el banco requerirá ese registro para garantizar la devolución del crédito.

Por otra parte, mirando a más largo plazo, la herencia de la propiedad será mucho más compleja si un inmueble no ha sido registrado. Será mucho más difícil demostrar que la vivienda pertenece al transmisor. En este punto cabe puntualizar que la vigencia de la inscripción de una vivienda es sine die y no hay que renovarla.

Otra encrucijada en la que puede verse el nuevo propietario si no da de alta la casa a su nombre en el Registro de la Propiedad, es que el vendedor pueda seguir haciendo uso del inmueble si aún sigue a su nombre. "El anterior dueño podría transmitir la casa a un tercero o incluso gravarla de nuevo, por ejemplo, con una hipoteca", advierten desde el gabinete de abogadas Echeandía & Alevito. "La persona que realiza esa acción de venta a un tercero está obrando ilícitamente", añaden estas expertas jurídicas, "pero", recuerdan, "la Ley Hipotecaria protege a quien haya adquirido el inmueble o lo haya gravado de buena fe y haya inscrito su derecho". Por lo tanto si el segundo comprador la inscribe y el primero no, la legislación protege al que ha ido al registro. "Se podrán emprender acciones legales contra quien ha actuado ilícitamente, pero la operación realizada por el tercero de buena fe es inamovible".

Fuentes: elmundo.es y registradores.org

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A falta de datos concluyentes, que se publicarán en las cuentas correspondientes al tercer trimestre del año, todo apunta a que la venta de pisos de bancos a particulares se ha disparado este verano, auspiciada por la recuperación del mercado y la oferta creciente. Así, el sector inmobiliario mantiene su tendencia positiva en los últimos meses según las últimas cifras que publican fuentes como el Ministerio de Fomento o los Registradores, que vienen a confirmar que la compraventa de viviendas en España está al alza. A pesar de la incertidumbre política y el ligero descenso del mes de julio reflejada en los datos del INE debido a la suspensión de ciertos contratos por la reciente sentencia del Supremo sobre cláusulas abusivas, e incluso la caída apuntada por los Notarios, datos que señalan cierta moderación, pero que no parecen haber afectado a los bancos.

pisosbanco mijascosta - La venta de pisos de bancos se disparó en verano: hasta un 175% más de operaciones

Un ejemplo de la buena evolución en la venta de viviendas de bancos es el caso de Bankia, cuyo número de inmuebles vendidos en julio de este año alcanzó las 2.169 unidades, un 175% más que en el mismo mes del pasado año, según datos del propio banco. Desde la entidad puntualizan que la comparación entre ambos meses no es homogénea, ya que en este ejercicio se ha vendido una cartera de activos. El volumen de ventas de julio de 2016 ha permitido a Bankia ingresar 105,39 millones de euros, frente a los 48,5 de un año antes. Los ingresos representan cerca de un tercio de todo los obtenidos por la entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri en lo que va de año.

Bankia, mantendrá hasta el próximo 30 de septiembre la campaña denominada "Días locos", con una una selección de más de 5.900 viviendas y 950 activos singulares con descuentos de hasta el 40%. La mayor parte de la campaña comercial relativa a las viviendas se centra en la Comunidad Valenciana, con más de 2.300 inmuebles ofertados, y Cataluña, con más de 1.400. A continuación se sitúa la oferta en Murcia, con 420; Castilla y León, con 380; Andalucía, con 270, y Canarias, con 250.

Otro ejemplo es la Sareb, que amplió hasta este mes su campaña de venta de pisos en la costa, lanzada en abril de 2016, tras la "buena acogida" por parte del mercado. Y es que el banco malo logró superar en un 25% sus objetivos de venta de viviendas y en dos meses consiguió ingresar 31 millones de euros, frente a los apenas 25 millones previstos con esta oferta de inmuebles en Comunidad Valenciana, Asturias, Andalucía, Canarias, Cantabria, Cataluña, Galicia, Baleares y Murcia. La sociedad pública acumulaba 105.000 activos inmobiliarios en cartera al cierre de 2015, de los que un 48% son viviendas, que tienen mejor salida al mercado. El año pasado, la Sareb vendió una media de 27 pisos diarios.

De este modo, además de las estadísticas de organismos oficiales, los analistas de Bankinter en un reciente informe, hablan ya de aumentos de precio en Madrid (+5,1%) y Barcelona (+8,2%) respectivamente. "La tendencia positiva se está extendiendo a otras ciudades representativas, que comienzan a registrar las primeras subidas interanuales como Valencia (+0,4%), Bilbao (+2,2%) o Málaga (+4,8%) y a zonas costeras premium y oferta más restringida". Así, Bankinter estima un incremento gradual de los precios en el rango del 3% en 2016 y un 5% para 2017. La principal diferencia con respecto a períodos anteriores es que el incremento de precios no se limitará a Madrid, Barcelona y áreas turísticas premium con vivienda en la playa, sino que la recuperación será más homogénea y se extenderá a otras ciudades. Este escenario de incremento progresivo situará el precio medio de los pisos y casas en España en un rango 1.560 - 1.580 euros/m2, lo que implica un retorno a niveles de 2004 y un incremento de 7%/8% con respecto al mínimo post crisis registrado a principios de 2014.

Los bancos son optimistas respecto a cómo proseguirá la evolución del mercado inmobiliario. Además, la concesión de hipotecas, en la medida que éstos suelen fomentar y primar las condiciones de financiación de sus propias carteras de viviendas, nos da otra referencia en la tendencia positiva en la recuperación del mercado. Un ejemplo es Kutxabank, que incrementó en agosto un 54% sus préstamos hipotecarios. "En sólo ocho meses el grupo financiero vasco ha formalizado cerca de 10.000 operaciones inmobiliarias, casi un 25% más que en el mismo periodo de 2015, y ha trasladado a los hogares un total de 1.174 millones de euros para la compra, en la mayor parte de los casos, de una primera vivienda".

La gran banca tiene aún 63.000 millones en pisos y suelo embargados

Las seis mayores entidades financieras (Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Popular y Sabadell) acumulan créditos destinados a la financiación de promociones inmobiliarias (incluido suelo) por valor de 48.526 millones de euros. A esta cantidad hay que sumar otros 63.132 millones de euros de los inmuebles recibidos o adjudicados en pago de deudas que están ahora en la cartera de activos de los bancos. De esta forma, la exposición al riesgo inmobiliario de los principales bancos superaría los 110.000 millones de euros, según la última información facilitada por cada una de las entidades a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Pese a pasar con nota todos los exámenes de solvencia (los test de estrés) de la Autoridad Bancaria Europea y tras más de ocho años intentando deshacerse de los activos tóxicos inmobiliarios, la banca española sigue teniendo una alta exposición al ladrillo.

Según los datos de cierre del primer semestre facilitados por los seis principales bancos a la CNMV, se constata que los bancos han hecho un gran esfuerzo en el último año por reducir los préstamos concedidos para el sector de la construcción, que han disminuido un 9,2%, ya que hace un año se situaban en 53.464 millones de euros y ahora se han quedado reducidos a 48.526 millones. Pero no han logrado disminuir en la misma medida la cartera de terrenos y viviendas procedentes de los impagos, que prácticamente sigue igual que hace un año. A 30 de junio de hace 2015, el balance de las entidades incluía 63.438 millones de euros en inmuebles recibidos por impagos, por lo que en un año el valor de estos activos apenas se ha ajustado en 106 millones de euros, un 0,5% de reducción, hasta los 63.132 millones con los datos de 30 de junio de 2016. En esos activos están incluidos también terrenos embargados por 26.788 millones de euros, un 0,2% más que hace un año.

Estos activos tóxicos o improductivos suponen una rémora para los balances de las entidades porque no aportan ningún ingreso y acarrean gastos financieros y de mantenimiento. El Banco de España ha hecho varios llamamientos a los bancos para que se deshagan de estos inmuebles y terrenos, y los contabilicen por su valor real de mercado. La nueva normativa, que entrará en vigor el próximo de 1 de octubre, exigirá a las entidades financieras un recorte del 25% sobre el parque de pisos adjudicados o recibidos en pago de deuda; del 40% en el caso de los suelos, y del 35% para oficinas, locales y naves. La circular 4 armoniza la legislación española con la normativa europea.

Fuentes: eleconomista.es y elpais.com

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El precio medio del metro cuadrado de la vivienda en España se ha situado en 1.506,4 euros en el segundo trimestre de 2016, lo que supone un crecimiento del 2% respecto hace un año y un 0,9% respecto al primer trimestre del año, según los últimos datos del Ministerio de Fomento. La tendencia positiva entre abril y junio supone el quinto trimestre consecutivo de subidas nominales de los precios después de 26 trimestres de caídas interanuales en el precio de la vivienda iniciadas a finales de 2008. Por otro lado, el suelo urbano, es también un 6,6% más caro.

sanbartolomedetirajana laspalmas 2 1024x682 - El precio de la vivienda subió un 2% en el segundo trimestre, según Fomento

El valor medio de la vivienda por metro cuadrado del segundo trimestre fue un 28,3% inferior al del nivel máximo alcanzado en el primer trimestre de 2008. Desde el valor mínimo alcanzado en el tercer trimestre de 2014, el precio se ha recuperado un 3,5%. En términos reales, es decir, descontando la inflación, el precio de los pisos y casas en España han experimentado un crecimiento interanual por séptimo trimestre consecutivo, alcanzando un aumento anual del 2,9%. De este modo, según la serie histórica del Ministerio de Fomento, el precio actual refleja una caída acumulada desde 2008 del 34,7%.

Según su antigüedad, el valor medio del metro cuadrado de la vivienda libre de hasta cinco años de antigüedad, las viviendas más nuevas, se situó en 1.746,8 euros en el segundo trimestre de 2016. Esto supone un crecimiento interanual del 0,8%. En cuanto a las viviendas de segunda mano, de más de cinco años de antigüedad, el precio alcanzó los 1.500,2 euros por metro, un 2,2% más.

El precio de la vivienda sube en diez comunidades

Por comunidades autónomas, solo diez regiones presentaron crecimientos interanuales, destacando Baleares (+5,9%), Madrid (+4,8%), Cataluña (+4,6%), Canarias (+2,9%), Extremadura (+2,4%), Ceuta y Melilla (+2,3%) y Galicia (+1,4%). Por el contrario, el resto de regiones aún muestran caídas interanuales, siendo las más pronunciadas en Navarra (-2,2%), Aragón (-1,9%), País Vasco (-1,7%) y Cantabria (-1,3%).

Por municipios de más de 25.000 habitantes, los precios más elevados de la vivienda libre se registran en San Sebastián: 3.132,1 euros por metro cuadrado, Ibiza (Baleares): 2.689,8 euros, Barcelona: 2.656,5 euros, Getxo (Vizcaya): 2.645,3 euros, Madrid: 2.591,7 euros), Sant Cugat del Vallès (Barcelona): 2.539,7 euros; y Pozuelo de Alarcón (Madrid): 2.538,8 euros.

Los precios más bajos en municipios de más de 25.000 habitantes se registran en Elda (Alicante): 508,0 euros, Jumilla (Murcia), 563,6 euros, Villarrobledo (Albacete): 569,2 euros, Ontinyent (Valencia): 569,4 euros, Novelda (Alicante): 574,5 euros, y Villena (Alicante): 586,9 euros.

El suelo urbano, un 6,6% más caro

También ha crecido el precio del metro cuadrado de los solares y parcelas con carácter urbano, que en el segundo trimestre del año se ha encarecido un 6,6% en tasa interanual. Su precio está en los 163,4 euros. Respecto al trimestre anterior ha experimentado un ascenso del 3,6%, según la Estadística de Precios de Suelo del Ministerio de Fomento.

En los municipios de más de 50.000 habitantes el precio medio del metro cuadrado ha aumentado en un 0,1% en tasa interanual, tras situarse en 292,1 euros por metro cuadrado. Los precios medios más elevados se han registrado en las provincias de Barcelona (484,8 euros el metro cuadrado), Madrid (456,3 euros) y Baleares (373,3 euros). Los más bajos están en Guadalajara (72,6 euros), Cádiz (100,1 euros) y Tarragona (101,4 euros).

Además, el número de transacciones realizadas en el segundo trimestre ha sido de 4.435, un 19,3% más que las realizadas en el primer trimestre del año, cuando ascendieron a 3.716 solares. La superficie trasmitida ascendió a 5,6 millones de metros cuadrados, por un valor de 751,1 millones de euros.

Fuente Ministerio de Fomento - Precios 2º Trimestre 2016: Vivienda - Suelo urbano

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El precio medio del precio de la vivienda en alquiler en España se mantuvo estable en agosto, al no registrar variación con respecto al mismo mes del año pasado (0,0%), según el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). De esta manera, la evolución de los precios de los alquileres retoma la estabilidad tras la caída del 0,1% que registró en julio. Además, el diferencial con la tasa de IPC general (-0,1%) se sitúa en una décima. En el acumulado de los ocho primeros meses del año, la evolución de los precios de los alquileres muestra un repunte del 0,1%. Mientras, propietarios de pisos, residencias e inversores aprovechan el filón inmobiliario que supone el alquiler a directivos y universitarios.

badalona barcelona alquiler 1024x576 - Estabilidad en el precio de pisos en alquiler entre el filón de directivos y universitarios

Por regiones, el coste de los pisos en alquiler subió en la Comunidad Valenciana (0,6%), Baleares y Melilla (las dos con un alza del 0,4%), Andalucía, Canarias y Ceuta (las tres con un 0,3% más), Cataluña (0,2%) y Asturias, Galicia y Murcia (todas con un 0,1% más).

En La Rioja y Castilla y León hubo estabilidad de precios. Mientras, los descensos más pronunciados se registraron en Castilla-La Mancha (-0,7%), Madrid (-0,6%), País Vasco (-0,6%), Cantabria (-0,3%), Extremadura (-0,3%), Navarra (-0,2%) y Aragón (-0,1%).

Los universitarios, un filón inmobiliario en auge

El comienzo del curso universitario arroja unas cifras optimistas en el mercado de alquiler. Según Alquiler Protegido, especialistas en el sector, el alquiler de pisos para estudiantes crece un 30% durante el mes de Septiembre y se esperan mejores perspectivas. El inicio del curso académico y universitario en la mayoría de las principales ciudades como Madrid, Barcelona, Málaga, Salamanca, Santander o Valencia, convierte el sector residencial enfocado a estudiantes en un filón inmobiliario con gran demanda de alojamiento nacional e internacional, que impulsa el negocio de los pisos en alquiler, así como el alquiler compartido y las residencias de estudiantes.

Este mercado coexiste en las grandes ciudades universitarias en los barrios próximos a los centros académicos, donde se focalizan los colegios mayores y donde el parque de viviendas, muchas ya en manos de inversores, ha sido copado por estudiantes que proporcionan altos ingresos a los propietarios, lo que les posibilita mudarse a mejores casas.

Las residencias suelen ser el destino de los estudiantes de primer año, que después se van a viviendas arrendadas, cuyo precio es más asequible. Desde CBRE se apunta que el coste de una cama en una residencia en Madrid va de 550 a 850 euros por mes, mientras que la renta media de una habitación en un piso compartido está en 409 euros, según Uniplaces, portal especializado en reservas de este tipo de alojamiento. Posteriormente los estudiantes ya experimentados, prefieren más intimidad y comodidad y alquilan estudios o pisos pequeños y enfocan la opción de compartir con compañeros de confianza alquilando entre ellos de forma independiente.

En Madrid y Barcelona los directivos reactivan el alquiler de lujo

Encontrar una vivienda en los mejores barrios de Madrid y Barcelona puede convertirse en una tarea muy complicada para cualquier persona. Pero más aún cuando el que busca es un directivo extranjero que acaba de llegar a la ciudad, no conoce el mercado y actúa contrarreloj. Sin embargo, la odisea de buscar un hogar en un país desconocido puede evitarse gracias a las empresas de "relocation" (recolocación) que se encargan precisamente de encontrar la casa perfecta para cada cliente y no solo eso, también se ocupan de encontrar un colegio para sus hijos, enseñarle la cultura, las costumbres, la gastronomía o los espacios de ocio que hay en la que será su nueva ciudad.

Este segmento, que nutre al mercado de alquiler de lujo, ya existía antes de la crisis, sin embargo, la globalización y la necesidad de crecer en otros mercados ha potenciado el movimiento empresarial entre países en los últimos años, generando un negocio que ya mueve unos 80 millones de euros anuales, según José Antonio de Ros, director general de Eres Relocation Services.

El alquiler mínimo en el que se mueven se sitúa entre los 900 y 1.200 euros. Pero estas cifras varían mucho dependiendo del rango y la empresa. En Madrid, los directivos de muy alto nivel y que trabajan en importantes multinacionales, destinan entre 8.000 y 12.000 euros mensuales al alquiler de una vivienda. Sin embargo, en Barcelona, donde los precios están algo por debajo, los mismos ejecutivos encuentran vivienda a partir de los 5.000 euros mensuales. En el caso de altos directivos y mandos intermedios, el alquiler rondaría los 2.000 y 3.000 euros en ambas ciudades.

En Barcelona suelen instalarse en la zona alta, por Pedralbes, mientras que en Madrid escogen Somosaguas (Pozuelo de Alarcón) y La Moraleja (Alcobendas). Si el directivo viene solo, los criterios cambian por completo y en este caso se decantan generalmente por zonas céntricas, siempre que haya buenas comunicaciones con su lugar de trabajo. "Salamanca es el barrio que más les gusta, seguido de Chamberí y también de la zona Centro".

Fuentes: elmundo.com y eleconosmista.es

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