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El alquiler vacacional de viviendas va viendo en popa. Hasta 8,5 millones de viajeros residentes en España se han alojado en una casa o apartamento turístico en los dos últimos años (abril 2014-abril 2016), según el III Barómetro del Alquiler Vacacional en España, elaborado por HomeAway y la Universidad de Salamanca (USAL). El estudio concluye, además, que la vivienda vacacional aumenta su peso entre los alojamientos turísticos tradicionales (hoteles, casas rurales, etc.), pasando de suponer el 34% del total de contrataciones realizadas en 2014 al 36% en 2016.

vacaciones estepona - La vivienda en alquiler vacacional crece en España: 8,5 millones entre 2014 y 2016

“El uso de la vivienda en alquiler de vacaciones ha crecido un 75% y está teniendo un papel cada vez más relevante en el turismo y en la economía del país”, ha apuntado Juan Carlos Fernández, director general para el sur de Europa de HomeAway. De acuerdo con el estudio, los gastos en alquiler y durante la estancia extrapolados a los 8,5 millones de viajeros españoles entre 18 y 65 años que se alojaron en una vivienda vacacional supuso un impacto económico de más de 9.600 millones de euros en el entorno de las viviendas: gasto comercios locales, restaurantes, bares, etc. Si a esta cantidad se le añade la contratación de viviendas turísticas, se estima que el sector ha generado un negocio de 12.318 millones de euros.. España además, se ha convertido en uno de los principales motores de alquiler vacacional a nivel internacional, colocándose como el tercer destino más demandado sólo superado por Estados Unidos y Francia.

Los españoles prefieren vacaciones en familia y en la costa

El estudio revela que el viajero español también se está volcando a este tipo de alojamiento: la demanda nacional de alquiler vacacional para este verano 2016 ha aumentado un 52% con respecto al año anterior. El análisis de la demanda interna revela que un 77% de los viajeros españoles se ha inclinado por destinos nacionales, mientras que el 23% restante apuesta por el alquiler vacacional en el extranjero.

Los principales usuarios de las viviendas turísticas son familias (45,25%), pero también parejas (32,15%), seguido de los grupos de amigos (19,5%). Además, según el informe, la duración media de la estancia en este tipo de alojamientos es de 5,7 noches y el tamaño medio del grupo de cuatro personas. Según el estudio, los viajeros españoles prefieren las viviendas turísticas por su comodidad, para estancias más largas en destinos nacionales y para viajar en familia.

Respecto a los destinos nacionales más demandados por los españoles, destacan Andalucía (25,75%), como destino preferido para alquilar una vivienda turística. A continuación, Comunidad Valenciana (14,9%), Cataluña (12,75%) y Canarias (11%). Con cierta diferencia, les siguen Asturias con el 5,5% de las peticiones registradas para este verano y situando a esta región del norte de España en la lista de los destinos más solicitados. Por su parte, Madrid (4,3%) también se encuentra como una de las zonas más demandadas para este tipo de alojamiento, junto con las Islas Baleares (4,25%).

alquilervacacional 2016 homeaway - La vivienda en alquiler vacacional crece en España: 8,5 millones entre 2014 y 2016

449 euros, el precio medio que se paga

El precio sigue siendo una de las principales razones que empuja hacia la elección de este tipo de alojamiento, junto con el disfrute del tiempo libre con las personas con las que se viaja y el descanso. Así, se estima que el gasto en una vivienda turística es de 2.352 euros durante toda la estancia. De estos, 449 son del alquiler del alojamiento y 1.904 de otros gastos vinculados a la estancia (alimentación, ocio, etc.). Durante toda la estancia, la media que cada persona gasta es de 460 euros, mientras que el gasto total por persona y día es de 127 euros.

Otro dato es que en España cada vez se reserva con menor antelación. Más del 50% de las reservas se hace con una antelación entre 15 días y dos meses. El precio y la ubicación (con una valoración de un cuatro sobre cinco) son los dos factores fundamentales que el usuario busca a la hora de elegir vivienda turística, seguidos del entorno y alrededores de la vivienda (3,8).

Según el estudio, la satisfacción del usuario en general es de un cuatro sobre cinco, donde el entorno de la vivienda vacacional, el trato con el propietario o el descanso son otros de los aspectos mejor valorados. De igual manera, la intención de recomendar también es alta, un de cuatro en una escala de cinco puntos. En línea con el primer informe de 2014, las relaciones interpersonales siguen siendo un punto importante a la hora de contratar un alquiler vacacional y algo más del 96% de los encuestados confirma que no tuvo ningún problema con los vecinos.

Tras la experiencia, el 92% de estos usuarios de vivienda turística volvería a contratar esta modalidad si volviesen al mismo lugar y en las mismas condiciones, mientras que el 41% cambiaría de destino y se iría a otro con oferta de vivienda turística en caso de no encontrar esta modalidad de alojamiento en destino. Ambos datos son muy similares a 2014, y demuestran una fidelidad muy alta a la vivienda turística. Además, el 77% de los encuestados afirma que se alojará de nuevo en una vivienda turística en 2016. La mayoría (79%) lo hará en verano, mientras que un 24% lo hará en otoño.

Fuente: elpais.com

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En el día a día de todas las pisos y casas  en alquiler, es habitual que surjan situaciones de conflicto entre el casero y el inquilino sobre quién debe hacerse cargo de los costes de una reparación determinada. Grifos que gotean, cintas de persianas destensadas, daños, averías y desperfectos por arreglar... y la misma disputa entre propietario e inquilino. ¿A quién corresponde el pago de las reparaciones y arreglos en una vivienda en alquiler? Son arenas movedizas abiertas a multitud de interpretaciones que traen de cabeza a abogados, asociaciones de consumidores e, incluso, a los propios jueces. Según los expertos, "es imposible dar una respuesta universal y hay que ver cada caso en concreto para saber a quién corresponde pagar".

reparaciones alquiler3 - Alquiler: Daños, averías y desperfectos por reparar, ¿qué paga el casero y qué el inquilino?

6 puntos a revisar en una vivienda en alquiler

  • Cocina: Es importante comprobar el funcionamiento de cada electrodoméstico, desde el frigorífico hasta el horno, sobre todo si ya tienen algunos años. Si la cocina es de gas, asegúrate de que la instalación ha pasado todos los controles.
  • Baño: Comprueba el funcionamiento del grifo del lavabo y mira debajo del mismo para asegurarte de que no hay fugas. Toma nota de cuánto tarda el agua en salir caliente, también en la ducha, además de la presión de la misma. No olvides tirar de la cadena para comprobar que la cisterna está bien.
  • Instalación eléctrica: Echa un vistazo a las tomas de corriente con el fin de saber cuántas hay y si todas funcionan. Asegúrate de que los interruptores están operativos y que el cable de antena de la televisión está en buenas condiciones. No está de más saber cuántos diferenciales hay en la caja de luces, por si hay varios aparatos conectados a uno solo.
  • Climatización: Realiza un testeo de cualquier aparato relacionado con el aire acondicionado y la calefacción. Desde la caldera a los splits, pasando por los radiadores. Quizá estos últimos necesiten ser purgados o los splits nuevos filtros. si hay una chimenea, pregunta cuándo fue la última vez que se puso a punto.
  • Paredes y suelos: Es posible que en los paramentos verticales existan agujeros de anteriores inquilinos o que dichas paredes no estén pintadas. En cuanto al pavimento, en función de si es cerámico o de madera, comprueba que los azulejos o la tarima esté en buen estado de conservación.
  • Puertas y ventanas: El aislamiento es esencial dentro de la vivienda, así que asegúrate de que todas las ventanas se cierran correctamente y se abren sin esfuerzo. Pregunta si tienen vidrios dobles y de qué material está hecho el marco. Prueba las llaves de la puerta exterior y del portal.

¿Cuáles son las responsabilidades del casero?

Como marco general, y según recoge la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación sea imputable al arrendatario. Por ejemplo, los grandes arreglos o la sustitución por obsolescencia de electrodomésticos y mobiliario corren por su cuenta. Sin embargo, la cosa cambia si el atasco de la lavadora se debe a una negligencia del inquilino. Por eso, resulta clave el informe del técnico donde se indica la causa de la rotura o avería. No obstante, en general el arrendador será responsable de:

  • Mantenimiento y conservación estructural y de suministros de la vivienda (paredes, suelo, techo, chimenea, problemas eléctricos, calefacción... y todos los elementos que están estáticos), así como la renovación o sustitución parcial de alguno de los elementos componentes de instalaciones de conducción de agua y desagüe, son reparaciones a cuenta del arrendador.
  • Sustitución y reparación del termo o la caldera. La sustitución o gran reparación le corresponderá al arrendador (siempre que no haya mediado culpa del arrendatario), pero no así cuando pueda encuadrarse dentro del concepto de pequeña reparación". Cuando el motivo es un deficiente funcionamiento de la caldera desde el inicio del contrato, el responsable también es el casero. Y más si se puede demostrar la presencia asidua del servicio técnico.
  • Plagas derivadas del mal funcionamiento de las instalaciones (tuberías, etc.). Las plagas ocasionadas por el mal uso o funcionamiento de los alrededores del edificio, podrían ser responsabilidad de la comunidad de vecinos o, incluso, del Ayuntamiento.
  • Las humedades y las baldosas que se mueven, se consideran reparaciones necesarias a cargo del propietario.
  • Sustitución y reparación de averías en electrodomésticos, excepto si se trata de averías menores (un piloto, un filtro, etc.).

En el caso de las calderas (uno de los aspectos más conflictivos) una sentencia de 2011 dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que concluye que el problema de la caldera se debió a la acumulación de cal por falta de mantenimiento del arrendatario que no hizo la revisión anual y no instaló un descalcificador. Otros jueces han seguido distinto criterio. En un sentencia de 2006 el magistrado dice que la reparación de la bomba de la caldera, que ascendió al 60% del importe de una mensualidad de renta, no puede calificarse como pequeña reparación. "Corresponde con una de las reparaciones que debe afrontar el arrendador para mantener la finca arrendada en adecuadas condiciones de habitabilidad, pues es un servicio imprescindible para una vivienda en Madrid durante los meses más fríos del año".

¿Qué gastos debe asumir el inquilino?

Por su parte, el arrendatario tiene la obligación de mantener la casa como si fuera propia realizando las pequeñas reparaciones necesarias que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda. "La obligación de conformidad con el artículo 21.4 LAU podría resumirse en lo siguiente: cuida la casa como si fuera tuya y no esperes que el arrendador te mande un manitas para cualquier pequeña cosa", apunta De Salvador.

Pero, ¿qué es una pequeña reparación? Esta es la fuente de todas las disputas entre propietarios e inquilinos. Muchas acaban en los tribunales. "Si se funde una bombilla, se cae el pomo de una puerta o se rompe un espejo, el inquilino debe hacerse cargo, según la jurisprudencia, si el coste de reparación es inferior a 150 euros", indican en Reparalia. La Audiencia Provincial de Murcia en una sentencia de 2001 concretaba: estamos ante una pequeña reparación cuando "la factura equivale aproximadamente a la mitad del coste actual de una lavadora nueva". En general, el inquilino de una vivienda en alquiler asumirá:

  • Cualquier desperfecto derivado de su uso habitual. Grifos, cisternas y radiadores que gotean, persianas, herrajes en las puertas, cambios de cerradura, arreglo de tarima por el uso de tacones, la reparación del sifón del fregadero o de un somier son pequeñas reparaciones y, por tanto, son a cargo del inquilino. Ahora bien, hay quien se plantea el factor tiempo para determinar la responsabilidad. "Si el inquilino acaba de entrar corresponde al arrendador entregar la cosa en estado de uso". Pero como no siempre es así, y para evitar el pago de la cisterna al mes de alquiler, conviene revisar concienzudamente el piso.
  • Obviamente, cualquier desperfecto derivado de su mal uso de la vivienda por parte del inquilino.
  • Daños en la instalación eléctrica derivada de la sobrecarga por el mal uso de la red (conectar demasiados aparatos, utilizando mayor potencia de la que ofrece la instalación).
  • La luz y agua generadas durante la prolongación de una avería en grifos y cisternas, ya que el inquilino se hace cargo de todo lo que puede medirse con contadores individuales (agua, luz, gas, teléfono, etc.).

Cuando el casero tenga que realizar una obra que no pueda esperar hasta la finalización del contrato, el inquilino tendrá que soportarla. Ahora bien, si la obra le priva de poder usar una parte de la vivienda y durase más de 20 días, la renta deberá disminuirse en proporción a la parte de la vivienda de la que no pueda disfrutar.

En la redacción de los contratos es cada vez más frecuente que se distinga claramente entre pequeñas reparaciones a cargo del arrendatario y reparaciones para servir al uso convenido a cargo del arrendador. Para evitar abusos es importante recordar que si en el contrato se incluyen pactos que modifican lo especificado por la ley en perjuicio del inquilino se considerarán nulos.

Aunque el propietario desatienda su obligación de sustituir o reparar algún aparato, nunca hay que dejar de pagar la renta como forma de presión porque podría resolver el contrato e iniciar el desahucio. "Ante la falta de caso del propietario, se le debe requerir fehacientemente (burofax preferible) para que repare, dándole un plazo, y si no hace caso, repararlo el inquilino y acudir al juicio verbal de reclamación de cantidad (sin abogado ni procurador hasta 2000 euros) para resarcirse, "explican en Provivienda.

Fuentes: elpais.com y elmundo.es - Imagen: Araser

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El precio del alquiler de vacaciones de una vivienda en las zonas del litoral español se ha encarecido un 11%, respecto a los datos registrados en el verano de 2015, situándose el precio medio del arrendamiento de un apartamento en los 664 euros por semana, según el informe elaborado por la tasadora TecniTasa. Con respecto a 2014 los alquileres de apartamentos en la playa se han encarecido un 20%.

calpe alquilervacaciones 1024x611 - El alquiler de apartamentos en la playa se encarece un 11% este verano

El análisis de la compañía confirma que no todas las zonas de playa se comportan de manera homogénea, el destino marca los precios. Así, la playa de Bossa, en Ibiza, vuelve a ser el lugar donde se registran los costes más altos alcanzando de media los 2.000 euros semanales por una vivienda de 70 metros cuadrados, frente a los 1.680 que constaba la temporada anterior. Por el contrario, el más barato vuelve a ser en Burela (Lugo) donde un apartamento de 60 metros no supera los 200 euros.

Una de las áreas con más ofertas y variedad de precios es Levante. En la Costa Blanca, en La Playa de los Locos (Torrevieja) se pagan 325 euros semanales por un piso de 65 metros, 350 euros si se trata de Dénia. Este precio se puede conseguir también en primera línea de playa de las localidades en Valencia, como Oliva, Sagunto o El Saler, donde los alquileres varían de los 300 a los 340 euros semanales.

Del mismo modo, un amplio abanico de posibilidades ofrecen las playas andaluzas. En Cádiz se pueden encontrar alojamientos que van desde los 1.500 euros de Sotogrande pasando por los 950 de Costa Ballena hasta los 500 de La Línea de la Concepción. En la Costa del Sol, lo más caro está en Puerto Banús (Marbella) por 1.100 euros. Y por la mitad de precios hay en Estepona, Fuengirola o Nerja. En Almería, Granada y Huelva los precios se mueven entre los 400 y los 650 euros por semana.

En la costa catalana la horquilla de apartamentos en primera línea de playa va desde los 1.200 euros de Sitges (Barcelona), a los 1.100 euros de Salou (Tarragona), o los 1.000 de Cadaqués, en Costa Brava (Girona).

En las Islas Canarias podemos encontrar apartamentos de 35 o 40 metros cuadrados en Las Palmas, en La Playa de Las Canteras (290 euros), Patalavaca (300) o Playa del Inglés (310). Lo mismo ocurre en Tenerife: en Puerto de la Cruz son 320 euros y algo más caro en el Puerto de Los Cristianos, donde por 50 metros hay que pagar 470 euros por una semana.

tecnitasa alquilerverano2016 - El alquiler de apartamentos en la playa se encarece un 11% este verano

En el norte, en la costa de Asturias o Galicia los precios también son más ajustados. Excepto Sanxenxo, Portonovo y O Grove, en Pontevedra, con oferta muy por encima de los 1.000 euros, podemos encontrar precios de entre 335 y 600 euros en las localidades asturianas de Tapia de Casariego, Ribadesella o Llanes. Y en A Coruña y Lugo se pueden conseguir apartamentos entre los 200 y los 400 euros.

Finalmente, los alquileres del País Vasco muestran una gran diferencia entre las playas de Guipúzcoa y Vizcaya. En el primer caso los precios superan ampliamente los 1.000 euros. En concreto, en la localidad de Hondarribia el precio medio escala hasta los 1.350 euros y en la capital, San Sebastián, es de 1.250. En el segundo caso el coste de los arrendamientos se sitúa en el entorno de los 600 euros en localizaciones como la playa de Lekeitio o la de Bakio.

Fuente: elpais.com

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Merlin, una sociedad de inversión (socimi) con menos de dos años de vida, y Metrovacesa, uno de los antiguos reyes del ladrillo antes de la explosión de la burbuja inmobiliaria y actualmente en manos de los bancos, se fusionan para crear un gigante inmobiliario, el mayor del mercado español y uno de los más importantes de Europa. La operación dará lugar a la constitución de dos sociedades. La primera y más grande será propietaria de la cartera de patrimonio terciario (oficinas y centros comerciales), con activos con un valor bruto de 9.317 millones. La segunda, enfocada al mercado residencial, tendrá una cartera de viviendas con un valor de 980 millones.

metrovacesa oficinas 1024x576 - Nace el mayor grupo inmobiliario de España: Merlin y Metrovacesa se fusionan

Merlin suscribió este martes el acuerdo con los bancos accionistas de Metrovacesa para que esta última se parta en tres pedazos, integre dos de ellos en el seno de Merlin y desaparezca. De esta escisión y posterior fusión saldrán dos empresas. La primera compañía, la nueva Merlin, será dueña de la cartera de patrimonio terciario. La segunda sociedad, Testa Residencial, se dedicará a la vivienda. En ambas, Santander, BBVA y Popular, actuales propietarios del 99% de Metrovacesa, tendrán participaciones importantes: el 31,2% en la primera y el 65,7% en la segunda. El resto, se lo repartirán los fondos que ahora controlan Merlin (entre ellos, Blackrock y Principal Financial) y los demás dueños de acciones de esta cotizada.

En concreto, Santander será el primer accionista individual de la nueva Merlin y de Testa Residencial, con el 21,9% y 46,21% de estas firmas, respectivamente. BBVA controlará un 6% de la nueva Merlin y un 13% en la firma de viviendas. Banco Popular convertirá su participación actual en un 9,1% de la inmobiliaria Metrovacesa en un 2,86% de la nueva sociedad patrimonial y en el 6% de la firma residencial.

El nuevo gigante inmobiliario nace ya con unos activos "excelentemente diversificados". En el negocio patrimonial se compone de edificios de uso terciario en zonas de negocios de Madrid y Barcelona principalmente. Por ejemplo, con la cartera de centros comerciales, la nueva sociedad pasará a ser el segundo operador por tamaño en España de este sector. En total, esta primera pata del nuevo negocio de Merlin-Metrovacesa tendrá activos con un valor bruto 9.317 millones de euros (4.927 millones en valor neto) y unas rentas brutas anuales de 450 millones.

El segundo gran segmento de negocio del nuevo gigante está vinculado a la vivienda. Metrovacesa segregará este negocio del resto y combinará su cartera de pisos en alquiler con la de Testa Residencial. Esta última es la filial especializada de Merlin en el arrendamiento para particulares. Se la compró en junio de 2015 a otro antiguo gigante del ladrillo de la época del boom inmobiliario español, Sacyr. De esta operación de fusión entre Testa y Metrovacesa Residencial surgirá ahora una compañía con más de 4.700 viviendas en gestión, un valor bruto de activos de 980 millones de euros (670 millones de valor neto) y unas rentas brutas anuales de 35 millones.

El patrimonio restante de Metrovacesa, el tercer negocio que queda fuera del residencial y el patrimonial, se queda al margen del acuerdo con Merlin. La empresa justificó que es un negocio "no estratégico" (suelos, activos destinados a su explotación, etc.), valorado en 326,5 millones, y que se destinará a una sociedad anónima de nueva constitución, cuyas acciones se adjudicarán exclusivamente a los actuales propietarios de Metrovacesa.

La integración de las dos compañías inmobiliarias se produce justo dos días después de que Merlin haya cerrado el 100% de la compra de Testa a Sacyr (comenzó la adquisición en junio de 2015 pero le faltaba el control sobre el 22,6%) y apenas unos meses después de que Metrovacesa, actualmente controlada por el Banco Santander, concluyera su reestructuración.

Esta operación crea uno de los líderes en el segmento de viviendas de alquiler y refuerza la liquidez de la cartera de los hoteles, subraya Merlin. La operación está sujeta a la aprobación de las respectivas juntas de accionistas de Merlin y Metrovacesa, que previsiblemente tendrán lugar en septiembre.

El nuevo consejo de administración de la primera sociedad, la nueva Merlin, pasará a estar compuesto por 15 consejeros: nueve independientes procedentes de Merlin y de Testa, tres a propuesta del Santander, uno a propuesta del BBVA y dos consejeros ejecutivos. Rodrigo Echenique, vicepresidente del Grupo Santander, asumirá el cargo de presidente no ejecutivo de la sociedad. Asimismo, Ismael Clemente Orrego, actual presidente de Merlin, será vicepresidente ejecutivo y consejero delegado. Por su parte, Testa Residencial tendrá un consejo de administración cuyos miembros serán designados por sus accionistas de manera proporcional a su participación en el capital social, señalaron las empresas al regulador bursátil.

Fuente: elpais.com Foto: elconfidencial.com

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El precio de los alquileres mantuvo su tendencia en mayo al descender un 0,1%, lo mismo que en el mes de abril. Así, las rentas de alquiler siguen descendiendo casi un punto menos que el IPC general, que se situó en una tasa negativa del 1% en el mismo mes. De esta forma, el precio de los pisos y casas en alquiler acumula 38 meses consecutivos de descensos, al registrar caídas desde abril de 2013, según los datos del Índice de Precios de Consumo (IPC) publicados este martes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

alquiler fuengirola 1024x682 - El precio de los alquileres araña otro leve descenso en Mayo y suma 38 meses de caídas

El precio del alquiler de vivienda no registró variación alguna a nivel mensual y presenta un repunte de una décima en los primeros cinco meses del año.

Respecto a su distribución geográfica por comunidades autónomas, los principales descensos se localizaron en La Rioja (-1,9%), País Vasco (-0,6%), Castilla-La Mancha (-0,5%), Extremadura (-0,5%), Madrid (-0,5%), Castilla y León (-0,3%) y Asturias (-0,3%). También bajó el precio del alquiler de vivienda en Aragón (-0,2%) y Ceuta (-0,2%), así como Canarias, región en la que se registró el mismo retroceso que la media nacional (-0,1%) en mayo.

Por su parte, el precio de los alquileres subió en Galicia (+0,4%), Baleares (+0,3%), Navarra (+0,3%), Murcia (+0,2%), Andalucía (+0,2%) y Cataluña (+0,2%), al tiempo que se incrementó en Melilla (+0,2%) y se mantuvo sin variación en Cantabria y la Comunidad Valenciana.

Finalmente, en relación a los gastos de conservación de la vivienda, los precios subieron un 0,4% interanual, si bien no presentó variación a nivel mensual. El precio de otros servicios relacionados con la vivienda se elevó un 0,4% respecto a mayo de 2015 y se encareció una décima respecto al mes anterior.

El alquiler como inversión creció un 40% durante 2015

La compra de vivienda destinada a inversión han crecido un 40% en el último año debido a que la firma de hipotecas de viviendas, aprovechando el euríbor en negativo y su cada vez mayor accesibilidad por parte de la banca, ha disparado su concesión, así como la intención de los propietarios de rentabilizar esta inversión con su arrendamiento, según Alquiler Protegido. La compañía pone como ejemplo de este auge pisos antiguos de entre 60 y 75 metros cuadrados con tres habitaciones en ciudades medianas y pequeñas que se pueden adquirir a partir de 35.000 euros hasta los 45.000 en zonas estratégicas cercanas a universidades.

Además, el perfil del inquilino objetivo está cambiando, acercándose más a personas divorciadas con necesidades de pisos más pequeños para una persona sin hijos o bien a parejas jóvenes que desean tener una primera vivienda, según un informe de Alquiler Protegido.

Asimismo, el perfil del jubilado también adquiere un especial interés por parte de los propietarios en este tipo de alquiler, ya que disponen de unos ingresos garantizados e indefinidos y necesitan espacios más pequeños y accesibles como pareja o de manera individual. "Muchos de estos últimos venden sus propiedades con el fin de quitarse sus préstamos hipotecarios y vivir una jubilación tranquila en una casa de alquiler".

La compañía hace especial hincapié en los cambios dentro del mercado de alquiler porque los propietarios buscan la garantía de que todos los problemas que se deriven de los contratos de arrendamiento queden resueltos "con la menor de las preocupaciones". Por ello, asegura que "se buscan empresas que garanticen el alquiler, su pago, defiendan al propietario de sus derechos frente al inquilino y puedan tener la tranquilidad que se merecen por el hecho de ser propietarios".

Fuente: elmundo.es

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Con el mes de junio recién estrenado, el verano está cada vez más cerca y se comienza a valorar las alternativas para disfrutar de unas merecidas vacaciones. En este sentido, los apartamentos y casas en alquiler en alquiler turístico o vacacional son cada vez más demandados, por flexibilidad, independencia, comodidad y precio. Así, tanto para los propietarios como para los inquilinos que estén pensando en el alquiler de un apartamento en la playa o una casa para las vacaciones de verano, es fundamental la elaboración de un contrato "detallado" que recoja las condiciones y la fianza como aspecto clave para los propietarios que vayan a alquilar pisos en la playa, según recomienda un estudio realizado por Alquiler Protegido. El contrato debe recoger aspectos diversos y ser lo más "exhaustivo" posible, reflejando desde si se aceptan mascotas, hasta los pagos por adelantado, para que tanto inquilino y propietario puedan tener la total tranquilidad frente a fraudes o daños en la vivienda.

ibiza vacaciones 1 1024x768 - Claves en el alquiler de vacaciones de verano para el inquilino y el propietario: contrato, fianza...

Para los propietarios, otro de los consejos para alquilar en vacaciones, es la inclusión en el contrato de alquiler de un inventario del piso "resulta clave en el caso de reclamar pérdidas o robos ocasionados durante el arrendamiento", explica el cofundador de Alquiler Protegido, Antonio García. Otra de las cosas que a tener en cuenta es repasar con los inquilinos el estado de la vivienda antes de que abandonen la misma. Con ello el propietario puede garantizar su estado y, en caso de localizar algún desperfecto, realizar oficialmente una reclamación antes de devolver la fianza al inquilino. "Nunca se debe devolver la fianza sin realizar la inspección previa, ya que luego la viabilidad de la reclamación quedaría en entredicho", advierte.

En cuanto a la ocupación, Alquiler Protegido señala que el contrato de una vivienda en alquiler vacacional debe fijar la capacidad máxima de personas que pueden habitar la vivienda. Si se descubre una capacidad mayor, se pueden emprender las acciones legales correspondientes. Recoger en el contrato este punto resulta "imprescindible" en todos los arrendamientos, pero quizá más aún en esta modalidad de alquiler por temporadas turísticas.

El estudio destaca también el pago por anticipado como otro aspecto básico. "Cobrar cerca del 50% el valor del alquiler a la hora de formalizar la reserva es una práctica muy habitual y recomendable para liquidar el resto el primer día de la estancia". Si el pago se fijara a posteriori, circunstancia menos aconsejable, en el contrato deben quedar recogidas todas las consecuencias de su incumplimiento.

Alquiler Protegido señala además, la necesidad de disponer de un seguro de hogar multirriesgo que contemple tanto continente como contenido con el fin de obtener las indemnizaciones que se escapen en diferentes revisiones de la vivienda. Por otro lado, en caso de robo o sustracción de propiedades del inquilino, el arrendador no tienen ningún tipo de responsabilidad y se recomienda al turista que contrate un seguro de viaje que cubre las posibles incidencias a este respecto.

Para los inquilinos: 9 claves para evitar estafas en los alquileres de verano

A punto de finalizar la primavera, el verano aparece ya en el horizonte. Aunque ya llegamos justos, estos son los meses más utilizados por muchos para planificar las vacaciones estivales y buscar el mejor destino. También, para localizar el alojamiento más económico, que en muchos casos pasa por el alquiler de una vivienda. En este sentido son muchos los casos en los que los contratos de las viviendas en alquiler de vacaciones en la playa entre particulares durante el verano pueden terminar dando problemas, bien por ser fraudulentos, por motivos de gastos extras, conservación o una pequeña avería. Es importante que los futuros inquilinos conozcan cómo se ha de actuar al respecto.

Al margen de aquellos pisos que no están enmarcados en las normativas de cada comunidad autónoma sobre las viviendas de uso turístico y que, por tanto, establece los derechos y obligaciones del turista-ocupante, existe un número importante de pisos que son alquilados por sus titulares a turistas. El alquiler tiene la consideración de arrendamiento para uso distinto del de vivienda, celebrándose por una temporada, bien sea la de verano u otra. El contrato implica que las partes gozan de gran libertad para estipular pactos. El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) aporta una serie de puntos que el turista que alquila en la costa en verano, debería conocer para no llevarse sorpresas.

  1. El contrato, por escrito. Aunque el arrendamiento es válido si se concierta de modo verbal, su formalización por escrito se erigirá normalmente en la única garantía del turista que alquila. Por ello, es conveniente que solicite el contrato escrito. El turista debiera exigir el contrato escrito con los pactos que convengan a las partes, ya que así podrá denunciar incumplimientos del arrendador u otras situaciones, debiendo tener en cuenta que los asuntos judiciales corresponden siempre al Juzgado donde radique la vivienda. Es importante que el turista, en su caso, solicite una copia de contrato en su idioma, incluso en el caso de que prevaleciera la redacción en castellano o en una lengua oficial.
  2. Inventario y fotografías. Para la tranquilidad del turista, éste debería solicitar un inventario del mobiliario, electrodomésticos y enseres de la vivienda, y asimismo unas fotografías de los mismos, lo que supondrá una doble garantía: de un lado al ocupar la vivienda podrá exigir que esté todo el mobiliario del inventario; y cuando desaloje la vivienda tendrá la seguridad de que el arrendador no podrá reclamarle enseres que nunca hubo ni el costo de supuestas reparaciones.
  3. ¿Qué garantías existen si alquilo la vivienda por internet? Normalmente, la búsqueda de la vivienda se realiza por internet o a través de una agencia. En todo caso el turista interesado puede y debe exigir como condición esencial del alquiler que la vivienda que aparece fotografiada en internet sea realmente la que será alquilada. En este sentido, se han de acumular las pruebas que acrediten las incidencias observadas. La firma del contrato, como en cualquier transacción de este tipo entre particulares es fundamental sellar las condiciones del alquiler, en el que figuren datos de ambas partes, la renta, las fechas de entrada y salida o la forma de pago, entre otros aspectos. El contrato, junto con las imágenes, será la base sobre la que poner una denuncia si finalmente somos víctimas de una estafa.
  4. Precio coherente y comunicación fluida. La primera de las recomendaciones es fijarse en que el precio casa realmente con el tipo de vivienda que estamos alquilando. Para ello, más allá de no caer en ofertas ridículamente bajas para inmuebles de primer nivel, es importante conocer los datos actualizados de las rentas que se piden en la zona. La comunicación que se establece con el dueño del inmueble también resulta clave para evitar estafas. Por un lado, si éste sólo ofrece la opción de hacerlo por correo electrónico es muy probable que el anuncio sea fraudulento. También se ha de sospechar si se ponen reiteradas pegas para hablar por teléfono o si se llama y el teléfono siempre está apagado.
  5. Estafas desde el extranjero. Una de las estafas más comunes es la del propietario que no puede enseñar la vivienda por encontrarse fuera de España. En esos casos, es recomendable "pedir información y documentación que acredite la veracidad y la titularidad real de la vivienda, así como la responsabilidad respecto a lo ofertado en el anuncio".
  6. Precavidos con los anticipos. Con el ánimo de ser precavido, siempre hay que evitar dar grandes cantidades de dinero por anticipado. "Es normal que se exija una señal como reserva, pero no todo el montante del alquiler, y menos antes de ocupar la propiedad". Es fundamental no adelantar ninguna cantidad de dinero por vías que no puedan ser contrastadas como y que confirmen la reserva del alojamiento.
  7. Mascota, garaje o disfrutar las zonas comunes de la vivienda. Si el turista a veces va acompañado de alguna mascota, debiera instar información sobre la posibilidad de llevarla a la vivienda, lo que asimismo debería recogerse en el contrato escrito. Del mismo modo, es interesante confirmar el uso de las zonas comunes (piscinas, pista de tenis, etc.) que pueda utilizar durante su estancia. En este sentido, también existe la posibilidad de añadir el garaje como anejo al alquiler, ya que muchos propietarios tiene garaje pero sólo alquilan la vivienda.
  8. ¿Alquilo a precio cerrado? El turista debe cerrar el costo total del alquiler (renta y otros gastos), de modo que al desalojar la vivienda el arrendador no pueda exigirle el abono de otros costes. La garantía y tranquilidad al efecto lo constituye el contrato escrito en el que obrará tal extremo.
  9. Denunciar y acudir a la policía. Por último, si a pesar de estos consejos se cae en la trampa, es básico acudir a la Policía Nacional, la Guardia Civil o al juzgado más cercano lo más pronto posible. Eso sí, con la mayor cantidad de información y datos de los que dispongamos para facilitar la búsqueda del timador y, en los casos que sea posible, la restitución del dinero defraudado.

Fuente: elmundo.es

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La crisis ha beneficiado el alquiler de viviendas frente a la compra y actualmente crece de forma progresiva gozando de un status impensable hace algunos años. La mayoría de expertos, prevén que el alquiler de pisos y casas continuará en auge en los próximos años, considerándolo incluso como un factor de equilibrio dentro del mercado inmobiliario, teniendo en cuenta que en España la compra ha sido culturalmente la tendencia. No obstante, el temor a los impagos de la mensualidades del alquiler, la picaresca de los gastos, la temporalidad... hace que muchos propietarios traten de curarse en salud, estipulando cláusulas en sus contratos que esconden la intención de sacar provecho del desconocimiento de la parte arrendataria. Lo cierto es que todas aquellas cláusulas que se incluyan en los contratos de alquiler, no previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y que perjudiquen al inquilino, serán anuladas por los tribunales con toda seguridad.

alquiler madrid1 1 - Las 7 cláusulas sin validez legal más frecuentes en el alquiler de una vivienda

Para aclarar las dudas sobre la legitimidad de las cláusulas sospechosas de abuso más frecuentes, Daniel Loscertales, abogado experto en materia de arrendamientos, explica las claves de estos contratos y determina la legitimidad de la presencia de estos polémicos puntos. Loscertales comienza su explicación recordando que "en el mercado existe una oferta amplia de viviendas en alquiler, por lo que el arrendatario tiene mucho donde elegir y debe descartar aquellos contratos sospechosos de incluir términos abusivos".

1.- Falsos arrendamientos de temporada. Se trata de firmar alquileres de once meses de duración para considerarlos como un arrendamiento de temporada y así evitar la aplicación de la normativa de arrendamientos de vivienda. Pero para que un alquiler sea considerado de temporada es necesario que exista una justificación de la temporalidad tipo trabajo, traslado temporal, estudios… y la existencia de un domicilio permanente del arrendador diferente de la vivienda que se alquila. De lo contrario se considera arrendamiento de vivienda y el inquilino tendrá derecho a permanecer hasta 3 años, independientemente de lo que se haya firmado en el contrato.

2.- Negativa a la prórroga legal. La cláusula de prórroga que señala que transcurrido el año de duración del arrendamiento las partes pueden decidir prorrogarlo es contraria a la que se contempla en el art.9.1 LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) que señala que la prórroga para el arrendador es obligatoria y de forma voluntaria para el arrendatario hasta un máximo de 3 años.

3.- Obligado cumplimiento del primer año. Tras la reforma de la LAU de 2013, el artículo 11 LAU establece que el arrendatario tiene derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento una vez pasados los seis primeros meses y la penalización estará limitada a lo que la ley establece.

4.- Pago por adelantado de más de un mes de renta. De conformidad con el artículo 17.2 LAU, el arrendador no puede exigir el pago por adelantado de más de una mensualidad de renta. La ley hace referencia a la mensualidad de la renta de alquiler, que es diferente a otro tipo de pagos como fianza, garantías adicionales o la prima de opción en el caso de alquiler con opción a compra.

5.- Traslado del deber de conservación de la vivienda. La obligación de pagar los gastos derivados de las reparaciones que requiera el inmueble también suele ser objeto de confrontación entre arrendadores y arrendatarios. "Serán de cuenta del inquilino todos aquellos gastos ocasionados como consecuencia de las reparaciones que se haya de efectuar en el inmueble arrendado, incluso las que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda", reza una cláusula claramente abusiva. Pues el arreglo necesario para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, según consta en el artículo 21 de la LAU, corresponde al casero. Por lo tanto, exigir al inquilino el pago de estos gastos "no tendría ningún valor" por exceder de la legislación. "Del mismo modo, incrementar el interés legal del dinero en 10 puntos porcentuales al cobrar intereses por el retraso en el pago de la renta es un abuso por parte del casero y será invalidado por los tribunales".

6.- Gastos judiciales. Es habitual que algunos documentos otorguen la obligación legal de afrontar el desembolso de las costas judiciales al arrendatario, pero este apartado carece de validez. "Los gastos judiciales derivados del contrato serán de cuenta y cargo del arrendatario", detalla uno de los contratos facilitados por un inquilino a este suplemento. "No tiene validez", asevera Loscertales. "Las costas las impone el juez conforme a la ley de enjuiciamiento civil y los interesados no pueden pactar nada al respecto". Ante este panorama, para evitar éste y otros conflictos, es recomendable ceder a empresas especializadas la gestión del alquiler. Éstas estudian la viabilidad y solvencia del candidato y aseguran que la redacción del contrato se ciña a la ley.

7.- Acceso a la vivienda por el arrendador. También es frecuente el hecho de que el dueño de la casa se reserve la opción de poder acceder al inmueble cuando lo requiera y, para ello, lo deje escrito expresamente en forma de cláusula. Así, excusándose en la opción de mostrar la propiedad a posibles interesados en su compra, esta disposición permitiría la entrada al casero en cualquier momento. Es ilegal cualquier cláusula relativa a la facultad de acceso por parte del arrendador a la vivienda arrendada para comprobar su estado pues el domicilio alquilado por el arrendatario goza de especial protección. Así queda establecido en el artículo 18.2 de la Constitución Española. Si hay negativa del arrendatario, aunque conste un pacto en el documento firmado, la ley contempla la inviolabilidad del domicilio, por lo que la entrada sólo podría autorizarla un juez.

Fuente: cincodias.com

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La llegada de turistas en busca de playa, sol y, cada vez más, cultura y conocer grandes grandes ciudades, es imparable. En 2015 pasaron sus vacaciones en España 68,1 millones de extranjeros, la mayor cifra de la historia. Significa una subida del 4,9% y se bate así el récord del 2014, que terminó con 65 millones de turistas. La diversidad turística es amplia, pero si hubiera que hacer un retrato robot del turista que reúna las características más comunes de los extranjeros que llegan de vacaciones sería el de un hombre o una mujer de Reino Unido, que visita la costa para pasar unas vacaciones en la playa, llega en avión y además, viajan por libre (no con viaje organizado) principalmente con el único objetivo de descansar y disfrutar.

playaelcampello alicante - Vacaciones en España: ¿Cómo son los turistas que baten récords? Zonas y precios para 2016

Pese a que estos son los hábitos más comunes, el año pasado cambiaron algunas tendencias, según se observa en los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística. Por ejemplo, los viajeros de negocios subieron un 15%, y las llegadas en tren, un 12,5%. Los estadounidenses son más habituales (sus visitas se elevaron más del 23%) y Madrid está cada vez más en los planes de quienes eligen España como destino vacacional (tuvo un 13% más visitantes).

El motivo mayoritario de los turistas en sus viajes a España durante 2015 fue el ocio, recreo y vacaciones, con 58,0 millones y un crecimiento interanual del 3,1%. Es el grupo más numeroso, pero en realidad parte del crecimiento de viajeros este año llega de la mano de la actividad empresarial y de ferias y conferencias. Los que responden que visitan España por motivos de negocios y otros asuntos no vinculados con el ocio se situaron en 5 y 5,2 millones de turistas, con crecimientos del 15,5% y 16,4%, respectivamente.

Respecto a las zonas más visitadas, el turismo urbano ha ganado presencia este año (de ahí el auge de las llegadas a Madrid) pero las costas siguen siendo los destinos favoritos de los extranjeros que llegan a España. La principal comunidad de destino en 2015, con 17,4 millones de turistas, fue Cataluña con un 3,7% más de turistas que en 2014. Por detrás se situaron Islas Baleares (con 11,6 millones y un incremento del 2,7%) y Canarias (con 11,6 millones y un aumento del 1,0%). A continuación se sitúa Andalucía, con 9,3 millones de turistas (un 9,6% más que en 2014); la Comunidad Valenciana, 6,5 millones (un 4,3% más), y Madrid con 5,1 millones de turistas que visitaron la capital, con un incremento del 13,0%.

¿De dónde llegan, cómo se organizan, dónde se alojan?

Los principales países de residencia de los turistas que visitaron España el año pasado fueron Reino Unido, Francia y Alemania. De los 68,1 millones de turistas, 37,3 millones tenían una de estas tres nacionalidades. No es una novedad: ya hace décadas que estos países son el gran nicho de las costas y los hoteles españoles. Sin embargo, en los últimos años no solo se han mantenido sus visitas, sino que han crecido. En concreto, en 2015 la llegada de turistas procedentes de Reino Unido y Francia aumentó un 4,5% y un 8,9%, respectivamente. En la evolución de 2015, sin embargo, hay un apunte en rojo: los alemanes. Desde este país sí se redujeron las visitas un 1,2% de media. En diciembre llegaron a reducirse el 9%.

Fuera de estos mercados habituales, los siguientes más potentes para el turismo de España son los países nórdicos, los italianos, los holandeses y los suizos. Y en 2015, quienes han disparado su interés son los estadounidenses. Con el dólar fuerte, viajar a los países que usan euros es para ellos ahora más barato. Como resultado, vinieron a España un 23,6% más turistas de Estados Unidos.

La estadística hace referencia a los visitantes extranjeros, y de ahí que la llegada en avión gane por goleada a otros medios de transporte. Más de 54,4 millones de turistas utilizaron la vía aérea, lo que supuso un aumento del 5,0%. Por carretera llegaron 12,5 millones, un 4,4% más (en este caso, suelen ser franceses y portugueses los que viajan en coche). A pesar de que el tren y el barco son menos populares, son medios de llegada a España que crecen. De los 68,1 millones de turistas del 2015, 342.127 usaron el ferrocarril para su visita (12,5% más) y por los puertos accedieron 896.839 visitantes, un 3,5% más.

En lo referente a la forma de organización del viaje, 48,5 millones de turistas llegaron a España sin paquete turístico (un 6,4% más que en 2014) y 19,6 millones con paquete turístico (un 1,4% más). España es un país considerado seguro, con buenas infraestructuras y una oferta creciente de reservas por Internet tanto de alojamiento como de conexiones aéreas, de ahí el elevado número de turistas que deciden organizarse por libre la estancia. Según un reciente informe presentado en el Foro de Davos, España es el mejor país del mundo para viajar solo.

Respecto al alojamiento vacacional, ahora el Instituto Nacional de Estadística (INE) distingue dos grandes grupos: los que pagan y los que no pagan por su pernoctaciones en vacaciones. Así, en 2015 53,1 millones de turistas estuvieron en lo que se denomina "alojamiento de mercado", es decir, hoteles (43 millones) o en otros establecimientos de pago (10 millones) como campings o viviendas de uso turístico (casas y apartamentos en alquiler de vacaciones) que son cada vez más solicitadas con una demanda que creció un 39% el pasado año 2015. Por otra parte, 15,1 millones de visitantes (un 3,4% más) se quedaron en casas de su propiedad, de familiares o de amigos.

Alquiler vacacional: España, cuarto país más caro de Europa este verano

Un grupo de entre dos y seis personas se gastará en alojamiento en vivienda vacacional una media de 807 euros por semana este verano en España, según leemos en estudio realizado por el comparador HomeToGo. Precios medios solo superados en Grecia (820 euros/semana), Reino Unido (943 euros/semana) y Suiza (949 euros/semana). España presenta precios muy razonables en primavera, con una media de 567 euros por semana, precios que pueden llegar a repuntar hasta un 43,3% en los meses de verano.

Entre los destinos españoles más baratos de esta primavera se encuentran en la Costa del Azahar (Castellón), en localidades como Peñíscola, con una media de 322 euros por semana o Oropesa (402 euros). Le siguen localidades de Tenerife como La Laguna con 350 euros por Semana o Santa Cruz de Tenerife (404 euros por semana). En la Costa de Almería, encontramos precios medios de 358 euros por semana en Roquetas de Mar. Destacan también localidades de Costa del Sol (Málaga) o de Costa Blanca (Alicante) como Torrevieja con precios medios de 390 euros semanales. Completan este top zonas de Cataluña como Costa Dorada (Tarragona), con alquileres económicos en localidades como Salou (391 euros) o Cambrils (402 euros). En Barcelona, se pueden encontrar precios de 402 euros semanales en Calella. Finalmente en Costa Cálida (Murcia) ofrecen precios medios semanales de 397 euros, o en Valencia, donde el alquiler más barato se localiza en Gandía, con 410 euros a semana en primavera, que alcanzan un aumento del 90% en verano.

Precisamente para el verano los destinos más baratos en alquiler vacacional se encuentran en Canarias: Puerto Rico, en Gran Canaria, donde una estancia de una semana cuesta 397 euros; Santa Cruz de Tenerife, ya citada; Los Cristianos, también en Tenerife, con una media de 411 euros/semana; y la isla de La Palma con 430 euros.

Por el contrario, Ibiza es el destino más caro de España para este verano, con un aumento del 70% de sus precios de primavera hasta alcanzar los 1.822 euros/semana, convirtiéndose de este modo en el tercero más caro de Europa, sólo superado por Londres (2.104 euros) y la isla de Capri (1.955 euros), lejos de Amsterdam (1.341 euros) o París (927 euros). En España se sitúa así por delante de Maspalomas (1.581 euros/semana), Alcudia (1.463 euros/semana), Ciutadella de Menorca (1.437 euros/semana) y San Sebastián (1.393 euros/semana). La mayoría de destinos de costa españoles muestra fuertes subidas en temporada alta llegando a casos como el de Ciutadella de Menorca, con el mayor aumento de precios de toda España, un 143,4% más altos en verano que en primavera, seguido de Calella de Palafrugell (133%), Cambrils (123%), Salou (121,5%) y Tarragona (116,2%).

En cuanto a destinos urbanos, destaca el caso de Madrid, donde sus precios se mantienen prácticamente estables durante ambas temporadas (con precios 0,5% más bajos en verano) con una media de 634 euros por semana, en contraste con grandes ciudades costeras como Valencia (18,4% más cara en verano) o Barcelona, a 1.032 euros por semana en verano, un 12,4% más cara que en primavera, superando a ciudades como Oslo (852 euros) , Bruselas (815 euros) o París (927 euros).

Así, tanto Barcelona como Madrid aparecen en primeras posiciones en el ranking con altos alquileres en temporada alta, pero es Valencia la que consigue el ratio más alto para invertir en la compra de un inmueble y convertirlo en un alojamiento vacacional, y es la octava ciudad más rentable de Europa para este tipo de inversión, por delante de capitales como Bruselas, Edimburgo, Munich, Zurich, Roma, Londres o Estocolmo. Madrid se encuentra en el puesto número 32, delante de ciudades como Helsinki, Hamburgo o Berlín.

Fuente: elpais.com y HomeToGo: Precios alquiler 2016

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En esta ocasión volvemos al encuentro con interesantes viviendas en alquiler de larga temporada con una selección 15 casas y pisos en alquiler con una bonita decoración urbana o muy cerquita de la playa con precios económicos (solo dos llegan a los 1.600 euros). Nuestra pequeña ruta nos llevará esta semana por casas, apartamentos y pisos en alquiler de larga temporada en Málaga (Torre del Mar y Mijas Costa), Alicante (Altea), varios preciosos pisos en la ciudad de Barcelona, además del toque urbano a buen precio en Madrid y Sevilla, en la costa de Granada (La Herradura, Salobreña), y tres bonitos pisos frente al océano atlántico en las Islas Canarias (Tenerife y Las Palmas). Bonitos pisos en alquiler con una interesante decoración de estilo urbano o con el pequeño lujo de vivir en alquiler cerca de la playa ahora que se aproxima el verano.

Villa independiente en alquiler en Salobreña (Costa Tropical, Granada)

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Villa en alquiler larga temporada ubicada en la prestigiosa urbanización privada de Monte de los Almendros. Orientada hacia el sur, está enclavada frente a la costa y disfruta de unas magníficas vistas al mar. Es una Villa con carácter y con un estilo moderno pensado en ofrecer unas comodidades muy singulares, como su propio ascensor haciendo esta propiedad ideal a personas mayores o con problemas de movilidad.

Apartamento en alquiler en Arona (Tenerife, Canarias)

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Bonito apartamento de un dormitorio en la urbanización Rocas del Mar en Costa del Silencio. El apartamento tiene un dormitorio con un baño, cocina/salon y una terraza grande. Es muy cerca del mar y un lugar idóneo para para vivir y desconectar en el sur de Tenerife.

Piso en alquiler en Torre del Mar (Costa del Sol, Málaga)

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Precioso piso con vistas al mar en primera línea de playa. Piso totalmente reformado de 2 dormitorios y 2 baños. Cocina americana integrada en el salón totalmente equipada con vitrocerámica, campana extractora, horno, microondas, totalmente nueva y muy moderna.

Apartamento en alquiler en Eixample (Barcelona)

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Precioso apartamento amueblado de dos dormitorios en alquiler en una de tipo "regia finca" en uno de los elegantes edificios del famoso barrio del Eixample. El apartamento de 85m2 ha sufrido una renovación de alta calidad y ahora está listo para ser habitado. El apartamento refleja algunos elementos característicos de la arquitectura específica en el barrio del Eixample. La sala de estar, la cocina y el pasillo tienen suelos de mármol, mientras que las habitaciones tienen suelos de parqué. La fachada del edificio tiene elementos del patrimonio cultural modernista.

Apartamento en alquiler en Sevilla

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Apartamento en alquiler en Madrid

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Apartamento en alquiler en Gòtic (Barcelona)

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Completamente reformado con la calidez y el gusto nórdico. Paredes desnudas mostrando el material, otras pintadas con colores armónicos. Amueblado con estilo. Piso de una habitación con cama doble y armario grande, cocina integrada al salón,con grades ventanales dobles para aislar el ruido exterior y flanqueado con una pared de ladrillo visto y con aspecto cálido y muy original. Sofá cama para visitas.

Apartamento en alquiler en La Herradura (Costa Tropical, Granada)

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Bonito apartamento con preciosas vistas al mar y a la playa de Marina del este. Zona muy tranquila ideal para descansar y desconectar. Tiene mucho encanto y la urbanizacion consta de piscina comunitaria. La vivienda consta de dos habitaciones y un cuarto de baño así como de salon y terraza con vistas al mar. Ideal para vacaciones. Tiene plaza de garaje para dos coches. El apartamento tiene aire acondicionado y está muy bien equipado.

Apartamento en alquiler en Barcelona

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Ático-Dúplex familiar e impecable totalmente reformado y equipado en la zona de la Sagrera, cerca de autobuses y metro. Tiene una superficie de 100 m2, consta de 3 habitaciones (dos de ella dobles) junto con dos baños completo mas una habitación vestidor con gran armario empotrado y cuarto para plancha. Todo el piso es exterior.

Apartamento en alquiler en Ciutat Vella (Barcelona)

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Precioso apartamento reformado en alquiler en Raval, a escasos metros de la propia Rambla de Barcelona, cerca de muchos medios de transporte como de centro cultural de ocio y gastronomía. Presenta una superficie de 45 m2, distribuidos en 1 habitación doble, baño completo y salón-comedor con cocina americana integrada. Internet incluido en el precio. Listo para entrar a vivir con todos las comodidades para el cliente.

Dúplex en alquiler en Mijas Costa (Costa del Sol, Málaga)

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Dúplex de 3 dormitorios muy cerca de la playa. Situado en un complejo con cuidados jardines y grandes piscinas. Tiene 172 m2 construidos, de los cuales son 152 m2 útiles y 20 m2 de terrazas, con orientación este y oeste con vistas impresionantes al mar. En el precio se incluye plaza de garaje privado y trastero.

Apartamento en alquiler en Mogán (Las Palmas, Canarias)

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Riviera Marina, Apartamento en alquiler frente del mar, en Playa del Cura, Gran Canaria. Tiene 1 dormitorio, salón, cocina y un baño completo. Con terraza con vistas al mar y a la playa. Está amueblado y equipado con electrodomésticos como lavadora, televisión. Los gastos de agua y electricidad están incluidos en el precio. Se encuentra dentro de un exclusivo complejo, muy cuidado, con ascensores, piscinas y zona de juegos.Situado en una zona fantástica, al lado de la playa y frente al mar, con unas vistas impresionantes.

Apartamento en alquiler en Altea (Costa Blanca, Alicante)

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Económico y coqueto apartamento en alquiler en Altea de 1 dormitorio y 1 baño. 1ª Línea de playa.

Piso en alquiler en La Barceloneta (Barcelona)

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Junto a la playa de la Barceloneta y con vistas al mar. Piso de 60m2 reformado, amueblado, equipado y listo para entrar a vivir. 3 habitaciones (2 dobles y una individual grande). Amplio baño con plato de ducha. Cocina totalmente equipada con rincón lavadero y barra americana. Salón con grandes ventanales y balcones miradores. Parquet. Calefacción. Aire acondicionado. Ascensor. Gas natural. Internet.

Piso en alquiler en Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas, Canarias)

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Ático con 30 m2 de terraza, en la que podrá relajarse y tomar el sol mientras disfruta de unas vistas estupendas al océano y la playa. El piso consta de dos dormitorios doble, un baño, una cocina totalmente amueblada y equipada y una salón comedor. Se alquila con menaje y conexión Wi-Fi.

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El precio de la vivienda alquiler moderó un mes más su caída en abril al descender un 0,1%, una décima menos que en marzo (-0,2%), con lo que las rentas de alquiler siguen descendiendo un punto menos que el IPC general, que se situó en abril en una tasa negativa del 1,1%. Mientras se mantiene la estabilidad de los precios, parte del sector inmobiliario asegura que el negocio de los alquileres, en los próximos años irá en auge: "Los "millennials" no quieren ataduras, sino flexibilidad".

moncofa castellon2b - Los alquileres en auge, con los precios de los pisos en alquiler en abril (-0,1%), estables

De esta forma, el precio de los pisos en alquiler acumulan 37 meses consecutivos de descensos, al registrar caídas desde abril de 2013, según los datos publicados este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). No obstante, el precio del alquiler de vivienda no registró variación alguna a nivel mensual y repunta una décima en el primer cuatrimestre del año.

Por comunidades autónomas, los principales descensos se localizaron en La Rioja (-1,9%), Castilla-La Mancha (-0,6%), Castilla y León (-0,6%), Extremadura (-0,6%), País Vasco (-0,6%), Madrid (-0,5%) y Asturias (-0,3%). También bajó el precio del alquiler de vivienda en Aragón (-0,2%) y Ceuta (-0,2%), así como en Comunidad Valenciana y Canarias, regiones en las que se registró el mismo retroceso que la media nacional (-0,1%) en abril.

Por su parte, el precio de los alquileres subió en Galicia (+0,4%), Baleares (+0,3%), Navarra (+0,2%), Murcia (+0,2%), Andalucía (+0,2%) y Cataluña (+0,2%), al tiempo que se incrementó en Melilla (+0,2%) y se mantuvo sin variación en Cantabria.

Respecto a los gastos de conservación de la vivienda, los precios subieron un 0,4% interanual, si bien no presentó variación a nivel mensual. El precio de otros servicios relacionados con la vivienda se elevó un 0,4% respecto a abril de 2015 y se encareció una décima respecto al pasado mes de marzo.

Los negocios con el alquiler residencial, en auge

El Club Inmobiliario Esade Alumni abordará mañana miércoles en su reunión anual el mercado del alquiler residencial en España y Europa, que augura que será "el tema estrella del sector los próximos años", ha explicado el presidente del Club, Eduard Mendiluce. España cuenta con unos 25 millones de viviendas, de las que el 85% son de propiedad y el 15% están en alquiler, frente a otros países europeos en los que el parque de viviendas arrendadas supone el 35% o 45% del total.

Es evidente, que España tiene la tendencia cultural de comprar vivienda en propiedad, pero que el crecimiento del alquiler en los últimos años "ha venido para quedarse", porque no solo responde a la caída del poder adquisitivo de los ciudadanos por la crisis, sino a un cambio estructural. "Los 'millennials' (nacidos entre principios de los 80 y el 2000) no quieren ataduras, sino flexibilidad", que viven tanto en el ámbito personal como laboral. El porcentaje de alquiler ya ronda el 30% en grandes ciudades como Madrid y Barcelona.

No obstante, todavía no hay grandes empresas dedicadas al alquiler residencial en España, mientras que en Alemania hay compañías con parques de decenas de miles de pisos, incluso cotizadas en Bolsa, impulsadas por aseguradoras, fondos de pensiones, y algún fondo de inversión con visión de largo plazo, que obtienen de media rentabilidades de entre el 3 y el 6% anual.

Actualmente, gran parte de la banca española tiene una cartera importante de casas y apartamentos en alquiler, mientras que como empresas independientes y fondos de inversión como Azora o Anticipa (que dirige Mendiluce y pertenece al fondo estadounidense Blackstone) que se quieren posicionar entre los referentes en este segmento. Según los expertos, es un momento idóneo para el crecimiento de operadores profesionales de alquiler residencial en España: "Ahora es interesante porque vienes de la mayor crisis inmobiliaria de España, es buen momento para comprar viviendas a buen precio y alquilarlas, y obtener una rentabilidad del 5%".

Este grupo de profesionales, también pone sobre la mesa propuestas para impulsar el alquiler desde las administraciones, que pasarían por incentivos a los ciudadanos con menos recursos. Mendiluce ha cifrado el parque español de vivienda de alquiler social en un 1,5% del total, frente a la media europea del 15%, y ha opinado que la mejor vía para impulsarlo sería mejorar las ayudas a las familias a través de avales y bonificaciones del coste mensual del alquiler.

Fuente: eleconomista.es - Índice Precios de Consumo Abril 2016 (.pdf)

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