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architecture 1857175 960 720 2 - Precauciones necesarias antes de comprar sobre plano

Acudir a un plano e imaginar cómo será tu vivienda. Esa expectación, la ilusión por tu futuro hogar, un sueño que está a punto de realizarse. Pero, antes de pagar, debes saber qué precauciones debes tomar para comprar sobre plano si no quieres que uno de los momentos más importantes en tu vida acabe en pesadilla.

Para no caer en una estafa, o perder el dinero ante una quiebra, se recomienda seguir unos pasos de seguridad previos a la entrega de un anticipo por una futura vivienda

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Con el mes de junio recién estrenado, el verano está cada vez más cerca y se comienza a valorar las alternativas para disfrutar de unas merecidas vacaciones. En este sentido, los apartamentos y casas en alquiler en alquiler turístico o vacacional son cada vez más demandados, por flexibilidad, independencia, comodidad y precio. Así, tanto para los propietarios como para los inquilinos que estén pensando en el alquiler de un apartamento en la playa o una casa para las vacaciones de verano, es fundamental la elaboración de un contrato "detallado" que recoja las condiciones y la fianza como aspecto clave para los propietarios que vayan a alquilar pisos en la playa, según recomienda un estudio realizado por Alquiler Protegido. El contrato debe recoger aspectos diversos y ser lo más "exhaustivo" posible, reflejando desde si se aceptan mascotas, hasta los pagos por adelantado, para que tanto inquilino y propietario puedan tener la total tranquilidad frente a fraudes o daños en la vivienda.

ibiza vacaciones 1 1024x768 - Claves en el alquiler de vacaciones de verano para el inquilino y el propietario: contrato, fianza...

Para los propietarios, otro de los consejos para alquilar en vacaciones, es la inclusión en el contrato de alquiler de un inventario del piso "resulta clave en el caso de reclamar pérdidas o robos ocasionados durante el arrendamiento", explica el cofundador de Alquiler Protegido, Antonio García. Otra de las cosas que a tener en cuenta es repasar con los inquilinos el estado de la vivienda antes de que abandonen la misma. Con ello el propietario puede garantizar su estado y, en caso de localizar algún desperfecto, realizar oficialmente una reclamación antes de devolver la fianza al inquilino. "Nunca se debe devolver la fianza sin realizar la inspección previa, ya que luego la viabilidad de la reclamación quedaría en entredicho", advierte.

En cuanto a la ocupación, Alquiler Protegido señala que el contrato de una vivienda en alquiler vacacional debe fijar la capacidad máxima de personas que pueden habitar la vivienda. Si se descubre una capacidad mayor, se pueden emprender las acciones legales correspondientes. Recoger en el contrato este punto resulta "imprescindible" en todos los arrendamientos, pero quizá más aún en esta modalidad de alquiler por temporadas turísticas.

El estudio destaca también el pago por anticipado como otro aspecto básico. "Cobrar cerca del 50% el valor del alquiler a la hora de formalizar la reserva es una práctica muy habitual y recomendable para liquidar el resto el primer día de la estancia". Si el pago se fijara a posteriori, circunstancia menos aconsejable, en el contrato deben quedar recogidas todas las consecuencias de su incumplimiento.

Alquiler Protegido señala además, la necesidad de disponer de un seguro de hogar multirriesgo que contemple tanto continente como contenido con el fin de obtener las indemnizaciones que se escapen en diferentes revisiones de la vivienda. Por otro lado, en caso de robo o sustracción de propiedades del inquilino, el arrendador no tienen ningún tipo de responsabilidad y se recomienda al turista que contrate un seguro de viaje que cubre las posibles incidencias a este respecto.

Para los inquilinos: 9 claves para evitar estafas en los alquileres de verano

A punto de finalizar la primavera, el verano aparece ya en el horizonte. Aunque ya llegamos justos, estos son los meses más utilizados por muchos para planificar las vacaciones estivales y buscar el mejor destino. También, para localizar el alojamiento más económico, que en muchos casos pasa por el alquiler de una vivienda. En este sentido son muchos los casos en los que los contratos de las viviendas en alquiler de vacaciones en la playa entre particulares durante el verano pueden terminar dando problemas, bien por ser fraudulentos, por motivos de gastos extras, conservación o una pequeña avería. Es importante que los futuros inquilinos conozcan cómo se ha de actuar al respecto.

Al margen de aquellos pisos que no están enmarcados en las normativas de cada comunidad autónoma sobre las viviendas de uso turístico y que, por tanto, establece los derechos y obligaciones del turista-ocupante, existe un número importante de pisos que son alquilados por sus titulares a turistas. El alquiler tiene la consideración de arrendamiento para uso distinto del de vivienda, celebrándose por una temporada, bien sea la de verano u otra. El contrato implica que las partes gozan de gran libertad para estipular pactos. El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) aporta una serie de puntos que el turista que alquila en la costa en verano, debería conocer para no llevarse sorpresas.

  1. El contrato, por escrito. Aunque el arrendamiento es válido si se concierta de modo verbal, su formalización por escrito se erigirá normalmente en la única garantía del turista que alquila. Por ello, es conveniente que solicite el contrato escrito. El turista debiera exigir el contrato escrito con los pactos que convengan a las partes, ya que así podrá denunciar incumplimientos del arrendador u otras situaciones, debiendo tener en cuenta que los asuntos judiciales corresponden siempre al Juzgado donde radique la vivienda. Es importante que el turista, en su caso, solicite una copia de contrato en su idioma, incluso en el caso de que prevaleciera la redacción en castellano o en una lengua oficial.
  2. Inventario y fotografías. Para la tranquilidad del turista, éste debería solicitar un inventario del mobiliario, electrodomésticos y enseres de la vivienda, y asimismo unas fotografías de los mismos, lo que supondrá una doble garantía: de un lado al ocupar la vivienda podrá exigir que esté todo el mobiliario del inventario; y cuando desaloje la vivienda tendrá la seguridad de que el arrendador no podrá reclamarle enseres que nunca hubo ni el costo de supuestas reparaciones.
  3. ¿Qué garantías existen si alquilo la vivienda por internet? Normalmente, la búsqueda de la vivienda se realiza por internet o a través de una agencia. En todo caso el turista interesado puede y debe exigir como condición esencial del alquiler que la vivienda que aparece fotografiada en internet sea realmente la que será alquilada. En este sentido, se han de acumular las pruebas que acrediten las incidencias observadas. La firma del contrato, como en cualquier transacción de este tipo entre particulares es fundamental sellar las condiciones del alquiler, en el que figuren datos de ambas partes, la renta, las fechas de entrada y salida o la forma de pago, entre otros aspectos. El contrato, junto con las imágenes, será la base sobre la que poner una denuncia si finalmente somos víctimas de una estafa.
  4. Precio coherente y comunicación fluida. La primera de las recomendaciones es fijarse en que el precio casa realmente con el tipo de vivienda que estamos alquilando. Para ello, más allá de no caer en ofertas ridículamente bajas para inmuebles de primer nivel, es importante conocer los datos actualizados de las rentas que se piden en la zona. La comunicación que se establece con el dueño del inmueble también resulta clave para evitar estafas. Por un lado, si éste sólo ofrece la opción de hacerlo por correo electrónico es muy probable que el anuncio sea fraudulento. También se ha de sospechar si se ponen reiteradas pegas para hablar por teléfono o si se llama y el teléfono siempre está apagado.
  5. Estafas desde el extranjero. Una de las estafas más comunes es la del propietario que no puede enseñar la vivienda por encontrarse fuera de España. En esos casos, es recomendable "pedir información y documentación que acredite la veracidad y la titularidad real de la vivienda, así como la responsabilidad respecto a lo ofertado en el anuncio".
  6. Precavidos con los anticipos. Con el ánimo de ser precavido, siempre hay que evitar dar grandes cantidades de dinero por anticipado. "Es normal que se exija una señal como reserva, pero no todo el montante del alquiler, y menos antes de ocupar la propiedad". Es fundamental no adelantar ninguna cantidad de dinero por vías que no puedan ser contrastadas como y que confirmen la reserva del alojamiento.
  7. Mascota, garaje o disfrutar las zonas comunes de la vivienda. Si el turista a veces va acompañado de alguna mascota, debiera instar información sobre la posibilidad de llevarla a la vivienda, lo que asimismo debería recogerse en el contrato escrito. Del mismo modo, es interesante confirmar el uso de las zonas comunes (piscinas, pista de tenis, etc.) que pueda utilizar durante su estancia. En este sentido, también existe la posibilidad de añadir el garaje como anejo al alquiler, ya que muchos propietarios tiene garaje pero sólo alquilan la vivienda.
  8. ¿Alquilo a precio cerrado? El turista debe cerrar el costo total del alquiler (renta y otros gastos), de modo que al desalojar la vivienda el arrendador no pueda exigirle el abono de otros costes. La garantía y tranquilidad al efecto lo constituye el contrato escrito en el que obrará tal extremo.
  9. Denunciar y acudir a la policía. Por último, si a pesar de estos consejos se cae en la trampa, es básico acudir a la Policía Nacional, la Guardia Civil o al juzgado más cercano lo más pronto posible. Eso sí, con la mayor cantidad de información y datos de los que dispongamos para facilitar la búsqueda del timador y, en los casos que sea posible, la restitución del dinero defraudado.

Fuente: elmundo.es

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El Consejo General de Agentes de la Propiedad (COAPI) ha realizado una lista de consejos dirigida a los consumidores para evitar estafas a la hora de comprar vivienda o irse a vivir a un piso en alquiler. Destacan el peligro de adelantar pagos sin haber comprobado la titularidad del inmueble, o no comprobar que la vivienda realmente existe y está disponible para recibir inquilinos, así como aclaraciones en relación a los honorarios del agente o agencia inmobiliaria que intermedia en la operación.

casalupa estafasinmobiliarias - Cómo evitar estafas a la hora de comprar o alquilar una vivienda

Es importante, tanto para comprar piso o casa como a la hora de vivir de alquiler, ser prevenido para evitar desagradables sorpresas. En ambos casos (aunque en mayor medida en las operaciones de compraventa), el desembolso económico es lo suficientemente importante como para tomar todas las precauciones necesarias antes de comprometerse o realizar algún pago. Según Coapi, "las estafas tienen relevancia penal, ya que intervienen el engaño y el desplazamiento patrimonial, y suelen suponer un grave perjuicio económico para las personas que las sufren". A continuación os dejamos los consejos de Coapi para reconocer estafas inmobiliarias y cómo evitarlas.

Si compras casa a estrenar

En el caso de la compraventa de casas y pisos nuevos, una parte importante de las estafas se producen al comprar sobre plano y al entregar cantidades a cuenta. Un dinero que podría no recuperarse si la promoción inmobiliaria no sale adelante bien por la quiebra de quien promueve los pisos, por la falta de un seguro o aval que garantice esas cantidades o bien porque quien vende las viviendas no es dueño de los terrenos donde supuestamente se van a levantar. En este caso, es necesario asegurarse de la titularidad del solar donde se va a construir y de las cargas que tiene. Esta información se puede consultar en el Registro de la Propiedad.

Según Coapi “lo más importante es tener la certeza de que la cantidad que se entrega a cuenta está garantizada, ya que la normativa exige que este dinero se ingrese en una cuenta bancaria específica avalada, que posteriormente debe ser devuelta con intereses si no se realiza la construcción". Así, para el presidente de la asociación, Diego Galiano, el aspecto más importante es diferenciar entre una estafa, "que es un delito con relevancia penal que puede denunciarse ante la Policía", y un incumplimiento civil, como puede ser el incumplimiento de una fecha acordada en un contrato de compraventa.

No obstante, antes de firmar contrato alguno o entregar dinero a cuenta es necesario comprobar que la promotora que nos está vendiendo el piso existe. Parece obvio, pero no sería la primera vez que sucede. También hay que comprobar que la persona que firma en nombre de la promotora, también está facultada para hacerlo. Pero, ¿cómo se puede comprobar estos datos? "Hay que consultar en el Registro Mercantil", señalan desde el Colegio de Registradores.

Por último, una vez finaliza la construcción de la casa, antes de firmar la escritura de compraventa, hay que comprobar que la obra se ha ajustado a la memoria de calidades, que hay un seguro que cubra daños o desperfectos en la vivienda y que existe un certificado de fin de obra y licencia de primera ocupación, sin la cual no podemos entrar a vivir en ella.

Si compras casa de segunda mano

En el caso que la compra sea sobre casaspisos de segunda mano, "el consumidor debe tomar precauciones en la fase prenotarial, en la negociación y en el acuerdo de voluntades.

Hay que evitar entregar cantidades a cuenta sin tener seguridad sobre la titularidad de la vivienda". Por ejemplo, puede darse el caso de que un piso tenga varios propietarios y que no todos quieran vender, pero se haya abonado reserva o dinero a cuenta a uno de ellos, lo que puede frustrar la operación". Puede darse el caso de que existan inquilinos con un contrato de alquiler en vigor o es posible que estemos ante una vivienda de protección oficial con sus limitaciones a la hora de ser vendida.

También es muy importante asegurarse de que no pesan cargas ocultas sobre la vivienda, como hipotecas o embargos que puedan suponer una sorpresa desagradable para el nuevo propietario, deudas con la comunidad o con la administración pública (IBI, tasa de basuras...). Toda esta información puede consultarse en el Registro de la Propiedad (nota simple informativa, certificado de dominio y cargas...). Pueden hacerlo el comprador, el vendedor, la agencia inmobiliaria o un gestor administrativo. Obviamente, antes de entregar cualquier cantidad es necesario realizar estas comprobaciones.

Documento Informativo Abreviado y Notas Explicativas

Es muy importante obtener información completa y veraz sobre la vivienda que planeas comprar. Para ello tienes derecho a recibir el Documento Informativo Abreviado (DIA). Es suficiente con solicitar información sobre un inmueble para que nazca el deber de entregar una copia de este documento, que es gratuito. Se ha de tener en cuenta que el Documento Informativo Abreviado no se aplica a transacciones entre particulares.

Este documento será distinto según se trate de vivienda en proyecto, en construcción o de viviendas en primera transmisión ya construidas, pero en general incluye datos de construcción, promotor, fechas de entrega, planos de emplazamiento y superficie, información sobre licencias, etc. En el caso de segunda transmisión y posteriores (de segunda mano) que no se realicen entre particulares, el consumidor tiene derecho a recibir una ficha informativa en la que consten los datos principales de la vivienda (dirección, descripción propietario, cuota de comunidad, etc.).

En el caso de las notas explicativas de la venta de viviendas se informa sobre el precio, las formas de pago y los tributos que deben abonarse. En dicho documento se detallará:

  • Precio de venta. Se debe hacer constar que se deducirá del precio total cualquier cantidad que entregue el comprador antes de la formalización del contrato.
  • Si se prevén aplazamientos del precio se indicará toda la información al respecto (tipo de interés, principal e intereses, fecha de vencimiento, plazo, etc).
  • Si se prevé la posibilidad de subrogación de hipoteca se facilitará toda la información al respecto (notario, fecha de la escritura, condiciones del crédito, etc.).

También, si vas ha vivir de alquiler

El Consejo General de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria también advierte sobre las estafas que se producen en el alquiler de viviendas, que son más frecuentes cuando se realizan a distancia o a través de Internet.

Así, "es muy importante que se tomen precauciones, como comprobar la existencia real del inmueble, que está disponible para el alquiler y no ocupado y su estado real. Posteriormente, es muy importante que el consumidor realice la operación con todas las formalidades necesarias, ya que siguen dándose casos de contratos verbales o suscritos en un papel cualquiera que no ofrecen ninguna seguridad jurídica".

Cuidado con los anuncios gancho (con precios muy por debajo de los habituales en la zona) que supuestamente pertenecen a un arrendador que tiene mucha prisa por alquilar, ya que ha tenido que irse precipitadamente al extranjero. "Ofrecen enviar las llaves y el contrato a través de conocidas empresas de mensajería, mientras pide al estafado que le ingrese el importe del alquiler. Cuando éste efectúa el ingreso y recibe las llaves, éstas no suelen abrir la vivienda que habían alquilado".

¿Hay que pagar al agente inmobiliario?

En el caso de la compra de una vivienda a través de un agente o agencia inmobiliaria, "el compromiso de pagar sus servicios es aquella parte que los haya contratado", señalan los registradores. De tal manera que si es el vendedor quien los ha contratado, debería ser él quien los pague. Sin embargo, no existe una ley que lo regule, como tampoco están fijados por ley a cuánto deben ascender sus honorarios. En cualquier caso, si el comprador debe asumir el coste, deber estar informado de esta situación desde el primer momento. En el caso del alquiler, por el contrario, es el futuro inquilino quien asume los honorarios de la agencia inmobiliaria que suele ser una mensualidad.

El Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria recuerda que no debe abonarse ninguna cantidad económica antes de recibir los servicios. "El contrato de mediación inmobiliaria contempla una actividad de resultado, es decir, que cuando se culmina la operación con éxito hay que pagar los honorarios, no antes".

Lo que sí se puede hacer es un desglose de servicios parciales, desgranar al cliente servicios por fases e ir cobrando los honorarios de cada fase, pero siempre que el cliente esté plenamente informado y dé expresamente su consentimiento. En este sentido, Coapi recomienda que se suscriban hojas de encargo en las que aparezcan todos los datos del inmueble y también los honorarios para que el consumidor no se lleve ninguna sorpresa.

Fuente: elconfidencial.com

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