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El presupuesto que destinan los españoles a la compra o alquiler de una vivienda se ha incrementado una media del 12% en los últimos 12 meses, según el II Estudio "La demanda de vivienda en España. Tendencias 2016", elaborado por Casaktua a partir de más de 1.100 entrevistas. La cuantía media disponible por las personas que quieren comprar vivienda en propiedad se sitúa en los 209.705 euros, un aumento del 10% en comparación a 2015. Con respecto al presupuesto para alquilar un piso, la cantidad también aumenta, en este caso un 15%, pasando de los 455 en 2015 a los 522 euros que tienen como límite en 2016.

orihuelacosta alicante1 2 1024x575 - Los españoles, dispuestos a gastar un 10% más en la compra o alquiler de una vivienda

El aumento de la cuantía para la compra se debe en parte a que el precio de la vivienda ha dejado de ser el principal impedimento para los compradores, frente a la preocupación que tienen como consecuencia de no encontrar una vivienda que se adapte a sus necesidades. Según Chus de Miguel, directora comercial de Casaktua, este hecho "se produce por motivos como la estabilidad económica que tenemos actualmente y una mayor facilidad para conseguir financiación".

En este sentido, el informe refleja que el acceso a la financiación no es uno de los principales obstáculos para cambiar de vivienda. Es más, este freno solo es avalado por el 15% de los encuestados. Y, en cambio, sí lo es (para el 26%) el hecho de no encontrar un inmueble que se ajuste a lo que realmente se busca.

Los presupuestos varían según el sexo de la persona, pues los hombres destinan un 26% más que las mujeres a la hora de comprar una casa y un 10% más para alquilar. Según De Miguel, "estas diferencias se pueden dar por los menores ingresos que todavía recibe la mujer a la hora de realizar su trabajo o porque son más conservadoras en el momento de realizar esta inversión".

A pesar de los mayores presupuestos disponibles, según el estudio, estos no son generalizados. El 71% de los encuestados no tiene más de 200.000 euros para efectuar la compra, mientras que para el 54% su tope se sitúa en los 150.000 euros. En relación con el alquiler, el 70% declara que su presupuesto máximo son 500 euros mensuales frente a los 400 euros de límite para el 45% de las personas que quieren alquilar.

¿Qué busca el comprador?

Al igual que ocurre con el presupuesto, el número de personas que tienen pensado mudarse próximamente aumenta un 42%, de los que el 30% prefiere comprar frente al 17%, que optará por alquilar. El tipo de casa que busca el cliente es una vivienda básica, bien comunicada y con servicios (respuesta del 43% de los encuestados). Por otra parte, una vivienda familiar con grandes zonas comunes y varios cuartos de baño es la deseada para el 35%. Ya en mucha menor medida también eligen viviendas ecológicas con eficiencia energética y la vivienda de lujo.

Por otro lado, los motivos más importantes por los que los encuestados se quieren cambiar de vivienda se encuentra la oportunidad de tener una casa más grande o con más habitaciones (30%), tener una vivienda con más extras (29%), una mejor zona o barrio (27%), o para tener una casa más bonita (16%). Por el contrario, únicamente el 6% se quiere cambiar para desarrollar su profesión dentro del propio inmueble.

En cuanto a la tipología, los pisos en altura siguen siendo el tipo de vivienda más demanda, con un 46% de los encuestados que afirman estar interesados en este tipo de vivienda, por delante del 17% que lo hace por chalets independientes, un 16% por un apartamentos y un 13% por un dúplex o adosados. "La intención de compra por tipo de vivienda está directamente relacionada con el inmueble en el que reside: la gran mayoría quiere irse a una casa de la misma tipología", según afirma el estudio.

El 74% de los que buscan cambiarse de vivienda empezaron a mirar en los dos últimos años y medio: un 37% no lleva ni un año, el 26% lo hace desde 2015 y el 11% comenzó con la búsqueda en 2014. Existe un porcentaje bastante amplio (21%) que lleva buscando vivienda desde hace cuatro años o más. La mitad de estos comenzaron en el periodo anterior a la crisis y un 7% en los primeros años de la misma.

En general, la mayoría de los que buscan una vivienda en propiedad son familias (40%), en las que conviven parejas separadas con hijos anteriores, y con intención de tener más (42%), con un buen trabajo y un nivel adquisitivo alto y medio alto (33%) y con una edad comprendida entre los 25 y los 34 años (38%).

En cuanto a los que se quieren mudar a un piso en alquiler y pesar de su incremento, la mayoría se decantan por el arrendamiento por motivos económicos: el 36% lo hace porque es su primera opción, porcentaje muy superior al 27% del año pasado, aunque seis de cada 10 personas hubieran preferido comprar. En el caso de la vivienda en alquiler, su demanda se centra en jóvenes de entre 25 y 34 años (25%), solteros (24%), que ya viven en alquiler (40%) compartiendo piso (38%) o con sus familiares (30%) y que buscan emanciparse (70%).

Segunda residencia

El 29% de los encuestados afirma contar con una segunda residencia. De este grupo, el 63% la compró antes de la crisis y el 37% entre 2008 y 2016. Seis de cada 10 se encuentran en el interior: el 26% en zona urbana y el 32% en zona rural. Entre el 71% restante que no dispone de segunda residencia, el 22% está en búsqueda activa, la mayoría de ellos (62%) en la costa.

Por comunidades, los habitantes de Madrid y Valencia, seguidos de País Vasco, Navarra y Baleares son los españoles que más cuentan con una segunda vivienda. Mientras que en Cantabria, Asturias, Aragón y Castilla-La Mancha son las regiones con menos propietarios. Sin embargo, son precisamente los habitantes de estas comunidades los que más están pensando en adquirir una segunda residencia.

Fuente: elmundo.es

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La compra de viviendas en España registró un aumento del 5,8% en marzo en relación al mismo mes de 2015, hasta las 38.674 operaciones, según la estadística del Consejo General del Notariado. Del mismo modo, dentro de la relativa estabilidad de los últimos meses el precio del metro cuadrado de las viviendas compradas en marzo subió un 1,9% interanual. Además, según la estadística notarial de marzo, la concesión de hipotecas creció un 17,1%.

peñiscola castellon 1024x682 - En marzo la compra de viviendas creció un 5,8% y los precios un 1,9%, según los Notarios

El incremento interanual del número de compraventas se debió tanto a la expansión de las ventas de viviendas tipo piso (+4%), como al notable incremento de la venta de viviendas unifamiliares, que crece un 13%. En el caso de los pisos, las compraventas de los de precio libre experimentaron un incremento del 5,2% respecto a marzo de 2015. Dentro de este segmento, las ventas de pisos de segunda mano subieron un 8,5%, frente a la contracción del 18,5% experimentada por la compraventa de pisos nuevos.

Por su parte, la compraventa de otros inmuebles se situó en 9.262 operaciones en el tercer mes del año, lo que supone un crecimiento interanual del 1,2%. Del total de operaciones, un 37% correspondieron a terrenos, parcelas o solares. El precio medio por metro de estas transacciones alcanzó los 316 euros (+96,8% interanual).

Respecto a los precios medios, el metro cuadrado de las viviendas compradas en marzo se situó en 1.261 euros, lo que refleja un incremento del 1,9% interanual, debido tanto al encarecimiento de las viviendas unifamiliares (+7%), como al de las viviendas piso (+1,2%). Dentro de los pisos de precio libre, el metro de los de segunda mano se situó en 1.361 euros (+1,1%) y el de los pisos nuevos en 1.678 euros (+10,7%).

Más hipotecas y de mayor valor

El sector registró en marzo un crecimiento en el número de nuevos préstamos hipotecarios concedidos del 4,2% interanual (7,3% en términos desestacionalizados), hasta un total de 29.642 créditos. En el caso de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda su número creció hasta el 17,1%, y se queda en el 10,4% para el resto de inmuebles.

En cuanto al capital, la cuantía media de las hipotecas para la adquisición de un inmueble se situó en 134.881 euros en marzo, un 5,9% superior a la de un año antes, mientras que el de las hipotecas para la adquisición de una vivienda alcanzó los 125.265 euros, con un repunte del 2,7% respecto a igual mes de 2015. El porcentaje de compras de viviendas con financiación hipotecaria se situó en el 46,7% en marzo. Además, en esas compras, el porcentaje del valor de la vivienda hipotecado fue del 78,7%.

Por su parte, el número de préstamos hipotecarios para la construcción creció un 2,3% en marzo, hasta los 472 créditos, con una cuantía media de 277.491 euros, un 7% más.

Fuente: Consejo General del Notariado Marzo  2016 (.pdf)

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El mercado de la vivienda mantiene su progresiva recuperación por el lado de la venta de pisos y casas. En febrero, la compraventa de viviendas se disparó un 22,9% en tasa interanual, hasta alcanzar las 34.268 operaciones, según la estadística inmobiliaria del Consejo General del Notariado. No obstante, en lo que respecta a los precios medios de las casas vendidas, arroja un mínimo incremento del 0,6%, situándose en los 1.233 euros por metro cuadrado.

calpe alicante 3 - La venta de viviendas creció un 22,9% en febrero y los precios se mantienen en calma

Como viene siendo habitual desde hace bastantes meses, en este nuevo paso hacia la recuperación en la compra de pisos en el pasado mes de febrero sigue teniendo mucho que ver la vivienda de segunda mano. Así, el número de transacciones de pisos usados creció un 25,9% (23.227), en contraposición a la reducción de operaciones en el mercado de los pisos a estrenar, bajó un 5,1% (2.340). Sin duda, el mercado de obra nueva continúa siendo una de las asignaturas pendientes a aprobar por el nuevo mercado "post crisis".

La venta de chalets unifamiliares también se apunta al resurgir y creció en febrero un 22,6%. Según los notarios, en general la compraventa "refleja la senda subyacente de recuperación del mercado inmobiliario", dicen los notarios.

Es menos evidente la recuperación de los precios de las casas y pisos en España. En febrero apenas un incremento del 0,6%, debido principalmente "al aumento del precio por metro cuadrado de las viviendas unifamiliares (3,8% interanual)", puntualizan desde el Consejo General del Notariado. Y es que las viviendas de tipo piso trasmitidas se deprecian un -0,2% con respecto al mismo mes de 2015. De este modo, el valor del metro cuadrado de las casas asciende a 1.007 euros, mientras que en el caso de los pisos de segunda mano se sitúa en 1.350 euros (0,6%) y en los pisos nuevos en 1.619 euros (0,3%).

El crédito hipotecario sigue subiendo

Uno de los mejores síntomas que acompaña a la recuperación de la la venta de viviendas es el aumento del número de créditos hipotecarios. En febrero, las firma de nuevas hipotecas subió un 16,1% interanual (en términos desestacionalizados, el 14,7%), hasta un total de 25.487 créditos. El importe medio de los préstamos hipotecarios alcanzó los 144.835 euros, con una subida interanual del 5,1%.

En el caso de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de un inmueble, su número creció un 34,3% interanual en febrero, aunque la cifra se eleva hasta el 34,7% en el caso de la compra de una vivienda y se queda en el 29,9% para el resto de inmuebles.

En cuanto al capital, la cuantía media de las hipotecas para la adquisición de un inmueble se situó en 126.633 euros en febrero, un 2,8% superior a la de un año antes, mientras que el de las hipotecas para la adquisición de una vivienda alcanzó los 119.142 euros, con un repunte del 1,9% respecto a igual mes de 2015.

Por su parte, el número de préstamos hipotecarios para la construcción creció un 8,9% en febrero, hasta los 391 créditos, con una cuantía media de 459.890 euros, un 15,2% más.

Fuente: Consejo General del Notariado Febrero 2016 (.pdf)

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La campaña para declarar la renta del 2015 ya ha comenzado. Desde ayer 6 de abril se puede solicitar el borrador y confirmarlo a través de Internet así como las declaraciones de renta y patrimonio de 2015. Por otra parte, desde el 10 de mayo tendrás ocasión de presentarla en las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la Agencia Tributaria. ¿Cuál es la fecha límite? Hasta el 25 de junio puede presentarse el borrador de la declaración de la renta con resultado a ingresar a través de domiciliación bancaria y hasta el 30 de junio puedes hacerlo para el resto de versiones. En esa misma fecha, también vence el plazo para los trabajadores sujetos al régimen especial de tributación por IRPF para trabajadores desplazados. La campaña de la Renta 2015 recoge novedades de la reforma fiscal, algunas de ellas relacionadas con la vivienda.

manilva malaga 1 1024x683 - Novedades fiscales en la Renta 2015 que afectan al alquiler o la compra de vivienda

Alquiler en la Renta 2015: ¿Quién puede deducir?

Este año serán muchos menos los inquilinos que podrán deducir su alquiler en la Renta 2015. La novedad más importante es la desaparición de la deducción estatal en el IRPF por el alquiler de una vivienda habitual para todos los inquilinos cuyos contratos de alquiler se firmaron a partir de 2015, una medida que no afecta a las deducciones autonómicas. En cambio, los inquilinos con contratos anteriores a 2015 se puede seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y años sucesivos mientras mantengan el contrato de alquiler de su vivienda habitual, y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, recuerdan los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). También son deducibles los gastos imputados al inquilino, como IBI o comunidad.

A los caseros también les afecta el hachazo fiscal. Se mantiene el 60% de deducción para los caseros que alquilen sus viviendas sin importar la edad de los inquilinos, pero se ha eliminado la reducción incrementada del 100% para los arrendamientos a jóvenes menores de 30 años con rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM (para el año 2014 de 7.433,14 euros anuales).

Además, los caseros pueden deducirse de los rendimientos íntegros todos los gastos necesarios (intereses de préstamos vinculados a la vivienda, gastos de conservación y reparación, tributos y tasas, seguros …) y el importe de la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, es decir, los muebles. Eso sí, el casero debe tener documentación que justifique todos esos gastos.

Compra de vivienda: ¿Quién mantiene el beneficio fiscal?

Sólo pueden disfrutar de la famosa desgravación fiscal por compra de vivienda habitual aquellos contribuyentes que adquirieron su casa antes del 1 de enero de 2013, dado que este incentivo fiscal quedó eliminado a partir de esa fecha. Así, quienes hayan comprado en 2013, 2014 o 2015 ya no tienen derecho a deducirse por ese gasto.

Por tanto, los que optaron por comprar vivienda o realizaron algún pago para su construcción antes de 2013 pueden deducirse el 15% de las cantidades satisfechas con un límite máximo de 9.040 euros anuales y obtener así una devolución de hasta 1.356 euros. Entre las cantidades a desgravar se debe incluir el capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación. Si se trata de matrimonios o parejas que declaran de forma conjunta, el máximo deducible también es de 9.040 euros para la unidad familiar. En este sentido se puede amortizar más, pero ya sin desgravación en el IRPF.

Lo invertido en la ampliación o rehabilitación de la vivienda tiene determinadas limitaciones. Los pagos por estos conceptos, en obras iniciadas antes de 2013, tendrán derecho a la deducción del 15% siempre que las obras finalicen antes del 1 de enero de 2017. Y deberán ser reformas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética (como instalar paneles solares o mejorar el aislamiento de ventanas) o la sustitución de instalaciones de luz, gas o agua. En el caso de obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, la deducción se amplía al 20%, sobre la base máxima de 9.040 euros anuales.

La reforma fiscal ha empeorado el tratamiento de las llamadas imputaciones de renta inmobiliarias. En general, se considera que los inmuebles urbanos (no arrendados ni afectos a actividades económicas), excluyendo la vivienda habitual y el suelo no edificado, generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral (el 1,1% si el valor ha sido revisado a partir del 1 de enero de 1994). La reforma fiscal reduce este plazo a los 10 años anteriores, de modo que aumentará al 2% la tributación de numerosos inmuebles.

Se mantiene la clásica exención por reinversión en vivienda habitual que evita tributar por la ganancia patrimonial de la venta de la anterior vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total de la venta se reinvierta en una nueva vivienda habitual en los dos años anteriores o posteriores a la venta de la vivienda antigua. La novedad es que las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años con la venta de cualquier tipo de bien quedan exentas de tributación. No obstante, esa exención se producirá siempre y cuando las ganancias se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.

Además, los contribuyentes deben tener en cuenta las peculiaridades fiscales propias de su región, pues no todos saben que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias, algunas tan importantes como el alquiler o la inversión en vivienda habitual, e incluso la posibilidad de realizar cambios en los tipos del IRPF.

Claves del borrador de la declaración de la renta

Una de las principales novedades de este año es un nuevo modelo por Internet para la presentación de declaración llamado Renta Web, pensada para ser más fácil y flexible. Este instrumento fusiona el borrador de la Renta y el programa PADRE. Como contribuyente, puedes acceder al servidor de la APAT y añadir cualquier renta o dato, tramitando de forma sencilla su borrador. La principal ventaja de la herramienta Renta Web es que permite la descarga de rentas provenientes de cualquier naturaleza, excepto las que provengan de actividades económicas, que necesariamente deberán usar el programa PADRE. Con ella, también puedes comparar en las unidades familiares cuál es la mejor opción de declaración. Existen diferentes apartados que es fundamental revisar en tu borrador de declaración de la renta:

  • Deducción por inversión en vivienda habitual: si tienes derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifica que sea correcta la información sobre los préstamos hipotecarios que aparece en tus datos fiscales.
  • Deducción por alquiler de tu vivienda habitual: Si tienes derecho a ello, se ha de consignar en las casillas (507) y (508).
  • Deducción por obras de mejora en viviendas de tu propiedad, si tienes cantidades pendientes de ejercicios anteriores para aplicar a la deducción, utiliza la casilla (509) y/o (510).
  • Información de los inmuebles y sus referencias catastrales: Puedes consultar el enlace “Información Catastro-IRPF” disponible en el Portal del Catastro y su sede electrónica.
  • Tus datos personales y familiares: En este apartado debes consignar si has tenido hijos en el último año, si han cambiado tus circunstancias familiares, si has tenido derecho a la deducción por maternidad en la casilla (546), si tienes derecho a alguna deducción familiar por descendiente/ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con dos hijos y sin derecho a percibir anualidades. Casillas (557), (572), (588) y (590) respectivamente.
  • Planes de Pensiones: Si las tienes, deben figurar incluidas en la casilla (406).
  • Deducciones Autonómicas: Si tienes derecho a alguna de ellas y ésta no figurase en el borrador, puedes consignarla en las casillas correspondientes a su Comunidad Autónoma.

Cómo introducir modificaciones en el borrador

Modificar el borrador es un proceso sencillo. Si consideras que este documento no refleja tu situación tributaria, y quieres modificar o corregir algún dato al respecto, puedes introducir las modificaciones de las siguientes vías:

  1. De forma electrónica: Por Internet, debes aportar tu NIF y el número de referencia previamente solicitado. Con tu clave PIN o certificado electrónico podrás acceder al Servicio de tramitación del borrador/declaración, en el portal de la Agencia Tributaria en Internet.
  2. Por vía telefónica: Si prefieres hacerlo por teléfono, puedes contactar en el número 901 200 345 de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas con tu NIF y el número de referencia.
  3. En las oficinas físicas de la Agencia Tributaria: Con cita previa, esta opción podrá hacerse a partir del 10 de mayo, excepto para rentas de trabajo superiores a 65.000 euros, capital mobiliario superior a 15.000 euros, actividades económicas en estimación directa, más de 2 transmisiones, más de un inmueble alquilado o procedentes de regímenes especiales.

Más información: Agencia Tributaria

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Durante el pasado mes de noviembre, el número total de transacciones de viviendas ascendió hasta las 28.733 operaciones, un 13,7% más que en el mismo periodo de 2014, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). La compra de viviendas crece por decimoquinto mes consecutivo, aupada nuevamente por las casas y pisos de segunda mano con el 80,5% del total de las compraventas, mientras que la vivienda nueva supuso el 19,5%.

zenia torrevieja alicante1 - La compra de viviendas en noviembre repuntó un 13,7% aupada por la segunda mano

El notable crecimiento de noviembre en tasa interanual (muy por encima del 2,7% registrado en octubre) se debe al gran dinamismo del mercado de la vivienda usada. Del total de compraventas selladas durante el penúltimo mes de 2015, 23.129 pisos y casas que se circunscriben a la oferta de la segunda mano (un 30,5% más que en 2014), mientras que sólo 5.604 adquisiciones se realizaron sobre obra nueva (un 25,7% menos), su peor noviembre de toda la serie histórica. No obstante, este desfase es relativo, ya que a la hora de elaborar la estadística de compraventa, el INE tiene en cuenta que las viviendas a estrenar sin vender con dos años de antigüedad pasan a ser consideradas de segunda mano. Además, la obra nueva que venden los bancos también se computa como usada.

En los 11 primeros meses de 2015, la compraventa de viviendas acumula un repunte del 11,5%, con un descenso del 34,5% en las operaciones sobre pisos nuevos y un aumento del 39,2% en las realizadas con viviendas de segunda mano. Y atendiendo sólo a los datos mensuales (noviembre de 2015 sobre octubre de 2014), la compraventa de viviendas se incrementó un 5,3%, su mayor repunte en este mes desde 2011.

La mayor parte de las viviendas transmitidas por compraventa durante el pasado mes de noviembre de 2015, en concreto el 90,4%, fueron viviendas libres. La compraventa de este tipo de casas aumentó un 14,1% en tasa interanual, hasta 25.979 operaciones, en tanto que las operaciones sobre viviendas protegidas sumaron 2.754, con un incremento del 10,2% respecto a noviembre de 2014.

Descensos solo en dos comunidades: Navarra y Galicia

En noviembre de 2015, el mayor número de compraventas de viviendas por cada 100.000 habitantes se dio en Comunidad Valenciana (111) y Baleares (105). En términos absolutos, Andalucía continuó a la cabeza de compraventas de viviendas, con 5.752 operaciones, seguida de Cataluña (4.523), Comunidad Valenciana (4.346) y Madrid (3.692).

En valores relativos, las regiones donde más se incrementó en tasa interanual la compraventa de viviendas fueron La Rioja (52,6%) y Cantabria (43,5%), Murcia (22,6%) y Asturias (22%). Los únicos descensos correspondieron a Navarra (-24,3%) y Galicia (-8,7%).

ine compraventa nov2015 - La compra de viviendas en noviembre repuntó un 13,7% aupada por la segunda mano

Sumando el total de fincas rústicas y urbanas (viviendas y otros inmuebles de naturaleza urbana), las fincas transmitidas el pasado mes de noviembre alcanzaron las 134.180, cifra un 7,1% superior a la del mismo mes de 2014.

El número total de fincas transmitidas inscritas en los registros de la propiedad por cada 100.000 habitantes alcanza sus valores más altos en La Rioja (615) y Castilla y León (598). Las tasas de variación anuales más elevadas se registran en Islas Baleares (33,7%) y La Rioja (23,7%). Por su parte, las comunidades autónomas que presentan las tasas anuales más bajas son Asturias (–6,4%) y País Vasco (1,0%).

Fuente: INE Transmisiones Noviembre 2015 (.pdf)

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Los precios suben y las compraventas de viviendas aún más. En el tercer trimestre del año se vendieron 93.528 viviendas, un 16,3% más respecto al mismo trimestre de 2014 según la estadística sobre transacciones inmobiliarias de viviendas realizadas ante notario, publicada por el Ministerio de Fomento. Para encontrar un tercer trimestre con más transacciones hay que remontarse al año 2009 (107.534).

fomento venta3trim2015 - La venta de pisos y casas se dispara un 16,3% en el tercer trimestre

En los últimos doce meses, de octubre de 2014 a septiembre de 2015, se han vendido 398.124 de pisos y casas en España, lo que supone un 14,6% más que en los doce meses anteriores. En cuanto a la tipología, 10.152 transacciones correspondieron a vivienda nueva, lo que representa un 10,9% del total. Por su parte la vivienda de segunda mano con 83.376 supone el 89,1%.

Crece la venta de vivienda en 16 comunidades

Si se compara el tercer trimestre de 2015 con el mismo periodo de 2014, 16 comunidades autónomas registran incrementos en el número de compraventas de viviendas y en dos disminuyen. Destacan entre los mayores avances Murcia (50,0%), La Rioja (39,4%), Cantabria (33,7%), Cataluña (24,1%) y Aragón (22,5%). Solo en Navarra, Ceuta y Melilla se producen descensos, en concreto, del -32,5% y -4,9% respectivamente. Se trata de una normalización del sector a dos velocidades, con comunidades donde las operaciones crecen por encima del 20% interanual mientras que en otras el incremento apenas supera el 6%.

fomento venta3trim2015 comunidades1 - La venta de pisos y casas se dispara un 16,3% en el tercer trimestre

Por municipios, los que registran un mayor número de compraventas en el entre julio y septiembre, son Madrid (6.770), Barcelona (3.275), Valencia (1.659), Sevilla (1.385), Zaragoza (1.363), Málaga (1.211), Marbella (1.184) y Torrevieja (1.138).

El comprador extranjero, 17 trimestres seguidos creciendo

Las compras de viviendas efectuadas por extranjeros residentes en España fueron de 15.589, con un crecimiento interanual del un 21,9%, y encadenando 17 trimestres consecutivos de subidas interanuales. Asimismo, las compraventas realizadas por extranjeros no residentes ascienden a 1.154 en el trimestre, un 11,6% superior a las de hace un año.

En su conjunto, las compraventas realizas por extranjeros (residentes y no residentes) suponen 16.743, es decir, el 17,9% del total. Por provincias, las que registran mayor número de compraventas por extranjeros residentes, corresponden a Alicante (3.670), Málaga (2.324), Barcelona (1.475), Baleares (1.177) y Madrid (1.101).

Fomento: Estadística transacciones inmobiliarias - Tercer Trimestre 2015

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Cualquier negocio aspira a crear mucho producto con el menor coste posible, y ponerlo en el mercado a un precio competitivo para que la demanda del mismo sea lo más elevada posible. En materia de vivienda, el mercado no funciona exactamente así, aunque los parámetros son los mismos. Quien vende una vivienda, sea de segunda mano o nueva, quiere hacerlo por el mayor precio posible y en el menor tiempo. El hecho de que hoy todavía muchas viviendas tarden más de un año en venderse quizás tenga que ver con que el precio de salida no se corresponde con el que está dispuesto a pagar el potencial comprador. En este sentido, según Sociedad de Tasación en siete regiones los pisos deberían seguir abaratándose.

sociedad de tasacion 2015 - Vivienda: ¿Dónde se puede comprar y pagar una casa, y dónde aún no?

Sociedad de Tasación acaba de realizar un ejercicio para conocer cuánto vale la casa que pueden pagar los españoles y las conclusiones son reveladoras. Al cruzar las estadísticas de precios de la vivienda con los salarios medios de los trabajadores por comunidades autónomas y teniendo en cuenta siempre que la operación sería financiada con una hipoteca a tipo de interés variable al 2,5% y con un plazo de amortización de 30 años, en siete comunidades la vivienda debería seguir reduciendo sus precios: Madrid, Galicia, Cantabria, País Vasco, Navarra, Cataluña y Baleares. En el resto, se puede concluir que los hogares con rentas medias podrían afrontar en la actualidad la compra de una vivienda tipo.

Con el fin de mostrar lo importante que puede llegar a ser el peso de la financiación hipotecaria, Sociedad de Tasación ha realizado el mismo ejercicio, pero aplicando un préstamo con tipo de interés variable al 5% (conviene recordar el efecto perverso que sobre millones de hipotecados tuvo todavía en el boom la subida de los tipos y el euríbor) y al mismo plazo de 30 años. En este segundo caso, la situación varía ostensiblemente y ya en solo cuatro regiones se podría comprar y financiar la vivienda con un sueldo medio. Sería en La Rioja, Aragón, Castilla-La Mancha y Murcia. En el resto, los precios inmobiliarios deberían seguir ajustándose para hacer accesible la adquisición de una vivienda a la mayor parte de las familias.

El sector inmobiliario, más cerca de la estabilización que de la recuperación

El director general de Sociedad de Tasación, Juan Fernández-Aceytuno, ha afirmado que el sector inmobiliario español está aún "más cerca de la estabilización que de la recuperación" y ha vaticinado que cuando llegue ese momento de la recuperación "unos saldrán a una velocidad y otros a otra". Así lo ha indicado durante la jornada "Perspectivas económicas 2016 y tendencias del sector inmobiliario" en la que ha argumentado que pese a que las compraventas y las hipotecas están repuntando, de la recuperación del empleo, existen aún ciertos desequilibrios en el mercado.

Para empezar, antes de la crisis el número de hipotecas superaba a las compraventas de viviendas porque muchas de ellas se dedicaban al consumo, estas dos variables se cruzaron en 2011 y actualmente los créditos hipotecarios son algo menos de las compraventas que se realizan. "La evidencia de que el sector estará en crecimiento llegará cuando estos dos números se igualen", ha añadido, para apostillar que, de momento, sólo se puede hablar de "estabilidad". Asimismo, el director general de Sociedad de Tasación ha recordado que las transacciones de vivienda usada llevan 10 trimestres mostrando variaciones en forma de dientes de sierra, con subidas y bajadas.

Por otro lado, ha señalado que la regulación de las sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria (socimi) ha sido la legislación "más importante de la crisis", porque están logrando atraer la inversión extranjera, pero considera que aún hacen falta en España grandes desarrollos de producto en alquiler. En el caso de la rehabilitación de viviendas, se ha mostrado tajante: "lo primero que hay que rehabilitar es la legislación porque hacer esas obras hoy es un ejercicio casi de ciencia ficción".

En 2016 habrá 349.377 pisos sin vender, un 24% menos que este año

Por otro lado, el excedente de viviendas sin vender en España se situaba tras el verano en 462.000 inmuebles, menos de la mitad que los 1,2 millones de inmuebles de 2008. Además, esta oferta embalsada se reducirá un 24,5% en 2016, una cuarta parte, hasta los 349.377 pisos. Así se precisa en un análisis expuesto epor el presidente de los promotores madrileños Asprima, Juan Antonio Gómez-Pintado, en el marco de la jornada Perspectivas económicas 2016 y tendencias del sector inmobiliario, organizada conjuntamente con Sociedad de Tasación ST.

Esta estimación, elaborada a partir de datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), la cátedra inmobiliaria del Instituto de Práctica Empresarial (IPE) y la Red de Asesores Inmobiliarios Cualificados (RAIC), señala que el 74% del stock se localiza en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía y Murcia, y que el año que viene este porcentaje se reducirá al 51%. Mientras, la bolsa de pisos vacíos en Madrid se acercará a los 6.000 inmuebles el próximo año, mientras que en Cataluña superará las 4.300 viviendas.

Por otro lado, Gómez-Pintado ha indicado que, teniendo en cuenta los flujos migratorios, la necesidad de viviendas en España se situará los próximos años en unos 140.000 inmuebles, con especial protagonismo de Madrid, donde esta cifra estará entre los 30.000 y los 40.000 pisos.

Imagen: Carlos Cortinas Fuente: cincodias.com

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¿Cómo es el demandante de vivienda actualmente? Esta sin duda debe ser una pregunta recurrente entre promotores, consultores y profesionales del sector inmobiliario, aunque, en épocas pasadas, buena parte dejaran al margen esta inquietud a la hora de fijar precios o escoger ubicación. En cierto modo, esta actitud explica parte del inmenso stock de viviendas nuevas, unas 535.734 según el Ministerio de Fomento, que por otro lado, algunos estudios estiman de difícil digestión, por no decir que gran parte de estas viviendas, no se venderán jamás. No obstante, tras 7 años de crisis, la demanda en la sombra para comprar vivienda sale a escena, con un perfil más joven de profesionales solventes y con mucha más confianza.

demandavivienda - La demanda de vivienda en la sombra regresa a escena: más joven, solvente y confiada

En este sentido, dos recientes estudios intentan dar con el perfil del comprador actual de vivienda en España. En Tendencias del Mercado Inmobiliario, informe elaborado por Solvia, se publica una radiografía basada en quienes adquirieron una vivienda entre enero y diciembre de 2014 a la gestora inmobiliaria del Banco Sabadell, más de 16.000 clientes. La compañía suma 26.700 millones de euros en activos adjudicados y es la cuarta, por volumen, de las ligadas a la banca. Según Solvia el perfil de este comprador es, en el 66%, de los casos un hombre, profesional con una media de edad de 44,2 años, que paga al contado un 50% de las transacciones, fundamentalmente las de menor valor. Es una demanda con ingresos estables, como muestra que el 10% son funcionarios y el 8% son jubilados; menor es el porcentaje de directivos, un 7%, y de autónomos, 4,5%. El 27% de los compradores son extranjeros que compran a través del canal internacional.

Desde otra óptica, se acaba de presentar una segunda aproximación al perfil del demandante de vivienda, no extrapolable, pero orientativo. No se trata de los que compran, sino de los que están dispuestos a hacerlo. Es la elaborada por PlannerExhibitions, organizadora del Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA), junto con Sociedad de Tasación (ST), a partir de encuestas y registros de los asistentes al encuentro entre 2008 y 2015. Una muestra de unos 3.600 visitantes en siete años. Según concluyen, en la sombra o no, lo que sí queda claro es que el demandante actual, es "más solvente y más sana". Los demandantes que no necesitan ninguna financiación pasan del 7% en 2011, al 16% actual. Los que necesitan financiación para más del 80% del precio de la vivienda han bajado del 55% en 2008 a solo un 16% este año.

Según este segundo estudio, el perfil del demandante de pisos y casas en España ha ido cambiando, siendo el comprador mayor de 36 años que busca mejorar su vivienda actual o adquirir una segunda vivienda el que muestra mayor crecimiento, recortando distancias al comprador de 25 a 35 años que quiere formar hogar. Este último grupo ha frenado este año el paulatino descenso que venía experimentando desde 2008.

En 2015 mejora el panorama: baja el porcentaje de los que argumentan, como motivo para no comprar, el precio o la financiación que como principal obstáculo se reduce a la mitad respecto a 2013 (del 18% al 9%). El precio como freno pasa de suponer el 50% en 2013 al 65% este año, igualándose con lo que sucedía en 2008. El informe alude a la conciencia de que los precios de la vivienda ya no van a seguir bajando. Algo que tampoco augura el informe de mercado inmobiliario de Solvia, salvo en el caso de contadas comunidades como Castilla-La Mancha, donde sigue el descenso.

Ganan peso también los que tienen dinero o acceso a él. En 2015 el porcentaje de los que buscan segunda vivienda se ha equiparado con el de antes de la crisis. El buscador de chollos en la playa ya no es el predominante como lo era entre 2011 y 2012. Y entre 2012 y el actual ha aumentado el volumen de inversores que entre 2009 y 2011 carecían de incentivos para apostar por la vivienda.

Y no falta optimismo: más del 80% confían en conseguir crédito y un 87% está dispuesto a "comprar antes de un año" o "en cuanto encuentren" la vivienda que buscan, lo que indica "mayor confianza y predisposición a la compra", según Eloy Bohúa, director general de PlannerExhibition, cuyo informe habla de la salida de la demanda embalsada. Así el porcentaje de los que quieren formar un hogar ha pasado del 36% al 44% en ocho años. Además los que buscan una casa de más de 300.000 euros han pasado de representar el 13% a subir al 23%. El grueso de los encuestados puede comprometer entre 150.000 y 300.000 euros para la compra de vivienda También sube 10 puntos el porcentaje de los que buscan pisos de tres o más dormitorios, del 61% hace ocho años a superar el 70% este. Y, por otra parte, los unifamiliares han pasado de interesar al 45% de los asistentes a la feria en 2008, al 13,5% a la edición pasada edición de mayo.

Finalmente, en lo que a la financiación se refiere, el estudio de Solvia destaca que, tras siete años de caídas, el número de hipotecas constituidas crece en numero e importe, partiendo de una base de clientes con un perfil más selecto y solvente, que debe ir ampliándose a partir de una consolidación en la mejora de la economía y del mercado laboral, que llevará al mercado a normalizarse a partir de 2015, apunta la inmobiliaria. El número de nuevas hipotecas en julio creció un 21,8%, con Madrid, Cataluña y Andalucía liderando este crecimiento.

Zonas de mayor demanda

El informe de Sovia, presentado por su director general, Javier García del Río, es el primero en el que la compañía analiza el proceso de reestructuración y cambio en el que está inmerso el sector inmobiliario. Según este estudio, la falta de oferta en determinadas zonas, principalmente las más pujantes (Barcelona y Madrid para primera vivienda, y Costa del Sol, Costa Blanca y otras zonas costeras del Mediterráneo para segunda residencia), la existencia de una importante demanda embalsada, la mejora del mercado laboral y la existencia a corto plazo de una de las generaciones jóvenes más numerosas de la historia de España (población entre 25-44 años), configuran un escenario favorable para la vuelta al desarrollo de vivienda. Así, el estudio estima una construcción anual de entre 150.000 y 200.000 viviendas hasta 2020.

Descendiendo a los mercados locales, en el caso de la costa levantina, donde destaca por su actividad en la zona sur de Alicante, se trata de un extranjero no residente que paga a tocateja más del 40%. En el de la Costa del Sol, donde los precios han subido especialmente en Marbella, el 70% son extranjeros y, de estos, el 90% paga al contado. En Baleares, que encabeza la recuperación nacional, resalta Ibiza donde el perfil es mitad y mitad inversores locales e internacionales. Por último, en Canarias, recupera la iniciativa compradora el británico y se añaden italianos y procedentes de los países del Este.

Por lo que se refiere al mercado de primera vivienda, en Barcelona se muestra muy activa la demanda de alto nivel para no residentes y los pisos de dos a cuatro dormitorios. En cuanto a Madrid, se inclina también por el alquiler, donde el perfil se amplia de los estudiantes y niveles medio bajos a los de ejecutivos y personas con alto poder adquisitivo. En el regreso a la producción de obra nueva el foco estará en adaptar las casas a las nuevas necesidades de los compradores (sostenible, domótica, personalizada, más servicios, adaptada al ciclo vital...), y en contener los costes para ofrecer precios de venta ajustados a este nuevo mercado. Debido a la escasez de producto nuevo de calidad en ciertas zonas, el precio de la vivienda nueva ya crece a un ritmo del 4% según el INE, hito que no sucedía desde 2008.

La actividad promotora se reactiva y en el caso de mercados con demanda consolidada, escasez de producto, economía diversificada y demanda de no residente elevada (Madrid, Barcelona, Costa del Sol, Baleares...), se esperan leves e, incluso, moderadas subidas en los precios de las casas y pisos a estrenar, recoge el informe.

El alquiler alcanzará cuotas del 30%

Según el estudio de Solvia, la restricción para obtener financiación, junto a cambios sociodemográcos (atomización hogares, aumento movilidad, cambio cultural, profesionalización del sector...) harán converger las cuotas de vivienda en alquiler hacia estándares europeos (30%). Se prevé la recuperación de la rentabilidad de las casas y pisos en alquiler a valores en torno al 5% por la caída de precios.

Barcelona, Madrid, Baleares y Canarias son los principales mercados de alquiler, en una tendencia que debería consolidarse hacia otros mercados en los próximos años, con la entrada de nuevos jugadores que profesionalicen y aporten dinamismo a este mercado. Solvia espera que las Socimi, vehículos de inversión para la adquisición de activos destinados a alquiler, entrarán en el segmento de la vivienda residencial, aprovechando la progresiva maduración en el mercado del alquiler.

Situación de estabilidad, no de recuperación

En la presentación del informe elaborado por los organizadores de SIMA y Sociedad de Tasación (ST), Juan Fernández Aceytuno, director de la tasadora, reiteró que "hay situación de estabilidad, no de recuperación. Falta todavía un plus de confianza en el mercado para que la demanda embalsada de el paso. Hablamos más de años que de meses". A su juicio la importante bajada de precios se ha visto contrarrestada en parte por el descenso en los ingresos familiares. En el mercado sigue habiendo contraofertas de un 15% de descuento en los precios.

Resaltó la mejora del alquiler en parte por la más importante novedad en materia inmobiliaria: las Socimi y respecto a la financiación indico que "hay 240.000 créditos anuales, frente a los 1,3 millones de 2006 y estos créditos hipotecarios son solo inmobiliarios, ya no se financia consumo como antes". Espera mayor financiación favorecida porque "el mercado de la titulización hipotecaria cerrado el 8 de agosto de 2007, se ha reabierto el 9 de junio con una emisión de UCI (Banco Santander) y BNP Paribas".

Fuente: elpais.com

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españa autonomias 300x213 - Renta 2014: Las nuevas deducciones autonómicas en materia de viviendaTras revisar en semanas anteriores las claves para la declaración de la Renta 2014 respecto a la compraventa y alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, hoy vamos a conocer un poco más sobre las novedades en las deducciones autonómicas tanto por tanto por compra como alquiler o reforma. Y es que el IRPF se divide en una parte general y otra de carácter autonómico que sirve para que cada región pueda adecuar el impuesto a la realidad de sus ciudadanos. De este modo la declaración del IRPF puede ir o no en consonancia con las generales, así como una serie de deducciones autonómicas que varían en cada región.

Andalucía

Deducciones por inversión en vivienda habitual por las personas jóvenes. Los contribuyentes pueden deducir el 3% de lo pagado en 2014 por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, (sobre una base máxima de 9.040 euros anuales) siempre que:

  • Sean menores de 35 años a 31 de diciembre de 2014. En caso de tributación conjunta, tendrá que serlo al menos uno de los cónyuges o, en caso de familia monoparental, el padre o la madre.
  • La suma de sus bases imponibles general y del ahorro no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en tributación conjunta.
  • Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se iniciara tras el 1 de enero de 2003.

Esta deducción es incompatible con la de inversión en vivienda habitual protegida.

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes menores de 35 años a 31 de diciembre de 2014 pueden deducir el 15% de lo pagado en 2014 por el alquiler de su vivienda habitual, con un máximo de 500 euros anuales, siempre que:

  • La suma de su base imponible general y del ahorro no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en conjunta.
  • Se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según la normativa autonómica.
  • El contribuyente identifique al arrendador de la vivienda y su NIF en la declaración.

En tributación conjunta, el requisito de la edad debe cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o, en el supuesto de familias monoparentales, el padre o la madre.

Además, Andalucía ofrece beneficios fiscales para: beneficiarios de ayudas a viviendas protegidas; inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por obras de mejora en cualquier vivienda (remanente del ejercicio 2012).

Aragón

Deducción por adquisición de vivienda. Se podrá deducir el 5% de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente. La aplicación de la deducción exige el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • El contribuyente ha de tener su residencia habitual en Aragón.
  • A 31 de diciembre de 2014 ha de tener menos de 36 años.
  • Ha de tratarse de la primera vivienda.
  • La vivienda ha de estar situada en un municipio aragonés que tenga menos de 3.000 habitantes.
  • La cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes, de todas las personas que formen parte de la unidad familiar, no podrá ser superior a 35.000 euros en declaración conjunta o 21.000 euros en declaración individual.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Los arrendatarios podran deducirse el 10% de las cantidades satisfechas durante el año 2014 en el arrendamiento de vivienda habitual (según el concepto vigente en la normativa del IRPF), sin que las cantidades satisfechas por alquiler -y objeto de la deducción- rebasen la cifra de 4.800 euros anuales. Los requisitos son:

  • Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no sea superior a la cuantía de 15.000 euros en el supuesto de declaración individual o de 25.000 euros en el supuesto de declaración conjunta.
  • Que se haya formalizado el depósito de la fianza correspondiente al arrendamiento ante el órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la comunidad de Aragón además existen beneficios sociales para adquisición de vivienda habitual por víctimas
del terrorismo, la adquisición de vivienda habitual en núcleos rurales y deducciones por el arrendamiento de vivienda social.

Asturias

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Puede deducir el 10% del alquiler pagado en 2014 por su vivienda habitual, con un máximo de 455 euros, siempre que:

  • La base imponible no exceda de 25.009 euros, en declaración individual, ni de 35.240 euros, en conjunta.
  • Las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de la base imponible.

El porcentaje de deducción sube al 15% (con el límite de 606 euros) en caso de alquiler de vivienda habitual en el medio rural (en suelo no urbanizable, según la normativa vigente en el Principado de Asturias o en suelo de cualquier tipo en concejos de menos de 3.000 habitantes).

En materia de vivienda Asturias ofrece además deducciones por adquisición o adecuación de vivienda habitual
para personas con discapacidad, incluidos ascendientes o descendientes; así como con la inversión inversión en vivienda habitual protegida.

Islas Canarias

Deducción por inversión en vivienda habitual. Sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual contemplada en la normativa estatal del IRPF, se establece una deducción por las cantidades satisfechas en 2014, por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente, en los mismos términos y siempre que concurran los mismos requisitos exigidos en la normativa estatal de dicho impuesto vigente a 31/12/2012. El porcentaje de deducción aplicable será:

  • Si la renta es inferior a 12.000 euros, el 1,75%.
  • Si la renta es igual o superior a 12.000 euros, 1,55%.

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de las cantidades satisfechas en 2014, con un máximo de 500 euros anuales, por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que su base imponible general no sea superior a 20.000 euros en 2013. Este importe se incrementará en 10.000 euros, en caso de tributación conjunta.
  • Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de las rentas obtenidas en el periodo impositivo.
  • Se debe declarar el NIF del arrendador, identificar catastralmente la vivienda y justificar el canon arrendaticio anual.

En las Islas Canarias además podrá deducirse el 0,75% de las cantidades satisfechas en 2014, por las obras e instalaciones de adecuación a la vivienda por razón de discapacidad.

Cantabria

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes menores de 35 años, los de 65 años o más, y los discpacitados en grado igual o superior al 65%, cuya suma de la base imponible general y del ahorro sea inferior a los 22.000 euros, en tributación individual, o 31.000 euros, en conjunta, pueden deducir el 10% del alquiler, con un límite de 300 euros anuales (600, si tributan conjuntamente y uno de los declarantes cumple los requisitos descritos), siempre que dicho alquiler exceda del 10% de la renta del contribuyente.

Deducción por obras de mejora de vivienda. El contribuyente se podrá deducir un 15% de las cantidades satisfechas durante 2014 para obras realizadas en vivienda o viviendas de su propiedad, o en el edificio en que las mismas se encuentren, siempre que las obras sean para:

  • Una rehabilitación calificada como tal por la D.G. Vivienda de Cantabria
  • La mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud, la protección del medio ambiente y la accesibilidad a la vivienda o al edificio en que se encuentra.
  • La utilización de energías renovables, la seguridad, la estanqueidad y la sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas y calefacción.
  • La instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del declarante.

La deducción tendrá un límite anual de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 en tributación conjunta. Estos límites se incrementarán en 500 euros en tributación individual cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

Castilla-La Mancha

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años. El contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros, o el 20% por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual durante el período impositivo, con un máximo de 612 euros en los siguientes supuestos:

  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha de hasta 2.500 habitantes.
  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha con población superior a 2.500 habitantes y hasta 10.000 habitantes, que se encuentre a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.

Castilla y León

Deducción por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual. El contribuyente podrá deducir el 7,5 % de las cantidades satisfechas en 2014 por la adquisición de la vivienda que vaya a constituir su residencia habitual siempre que se cumplan, simultáneamente, los siguientes requisitos:

  • Que el contribuyente tenga su residencia habitual en la Comunidad de Castilla y León.
  • Que se trate de su primera vivienda.
  • Que la vivienda se encuentre situada en Castilla y León.
  • Que se trate de vivienda de nueva construcción. Tendrán la consideración de viviendas de nueva construcción aquellas situadas en edificaciones para las cuales el visado del proyecto de ejecución de nueva construcción al que se refiere el art. 2 del RD 1000/2010 sobre Visado Colegial Obligatorio, o norma que le sustituya, se haya obtenido entre el día 1 de septiembre de 2011 y el día 31 de diciembre de 2012.

La base máxima de la deducción será de 9.040 euros anuales.

Deducción por alquiler de vivienda habitual para jóvenes. Los contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2014, tuvieran menos de 36 años y cuya base imponible total general más la base imponible del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no supere los 18.900 euros, en tributación individual, o 31.500 euros, en conjunta, pueden deducir el 15% de las cantidades satisfechas como alquiler con un límite de 459 euros. La deducción será del 20%, con un límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en cualquier municipio de Castilla y León que no exceda de 10.000 habitantes, o que no exceda de 3.000 habitantes si distan menos de 30 km de la capital de provincia

Deducciones por adquisición de primera vivienda habitual para jóvenes en núcleos rurales. Los contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2014, sean menores de 36 años y tengan residencia habitual en la comunidad de Castilla y León pueden deducir el 5% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, producida a partir del 1 de enero de 2005.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual (instalaciones medioambientales y adaptación a discapacitados). El contribuyente puede deducir el 10% de las siguientes inversiones realizadas en la rehabilitación de la que sea o vaya a ser su vivienda habitual, situada en la Comunidad de Castilla y León.

Cataluña

Deducción por inversión en vivienda habitual. Se aplicará una deducción del 9% a los contribuyentes incluidos en alguno de los siguientes colectivos:

  • Tener treinta y dos años o menos a 31 de diciembre de 2014, siempre y cuando su base imponible no sea superior a 30.000 euros.
  • Haber estado en situación de desempleo durante 183 días o más durante el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo a 31 de diciembre de 2014.
  • Haber adquirido la vivienda antes del 1 de enero de 2013 o haber satisfecho antes de esa fecha alguna cantidad para la construcción de la misma (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).
  • Haber satisfecho antes del 1 de enero de 2013 cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de vivienda habitual, siempre y cuando estén terminadas antes del 1 de enero de 2107 (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).
  • Haber satisfecho antes del 1 de enero de 2013 cantidades para realizar obras e instalaciones de adecuación de vivienda habitual de personas con discapacidad, siempre y cuando estén terminadas antes del 1 de enero de 2107 (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).

Deducción por alquiler de vivienda habitual. En el régimen general, los contribuyentes pueden deducir el 10%, hasta un máximo de 300 euros anuales (600 en declaración conjunta) de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener treinta y dos años o menos a 31 de diciembre de 2014.
  • Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Ser viudo o viuda y tener sesenta y cinco años o más.
  • La base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no puede ser superior a 20.000 euros anuales. En caso de tributación conjunta el límite se incrementa hasta 30.000 euros anuales.
  • Las cantidades satisfechas en concepto de alquiler han de exceder del 10% de los rendimientos netos del sujeto pasivo.
  • Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de un importe de deducción superior a 600 euros.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual. Se aplica una deducción de un 1,5% de las cantidades satisfechas en 2014 por la rehabilitación de la vivienda habitual, sin que las mismas puedan superar 9.040 euros.

Comunidad Valenciana

Deducción por cantidades destinadas a la adquisición de primera vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años. Los contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años a 31 de diciembre de 2014 podrán deducir el 5% de las cantidades satisfechas por la primera adquisición de vivienda habitual, excepto la parte correspondiente a intereses. Se requerirá que la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no sea superior 12.780,26 euros, cantidad equivalente a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), tanto en tributación individual como en tributación conjunta.

Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual. El contribuyente podrá deducirse sobre las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual:

  • 15% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de la vivienda habitual, con un límite de 459 euros.
  • 20%, con el límite de 612 euros cuando el arrendatario tenga 35 años o menos, o sea discapacitado físico o sensorial en grado del 65% o más, o bien psíquico en grado del 33% o más.
  • 25%, con el límite de 765 euros, si el arrendatario tiene 35 años o menos y, además, es discapacitado físico o sensorial en grado del 65% o más, o psíquico en grado del 33% o más.

Además, la Comunidad Valenciana ofrece deducciones por el arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad

Galicia

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes cuya edad a 31 de diciembre de 2014 sea igual o inferior a 35 años, pueden deducir el 10% del alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo de 300 euros por arrendamiento, tanto en tributación individual como en conjunta, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • El contrato de arrendamiento debe ser posterior al 1 de enero de 2003.
  • Se deberá haber constituido el depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o bien copia compulsada de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberle entregado el justificante el arrendador.
  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro, antes de la aplicación de la reducciones por mínimo personal y familiar, no debe exceder los 22.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
  • El contribuyente con derecho a la deducción deberá hacer constar el NIF del arrendador.

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción, su importe total, que nunca podrá exceder de lo que establezca el contrato e arrendamiento, se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos. En caso de tributación conjunta, el requisito de la edad habrá de cumplirlo al menos uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre.

La Rioja

Deducción por adquisición de vivienda habitual para jóvenes. Los contribuyentes que no hayan cumplido 36 años de edad a 31 de diciembre de 2014 y que hayan realizado inversiones en adquisición de vivienda habitual durante 2014, podrán deducir:

  • El 3% de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la adquisición de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir la residencia habitual.
  • El 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la adquisición de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir la residencia habitual, y cuya base liquidable general sometida a tributación según el artículo 56 de la Ley del IRPF no exceda de 18.030 euros en declaración individual y de 30.050 euros en declaración conjunta, y siempre que, además, la base liquidable del ahorro sometida a tributación no supere 1.800 euros.

Deducción por inversión en rehabilitación de vivienda habitual. Los contribuyentes que no hayan cumplido 36 años de edad a 31 de diciembre de 2014 y que realicen inversiones en rehabilitación de vivienda habitual durante el ejercicio, siempre que tengan residencia habitual en la Comunidad Autónoma de La Rioja y la vivienda se ubique en la misma Comunidad Autónoma de La Rioja, podrán deducir:

  • Con carácter general el 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio.
  • El 7% si la base liquidable general sometida a tributación (según lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF) no excede de 18.030 euros en tributación individual o de 30.500 en tributación conjunta, siempre que la base liquidable del ahorro no supere los 1.800 euros.

Madrid

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años. Los contribuyentes menores de 35 años, cuya base imponible general más la base imponible del ahorro no supere los 25.620 euros, en tributación individual, o 36.200 euros, en conjunta, podrán deducir el 20%, con un máximo de 840 euros, de las cantidades que hayan satisfecho en 2014 por el alquiler de su vivienda habitual. Sólo se podrá aplicar la deducción cuando las cantidades abonadas por alquiler de la vivienda habitual superen el 10% de la base imponible, entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente.

Murcia

Deducción por inversión en vivienda habitual para jóvenes. Se podrá deducir el 5% de las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de vivienda, incluidos los gastos originarios que hayan corrido a cargo del contribuyente y, en su caso, la amortización e intereses y otros gastos relacionados. Esta cantidad estará limitada por el importe anual establecido como límite para la deducción de la vivienda habitual contemplada en la normativa estatal, minorado en aquellas cantidades que sirvan de base para la deducción estatal. La deducción máxima resultante no podrá superar los 300 euros. Los requisitos son los siguientes:

  • Residencia habitual en la Región de Murcia.
  • Edad inferior a 35 años el 31 de diciembre de 2014.
  • Base imponible inferior a 24.107,2 euros, sin que la base del ahorro supere los 1.800 euros.
  • Viviendas de nueva construcción (primera transmisión sin que haya transcurrido más de 3 años desde la declaración de obra nueva).
  • Vivienda habitual, lo que implica 3 años continuados de residencia (salvo separación matrimonial, traslado laboral o fallecimiento).
  • Se entiende por rehabilitación la situación prevista como tal en la ley del IRPF o declaradas como actuación protegida.

En Murcia además se establece una deducción del 20% de las inversiones realizadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua, y una deducción del 10% de las inversiones realizadas en  la ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de la fuentes de energías renovables.

Fuente: ocu.org

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La deducción por la compra de vivienda habitual fue hasta 2013 la estrella de la declaración de la renta y aún sigue siendo el beneficio fiscal más extendido, tanto por el número de beneficiarios como por su cuantía. Tras las reformas llevadas a cabo por el gobierno el pasado año, quienes compraron una casa para vivir en 2013 o 2014 ya no tienen derecho a deducción por ese gasto en la declaración de la renta, aunque quienes lo hicieran antes del 1 de enero de 2013 mantienen sin cambios ese beneficio. Para la compra de vivienda, en la Renta 2014 es también es aconsejable ver las posibles deducciones en materia de vivienda que las comunidades autónomas nos puedan beneficiar.

renta2014 compravivienda - Renta 2014. Compra de vivienda: ¿Qué ventajas fiscales sobreviven?

La reforma fiscal que ha entrado en vigor este año prolonga el régimen transitorio que se estableció en 2013, cuando se eliminó la deducción por compra de vivienda habitual y que se mantiene por tanto con carácter retroactivo. Así, para casas y pisos comprados con anterioridad al año 2013, el contribuyente puede deducirse en su declaración de la renta el 15% de un máximo de 9.040 euros anuales. Es decir, por mucho que haya pagado por la compra de su casa o por las cuotas de la hipoteca, la rebaja fiscal máxima será de 1.356 euros. La casilla correspondiente a la deducción por inversión en vivienda habitual en la declaración de la renta es la 547 y 548, para los tramos estatal y autonómico.

La deducción por vivienda habitual, vigente aún solo para contratos firmados antes de 2013, incluye los pagos de la hipoteca, los realizados al constructor o promotor y también lo invertido en la ampliación o rehabilitación de la casa, en este último caso con determinadas limitaciones.

Los pagos por rehabilitar o ampliar la casa, en obras iniciadas antes de 2013, tendrán derecho a la deducción del 15% siempre que las obras finalicen antes del 1 de enero de 2017. Y Hacienda no aceptará cualquier tipo de obra, deberán ser reformas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética (como instalar paneles solares o mejorar el aislamiento de ventanas) o la sustitución de instalaciones de luz, gas o agua. También las obras para la adaptación de la vivienda por razones de discapacidad, en cuyo caso la cuantía de la deducción se amplía al 20% sobre la base máxima de 9.040 euros anuales.

Otras claves en la declaración de la renta y la compra de vivienda

Otro elemento a tener en cuenta en la deducción por vivienda, considerando siempre que se tiene derecho a ella por haber comprado antes de 2013, es si se presenta la declaración conjunta o no. En la declaración conjunta, el límite máximo deducible es de 9.040 euros. Es decir, una rebaja máxima de 1.356 euros para la unidad familiar. Pero si el matrimonio declara por separado, cada uno podrá deducirse por el 15% de la mitad de lo abonado en el año.

La deducción que sí desapareció sin remedio en 2013, y sin excepciones de carácter retroactivo, fue la de la cuenta ahorro vivienda. Aunque quien abriera una cuenta de este tipo con anterioridad, por ejemplo en 2012, y no llegara a destinar lo ahorrado a la compra de una casa durante los cuatro años siguientes, sí mantendrá la obligación de devolver las cuantías deducidas más los intereses de demora.

Fuente e imagen: cincodias.com - Agencia Tributaria

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