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renta2016 - Renta 2016: Hora de rendir cuentas con Hacienda

Hoy día 5 de abril, arranca la campaña de la Renta 2016, en el que se espera que más de 19 millones de contribuyentes rindan cuentas con Hacienda. El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es el tributo más relevante del sistema fiscal español y grava básicamente las rentas empresariales, los rendimientos del ahorro y las plusvalías. La reforma fiscal que aprobó el Gobierno a finales de 2014 incluyó una rebaja en dos fases de los tipos impositivos del IRPF. Así, los gravámenes bajaron en 2015 y lo volvieron a hacer en 2016. Actualmente, el impuesto cuenta con cinco tramos y con tipos impositivos que van del 19% al 45%. La reducción también se aplicó en la base imponible del ahorro, donde tributan los intereses y las plusvalías obtenidas con, por ejemplo, la venta de acciones o de una vivienda. Los primeros 6.000 euros aplican un gravamen del 19%, entre 6.000 y 50.000 pagan el 21% y, a partir de ahí, los rendimientos del ahorro abonan un 23%.

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Reclamar dinero por clausula suelo hipoteca - Pasos para reclamar el dinero por la cláusula suelo de las hipotecas con el nuevo decreto

Un mes después del terremoto provocado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a la retroactividad total de las cláusulas suelo de algo más de 1,5 millones de hipotecas, el Gobierno, en el consejo de Ministros del pasado viernes, dio luz verde a un real-decreto como mecanismo extrajudicial para evitar el colapso de los tribunales con las reclamaciones de los clientes para la devolución de las cláusulas suelo, después de que el Gobierno lo haya pactado con PSOE y Ciudadanos cómo se articulará el mismo para resolver de forma "rápida y gratuita" las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

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La campaña para declarar la renta del 2015 ya ha comenzado. Desde ayer 6 de abril se puede solicitar el borrador y confirmarlo a través de Internet así como las declaraciones de renta y patrimonio de 2015. Por otra parte, desde el 10 de mayo tendrás ocasión de presentarla en las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la Agencia Tributaria. ¿Cuál es la fecha límite? Hasta el 25 de junio puede presentarse el borrador de la declaración de la renta con resultado a ingresar a través de domiciliación bancaria y hasta el 30 de junio puedes hacerlo para el resto de versiones. En esa misma fecha, también vence el plazo para los trabajadores sujetos al régimen especial de tributación por IRPF para trabajadores desplazados. La campaña de la Renta 2015 recoge novedades de la reforma fiscal, algunas de ellas relacionadas con la vivienda.

manilva malaga 1 1024x683 - Novedades fiscales en la Renta 2015 que afectan al alquiler o la compra de vivienda

Alquiler en la Renta 2015: ¿Quién puede deducir?

Este año serán muchos menos los inquilinos que podrán deducir su alquiler en la Renta 2015. La novedad más importante es la desaparición de la deducción estatal en el IRPF por el alquiler de una vivienda habitual para todos los inquilinos cuyos contratos de alquiler se firmaron a partir de 2015, una medida que no afecta a las deducciones autonómicas. En cambio, los inquilinos con contratos anteriores a 2015 se puede seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y años sucesivos mientras mantengan el contrato de alquiler de su vivienda habitual, y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, recuerdan los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). También son deducibles los gastos imputados al inquilino, como IBI o comunidad.

A los caseros también les afecta el hachazo fiscal. Se mantiene el 60% de deducción para los caseros que alquilen sus viviendas sin importar la edad de los inquilinos, pero se ha eliminado la reducción incrementada del 100% para los arrendamientos a jóvenes menores de 30 años con rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM (para el año 2014 de 7.433,14 euros anuales).

Además, los caseros pueden deducirse de los rendimientos íntegros todos los gastos necesarios (intereses de préstamos vinculados a la vivienda, gastos de conservación y reparación, tributos y tasas, seguros …) y el importe de la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, es decir, los muebles. Eso sí, el casero debe tener documentación que justifique todos esos gastos.

Compra de vivienda: ¿Quién mantiene el beneficio fiscal?

Sólo pueden disfrutar de la famosa desgravación fiscal por compra de vivienda habitual aquellos contribuyentes que adquirieron su casa antes del 1 de enero de 2013, dado que este incentivo fiscal quedó eliminado a partir de esa fecha. Así, quienes hayan comprado en 2013, 2014 o 2015 ya no tienen derecho a deducirse por ese gasto.

Por tanto, los que optaron por comprar vivienda o realizaron algún pago para su construcción antes de 2013 pueden deducirse el 15% de las cantidades satisfechas con un límite máximo de 9.040 euros anuales y obtener así una devolución de hasta 1.356 euros. Entre las cantidades a desgravar se debe incluir el capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación. Si se trata de matrimonios o parejas que declaran de forma conjunta, el máximo deducible también es de 9.040 euros para la unidad familiar. En este sentido se puede amortizar más, pero ya sin desgravación en el IRPF.

Lo invertido en la ampliación o rehabilitación de la vivienda tiene determinadas limitaciones. Los pagos por estos conceptos, en obras iniciadas antes de 2013, tendrán derecho a la deducción del 15% siempre que las obras finalicen antes del 1 de enero de 2017. Y deberán ser reformas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética (como instalar paneles solares o mejorar el aislamiento de ventanas) o la sustitución de instalaciones de luz, gas o agua. En el caso de obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, la deducción se amplía al 20%, sobre la base máxima de 9.040 euros anuales.

La reforma fiscal ha empeorado el tratamiento de las llamadas imputaciones de renta inmobiliarias. En general, se considera que los inmuebles urbanos (no arrendados ni afectos a actividades económicas), excluyendo la vivienda habitual y el suelo no edificado, generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral (el 1,1% si el valor ha sido revisado a partir del 1 de enero de 1994). La reforma fiscal reduce este plazo a los 10 años anteriores, de modo que aumentará al 2% la tributación de numerosos inmuebles.

Se mantiene la clásica exención por reinversión en vivienda habitual que evita tributar por la ganancia patrimonial de la venta de la anterior vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total de la venta se reinvierta en una nueva vivienda habitual en los dos años anteriores o posteriores a la venta de la vivienda antigua. La novedad es que las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años con la venta de cualquier tipo de bien quedan exentas de tributación. No obstante, esa exención se producirá siempre y cuando las ganancias se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.

Además, los contribuyentes deben tener en cuenta las peculiaridades fiscales propias de su región, pues no todos saben que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en determinadas materias, algunas tan importantes como el alquiler o la inversión en vivienda habitual, e incluso la posibilidad de realizar cambios en los tipos del IRPF.

Claves del borrador de la declaración de la renta

Una de las principales novedades de este año es un nuevo modelo por Internet para la presentación de declaración llamado Renta Web, pensada para ser más fácil y flexible. Este instrumento fusiona el borrador de la Renta y el programa PADRE. Como contribuyente, puedes acceder al servidor de la APAT y añadir cualquier renta o dato, tramitando de forma sencilla su borrador. La principal ventaja de la herramienta Renta Web es que permite la descarga de rentas provenientes de cualquier naturaleza, excepto las que provengan de actividades económicas, que necesariamente deberán usar el programa PADRE. Con ella, también puedes comparar en las unidades familiares cuál es la mejor opción de declaración. Existen diferentes apartados que es fundamental revisar en tu borrador de declaración de la renta:

  • Deducción por inversión en vivienda habitual: si tienes derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifica que sea correcta la información sobre los préstamos hipotecarios que aparece en tus datos fiscales.
  • Deducción por alquiler de tu vivienda habitual: Si tienes derecho a ello, se ha de consignar en las casillas (507) y (508).
  • Deducción por obras de mejora en viviendas de tu propiedad, si tienes cantidades pendientes de ejercicios anteriores para aplicar a la deducción, utiliza la casilla (509) y/o (510).
  • Información de los inmuebles y sus referencias catastrales: Puedes consultar el enlace “Información Catastro-IRPF” disponible en el Portal del Catastro y su sede electrónica.
  • Tus datos personales y familiares: En este apartado debes consignar si has tenido hijos en el último año, si han cambiado tus circunstancias familiares, si has tenido derecho a la deducción por maternidad en la casilla (546), si tienes derecho a alguna deducción familiar por descendiente/ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con dos hijos y sin derecho a percibir anualidades. Casillas (557), (572), (588) y (590) respectivamente.
  • Planes de Pensiones: Si las tienes, deben figurar incluidas en la casilla (406).
  • Deducciones Autonómicas: Si tienes derecho a alguna de ellas y ésta no figurase en el borrador, puedes consignarla en las casillas correspondientes a su Comunidad Autónoma.

Cómo introducir modificaciones en el borrador

Modificar el borrador es un proceso sencillo. Si consideras que este documento no refleja tu situación tributaria, y quieres modificar o corregir algún dato al respecto, puedes introducir las modificaciones de las siguientes vías:

  1. De forma electrónica: Por Internet, debes aportar tu NIF y el número de referencia previamente solicitado. Con tu clave PIN o certificado electrónico podrás acceder al Servicio de tramitación del borrador/declaración, en el portal de la Agencia Tributaria en Internet.
  2. Por vía telefónica: Si prefieres hacerlo por teléfono, puedes contactar en el número 901 200 345 de lunes a viernes de 9:00 a 21:00 horas con tu NIF y el número de referencia.
  3. En las oficinas físicas de la Agencia Tributaria: Con cita previa, esta opción podrá hacerse a partir del 10 de mayo, excepto para rentas de trabajo superiores a 65.000 euros, capital mobiliario superior a 15.000 euros, actividades económicas en estimación directa, más de 2 transmisiones, más de un inmueble alquilado o procedentes de regímenes especiales.

Más información: Agencia Tributaria

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La deducción por la compra de vivienda habitual fue hasta 2013 la estrella de la declaración de la renta y aún sigue siendo el beneficio fiscal más extendido, tanto por el número de beneficiarios como por su cuantía. Tras las reformas llevadas a cabo por el gobierno el pasado año, quienes compraron una casa para vivir en 2013 o 2014 ya no tienen derecho a deducción por ese gasto en la declaración de la renta, aunque quienes lo hicieran antes del 1 de enero de 2013 mantienen sin cambios ese beneficio. Para la compra de vivienda, en la Renta 2014 es también es aconsejable ver las posibles deducciones en materia de vivienda que las comunidades autónomas nos puedan beneficiar.

renta2014 compravivienda - Renta 2014. Compra de vivienda: ¿Qué ventajas fiscales sobreviven?

La reforma fiscal que ha entrado en vigor este año prolonga el régimen transitorio que se estableció en 2013, cuando se eliminó la deducción por compra de vivienda habitual y que se mantiene por tanto con carácter retroactivo. Así, para casas y pisos comprados con anterioridad al año 2013, el contribuyente puede deducirse en su declaración de la renta el 15% de un máximo de 9.040 euros anuales. Es decir, por mucho que haya pagado por la compra de su casa o por las cuotas de la hipoteca, la rebaja fiscal máxima será de 1.356 euros. La casilla correspondiente a la deducción por inversión en vivienda habitual en la declaración de la renta es la 547 y 548, para los tramos estatal y autonómico.

La deducción por vivienda habitual, vigente aún solo para contratos firmados antes de 2013, incluye los pagos de la hipoteca, los realizados al constructor o promotor y también lo invertido en la ampliación o rehabilitación de la casa, en este último caso con determinadas limitaciones.

Los pagos por rehabilitar o ampliar la casa, en obras iniciadas antes de 2013, tendrán derecho a la deducción del 15% siempre que las obras finalicen antes del 1 de enero de 2017. Y Hacienda no aceptará cualquier tipo de obra, deberán ser reformas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética (como instalar paneles solares o mejorar el aislamiento de ventanas) o la sustitución de instalaciones de luz, gas o agua. También las obras para la adaptación de la vivienda por razones de discapacidad, en cuyo caso la cuantía de la deducción se amplía al 20% sobre la base máxima de 9.040 euros anuales.

Otras claves en la declaración de la renta y la compra de vivienda

Otro elemento a tener en cuenta en la deducción por vivienda, considerando siempre que se tiene derecho a ella por haber comprado antes de 2013, es si se presenta la declaración conjunta o no. En la declaración conjunta, el límite máximo deducible es de 9.040 euros. Es decir, una rebaja máxima de 1.356 euros para la unidad familiar. Pero si el matrimonio declara por separado, cada uno podrá deducirse por el 15% de la mitad de lo abonado en el año.

La deducción que sí desapareció sin remedio en 2013, y sin excepciones de carácter retroactivo, fue la de la cuenta ahorro vivienda. Aunque quien abriera una cuenta de este tipo con anterioridad, por ejemplo en 2012, y no llegara a destinar lo ahorrado a la compra de una casa durante los cuatro años siguientes, sí mantendrá la obligación de devolver las cuantías deducidas más los intereses de demora.

Fuente e imagen: cincodias.com - Agencia Tributaria

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deduccion vivienda - El fin retroactivo de la deducción por la compra de vivienda ahorraría 4.000 millones al EstadoEl próximo 1 de enero hará un año que se puso fin a la deducción por compra de vivienda de manera general para las nuevas adquisiciones, y apenas traspasado este tiempo el Gobierno está pensando en modificar este (siempre debatido) incentivo fiscal, valorando incluso la posibilidad de eliminarla con carácter retroactivo, como reclama Bruselas. En cuyo caso, este ajuste fiscal afectaría a casi seis millones de contribuyentes y supondría un ahorro de más de 4.000 millones de euros al año al Estado.

Más concretamente, el ahorro para las mermadas arcas públicas afectaría, según los datos de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), a un total de 5.802.141 ciudadanos que se beneficiaron de la deducción por inversión en vivienda habitual en el ejercicio 2011, lo que supuso un desembolso de 4.244 millones de euros al Estado. Cantidad que sin ningún cambio fiscal, irá menguando año a año al no incorporarse nuevos beneficiarios e ir cancelando sus préstamos otros.

Así, actualmente el contribuyente que compró una vivienda antes del 1 de enero de 2013 tiene derecho a deducirse hasta un 15% anual sobre una base máxima de 9.040 euros. Es decir, puede llegar a recuperar más de 1.350 euros en su Declaración del IRPF. Desde Gestha, especifican que el gran tramo de beneficiarios se encuentra en los contribuyentes con unos ingresos que van de los 12.000 a 21.000 euros (más de dos millones). Entre los que cobran de 21.000 a 30.000 euros, hay 1,26 millones de beneficiarios por la deducción; y entre los 30.000 y 60.000 euros, 1,26 millones.

Teniendo en cuenta este desglose, no son pocos los que pensarán en la posibilidad de que el Gobierno, en vez de eliminar totalmente la desgravación por compra se pueda limitar a un determinado rango de renta dejando fuera a los que mayores niveles de ingresos tienen (hay más de 300.000 beneficiarios que tienen un sueldo anual superior a los 60.000 euros y 2,5 millones de declarantes que están entre los 21.000 euros y los 60.000 euros). Pero, por otro lado, esta medida recordaría a la que tomó el ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en 2010, cuando limitó la deducción a rentas inferiores a 24.000 euros. Otras opciones que se están planteando sería modificar a la baja el porcentaje del 15% a deducirse o rebajar la base máxima de 9.040 euros sobre el que se aplica. Ya a principios de los años 80, el porcentaje a deducir se redujo del 17% al 15% en el caso de las viviendas habituales y del 17% al 10% para segundas residencias de obra nueva.

Por el momento, ningún miembro del Gobierno ha negado esta posibilidad de forma tajante al conocerse los planes del Gobierno de cara a la próxima reforma fiscal que prepara un grupo de expertos a petición de la Unión Europea (UE) y que verá la luz en la primavera de 2014. El  el ministro de Economía Luis de Guindos, eludía el tema indicando que la revisión del sistema tributario español recogerá "lo que tienen que ser unos impuestos que recaudan, pero también tiene que establecer los incentivos correctos desde el punto de vista del crecimiento económico. Yo no prejuzgaría lo más mínimo al respecto".

Mientras que el secretario general de Gestha José María Mollinedo, no ve nada claro que el Ejecutivo se decida a tomar una decisión tan drástica como sería la supresión con carácter retroactivo de la desgravación, que permite la ley. "Suprimirla afectaría de manera muy importante a la economía de casi seis millones de personas y tendría un coste político brutal. En mi opinión, creo que ningún Gobierno se atreverá a hacerlo", prevé Mollinedo, que sí recuerda que se liquidó "la compensación (era un 5% extra a la deducción del 15%) porque era la gran desconocida". Éste, además, se muestra contrario a la supresión total ahora porque "no es el mejor momento para seguir aumentando el esfuerzo fiscal del ciudadano".

El representante de Gestha subraya que el Gobierno podría, amparado por la ley, eliminar la deducción totalmente, aunque "seguramente se encontraría con problemas jurídicos ya que estaría quitando un derecho ya adquirido". "Muchos de los afectados, de manera individual o a través de asociaciones, muy posiblemente pleitearían la medida".

Fuente: elmundo.es

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Todos sabemos que las cosas van y vienen, aparecen y desaparecen, como el Guadiana; lo que no sabíamos es que fueran así de rápido.

El Gobierno da marcha atrás y elimina la deducción por vivienda. Mariano Rajoy ha anunciado que eliminará la desgravación fiscal por vivienda para los nuevos compradores a partir de 2013.

mariano rajoy mariano manos tijeras 237x300 - La Deducción por Vivienda "vuelve a desaparecer" a partir del 2013
¿Queda algo para recortar?

El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero ya había aplicado esta medida a principios del año pasado para reducir el déficit. Formaba parte de un paquete de medidas con el que ahorrar hasta 15.000 millones. Entonces, fue muy criticado por el Partido Popular, que optó por dar la vuelta a la normativa cuando llegó al poder en diciembre del año pasado.

El nuevo Ejecutivo volvió a instaurar el incentivo haciendo realidad una de las promesas de su campaña electoral. Esta medida no ha servido para reavivar las compraventas de casas, sino que las transacciones encadenan 15 meses consecutivos de descenso, según el Instituto Nacional de Estadística.

Ante la falta de resultados y la presión de Bruselas, al final han optado por dar marcha atrás. Se espera que el impacto de la medida sea reducido a corto plazo ya que no tiene, en este caso, carácter retroactivo. Según estimaciones del Gobierno, la deducción supone una merma de 2.523 millones para las arcas públicas.  (economia.elpais.com)
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La deducción por vivienda dura solo un año. Desde el 1 de enero de 2013, las nuevas adquisiciones de vienda que se realicen ya no se verán beneficiadas por esta desgravación.

El 30 de diciembre pasado, con el primer paquete de medidas económicas del Gobierno del PP, se reintrodujo con carácter general una medida que el anterior gabinete había limitado a las rentas más bajas.

La deducción permite restar en la cuota del IRPF hasta un 15% del total aportado para la compra del piso (o la rehabilitación de la vivienda habitual), hasta una base máxima de 9.040 euros anuales (el tope incluye el capital amortizado y los intereses en el caso de haber solicitado un préstamo hipotecario). O sea, la desgravación máxima alcanza los 1.356 euros.

La eliminación no tiene carácter retroactivo. Es decir, podrán seguir aplicándosela las personas que ya se benefician de ella. Según los datos de Hacienda (referidos a 2008), unos 6,6 millones de contribuyentes se aplican la deducción, con un ahorro total de 5.400 millones de euros (lo que supone que cada uno se deduzca una media de 816 euros).

Los nuevos compradores de vivienda  no solo se quedan sin beneficio fiscal, sino además, ven que le suben impuestos por otro lado. El IVA de la vivienda pasa del 8% al 10% (un incremento del 25%); sin embargo, no varía el impuesto para los que tengan la posibilidad de acceder a una vivienda de protección oficial, que sigue siendo del 4% (el tipo superreducido). (publico.es)
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El Gobierno atiende una de las principales reclamaciones de los líderes europeos, que habían pedido en reiteradas ocasiones que además del aumento del IVA y la fiscalidad medioambiental se suprimiera la deducción por vivienda.

La desgravación para todas las rentas fue reinstaurada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre del año pasado. Había sido el Gobierno de Rodríguez Zapatero el que había puesto en marcha esta medida. Pero en 2011 decidió limitar este beneficio fiscal para las rentas anuales superiores a las 17.707 euros brutos y eliminarla de manera progresiva hasta el umbral de los 24.107 euros.

Como en aquel caso, la medida no tendrá carácter retroactivo; es decir, quienes hayan adquirido el inmueble durante el periodo en el que se encontraban en vigor las deducciones las mantendrán tal y como se aplican en la actualidad.

Los técnicos del ministerio de Hacienda (Gestha) señalaron que la aprobación de las deducciones por compra de vivienda supusieron un coste para las arcas públicas de 1.500 millones de euros anuales.

Lo cierto es que desde el pinchazo de la burbuja, el mercado inmobiliario no logra levantar cabeza. Según se ha conocido con datos del INE (Instituto Nacional de Estadística), la compraventa de viviendas se redujo un 11,6% en mayo respecto a igual mes de 2011, hasta un total de 27.286 operaciones, de las que el 52% se realizaron sobre viviendas de segunda mano y el 48% sobre inmuebles nuevos. (www.abc.es)
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El Gobierno elimina la deducción por vivienda seis meses después de recuperarla. Dentro del duro paquete de recortes económicos presentado este miércoles, el presidente Mariano Rajoy ha anunciado que los que adquieran una casa a partir de 2013 ya no podrán deducirse la hipoteca del IRPF.

En su comparecencia ante el pleno del Congreso para informar del último Consejo Europeo y de las nuevas medidas de ajuste para cumplir con el objetivo de déficit, Rajoy ha explicado que la eliminación de esta ayuda está en línea con las recomendaciones exigidas por Bruselas y aprobadas en la última cumbre europea.

La desgravación por compra de vivienda habitual para todas las rentas fue recuperada por el Gobierno en una decisión adoptada en el Consejo de ministros del 30 de diciembre del año pasado. "Promovemos esta desgravación porque esperamos que lo use mucha gente, porque es bueno para ellos y es bueno para España", explicó entonces el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro.

El anterior Ejecutivo de Jose Luis Rodríguez Zapatero limitó desde enero de 2011 la desgravación a las rentas inferiores a 17.707,2 euros brutos anuales y la eliminó de forma progresiva hasta el umbral de los 24.107,20 euros.

Los que hayan comprado una casa antes del 1 de enero de 2013 podrán seguir beneficiándose de las condiciones que rigen ahora. (www.rtve.es)
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Rajoy retira la desgravación fiscal por compra de vivienda habitual que recuperó en diciembre de 2011. Fue una de sus promesas electorales. A partir de 2013, los nuevos compradores -sea cual sea su renta- no podrán desgravárselas en el IRPF.

"Dije que bajaría los impuestos y los estoy subiendo, han cambiado las circunstancias y tengo que adaptarme a ello"

"Sé que las medidas que les he anunciado no son agradables, pero son imprescindibles"

La medida podría provocar un repunte de la venta de viviendas hasta diciembre, especialmente las nuevas, que, salvo nuevas matizaciones, conservarán un IVA superreducido. En mayo, el mercado residencial registró apenas 27.200 operaciones.

Alfredo Pérez Rubalcaba, ha afirmado que "gracias a la UE por fin lo ha hecho" porque, recuperar la deducción por compra era "efectivamente, era un disparate".

En repetidas ocasiones, la UE ha solicitado al Estado español que elimine las bonificaciones fiscales a la compra de pisos, que pueden llegar hasta el 15% de un máximo de 9.000 euros.

En enero de 2013, las viviendas nuevas pasarán a gravarse con un IVA del 10% y no podrán desgravarse en el IRPF

Por otro lado, Rajoy ha anunciado que mantiene el IVA al 4% para productos de primera necesidad, pero sin especificar si la vivienda nueva, que tiene esta categoría hasta diciembre de 2012, seguirá catalogada como tal. En ese caso, las viviendas nuevas y las viviendas protegidas seguirían estando gravadas con el tipo mínimo de IVA y, a partir de enero de 2013, pasarían al tipo reducido del 10% (frente al 8% actual). (elmundo.es)

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En este constante vaivén a ver quien es el guapo que no se marea.

Pregunta ¿Cuanto tardará en aparecer de nuevo la deduccion por compra de vivienda? ¿Ha desaparecido para siempre?

¿Que opinas?

 

 

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Los beneficiarios no podrán recibir ayudas por los dos tipos de actividad si se llega al límite establecido cada año

pisos81 300x225 - La deducción por rehabilitación, incompatible con las rebajas por compra de viviendaEl Gobierno ha decidido limitar la deducción por rehabilitación de vivienda a quienes ya se estén beneficiando de la deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por compra de vivienda y haya agotado el límite anual. "Solo aquellas personas que ya se estén deduciendo por la compra de su vivienda no podrán hacerlo también por obras de reforma en esa misma casa si agotan cada año los límites establecidos", comentó ayer la vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, durante la presentación de la campaña para dar a conocer las ayudas por rehabilitación.

De esta manera, sólo se podrán beneficiar de la deducción aquellas personas que quieran rehabilitar una segunda vivienda pero no la declarada como primera o de uso habitual y con la que ya haya beneficio por su compra.

Para optar a las ayudas por rehabilitación no es necesario que el inmueble sea antiguo, sino que también pueden realizarse mejoras en la eficiencia energética de viviendas de nueva construcción.

El límite anual a deducir se establece en los 6.750 euros, cantidad que irá reduciéndose progresivamente para aquellas personas que tengan una base imponible superior a los 53.007,20 euros.

El ministerio de Fomento publica la Estadística de Transacciones Inmobiliarias

edificios 300x225 - La venta de viviendas cae un 30,4% en el primer trimestre del añoEl ministerio de Fomento ha publicado los datos que muchos se temían: el desplome en la venta de viviendas. Y es que según la Estadística de Transacciones Inmobiliarias del ministerio, durante el primer trimestre del año se realizaron 74.540 transacciones, un 30,4% menos que durante el primer trimestre del 2010.

Entre otros aspectos, el fin de las deducciones por compra de vivienda o la subida del IVA hicieron que el mayor número de operaciones de compraventa se realizasen hasta el 31 de diciembre de 2010.

Los datos aportados por el ministerio de Fomento contrastan demasiado con los dados por el Colegio de Registradores, que apunta a 150.268 transacciones, casi el doble de los datos oficiales. Esta diferencia se debe a que las operaciones selladas por los notarios llegan con unos dos meses de retraso al Colegio, por lo que muchas operaciones de finales del 2010 han sido contabilizadas en el 2011.

En cuanto a la tipología, el 64,8% corresponden a viviendas de segunda mano y el 35,2% a obra nueva. Con un descenso del 55%, Navarra es la comunidad autónoma donde más cae el número de transacciones realizadas durante el primer trimestre.

La Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid (Asprima) prevé que se realicen menos transacciones durante este año

pisos51 300x199 - ¿Menos venta de viviendas en 2011?Menos de 220.000 viviendas vendidas. Es el dato que augura la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid (Asprima) para este año 2011, cifra inferior al número de inmuebles vendidos en todo el año pasado.

Y es que durante el mes de marzo se realizaron 33.106 transacciones según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Se trata de un descenso de un 11,9% menos respecto al mismo mes del año anterior y el primer mes del 2011 con datos negativos.

Estas cifras vuelven a ser negativas debido al fin de las deducciones por compra de vivienda que el Gobierno mantuvo hasta final del 2010, por lo que Asprima recomienda esperar a los datos del segundo trimestre para confirmar o desmentir una recuperación de las ventas de viviendas.