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españa autonomias 300x213 - Renta 2014: Las nuevas deducciones autonómicas en materia de viviendaTras revisar en semanas anteriores las claves para la declaración de la Renta 2014 respecto a la compraventa y alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, hoy vamos a conocer un poco más sobre las novedades en las deducciones autonómicas tanto por tanto por compra como alquiler o reforma. Y es que el IRPF se divide en una parte general y otra de carácter autonómico que sirve para que cada región pueda adecuar el impuesto a la realidad de sus ciudadanos. De este modo la declaración del IRPF puede ir o no en consonancia con las generales, así como una serie de deducciones autonómicas que varían en cada región.

Andalucía

Deducciones por inversión en vivienda habitual por las personas jóvenes. Los contribuyentes pueden deducir el 3% de lo pagado en 2014 por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, (sobre una base máxima de 9.040 euros anuales) siempre que:

  • Sean menores de 35 años a 31 de diciembre de 2014. En caso de tributación conjunta, tendrá que serlo al menos uno de los cónyuges o, en caso de familia monoparental, el padre o la madre.
  • La suma de sus bases imponibles general y del ahorro no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en tributación conjunta.
  • Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se iniciara tras el 1 de enero de 2003.

Esta deducción es incompatible con la de inversión en vivienda habitual protegida.

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes menores de 35 años a 31 de diciembre de 2014 pueden deducir el 15% de lo pagado en 2014 por el alquiler de su vivienda habitual, con un máximo de 500 euros anuales, siempre que:

  • La suma de su base imponible general y del ahorro no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en conjunta.
  • Se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según la normativa autonómica.
  • El contribuyente identifique al arrendador de la vivienda y su NIF en la declaración.

En tributación conjunta, el requisito de la edad debe cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o, en el supuesto de familias monoparentales, el padre o la madre.

Además, Andalucía ofrece beneficios fiscales para: beneficiarios de ayudas a viviendas protegidas; inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por obras de mejora en cualquier vivienda (remanente del ejercicio 2012).

Aragón

Deducción por adquisición de vivienda. Se podrá deducir el 5% de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente. La aplicación de la deducción exige el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • El contribuyente ha de tener su residencia habitual en Aragón.
  • A 31 de diciembre de 2014 ha de tener menos de 36 años.
  • Ha de tratarse de la primera vivienda.
  • La vivienda ha de estar situada en un municipio aragonés que tenga menos de 3.000 habitantes.
  • La cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes, de todas las personas que formen parte de la unidad familiar, no podrá ser superior a 35.000 euros en declaración conjunta o 21.000 euros en declaración individual.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Los arrendatarios podran deducirse el 10% de las cantidades satisfechas durante el año 2014 en el arrendamiento de vivienda habitual (según el concepto vigente en la normativa del IRPF), sin que las cantidades satisfechas por alquiler -y objeto de la deducción- rebasen la cifra de 4.800 euros anuales. Los requisitos son:

  • Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no sea superior a la cuantía de 15.000 euros en el supuesto de declaración individual o de 25.000 euros en el supuesto de declaración conjunta.
  • Que se haya formalizado el depósito de la fianza correspondiente al arrendamiento ante el órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la comunidad de Aragón además existen beneficios sociales para adquisición de vivienda habitual por víctimas
del terrorismo, la adquisición de vivienda habitual en núcleos rurales y deducciones por el arrendamiento de vivienda social.

Asturias

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Puede deducir el 10% del alquiler pagado en 2014 por su vivienda habitual, con un máximo de 455 euros, siempre que:

  • La base imponible no exceda de 25.009 euros, en declaración individual, ni de 35.240 euros, en conjunta.
  • Las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de la base imponible.

El porcentaje de deducción sube al 15% (con el límite de 606 euros) en caso de alquiler de vivienda habitual en el medio rural (en suelo no urbanizable, según la normativa vigente en el Principado de Asturias o en suelo de cualquier tipo en concejos de menos de 3.000 habitantes).

En materia de vivienda Asturias ofrece además deducciones por adquisición o adecuación de vivienda habitual
para personas con discapacidad, incluidos ascendientes o descendientes; así como con la inversión inversión en vivienda habitual protegida.

Islas Canarias

Deducción por inversión en vivienda habitual. Sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual contemplada en la normativa estatal del IRPF, se establece una deducción por las cantidades satisfechas en 2014, por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente, en los mismos términos y siempre que concurran los mismos requisitos exigidos en la normativa estatal de dicho impuesto vigente a 31/12/2012. El porcentaje de deducción aplicable será:

  • Si la renta es inferior a 12.000 euros, el 1,75%.
  • Si la renta es igual o superior a 12.000 euros, 1,55%.

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de las cantidades satisfechas en 2014, con un máximo de 500 euros anuales, por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que su base imponible general no sea superior a 20.000 euros en 2013. Este importe se incrementará en 10.000 euros, en caso de tributación conjunta.
  • Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de las rentas obtenidas en el periodo impositivo.
  • Se debe declarar el NIF del arrendador, identificar catastralmente la vivienda y justificar el canon arrendaticio anual.

En las Islas Canarias además podrá deducirse el 0,75% de las cantidades satisfechas en 2014, por las obras e instalaciones de adecuación a la vivienda por razón de discapacidad.

Cantabria

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes menores de 35 años, los de 65 años o más, y los discpacitados en grado igual o superior al 65%, cuya suma de la base imponible general y del ahorro sea inferior a los 22.000 euros, en tributación individual, o 31.000 euros, en conjunta, pueden deducir el 10% del alquiler, con un límite de 300 euros anuales (600, si tributan conjuntamente y uno de los declarantes cumple los requisitos descritos), siempre que dicho alquiler exceda del 10% de la renta del contribuyente.

Deducción por obras de mejora de vivienda. El contribuyente se podrá deducir un 15% de las cantidades satisfechas durante 2014 para obras realizadas en vivienda o viviendas de su propiedad, o en el edificio en que las mismas se encuentren, siempre que las obras sean para:

  • Una rehabilitación calificada como tal por la D.G. Vivienda de Cantabria
  • La mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud, la protección del medio ambiente y la accesibilidad a la vivienda o al edificio en que se encuentra.
  • La utilización de energías renovables, la seguridad, la estanqueidad y la sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas y calefacción.
  • La instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del declarante.

La deducción tendrá un límite anual de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 en tributación conjunta. Estos límites se incrementarán en 500 euros en tributación individual cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

Castilla-La Mancha

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años. El contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros, o el 20% por 100 de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual durante el período impositivo, con un máximo de 612 euros en los siguientes supuestos:

  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha de hasta 2.500 habitantes.
  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha con población superior a 2.500 habitantes y hasta 10.000 habitantes, que se encuentre a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.

Castilla y León

Deducción por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual. El contribuyente podrá deducir el 7,5 % de las cantidades satisfechas en 2014 por la adquisición de la vivienda que vaya a constituir su residencia habitual siempre que se cumplan, simultáneamente, los siguientes requisitos:

  • Que el contribuyente tenga su residencia habitual en la Comunidad de Castilla y León.
  • Que se trate de su primera vivienda.
  • Que la vivienda se encuentre situada en Castilla y León.
  • Que se trate de vivienda de nueva construcción. Tendrán la consideración de viviendas de nueva construcción aquellas situadas en edificaciones para las cuales el visado del proyecto de ejecución de nueva construcción al que se refiere el art. 2 del RD 1000/2010 sobre Visado Colegial Obligatorio, o norma que le sustituya, se haya obtenido entre el día 1 de septiembre de 2011 y el día 31 de diciembre de 2012.

La base máxima de la deducción será de 9.040 euros anuales.

Deducción por alquiler de vivienda habitual para jóvenes. Los contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2014, tuvieran menos de 36 años y cuya base imponible total general más la base imponible del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no supere los 18.900 euros, en tributación individual, o 31.500 euros, en conjunta, pueden deducir el 15% de las cantidades satisfechas como alquiler con un límite de 459 euros. La deducción será del 20%, con un límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en cualquier municipio de Castilla y León que no exceda de 10.000 habitantes, o que no exceda de 3.000 habitantes si distan menos de 30 km de la capital de provincia

Deducciones por adquisición de primera vivienda habitual para jóvenes en núcleos rurales. Los contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2014, sean menores de 36 años y tengan residencia habitual en la comunidad de Castilla y León pueden deducir el 5% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, producida a partir del 1 de enero de 2005.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual (instalaciones medioambientales y adaptación a discapacitados). El contribuyente puede deducir el 10% de las siguientes inversiones realizadas en la rehabilitación de la que sea o vaya a ser su vivienda habitual, situada en la Comunidad de Castilla y León.

Cataluña

Deducción por inversión en vivienda habitual. Se aplicará una deducción del 9% a los contribuyentes incluidos en alguno de los siguientes colectivos:

  • Tener treinta y dos años o menos a 31 de diciembre de 2014, siempre y cuando su base imponible no sea superior a 30.000 euros.
  • Haber estado en situación de desempleo durante 183 días o más durante el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • Formar parte de una unidad familiar que incluya al menos un hijo a 31 de diciembre de 2014.
  • Haber adquirido la vivienda antes del 1 de enero de 2013 o haber satisfecho antes de esa fecha alguna cantidad para la construcción de la misma (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).
  • Haber satisfecho antes del 1 de enero de 2013 cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de vivienda habitual, siempre y cuando estén terminadas antes del 1 de enero de 2107 (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).
  • Haber satisfecho antes del 1 de enero de 2013 cantidades para realizar obras e instalaciones de adecuación de vivienda habitual de personas con discapacidad, siempre y cuando estén terminadas antes del 1 de enero de 2107 (deben haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de la vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2013).

Deducción por alquiler de vivienda habitual. En el régimen general, los contribuyentes pueden deducir el 10%, hasta un máximo de 300 euros anuales (600 en declaración conjunta) de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener treinta y dos años o menos a 31 de diciembre de 2014.
  • Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Ser viudo o viuda y tener sesenta y cinco años o más.
  • La base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no puede ser superior a 20.000 euros anuales. En caso de tributación conjunta el límite se incrementa hasta 30.000 euros anuales.
  • Las cantidades satisfechas en concepto de alquiler han de exceder del 10% de los rendimientos netos del sujeto pasivo.
  • Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de un importe de deducción superior a 600 euros.

Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual. Se aplica una deducción de un 1,5% de las cantidades satisfechas en 2014 por la rehabilitación de la vivienda habitual, sin que las mismas puedan superar 9.040 euros.

Comunidad Valenciana

Deducción por cantidades destinadas a la adquisición de primera vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años. Los contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años a 31 de diciembre de 2014 podrán deducir el 5% de las cantidades satisfechas por la primera adquisición de vivienda habitual, excepto la parte correspondiente a intereses. Se requerirá que la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no sea superior 12.780,26 euros, cantidad equivalente a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), tanto en tributación individual como en tributación conjunta.

Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual. El contribuyente podrá deducirse sobre las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual:

  • 15% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de la vivienda habitual, con un límite de 459 euros.
  • 20%, con el límite de 612 euros cuando el arrendatario tenga 35 años o menos, o sea discapacitado físico o sensorial en grado del 65% o más, o bien psíquico en grado del 33% o más.
  • 25%, con el límite de 765 euros, si el arrendatario tiene 35 años o menos y, además, es discapacitado físico o sensorial en grado del 65% o más, o psíquico en grado del 33% o más.

Además, la Comunidad Valenciana ofrece deducciones por el arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad

Galicia

Deducción por alquiler de vivienda habitual. Los contribuyentes cuya edad a 31 de diciembre de 2014 sea igual o inferior a 35 años, pueden deducir el 10% del alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo de 300 euros por arrendamiento, tanto en tributación individual como en conjunta, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • El contrato de arrendamiento debe ser posterior al 1 de enero de 2003.
  • Se deberá haber constituido el depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o bien copia compulsada de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberle entregado el justificante el arrendador.
  • La suma de las bases imponibles general y del ahorro, antes de la aplicación de la reducciones por mínimo personal y familiar, no debe exceder los 22.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
  • El contribuyente con derecho a la deducción deberá hacer constar el NIF del arrendador.

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción, su importe total, que nunca podrá exceder de lo que establezca el contrato e arrendamiento, se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos. En caso de tributación conjunta, el requisito de la edad habrá de cumplirlo al menos uno de los cónyuges o, en su caso, el padre o la madre.

La Rioja

Deducción por adquisición de vivienda habitual para jóvenes. Los contribuyentes que no hayan cumplido 36 años de edad a 31 de diciembre de 2014 y que hayan realizado inversiones en adquisición de vivienda habitual durante 2014, podrán deducir:

  • El 3% de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la adquisición de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir la residencia habitual.
  • El 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio en la adquisición de aquella vivienda que, radicando en la Comunidad Autónoma de La Rioja, constituya o vaya a constituir la residencia habitual, y cuya base liquidable general sometida a tributación según el artículo 56 de la Ley del IRPF no exceda de 18.030 euros en declaración individual y de 30.050 euros en declaración conjunta, y siempre que, además, la base liquidable del ahorro sometida a tributación no supere 1.800 euros.

Deducción por inversión en rehabilitación de vivienda habitual. Los contribuyentes que no hayan cumplido 36 años de edad a 31 de diciembre de 2014 y que realicen inversiones en rehabilitación de vivienda habitual durante el ejercicio, siempre que tengan residencia habitual en la Comunidad Autónoma de La Rioja y la vivienda se ubique en la misma Comunidad Autónoma de La Rioja, podrán deducir:

  • Con carácter general el 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio.
  • El 7% si la base liquidable general sometida a tributación (según lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF) no excede de 18.030 euros en tributación individual o de 30.500 en tributación conjunta, siempre que la base liquidable del ahorro no supere los 1.800 euros.

Madrid

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años. Los contribuyentes menores de 35 años, cuya base imponible general más la base imponible del ahorro no supere los 25.620 euros, en tributación individual, o 36.200 euros, en conjunta, podrán deducir el 20%, con un máximo de 840 euros, de las cantidades que hayan satisfecho en 2014 por el alquiler de su vivienda habitual. Sólo se podrá aplicar la deducción cuando las cantidades abonadas por alquiler de la vivienda habitual superen el 10% de la base imponible, entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente.

Murcia

Deducción por inversión en vivienda habitual para jóvenes. Se podrá deducir el 5% de las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de vivienda, incluidos los gastos originarios que hayan corrido a cargo del contribuyente y, en su caso, la amortización e intereses y otros gastos relacionados. Esta cantidad estará limitada por el importe anual establecido como límite para la deducción de la vivienda habitual contemplada en la normativa estatal, minorado en aquellas cantidades que sirvan de base para la deducción estatal. La deducción máxima resultante no podrá superar los 300 euros. Los requisitos son los siguientes:

  • Residencia habitual en la Región de Murcia.
  • Edad inferior a 35 años el 31 de diciembre de 2014.
  • Base imponible inferior a 24.107,2 euros, sin que la base del ahorro supere los 1.800 euros.
  • Viviendas de nueva construcción (primera transmisión sin que haya transcurrido más de 3 años desde la declaración de obra nueva).
  • Vivienda habitual, lo que implica 3 años continuados de residencia (salvo separación matrimonial, traslado laboral o fallecimiento).
  • Se entiende por rehabilitación la situación prevista como tal en la ley del IRPF o declaradas como actuación protegida.

En Murcia además se establece una deducción del 20% de las inversiones realizadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua, y una deducción del 10% de las inversiones realizadas en  la ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de la fuentes de energías renovables.

Fuente: ocu.org

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El Ministerio de Vivienda ha comunicado a unos 8.000 jóvenes a través de carta y un mensaje al móvil que deben devolver las ayudas correspondientes a la Renta Básica de Emancipación (RBE) que recibieron en 2009. Estos beneficiarios, que suponen cerca del 8% de los que obtuvieron la prestación mensual de 210 euros el año pasado, sobrepasaron el límite de 22.000 euros de ingresos anuales que les permite percibir la subvención. Según las oficinas de vivienda consultadas, la mayoría de los afectados rebasaron ese umbral por poco y debido a cobros imprevistos, por ejemplo, por horas extra, una bonificación imprevista de la empresa, un cambio de trabajo e incluso por haber percibido una indemnización por despido.

ayuda RBE1 - Vivienda solicita a 8.000 benificiarios del RBE la devolución de las ayudas

Para comprobar que siguen cumpliendo con el requisito legal y objetivo de no superar los 22.000 euros de ingresos brutos anuales, el Ministerio de Vivienda ha consultado a la Agencia Tributaria cuántos beneficiaros superaron ese límite según su declaración de la renta de 2008. Este control se repetirá para los ingresos percibidos en 2009 y sucesivos. Al mismo tiempo, el Ministerio se lo ha comunicado a las  comunidades autónomas, encargadas de la gestión de la RBE, y por tanto de reconocer y retirar el derecho a cobrarla, para que den trámite de audiencia a los afectados y verifiquen cuál fue su nivel de ingresos. Mientras culminan las comprobaciones necesarias, se han suspendido cautelarmente el pago de la ayuda a los jóvenes (en los casos en que aún estuviera activo el derecho pues otros casos están ya extinguidos) y asegurar así que sólo reciben la RBE quienes tienen derecho a ella. En la carta enviada por el Ministerio, sólo se avisa a los jóvenes afectados de su situación y se les anuncia que su comunidad autónoma se pondrá en contacto con ellos para que aporten la documentación necesaria para aclarar si dejaron de cumplir con el requisito de ingresos que fija la ley.

EconomiaEgipcia1 - Vivienda solicita a 8.000 benificiarios del RBE la devolución de las ayudasEl Ministerio de Vivienda indica que tras citar a los afectados, cada comunidad tendrá ahora que comprobar quiénes superaron efectivamente el límite de 22.000 euros, y en caso positivo, emitir una resolución retirándoles el derecho a las ayudas. En los casos en que el beneficiario no comunicó en su momento que dejaba de cumplir este requisito, y por tanto, incumplió la obligación establecida en la normativa, la comunidad autónoma iniciará el expediente de reintegro de las ayudas correspondientes, al que caben alegaciones.

La carta no ha sentado nada bien a las comunidades, que son quienes ahora deben gestionar la devolución, ...continúa leyendo "Vivienda solicita a 8.000 benificiarios del RBE la devolución de las ayudas"

Ya lo apuntábamos esta mañana, y ya hay confirmación: la ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, ha anunciado que el Gobierno suprimirá en los próximos dos años las ayudas a la compra de viviendas protegida con el fin de potenciar el alquiler y la rehabilitación hasta 2012 de este tipo de inmuebles y para cumplir con el ajuste presupuestario que permita reducir el déficit público.

En la V Conferencia Sectorial de Vivienda, el Ministerio de Vivienda se ha reunido con los consejeros de las comunidades autonómicas para anunciarles los ajustes, que irán siendo escalonados hasta el 2012. Las comunidades no ven los recortes con buenos ojos y han reclamado estudiarlos bilateralmente ya que son ellos los responsables de repatirlos, a lo que ha accedido el Ministerio de Vivienda.

tijeras gigantes - Se eliminará las ayudas a la compra de VPO para potenciar el alquiler y la rehabilitaciónLo que si es ya una medida en firme y en marcha es la eliminación este mismo año de la Reserva de Eficacia, que permitía a las comunidades financiar la superación de los objetivos de ayudas pactados con el Estado, y la compensación de pagos de los fondos transferidos a las regiones. El presupuesto adicional de la Reserva de Eficacia representó el 20% de los alrededor de 1.400 millones de euros con los recursos que contó el departamento dirigido por Corredor durante este año, mientras que los pagos a las comunidades sin justificar alcanzan 628 millones. "Estos 628 millones el Gobierno los irá reduciendo progresivamente cada ejercicio", ha indicado la ministra de vivienda.

El ajuste "más estricto" vendrá en 2011 y se mantendrá hasta el 2012, así el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación será más austero en los dos años que le restan. De este modo el Gobierno ha decidido suprimir la ayuda directa a la entrada (AEDE) para la compra de una vivienda, y en su lugar, permitirá la ampliación de la hipoteca de las VPO hasta el 90% de su valor como contrapartida. Corredor ha minimizado el impacto de esta ayuda directa a la compra, al asegurar que la función de ambas medidas es la misma: reducir la necesidad de ahorro para afrontar el pago de la entrada.

El Ministerio de Vivienda ha anunciado el recorte hacia los promotores, rebajando en el entorno del 40% las subvenciones tendentes a la promoción de vivienda protegida nueva en alquiler, que se acompañará de la supresión de la ayuda a los promotores para la urbanización o adquisición de suelo. En compensación, la ministra ha resaltado la nueva línea ICO facilitada para la promoción de vivienda protegida en compra y por la gestión urbanizadora de SEPES. A todo esto, Beatriz Corredor también ha anunciado la no renovación de la subvención para las ventanillas únicas tras dos años de funcionamiento, pues el Ejecutivo considera "cumplidos" sus objetivos. Las oficinas de ayudas en las áreas de rehabilitación se mantendrán, que serán completadas con las oficinas técnicas de la Plataforma RHE+.

La titular de Vivienda no ha precisado cuánto prevé ahorrar con estas medidas. En su conjunto, según ha declarado, durante el año pasado se destinaron a estos apartados 507 millones. Su reparto fue así: ayuda directa a la entrada (306 millones), subvenciones a la promoción de VPO nueva en alquiler (149 millones), ayuda a promotores para urbanización de suelo (41 millones) y subvención para ventanillas únicas (21 millones). Corredor ha valorado la apuesta por la rehabilitación y el alquiler, al recordar que en el primer año de ejecución del Plan Estatal logró un 255% de los objetivos en alquiler y del 114% en los de rehabilitación, con lo que restó trascendencia al impacto del ajuste, ya que la VPO de nueva construcción para compra sólo alcanzó el 66% de los objetivos convenidos. "Por tanto, el impacto del ajuste presupuestario será menor, dado que ésta es la línea menos demandada", ha subrayado.

Fuente: elpais.com

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Hoy martes 27 de julio, en el Ministerio de Vivienda comenzará la "V Conferencia Sectorial de Vivienda", y en el ambiente flota la densa bruma del descontento por parte de las comunidades autonómicas que se verán seriamente afectadas por los primeros recortes presupuestarios en materia de vivienda.

beatriz corredor - Conferencia Sectorial de Vivienda: recortes presupuestarios y comunidades descontentasBeatriz Corredor, la titular del Ministerio de Vivienda se tendrá que enfrentar a todas comunidades autonómicas (incluidas las socialistas) que no están nada de acuerdo con los recortes económicos previstos en vivienda.

Ya las primeras chispas saltaron ya en la Comisión Multilateral del pasado jueves 22 de julio con todas las comunidades para preparar esta V Conferencia Sectorial. En esta reunión previa y de preparación de la conferencia Javier Ramos, secretario general del Ministerio de Vivienda, se encargó de trasladar a los directores generales las diferentes regiones de manera verbal -sin documento alguno de por medio y sin que figurara inicialmente en el orden del día- los cambios presupuestarios ("reordenación de las estrategias", según Vivienda) que su cartera llevará a cabo en el marco de la modificación del Real Decreto 2066/2008 que regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 20009-2012 (PEVR).

Los cinco puntos de la discordia y el descontento de las Comunidades Autonómicas

  1. La eliminación de la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE) para la compra de vivienda protegida a partir de 2011 (310 millones).
  2. Supresión de la Reserva de Eficacia ya en 2010. Hasta ahora, las comunidades podían sobrepasar las actuaciones y objetivos previstos en un 20% de tal modo que el Ministerio les garantizaba este presupuesto como un premio a la eficacia (140 millones).
  3. Se dejará de subvencionar a los promotores que adquirieran o urbanizaran suelo para promover vivienda protegida.
  4. El Ministerio de Vivienda dejará de financiar las Ventanillas Únicas de información de las comunidades. Sólo se mantendrá este apoyo a las ventanillas de ARIs (Áreas de Rehabilitación Integral) y ARUs (Áreas de Rehabilitaicón Urbana).
  5. Reducción de las ayudas a los promotores que impulsen el alquiler.

...continúa leyendo "Conferencia Sectorial de Vivienda: recortes presupuestarios y comunidades descontentas"