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Nuevo valor de referencia catastral en Espana en que consiste y que implica esta modificacion - Nuevo valor de referencia catastral en España: en qué consiste y qué implica esta modificación

El pasado 1 de enero entraba en vigor el nuevo valor de referencia catastral. Un valor que sirve de base imponible a la hora de calcular algunos de los impuestos que hay que pagar en operaciones de compraventa de viviendas o al heredar un inmueble: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (IADJ) y el de Sucesiones y Donaciones.

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Andalucia rebaja el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados - Andalucía rebaja el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

La decisión del gobierno andaluz tendrá una enorme repercusión entre aquellos que compren vivienda antes del 31 de diciembre de 2021, fecha de final de vigencia de la medida. Hay que tener en cuenta que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es el tributo más destacado que deben pagar aquellos que adquieren un inmueble de segunda mano.

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cliente firma documento comprar casa bienes raices 31965 1089 1 - IRPH, la última pesadilla judicial de los bancos

Los bancos afrontan el otoño pendiente de nuevo de los tribunales y las hipotecas. Tras los últimos conflictos en torno a las cláusulas suelo y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), la preocupación en el sector financiero ahora tiene otras iniciales: IRPH. Se trata de uno de los índices a los que se referencian los préstamos que se conceden para la compra de vivienda y este martes, 10 de septiembre, está previsto que el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emita una opinión sobre él. Su postura no es vinculante, aunque puede dar una idea de la decisión que acabe tomando el propio TJUE a finales de este mismo ejercicio o en el arranque de 2020.

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El TC declara nulo el pago de la plusvalía en ventas con pérdidas 1024x682 - El TC declara nulo el pago de la plusvalía en ventas con pérdidas, en todo el país

El Tribunal Constitucional (TC) ha extendido a toda España la nulidad del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía municipal. Ya con anterioridad, se anuló en la sentencia sobre el impuesto establecido en Álava y Guipúzcoa, se hace eco ahora el Pleno del TC y considera que el impuesto, tal y como está regulado, vulnera el principio constitucional de capacidad económica, ya que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo". El Tribunal considera conforme a la Constitución que el legislador establezca impuestos que graven el incremento del valor de los terrenos urbanos, pero siempre y cuando aquellos respeten el principio de capacidad económica que exige la Carta Magna, lo que supone que el impuesto no puede en ningún caso gravar actos o hechos que "no sean exponentes de una riqueza real o potencial", es decir, sobre aquellas viviendas que hayan sido vendidas con pérdidas. La nulidad del impuesto de plusvalía afectará a unas 550.000 viviendas, que podrán reclamar unos 8.300 millones de euros.

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alquiler alicante alicante - Renta 2016: Deducciones por alquiler de vivienda y los alquileres opacos

Tras la Semana Santa, seguimos repasando la actualidad relacionada el IRPF y la declaración para este año que, en esta ocasión, nos dará para conocer las deducciones que existen por el alquiler de vivienda, tanto para el casero como el inquilino, en un contexto donde nuevamente la Agencia Tributaria vuelve a la carga para sacar a la luz los alquileres opacos. El 5 de abril arrancó la campaña de la Renta 2016 y la AEAT intensifica su control sobre los propietarios. "El 41,4% de los arrendamientos en España son fraudulentos", según las estimaciones de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Son algo más de un millón de casas y pisos en alquiler. No obstante, el alquiler sumergido ha descendido más de 12 puntos respecto a 2007, cuando era del 54%.

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renta2016 - Renta 2016: Hora de rendir cuentas con Hacienda

Hoy día 5 de abril, arranca la campaña de la Renta 2016, en el que se espera que más de 19 millones de contribuyentes rindan cuentas con Hacienda. El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es el tributo más relevante del sistema fiscal español y grava básicamente las rentas empresariales, los rendimientos del ahorro y las plusvalías. La reforma fiscal que aprobó el Gobierno a finales de 2014 incluyó una rebaja en dos fases de los tipos impositivos del IRPF. Así, los gravámenes bajaron en 2015 y lo volvieron a hacer en 2016. Actualmente, el impuesto cuenta con cinco tramos y con tipos impositivos que van del 19% al 45%. La reducción también se aplicó en la base imponible del ahorro, donde tributan los intereses y las plusvalías obtenidas con, por ejemplo, la venta de acciones o de una vivienda. Los primeros 6.000 euros aplican un gravamen del 19%, entre 6.000 y 50.000 pagan el 21% y, a partir de ahí, los rendimientos del ahorro abonan un 23%.

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peñiscola castellon 2 1024x682 - El Constitucional fuerza a revisar la Plusvalía: hasta 550.000 afectados según Tinsa

El Ministerio de Hacienda modificará el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como "plusvalía municipal", después de que el Tribunal Constitucional (TC) anulara el tributo en los casos de las ventas de inmuebles sin ganancia o a pérdidas. El impuesto amenaza con convertirse para la Administración en lo que las cláusulas suelo son para la banca: una fuente de inquietud al principio, el motivo de numerosas denuncias con la colaboración de despachos litigantes después y, finalmente, un desembolso millonario en indemnizaciones. Según un estudio de Tinsa, los afectados podrían superar el medio millón: "Las viviendas sobre las que se podría reclamar, por haberse transmitido por un valor inferior al de adquisición, estarían en torno a 550.000, según cálculos realizados a partir de estadísticas del precio de la vivienda, junto con los de datos de Fomento y del Colegio de Registradores".

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Plusvalia municipal e1485956071412 - Vivienda: ¿Hay que pagar plusvalía municipal si en la venta pierdo dinero?

A las batallas judiciales por las cláusulas suelo y los gastos de formalización de las hipotecas se une ahora otra contienda en los tribunales que está dando mucho que hablar. Los juzgados españoles están lidiando con el pago de la plusvalía municipal, un impuesto cobrado por los ayuntamientos a los vendedores de viviendas y otros inmuebles. Desde que estalló la crisis en el 2007, los precios de las propiedades en España ha caído entre el 30% y 45%, según donde se encuentre el inmueble. Largos años de una crisis inmobiliaria e económica aún sin cerrar donde se ha vendido (y se vende) pisos y casas sin beneficio e incluso con pérdidas, casos en los que se cuestiona seriamente si es justo el pago de la plusvalía municipal.

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¡El cincuenta y cuatro mil cientoooo ventiseeeeeis! Así sonará "el Gordo" de la Lotería de la Navidad, canción celestial entonada por los célebres niños del Colegio de San Ildefonso. Una tradición y la lotería más esperada del año en España, además de ser la que deja una mayor lluvia de millones. Año tras año, la vivienda y los típicos "agujeros que tapar" se perfilan como los usos más habituales para emplear este dinero. El premio Gordo del Sorteo de la Lotería de Navidad repartirá hoy jueves 22 de diciembre un total de 400.000 euros por décimo premiado, una cantidad que permitiría comprar un buen piso, o un par de apartamentos en la playa, o en caso que ya tengas hipoteca, pagarla y respirar (113.193 euros de media), y de camino, según Kelisto, ahorrar 31.881 euros en intereses.

orihuelacosta alicante1 4 - Lotería de Navidad: Si me toca el Gordo, ¿qué piso puedo comprar?

Para "cuidar" el dinero obtenido con el premio y no terminar arruinado, los expertos aconsejan consultar a un asesor financiero acreditado e independiente; diversificar las inversiones y analizar previamente qué riesgos se estás dispuesto a asumir; reflexionar sobre los plazos y los propósitos con que se realizan las inversiones; informarse sobre la liquidez que tienen los productos y sobre la fiscalidad de las inversiones.

Además, no hay que olvidar el impuesto del 20% a los premios de lotería superiores a 2.500 euros, el de sucesiones y donaciones, y el de patrimonio, que son tres gravámenes que pueden reducir la cuantía que ingrese el ganador de "El Gordo" en el Sorteo Extraordinario de Navidad. El Ministerio de Hacienda se quedará previamente con 79.500 euros de "El Gordo" como mínimo, dado el impuesto del 20% que se aplica a los premios que superen los 2.500 euros. De este modo, el departamento que dirige Cristóbal Montoro recaudaría 79.500 euros, es decir, el 20% de 397.500 euros (ya que los 2.500 primeros euros quedarían exentos del pago). Por tanto, al restar esta cantidad, la cifra neta que recibiría el agraciado cuando fuera a cobrarlo sería de 320.500 euros.

Si el premiado decidiera compartir el dinero, tendrá que contar con el impuesto sobre sucesiones y donaciones. De este modo, este gravamen tendrá que ser abonado por quien recibe el dinero y varía en función de la comunidad autónoma. No obstante, la mayor parte de las autonomías prácticamente lo eliminan para hijos y cónyuges mediante bonificaciones, como sucede en Madrid, Canarias, Extremadura, Castilla-La Mancha o Baleares, entre otras.

¿Si me toca la lotería, dónde puedo comprar?

Los privilegiados que tengan un boleto que coincida con "el Gordo" se harán con un premio de 400.000 euros al décimo, por lo que incluso el madrileño barrio de Salamanca se perfila como una opción posible para los que busquen una zona exclusiva en Madrid. En la capital, se puede conseguir un piso de 80 metros cuadrados por unos 400.000 euros, incluso por menos, siendo posible comprar la casa incluso después de pagar los impuestos a Hacienda por el premio. Algo parecido pasa en el caso de Barcelona, donde los más afortunados, los que se hagan con "el Gordo", podrán plantearse la posibilidad de vivir en Sarrià-Sant Gervasi, el barrio más caro y exclusivo de la Ciudad Condal.

En cambio, en capitales como Sevilla o Palma de Mallorca, con el mismo premio podemos ampliar los metros cuadrados de nuestra vivienda. Así, un piso de 150 metros en Nervión, la zona más cara de la capital hispalense, apto para los afortunados ganadores "del Gordo". Lo mismo pasa en la capital de las Baleares. En Palma de Mallorca, con los 400.000 euros del décimo premiado podemos conseguir una vivienda de 120 metros, que nos costaría 340.700 euros de media. 

En el caso que ya tengamos vivienda pagada y deseemos invertir, es una buena opción la vivienda en la playa, donde en muchas zonas con el premio Gordo de la lotería se podría comprar dos apartamentos como en Castellón, Alicante, Almería, Murcia, Tarragona, Huelva, Cádiz, Canarias o la costa de Granada, e incluso en muchas zonas de la Costa del Sol de Málaga, daría para encontrar interesantes oportunidades por menos de 200.000 euros. Los que resulten agraciados con el segundo premio (125.000 euros al décimo), tendrán que conformarse con barrios más accesibles, que también los hay con buenas oportunidades en toda España.

Por comunidades, la inversión en una vivienda para rentabilizar en alquiler, según un reciente estudio de Solvia, ofrece en Madrid una rentabilidad del 5,8%, con una renta media de alquiler de 7,6 euros por metro cuadrado al mes, es uno de los “focos” de mayor demanda de vivienda en alquiler en toda España. Cataluña, con rentabilidad del 6,1% y 7,4 euros por metro cuadrado al mes, ha registrado un repunte de los precios, especialmente en Barcelona. Por su parte, Valencia la rentabilidad media se ha situado en el 6,6%, en Andalucía en el 6,9% y en las Islas Canarias y Baleares en el 6,1%. Si jugáis a la lotería, os deseamos la mejor la las suertes.

Fuente: teinteresa.es

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Los impuestos subirán en una cuarta parte de los ayuntamientos españoles el próximo año. Junto al incremento fiscal a empresas, tabaco y alcohol, el Gobierno ha aprobado los coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2.452 municipios. Con anterioridad, la revisión fue solicitada por los ayuntamientos para aproximar los datos del catastro a los valores reales de mercado de los inmuebles en cada localidad. Según el año en que se haya hecho la anterior actualización, la revisión puede tornar en subida o bajada, en este caso, la mayor parte de los casos subirá. El "catastrazo" de 2017 se traducirá en un incremento de los valores en 1.895 localidades de toda España, lo que derivará en una subida de impuestos como el IBI o la plusvalía municipal en dichos municipios. En otros 550, aproximadamente, bajará.

mijas malaga1 - 2.452 municipios ajustan el valor catastral en 2017, en 1.895 tocará pagar más

Entre zonas donde irrumpirá el incremento tributario (incluidas sus capitales) están en Valencia, Granada, Córdoba, Cádiz, Badajoz, Tarragona, Jaén o Alicante. Los habitantes de otros 557 ayuntamientos correrán mejor suerte y sus valores catastrales bajarán el próximo año. En este último supuesto se encuentran las ciudades como Santander, Almería, Lleida o Ávila. Los ayuntamientos que no aparecen no han pedido la revisión este año, bien porque actualizaron sus valores hace poco o porque han optado por no hacerlo.

Por provincias, Burgos es la que tiene más municipios en los que subirá la referencia catastral, con 151 localidades, seguida de Ávila (124) y Teruel (112). Del lado de las beneficiadas, dos de las provincias más afectadas por el boom de la construcción, Guadalajara y Valencia, son las que tienen más municipios bajarán sus valores en 2017 en 46 y 44 ayuntamientos respectivamente.

Año a año desde 2013, los Presupuestos del Estado incluyen los coeficientes para actualizar las valoraciones catastrales de los ayuntamientos que lo hayan solicitado. Como 2017 comenzará con el presupuesto prorrogado y el IBI es un impuesto que se devenga el 1 de enero de cada año, el Gobierno ha aprobado por decreto ley estas revisiones, para que entren al comenzar el ejercicio y no cuando se aprueben las nuevas cuentas, que previsiblemente será en abril.

Los ayuntamientos que quieren revisar los valores de los inmuebles en su término municipal deben solicitarlo a la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, siempre que hayan transcurrido cinco años desde la anterior valoración. A los diez años pasa a ser obligatorio. Pese a ello, como calculó en 2014 el informe elaborado por el comité de expertos para la reforma fiscal, el periodo de actualización media es de 21 años. La subida o bajada del próximo año será mayor o menor según el ejercicio en el que se actualizara el valor catastral. Como desgrana el decreto ley que se publicó en el BOE el pasado sábado, las valoraciones anteriores a 2003 sufrirán un incremento este año. Las que han sido posteriores, en muchos casos durante la época en la que se hinchó la burbuja en los años de vacas gordas, reducirán sus valores.

Para este año, las referencias que se actualizaron por última vez antes de 1990, tienen un coeficiente de 1,08, el más alto de todos. Es decir, si un inmueble tiene un valor catastral de 100.000 euros y su última revisión se hizo en 1988, pasaría a 108.000 euros. De los 1.895 municipios que subirán sus valores, 1.111 tenían referencias de antes de 1990, por lo que serán las que más suban. Así, las que se hicieron en 1994 tienen un coeficiente de 1,07; las de 1995, de 1,06; las de 1996, de 1,05; las que van de 1997 a 2000, de 1,04: y las que se actualizaron entre 2001 y 2003, es de 1,03. Por el contrario, las que se revisaron entre 2005 y 2009 tienen un coeficiente de 0,92, las de 2010, de 0,9 y las de 2011, de 0,87. En este último caso, si un piso tiene un valor catastral de 100.000 euros, este pasaría a valer 87.000 a ojos de Hacienda.

Impacto de 24 millones de euros

Esta lluvia de valoraciones tendrá un impacto de 24 millones de euros, según calculó el Gobierno en el programa presupuestario prorrogado remitido a Bruselas en octubre. El pasado viernes, el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro reseñó que la medida se adopta para ayudar a las arcas de las corporaciones locales. Lo cierto es que desde que comenzó la crisis, los ayuntamientos no han dejado de subir el IBI de una forma o de otra. La recaudación del impuesto ha crecido un 76% desde 2007 pese a que el valor de mercado de los inmuebles se ha desplomado un 30% desde entonces: si antes de la crisis ingresaba 7.267 millones, sin contar a las diputaciones forales, en 2015 llegó hasta los 12.807 millones.

Debido a ello, el IBI se ha convertido en el gran caudal de ingresos para los ayuntamientos, que se han convertido en la única administración con superávit, lo que a su vez ayuda a rebajar el dato de déficit global de cara a Bruselas, por lo que el Gobierno quiere que las corporaciones locales no pierdan ingresos. El IBI es un impuesto contracíclico: pese a que la actividad se deprima, como grava la propiedad, sus ingresos son estables. En un país en el que el 80% de las viviendas están en régimen de propiedad, España recauda más que la media de la UE por este impuesto: un 1,2% del PIB frente al 0,8% de media en la UE de 2015. Algo parecido ha ocurrido con la plusvalía municipal, que grava el incremento de valores en la transmisión de un inmueble: si en 2007 ingresaba 1.416 millones, a golpe de catastrazo su recaudación ha subido como la espuma y en 2015 aportó 2.439 millones a las arcas locales.

Hacienda señala que la aprobación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2017 tiene una repercusión "inmediata" en el IBI. El Gobierno precisa, sin embargo, que los 2.452 ayuntamientos afectados no podrán "aprobar a tiempo nuevas ordenanzas fiscales para adaptar los tipos de gravamen" en el IBI. Debido a ello, "no verían cumplidas las previsiones presupuestarias que hubieran realizado contando con dicha actualización". ¿Qué quiere decir esto? Por ejemplo, si un ayuntamiento pidió la actualización y esta se salda con una revisión a la baja de los valores catastrales, el consistorio se arriesga a quedarse sin tiempo, en el caso de que aún no lo haya hecho, de subir los tipos del IBI de cara a 2017 para compensar el impacto negativo en sus arcas públicas, describe José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

Los ayuntamientos tienen hasta marzo del próximo año para aprobar ordenanzas fiscales en el IBI de dicho ejercicio y así lo admite una sentencia del Tribunal Supremo, apunta Salcedo. Lo mismo ocurre si la revisión es al alza y el municipio quiere bajar los tipos del impuesto para que sus vecinos no paguen más cuota: el consistorio deberá acelerar sus planes. Si bien en octubre se publicó en el BOE la orden ministerial con los ayuntamientos que habían pedido la revisión, estos no conocían los coeficientes que iba a aplicar Hacienda hasta el pasado sábado. Como el Gobierno estaba hasta hace poco en funciones, los consistorios no sabían si finalmente iba a dar tiempo de aprobar la actualización de sus referencias.

Para saber si el IBI subirá en tu municipio como efecto de la revisión catastral puedes consultar el listado de municipios que publicó el BOE el 1 de octubre de 2016

Fuente: abc.es

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