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apto alquiler laspalmasdegrancanaria 1024x682 - IPC Alquiler: El precio de los alquileres de viviendas cierra 2016 con un alza del 0,1%

El precio medio de los alquileres de viviendas subió un 0,1% en diciembre de 2016 en comparación con el mismo mes de 2015, según el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). De esta manera, la evolución de los precios regidos por el IPC en los alquileres se mantiene en la línea de la estabilidad y dos meses en positivo, después de encadenar tres de estabilidad (0%).

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La letra pequeña de las hipotecas enfrenta nuevamente a bancos y consumidores ante la Justicia, y no solo para poder reclamar por las cláusulas suelo. En Sevilla un matrimonio ha demandado a su entidad por haberle cobrado todos los gastos en la compra de una vivienda derivados de formalizar la hipoteca, que supusieron un total de 7.912 euros por un crédito de 275.000 euros. Pero tras la demanda en Sevilla, también se han confirmado sentencias por el mismo motivo en Granollers (Barcelona) o la obtenida por la OCU en Zaragoza... ¿Un nuevo frente judicial y millonario por más abusos de la banca con las hipotecas?

losalcazares murcia1 - Los gastos de formalizar la hipoteca: ¿Nuevo frente judicial para la banca?

Podría ser un nuevo revés para los intereses de la banca. Las sentencias de primera y segunda instancia comienzan a surgir, a favor de devolver los gastos abusivos de formalización de una hipoteca cobrados indebidamente, siguiendo la doctrina impulsada por el Tribunal Supremo en diciembre de 2015, cuando declaró las cláusulas abusivas que imponen al consumidor todos los gastos de formalización de hipotecas, cuando en realidad deberían asumirlos las entidades financieras dado que van dirigidos a asegurar la recuperación del dinero prestado. La cláusula del contrato hipotecario que el pleno de la sala primera del Alto Tribunal consideró abusiva es una en la que la entidad establece que "son de cuenta exclusiva de la parte prestataria (el cliente) todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación y ejecución" del crédito. No obstante, el Tribunal Supremo esgrime que aunque el beneficiado por el préstamo es el cliente, su formalización ante notario y en el registro de la propiedad se hace en beneficio del prestamista, es decir, del banco. Un año después, muchos compradores de viviendas (posiblemente animados por la sentencia sobre las cláusulas suelo) han decidido reclamar estas cantidades "ocultas".

En el caso de Sevilla, el abogado Joaquín Moeckel, pionero en este tipo de demandas, reclama la devolución por parte de su banco de 282 euros por el registro de la propiedad, 375 por la tasación, 400 de gastos de gestoría, 855 de notario y 6.000 por el impuesto de actos jurídicos documentados, basándose en esta sentencia de diciembre de 2015 en la que el Tribunal Supremo, respecto a un recurso de BBVA, donde declara nula las cláusulas que cargan al cliente todos los costes del préstamo al considerarla desproporcionada por, entre otras cosas, no distribuir equitativamente esos gastos entre banco y usuario. Por tanto, abre la puerta a una distribución recíproca de los gastos de esas garantías. Joaquín Moeckel, tiene claro cuál será su repercusión: "Seguro que va a haber un aluvión de casos en España".

Con las denuncias, comienzan a llegar las sentencias, como en el caso de Granollers (Barcelona) donde un juez ha anulado la cláusula suelo de una hipoteca contratada con el BBVA y, de camino, condenó a la entidad bancaria a devolver los 3.371 euros de gastos notariales e impuestos derivados del préstamo, al entender que debían pagarlos ambas partes de forma "equitativa". También cree la sentencia que el banco "no queda al margen de los tributos que pudieran devengarse con motivo de la operación mercantil", por lo que considera que debe abonar los impuestos sobre actos jurídicos documentados que le correspondiera.

Más firme aún fue la sentencia de Zaragoza, a raíz de una demanda de la Organización de Consumidores Unidos (OCU) contra varias cláusulas abusivas en las hipotecas, abriéndose la puerta a todos los hipotecados a la posibilidad de recuperar los costes impuestos de forma abusiva. "Esta nueva sentencia a la que seguro seguirán muchas más, allana el camino para todos aquellos consumidores que quieran recuperar el dinero pagado de más en la formalización de su crédito hipotecario". En la organización calculan que para una hipoteca media de 150.000 euros, con una responsabilidad hipotecaria de 255.000 euros y un tipo impositivo del 1%, la cantidad a devolver por la banca sería un total que rondaría los 3.100 euros, cifra que varía según el tipo de hipoteca contratada. Así, en este perfil medio el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados ascendería a 2.550 euros, a los que habría que añadir cerca de 425 euros de gastos de notario y 125 del Registro de la Propiedad. En términos generales, la OCU estima que los gastos de formalización de hipotecas costaron 450 millones de euros a los consumidores.

Tanto la OCU, que llevó el tema al Supremo, y otras asociaciones como Adicae, han lanzado campaña para reclamar estos gastos abusivos en las hipotecas. En los últimos meses, al menos seis bancos (Santander, BBVA, CaxiaBank, Bankia, Sabadell e Ibercaja) han modificado sus cláusulas y asumen alrededor del 30% de los gastos para evitar más demandas. El asunto más difícil de reclamar es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que supone el 70% de la factura. Al igual al igual que sucede con la cláusula suelo, los bancos se niegan a devolver de oficio las cantidades cobradas de más, lo que está obligando a los consumidores a acudir a juicio para recuperar su dinero.

¿Quién y qué se puede reclamar sobre los gastos de la hipoteca?

La pregunta que se hacen todos los hipotecados, es si pueden beneficiarse de la nueva sentencia sobre los gastos de formalización de la hipoteca, desde la OCU explican que a partir de la sentencia del Supremo del 23 de diciembre de 2015 "afecta a todos los que tenga una hipoteca viva o si la han amortizado hace cuatro años", es decir, la práctica totalidad de las hipotecas".

Así, las asociaciones de consumidores aconsejan acudir primero al defensor del cliente y después a la justicia. Tienen cuatro años de plazo para reclamar a contar desde la Sentencia de diciembre de 2015, es decir, el plazo límite el 24 de diciembre de 2019. Para los que han amortizado la hipoteca, podrán reclamar si el pago total se hizo cuatro años antes de la sentencia, es decir, desde el 23 de diciembre de 2011 en adelante. Solo afecta a consumidores, no a empresas, y afecta tanto a hipotecas de vivienda habitual como de segundas o terceras viviendas. Para las hipotecas futuras no cabrá reclamación. Con esta modificación lo que hacen las entidades es evitar que lleguen más reclamaciones. Sin embargo, eso no impide pedir el dinero de préstamos firmados en el pasado.

Respecto a ¿qué gastos se pueden reclamar? En las demandas actuales se están pidiendo los de la notaría, los del registro de la propiedad, los de la gestoría (en el caso en que la impusiera el banco) y los impuestos de los Actos Jurídicos Documentados de la escritura hipotecaria. No existe una regla fija para todos los casos, pero estos gastos vienen a ser entre el 2,5% y el 3% del préstamo hipotecario. No obstante, algunos jueces ordenan la devolución de los gastos de notaría, registro y gestoría, pero no los del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de la escritura hipotecaria, que es la parte más importante de los gastos, alrededor del 75% de la factura.

El Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial de Zaragoza afirmaron que "la entidad prestamista no queda al margen de los tributos que pudieran devengarse con motivo de la operación mercantil, sino que, al menos en lo que respecta al impuesto sobre actos jurídicos documentados, será sujeto pasivo en lo que se refiere a la constitución del derecho y, en todo caso, la expedición de las copias, actas y testimonios que interese". Sin embargo, algunos jueces e incluso la Audiencia Provincial de Oviedo y la de Pontevedra se han negado a devolver estos impuestos porque, afirman, en consonancia con las entidades, que esa parte corresponde al cliente y se apoyan en una contradicción legal. Por supuesto, lo que no se devuelve es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la compra de la vivienda, que eso siempre corresponde al comprador.

En relación a la documentación que se necesita para poder reclamar estos gastos, será necesario presentar:

  • Escritura de tu hipoteca
  • Factura del notario
  • Factura del registrador
  • Carta de pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).

Los bancos solo devolverán los gastos hipotecarios si los condena el Supremo

Después de las cláusulas suelo, a los bancos españoles se les abre un nuevo frente: los gastos de formalización de las hipotecas. Muchos clientes se han animado a demandar a sus entidades por el cobro indebido de los gastos de la hipoteca a la hora de comprar vivienda, y están empezando a obtener sentencias favorables en los tribunales de primera y segunda instancia. Sin embargo, no deben echar las campanas al vuelo. Como ha ocurrido con la famosa cláusula que impide a los hipotecados beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés, los bancos no van a devolver lo cobrado indebidamente por el registrador, el notario, etc. hasta no ser condenados individualmente en firme por el Supremo.

Así, según la Asociación Española de Banca (AEB): "La sentencia del Supremo de 2015 se refería a un caso concreto. Y por el momento solo se han producido sentencias aisladas a favor de los prestatarios con la devolución de los gastos de formalización. Debe valorarse caso a caso. No se puede generalizar al saldo vivo actual de hipotecas", afirma José Luis Martínez Campuzano, portavoz de la AEB. De ahí que las entidades no vayan a devolver estas cantidades hasta ser condenadas una a uno por el Supremo, como en el caso de las cláusulas suelo.

En cambio, desde la OCU sostienen que, aunque la sentencia afectaba de forma directa a BBVA y Banco Popular, "todas las entidades bancarias" deben devolver las cantidades, pues "el mismo criterio se puede aplicar a todas las hipotecas" y lo que se juzga es la cláusula abusiva. "De hecho, nosotros ya sabemos que incluso ING ha empezado a devolver el dinero", confirman los especialistas de OCU encargados de gestionar este tipo de situaciones para los consumidores.

El nuevo frente judicial de la banca podría estar entre los "2.000 o 3.000 millones euros", según Joaquín Moeckel, el abogado que este pasado martes interpuso una demanda a un juzgado de primera instancia de Sevilla. Pese a ello, cree que los bancos encontrarán la manera de solventar este "problema antiguo" pero redescubierto hace relativamente poco: "Seguro que hallarán la manera, pues la banca nunca pierde". Tanto es así, que la mayoría de los bancos no estarán por la labor de hacer frente a un nuevo agujero económico tras el que pueden crearles las cláusulas suelo. Muchas entidades van a escudarse en que la sentencia solo se centra en casos concretos, provocando que el comprador no tenga más remedio que acudir a la justicia para que le devuelvan estas cantidades. Una estrategia que permite ganar tiempo hasta que haya una nueva sentencia general del Supremo que los obligue a hacerlo.

Fuentes: elmundo.es, elpais.com y elconfidencial.com

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justiciaeuropea clausulas 300x169 - Los jueces españoles pueden anular las cláusulas abusivas de las hipotecasEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó nuevamente la pasada semana la posibilidad de que los jueces españoles puedan dejar sin aplicación las cláusulas hipotecarias que estimen abusivas.

En esta ocasión, la sentencia se refiere a varios desahucios que pretendían ejecutar Unicaja y Caixabank en Marchena (Sevilla). El juez español se planteó la cuestión del carácter abusivo de las cláusulas relativas a los tipos de interés de demora y preguntó al Tribunal de la UE si la legislación española aplicable es compatible con las normas comunitarias.

Según la ley española, el juez debe ordenar que se recalculen los intereses de demora cuyo tipo es superior a tres veces el interés legal de dinero, de manera que no superen este umbral.

En su sentencia del pasado miércoles, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluye que la legislación española es compatible con el derecho de la UE siempre que se cumplan dos condiciones. En primer lugar, que su aplicación no prejuzgue por parte la apreciación por parte del juez nacional del carácter abusivo de la cláusula. En segundo lugar, que no impida que el juez deje sin aplicar la cláusula si considera que es abusiva.

Carácter abusivo

A este respecto, el Tribunal de Justicia señala que "la obligación de respetar el límite máximo del tipo de interés de demora no impide en absoluto que el juez pueda considerar que una cláusula por la que se establecen dichos intereses tiene carácter abusivo". Así, según resalta el fallo judicial,"El juez nacional puede apreciar el carácter eventualmente abusivo de una cláusula relativa a intereses de demora calculados con arreglo a un tipo inferior al previsto por la ley española. No cabe considerar que un tipo de interés de demora inferior a tres veces el interés legal del dinero sea necesariamente equitativo".

"Por otra parte, en el supuesto de que el tipo de interés de demora estipulado en una cláusula se superior al establecido en la ley española y deba ser objeto de limitación, esa circunstancia no es óbice para que, si la cláusula tiene carácter abusivo, el juez nacional pueda derivar de ello todas las consecuencias previstas en la directiva (sobre cláusulas abusivas), procediendo, en su caso, a anular dicha cláusula", apunta el Tribunal.

La sentencia señala finalmente que en los asuntos objeto de litigio "no parece que, en principio, la anulación de las cláusulas contractuales de que se trata pueda acarrear consecuencias negativas para el consumidor, ya que los importes en relación con los cuales se iniciaron los procedimientos de ejecución hipotecaria serán necesariamente menores, al no incrementarse con los intereses de demora previstos por dichas cláusulas".

Ya en mayo del 2013 una sentencia del TJUE instaba a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo.

La banca deja de recurrir y acepta negociar

La banca parece asumir tener que pagar algunas facturas por su actuación en la crisis. Las cláusulas suelo, un tope mínimo que se incluye en los intereses de muchas hipotecas, son una de ellas. Las entidades están perdiendo más del 90% de las demandas en los juzgados y en las audiencias provinciales en el último año. Los bancos coinciden en que la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo en la que condenaba al BBVA, Cajamar y Novagalicia por tener abusivas cláusulas suelo ha cambiado totalmente el panorama.

Ante esta situación, se ha impuesto la negociación individual y el pacto con el cliente. El objetivo es triple: no perder tiempo y dinero (casi siempre el banco es condenado a costas); evitar el daño reputacional de las noticias sobre condenas judiciales y esquivar un efecto llamada de los clientes que no reclaman.

Dos de las organizaciones más combativas en esta materia corroboran esta situación. Adicae, la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorros, asegura que ha ganado la inmensa mayoría de los pleitos en los que se pedían la nulidad de las cláusulas suelo. Por su parte, Javier Gastón, responsable de Denunciascolectivas.com, afirma que en el 95,34% de los 560 casos que llevan han logrado una sentencia favorable, de los que en el 77% ha sido por pacto.

La razón de este giro judicial es que el Supremo consideró nulas las cláusulas cuando no estaban claramente explicadas en el contrato (incluyendo un cálculo de los efectos que podrían tener una subida de tipos de interés, algo que no hacía prácticamente ninguna entidad). También invalidó las cláusulas cuando la diferencia entre el suelo (el mínimo al que podía bajar la TAE del crédito) y el techo (el máximo al que podía llegar la protección) era desproporcionada. Es decir, en los casos en los que el seguro que justifica en teoría esta cláusula protegía más al banco que al cliente.

Sentencias pendientes y la batalla de la retroactividad

Pero los abogados y las asociaciones han abierto ahora otra batalla con miles de millones en juego: quieren conseguir que, además de anular las cláusulas, los jueces lo hagan con retroactividad. Es decir, que los bancos devuelvan el dinero cobrado por las cláusulas desde el inicio de la hipoteca. El sector está pendiente de una próxima sentencia del Supremo, por un recurso del BBVA, en la que el Alto Tribunal deberá posicionarse sobre esta retroactividad. Algunos bancos critican el paso dado por el BBVA porque creen que si se pierde, podría suponer una cascada de reclamaciones por un inmenso valor económico.

El Banco de España calcula que un tercio de todas las hipotecas tienen cláusulas suelo. Según Javier Gastón "Hay unas 3,5 millones de hipotecas con estas condiciones de particulares y empresas. La media que se podría reclamar por afectado por la retroactividad de la cláusula es de 6.900 euros, así que la banca tendría que devolver unos 24.500 millones si todos los afectados ganaran judicialmente".

Las distintas asociaciones, consideran que, por ahora, menos del 5% de los afectados por esta situación presentan reclamaciones en los tribunales, pero el tsunami podría llegar con una judicialización masiva, sobre todo si se apoyan en una sentencia favorable del Supremo. Mientras, abogados y bancos miran de reojo hacia otro asunto pendiente: la macrodemanda que Adicae emprendió en los juzgados mercantiles de Madrid contra 101 entidades por las cláusulas suelo, en la que están implicadas 15.000 personas, todavía sin resolver.

Fuente: elpais.com

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En España casi un 95% de las hipotecas utiliza un tipo de interés variable: el euríbor es el tipo de referencia más utilizado, está en el 85,3%. Por eso las variaciones del euríbor resultan tan decisivas para el bolsillo de tantos. Por ello es una buena noticia el que el euríbor esté ahora mismo por debajo del 1% en tasa diaria.

Clausula suelo1 - Como eliminar la "Cláusula Suelo" de nuestra hipoteca
El abuso de las cláusulas suelo

Sin embargo, la bajada del euríbor no significa para muchos un automático abaratamiento de la cuota de la hipoteca. Y es que muchas familias (casi 4 millones de hipotecas) tienen cláusula suelo, ese límite que protege al banco de las caídas del euríbor.

La cláusula suelo establece un interés mínimo que pagaremos en nuestra hipoteca, por mucho que bajen los tipos. Por ejemplo, si tenemos una hipoteca al euríbor +0,50% con un suelo del 3%, si el euríbor llega al 2% en lugar de pagar 2,50% como correspondería (2% + 0,50%) pagaremos un 3%, porque es el suelo hipotecario establecido por contrato.

La cláusula puede ser abusiva

El suelo de la hipoteca se podría considerar abusivo en todo caso, pero, legalmente solo se considera como cláusula abusiva si se cumple alguno de estos supuestos:

  • Existe suelo pero no techo, o bien el techo es inasumible por excesivamente elevado. Es decir, si el banco se protege contra un euríbor bajo pero no protege al usuario contra posibles subidas (insistimos, posibles, ya que un techo al 16% sirve de poco)
  • Si en la oferta vinculante (las condiciones finales que el banco propone al usuario para firmar la hipoteca) no se menciona el interés suelo o si ésta no está firmada por el cliente.

En esos dos casos tenemos todo a nuestro favor para quitarnos de encima el suelo de nuestra hipoteca. Sin embargo, aunque éste no sea el caso, podemos seguir adelante y tratar de eliminar la cláusula suelo. Caben dos posibilidades:

  • Negociar con el banco. Vistas las sentencias favorables a los usuarios que han ido apareciendo últimamente en relación al suelo hipotecario, las entidades financieras son cada vez más conscientes de que tienen las de perder en los juzgados. Por eso no es de extrañar que estén abiertas a negociar la retirada del suelo. Toca negociar; pero negociar con un banco… es "la madre de todas las negociaciones".
  • Hacer un amago de subrogación. Se trata de buscar una nueva entidad que nos ofrezca mejores condiciones si subrogamos la hipoteca. Si logramos una oferta vinculante (las condiciones definitivas del nuevo banco, por escrito), podremos acudir a nuestro banco y obligarle a igualar la oferta o a dejarnos marchar al otro banco.

Si ninguna de estas opciones funciona, siempre queda la vía legal:

  • Unirse a la demanda colectiva de Adicae contra el suelo de las hipotecas. Según esta organización de usuarios de la banca, en España hay 4 millones de hipotecas con cláusula suelo. Su demanda alcanza a un centenar de entidades bancarias.

Fuente: 20minutos.es

 

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En algunos casos la diferencia llega a ser de hasta un 40 por ciento 

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) ha realizado una comparativa de precios entre viviendas vendidas por particulares y las ofrecidas por los portales inmobiliarios de bancos y cajas.

La conclusión, tras analizar 11 ciudades, es que la banca vende más caros sus pisos, aunque estos sean procedentes de embargos, con condiciones financieras propias de la burbuja inmobiliaria, tales como conceder préstamos por el 100 por cien del valor de tasación.

cincodias.com

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Adicae propone medidas que alivien la situación de los afectados por las hipotecas

La Asociación de usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) presentará al Gobierno una propuesta para paralizar los embargos y ejecuciones hipotecarias ya en marcha, según informa la asociación. Plantean una moratoria de tres años como mínimo.

Asimismo, pretenden frenar los procesos a los que puedan enfrentarse aquellas familias al límite de sus capacidades de pago o aquellas que se encuentran en situación de mora.

elmundo.es

Concluye Adicae que la "única solución" inmediata es una "moratoria por tres años de los embargos hipotecarios para aquellas personas o familias que pudieran justificar el carácter sobrevenido de este problema"

Viñeta 4 julio 300x184 - Adicae tilda de "indignantes" los acuerdos del Gobierno sobre las hipotecas
Viñeta publicada por Manel Fontdevila en Público

En 2009, la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), presentó al presidente Jose Luis Rodríguez Zapatero, una serie de propuestas en relación a la Reforma Hipotecaria. Hoy, dos años más tarde, "llevará estas propuestas al movimiento 15-M en toda España, como únicos interlocutores honrados que pueden empujar cambios que supongan una solución a la dramática situación de más de un millón de familias con problemas gravísimos con sus hipotecas", declaran en un comunicado emitido el pasado 2 de julio.

Concretamente, Adicae denuncian que la medida de subir la cuantía de ingresos inembargables hasta los 960 euros, "no es una solución", ya que "los ciudadanos que se beneficiarán de esa medida ya han sido desahuciados de sus viviendas precisamente por carecer de ingresos con los que sufragar sus créditos".

La medida de elevar al 10 por ciento la cifra a la que el banco puede adjudicarse la vivienda en caso de impago - 60 por ciento del valor de tasación actual-, Adicae considera que "la medida no [...] resolverá ninguno de los graves problemas de estas familias que se enfrentan a procedimientos de ejecución hipotecaria".

Concluye Adicae que la "única solución" inmediata es una "moratoria por tres años de los embargos hipotecarios para aquellas personas o familias que pudieran justificar el carácter sobrevenido de este problema", así como sucede en Estados Unidos o Hungría.

La asociación crea un observatorio en el que podrán participar todos los sectores implicados

adicae 300x157 - ADICAE lanza una web para denunciar abusos hipotecariosLa Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) ha creado la página web www.hipotecaconderechos.org, con la que pretende que los usuarios denuncien los abusos recibidos por parte de las entidades bancarias en cuanto a préstamos o créditos hipotecarios. ADICAE responderá a estos usuarios y publicará el tipo de abuso para advertir también a posibles afectados.

Además, la asociación crea un observatorio dentro de la propia web y en el que podrán participar los sectores implicados para conseguir una colaboración entre ellos y contar sus experiencias.

ADICAE propone también un espacio de documentos, en los que se podrán consultar diversas leyes, información y artículos de interés o sentencias relacionadas con las hipotecas y las actuaciones de los bancos.

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La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) ha ampliado de 45 a 81 el número de bancos y cajas la demanda colectiva presentada por la aplicación de las llamadas 'cláusulas suelo' de las hipotecas, según informa la asociación en un comunicado.

Adicae presentará mañana ante en juzgado su solicitud de ampliación de la demanda, que incluirá, entre otras entidades, a Banesto y a La Caixa. De esta forma, la Justicia española tramitará la mayor demanda colectiva presentada contra el sector financiero.

perjuicio clausulas suelo - Adicae amplía de 45 a 81 las entidades demandadas por las 'cláusulas suelo' de las hipotecas

El pasado mes de febrero, el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid aceptó esta demanda a trámite y abrió un plazo de dos meses para que todos los perjudicados por este tipo de cláusulas hipotecarias se puedan adherir al proceso.

Además, la juez Miriam Iglesias trasladó la demanda al Ministerio Fiscal para que se pronuncie al respecto y ha abierto una pieza separada para decidir si adopta la medida cautelar solicitada por Adicae de paralizar de forma inmediata la inclusión de estas cláusulas en los préstamos hipotecarios hasta el fin del proceso.

La asociación pide que se anulen estas cláusulas por desproporción manifiesta entre los suelos y los techos de tipos de interés fijados en los contratos hipotecarios.

La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado de la bajada del Euríbor, principal índice de referencia de en las hipotecas a tipo variable.

Según un informe elaborado por el Banco de España a petición del Senado, en España existen 3,8 millones de personas con este tipos de cláusulas en sus contratos hipotecarios. Adicae calcula que en 2010, los bancos y cajas ingresaron entre 3.500 y 7.000 millones de euros por estas cláusulas en perjuicio del consumidor.

Fuente: europapress.es

La cifra resulta estremecedora. Cerca de cuatro millones de hipotecas en toda España tendrían cláusulas de suelo entre sus puntos, según denuncia la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (Adicae). Una realidad que supone "un grave perjuicio para su economía familiar" que puede alcanzar los 5.000 euros anuales, según cálculos de la asociación.

CIMG076921 - Cuatro millones de hipotecas con cláusulas sueloEsta cifra económica es el resultado de una estimación de 1.000 euros al año por cada punto de exceso en el tipo de interés y por cada 100.000 euros de hipoteca. Adicae ha presentando una demanda colectiva que engloba por el momento a 53 entidades bancarias españolas y que se ampliará a más de 100 bancos y cajas.

Según esta asociación, de las casi cuatro millones de hipotecas con este tipo de cláusulas que habría en España en torno a 430.000 corresponden a familias de la Comunidad Valenciana. Hasta 160.000 sólo en la provincia de Alicante, entre las mayores damnificadas por este hecho en todo el país.

Adicae convoca una asamblea en Alicante para informar a los afectados, 160.000 sólo en esta provincia

Por ello, Adicae ha convocado una asamblea en la ciudad de Alicante para informar a los consumidores de la acción colectiva contra las cláusulas suelo hipotecarias. En términos generales, ha alertado de que existen dos millones de consumidores que desconocen las cláusulas suelo que están pagando a su entidad, que es el equivalente a tres meses de salario anualmente.

En este sentido, esta asociación de consumidores estima que entre un 10% y un 20% de los embargos hipotecarios podrían haberse evitado desde 2007 de no aplicarse las cláusulas suelo.

Fuente: elmundo.es