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Madrid podrá crecer en 22 nuevos barrios que estaban amenazados por los recursos judiciales. El Tribunal Supremo ha ratificado el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado en 2013 por Ana Botella (PP), anterior alcaldesa de Madrid, e Ignacio González (PP), expresidente de la comunidad. La decisión afecta a nuevos barrios pero también a algunos ya consolidados como Valdebebas o Arroyo del Fresno. En vilo estaba el desarrollo de alrededor de 130.000 viviendas que finalmente seguirán su curso.

madrid2 1 1024x680 - El Supremo ratifica el desarrollo de 130.000 nuevas viviendas en Madrid

El Supremo finalmente avala una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ante un recurso presentado por varios inversores privados. Se desenredan así unos conflictos judiciales que se remontan al final de los años noventa y que ha frenado el desarrollo urbanístico en los barrios periféricos de la capital. En 2013, Botella y González aprobaron en siete meses la modificación del plan general, un trámite que habitualmente lleva varios años, por lo que se le dio el nombre de exprés. La decisión venía a corregir varias anulaciones anteriores de modificaciones del PGOU de 1985 y sus cambios de 1997, tumbadas anteriormente en el Supremo en 2012.

Aún así, el Alto Tribunal anula tres actuaciones parciales, de licencia de obras para la ejecución de vivienda libre a Residencial Adhara, para la ejecución de obras de edificación en la parcela 168A del proyecto de reparcelación en Parque de Valdebebas, y otros dos acuerdos referidos a La Dehesa. Aunque desde la junta de compensación de Valdebebas se señala que la decisión del Supremo no tendrá efectos prácticos dado que la edificación de esa parcela tiene cobertura en una licencia posterior otorgada en 2014. “El fallo da garantías a los más de 50 promotores y gestores de cooperativas y las más de 4.000 familias que ya han apostado por este proyecto”, explicó en un comunicado Jorge Serrano, gerente de la junta de compensación de Valdebebas.

En estos desarrollos, estaba prevista la construcción de más de 130.000 viviendas. La sentencia del Supremo de 2012 desclasifica (recupera la clasificación de suelos no urbanizables que tenían en el plan de 1985) parte de los terrenos que componen los 21 ámbitos afectados. Porque la sentencia habla solo de 21. Existe otro más, el 22, el Ensanche de Coslada, que finalmente quedó excluido, al haberse producido una alteración de los términos municipales entre Madrid y Coslada, pasando los suelos correspondientes a este ámbito de la capital a formar parte de esa localidad. Pero la sentencia del Supremo de 2012 no supuso el fin del recorrido judicial del PGOU de Madrid.

Gran parte de las más de 130.000 viviendas previstas en los planes urbanísticos de 1997 no están construidas. Afecta a 22 desarrollos urbanísticos, entre ellos los ligados al Este de la ciudad como Los Berrocales, Los Ahijones, Los Cerros, además de otros como La Dehesa, Valdebebas, La Atalayuela, Valdecarros, Arroyo del Fresno, Campamento y Cuatro Vientos. El pasado año el TSJM ya había avalado la decisión del Ayuntamiento.

Fomento recurre ante los tribunales el veto a la Operación Chamartín

Por otro lado, el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy también presenta un recurso contra la anulación, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de la conocida como Operación Chamartín. Se suma así a la presentada por la promotora del proyecto Distrito Castellana Norte (DCN) y por la Comunidad de Madrid presidida por Cristina Cifuentes (PP). El Ministerio de Fomento confirmó que este martes presentó un recurso de impugnación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra el rechazo del Ayuntamiento de la capital al plan urbanístico que Distrito Castellana Norte (DCN) preveía desarrollar en la ciudad y que cuenta con el respaldo del resto de Administraciones. El ministro de Fomento en funciones, Rafael Catalá, había anunciado en la víspera esta apelación: “Ya anunciamos que, ante la disconformidad con las decisiones que había tomado el Ayuntamiento de Madrid, acudiríamos a los tribunales de justicia para impugnarlas y que la operación pudiera salir adelante en los términos en los que había sido planteada”.

Este martes también se conocía precisamente que el TSJM admitía a trámite el recurso de la empresa promotora. El plan presentado por Distrito Castellana Norte (empresa en la que BBVA dispone del 75% y Grupo San José el 25% restante) se paralizó tras la llegada al Consistorio de Manuela Carmena, que ya lo tumbó en el pleno municipal con los votos de Ahora Madrid y PSOE. Además, el Ayuntamiento presentó su propio proyecto, llamado Madrid Puerta Norte, en el que reduce las 17.000 viviendas previstas a 4.600.

Inicialmente estaba planteado que el promotor invirtiera 6.000 millones en el desarrollo y en infraestructuras, recogido en un plan parcial aprobado por el anterior equipo de Ana Botella (PP), pero que nunca fue refrendado en el pleno. Este proyecto, en el entorno de la estación de Chamartín, lleva vivo desde 1993, sin que las Administraciones se hayan puesto de acuerdo en cómo desarrollarlo.

Distrito Castellana Norte tiene los derechos sobre el 61% de los 3,1 millones de metros cuadrados del ámbito, gracias a un acuerdo con Adif, que puede quedarse sin 1.300 millones previstos en la macrooperación de BBVA. Por eso, a final de mayo, Gonzalo Ferre, presidente de Adif, y Pablo Vázquez, presidente de Renfe, en una carta al Consistorio amenazaban ya con tomar medidas judiciales si se paralizaba el plan urbanístico, porque consideraban que se perjudicaba a la caja futura de estas empresas públicas del Grupo Fomento. En la reclamación, cifraron los perjuicios en 700 millones por las inversiones ya realizadas o por los compromisos actuales en obras. Sin embargo, según confirmaron fuentes de Fomento, en la actual reclamación al TSJM, no se incluye una indemnización por los potenciales daños patrimoniales. Fomento pide ahora que se anule la decisión de parar el proyecto de DCN. Por su parte, el recurso de Cifuentes pide la nulidad por una supuesta desviación de poder del Consistorio.

En la actualidad, la negociación sobre esta operación está bloqueada. Las semanas antes de las elecciones del 26 de junio, Fomento, Comunidad de Madrid, BBVA y Ayuntamiento abrieron una mesa de negociación a máximo nivel que no tuvo ningún fruto. Carmena, que siempre apostó por un proyecto diseñado y ejecutado por la Administración, descartó cualquier avance sin saber el color político del próximo ministro del ramo.

Fuente: cincodias.com

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Las polémicas cláusulas suelo en las hipotecas alcanza al mercado de la vivienda y frena las compraventas. De este modo, la compraventa de viviendas en julio (33.084 operaciones) moderó su subida al 1,1% por la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo, según ha informado el Instituto Nacional de Estadística (INE). Aunque el mercado registra seis meses consecutivos al alza y el año acumula un crecimiento del 14%, el parón con respecto a los meses anteriores (con aumentos del 23,6% en junio y del 29% en mayo), es evidente. Con respecto al mes anterior, a junio, las operaciones se han reducido un 10,2%.

pisos torrevieja alicante 1 1024x682 - También se modera la venta de vivienda en julio al 1,1% por las cláusulas suelo

Según el INE, durante el mes de julio los Registros de la Propiedad suspendieron la inscripción de algunas hipotecas en el marco de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el carácter abusivo de algunas cláusulas sobre el tipo de interés de demora. Una vez subsanados los defectos de las hipotecas afectadas, éstas se inscribirán en los Registros en los próximos meses, probablemente en agosto y septiembre.

Los expertos creen que este moderado crecimiento del mes de julio no debe hacer saltar las alarmas porque la tendencia es positiva y no parece que vaya a ocurrir un cambio en la evolución de la compra de vivienda. “En lo que va de año, se han cerrado una media de 34.382 transacciones frente a las 29.629 de 2015, cuando el sector ya empezó a registrar un mayor dinamismo en las compraventa.

De este modo, en julio, la vivienda de segunda mano (incluidos pisos y casas nuevas sin vender con dos años de antigüedad), siguió tirando del mercado, tanto por precio como por una mayor oferta de inmuebles en venta. Así, estas transacciones se incrementaron un 2,9%, hasta totalizar 27.089 operaciones. En lo que respecta a la viviendas de obra nueva, estas han bajado en julio un 6,5% (5.995 operaciones), rompiendo con tres meses en positivo. De este modo, el 18,1% de las viviendas transmitidas por compraventa en julio han sido nuevas y el 81,9% de segunda mano.

Por otra parte, el 89,4% de las viviendas transmitidas por compraventa en julio fueron de régimen libre y el 10,6%, protegidas. La compraventa de las primeras subió un 0,4% en julio en tasa interanual, hasta sumar 29.579 transacciones, en tanto que las operaciones sobre viviendas protegidas avanzaron un 7,1%, con 3.505 transacciones.

Andalucía, líder en compraventa de viviendas

Andalucía fue la región que más operaciones realizó, con 6.588 compraventas, seguida de Cataluña (5.911), Comunidad Valenciana (4.889) y Madrid (4.601). Las comunidades que realizaron un menor número de compraventas de viviendas fueron La Rioja (183), Navarra (307) y Cantabria (385).

En julio, el mayor número de compraventas de viviendas por cada 100.000 habitantes se dio en Comunidad Valenciana (125), Baleares (123) y Cataluña (102).

En valores relativos, las regiones que presentaron las mayores tasas de variación anual del número de compraventas de viviendas fueron Asturias y Extremadura (ambas, un 21,4% más) y Baleares (un 14,7% más). Por su parte, las comunidades que registraron los mayores descensos interanuales fueron La Rioja (23,1%), Navarra (14,2%) y País Vasco (13,8%).

Sumando las fincas rústicas y las urbanas (viviendas y otros inmuebles de naturaleza urbana), las fincas transmitidas en julio alcanzaron las 132.545, un 8,9% menos que en el mismo mes de 2015. Según los datos del INE, el número de compraventas de fincas rústicas bajó un 6,1% en julio, hasta las 9.099 operaciones, mientras que las compraventas de fincas urbanas cayeron un 3,2%, hasta 55.617 operaciones. El mayor número de compraventas de fincas transmitidas por cada 100.000 habitantes se dio en Aragón (534), La Rioja (523) y Castilla y León (522).

Fuente: INE – Estadística de Transmisiones (ETDP) Julio 2016

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Cuando no exista un acuerdo previo, en la venta de una vivienda u otro inmueble es el vendedor el responsable de abonar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), aunque podrá repercutirlo sobre el comprador, en proporción al tiempo en que cada una de las partes haya ostentado la titularidad dominical en el ejercicio y por el tiempo que lo sea. Así lo ha fijado como doctrina jurisprudencial el Tribunal Supremo (TS), que determina que la proporción a pagar por cada una de las partes corresponde al tiempo en el que hayan ostentado la titularidad del domicilio.

pisos torrevieja - El vendedor de una vivienda puede repercutir parte del IBI al comprador

De este modo, la sentencia del Tribunal Supremo del 15 de junio de 2016, da la razón a dos sociedades que vendieron a otra compañía 155 plazas de garaje en Madrid, y condena a esta última a pagar a los vendedores 8.562 euros del IBI correspondiente al periodo que va desde que se efectúa la compra, en marzo de 2009, hasta diciembre de ese mismo año. La cuantía había sido íntegramente abonada por las sociedades vendedores, a quien, si bien en primera instancia un Juzgado de Madrid les dio la razón, la Audiencia Provincial de Madrid les obligó a costear dicho impuesto. En la sentencia con fecha de 2014, el tribunal se pronunció a favor de los compradores y rechazó que pagaran cantidad alguna por el IBI del año 2009.

Ahora el Supremo ha estimado el recurso de casación presentado por los recurrentes y declara como doctrina jurisprudencial que el artículo 63.2 de la Ley de Haciendas Locales se ha de interpretar de forma que el vendedor que abone el IBI puede repercutirlo sobre el comprador, en función del tiempo que se ostentó la titularidad.

Según la Ley, el devengo del IBI anual corresponde al propietario en el momento del mismo, que coincide con el primer día del año natural. Por ello, el Alto Tribunal resuelve que el abono de dicho impuesto corresponde a la parte vendedora, aunque la compradora debe considerarse propietaria desde el momento de la venta de las plazas de garaje, y por ello, la otra parte puede repercutirlo sin necesidad de pacto.

El IBI, el único impuesto que crece año a año

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) nunca ha conocido la burbuja inmobiliaria. Desde que estalló la crisis, el valor de la vivienda se ha depreciado de media más de un 30% entre 2007 y 2015 a lo largo del territorio. Sin embargo el IBI, que grava la propiedad inmobiliaria (viviendas, comercios, oficinas, locales o suelos), no ha dejado de engordar su recaudación año a año.

Así, entre 2007 y 2015 los ingresos del IBI aumentaron un 71% hasta los 12.511 millones de euros frente a los 7.316 millones de 2007 o los 8.073 que sumaba la contribución urbana y rural en 2008. Así lo recoge el último dato de cuota líquida del Catastro, al que después se le suman las diputaciones forales (País Vasco y Navarra no están incluidas en el cálculo). Por ello, la recaudación total incluyendo los municipios de ambas regiones habrá superado los 13.000 millones, como ya hizo en 2014 (3.228 millones, un 6,1% más que el año anterior).

Entre las capitales de provincia, las que más aumentaron su recaudación por IBI el último año fueron Jaén (los subió un 11%), Ceuta (10%), Soria (7,89%) y Barcelona (7,73%). Frente a estas subidas de impuestos, la mayor parte de grandes ayuntamientos mantuvieron el tributo sin cambios (Madrid congeló su tipo el año pasado y la recaudación apenas subió un leve 0,2%).

La tendencia fue bastante diferente durante la crisis. De los más de 7.500 ayuntamientos contemplados solo 105 redujeron su recaudación entre 2008 y 2015. Entre las capitales de provincia, Ceuta fue la que más subió sus ingresos por IBI con un 152% durante la crisis, seguida de Cuenca (101% de subida), Soria (95%), Guadalajara (92%), Ávila o Toledo (82%).

Madrid es la ciudad de España que más IBI recauda con un 10% del total de los ingresos (1.247 millones de euros el año pasado, un 70% más que en 2008). Le sigue Barcelona (656 millones), Valencia (204 millones, un 19,8% más), Sevilla (158, un 15% por encima de 2008), Zaragoza (151, un 44% más), Marbella (123 millones, un 68% más), Murcia (117, y otro 68% de alza) y Málaga (116 millones, un 27,8% de aumento).

El aumento espectacular de los ingresos por IBI en este periodo de crisis no solo se explica por las subidas constantes de tipos por parte de los ayuntamientos. A ello se sumaron las revisiones de los valores catastrales que se han dado en los últimos años. Si bien teóricamente las actualizaciones se realizan cada diez años, el 47% de los valores catastrales en 2012 eran anteriores a 2002 (un 9,4% se remontaban más atrás de 1994). Por ello la mayor parte de las revisiones en los últimos años han elevado el valor y, por tanto, el impuesto a pagar.

El IBI depende de varias variables. Por un lado está el tipo que deciden los ayuntamientos pero también depende del valor de las viviendas, que debe calcular el Catastro a petición de los propios municipios a los que les interesa hacerlo si son valoraciones antiguas, ya que eleva la base por la que se calcula la cuota de IBI y de otros impuestos locales como el de plusvalía municipal. A la hora de revisar, Hacienda concede prioridad a las valoraciones más antiguas. Esta actualización es constante. En los Presupuestos Generales del Estado de 2016, Hacienda preveía elevar los valores catastrales de 14 millones de inmuebles entre 2015 y este año, así como reducirlo a otros tres millones de casas que contaban tasaciones de la época de la burbuja.

Fuente: abc.es

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Las polémicas (abusivas, según varios tribunales) cláusulas suelo de las hipotecas de miles de pisos y casas en España están ya vistas para sentencia. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea celebró la semana pasada la vista oral para fijar el grado de retroactividad que puede exigirse a la banca para devolver el dinero cobrado por esas malas prácticas bancarias, condenadas una y otra vez por jueces españoles y europeos. Las conclusiones del abogado general de la UE estarán listas el próximo 12 de julio. Normalmente, esa decisión prejuzga la mayor parte de las veces la sentencia definitiva, que llegará antes de fin de año, según fuentes judiciales. Ese fallo puede provocar una sacudida en las cuentas de resultados de varias entidades bancarias de hasta 9.700 millones de euros, que han empezado a provisionar por lo que pueda ocurrir.

alcossebre castellon3 - Cuenta atrás para las cláusulas suelo: hasta 9.700 millones de euros de devolución

La banca española está a la espera de este proceso ante el impacto de la caída del Euríbor a terreno negativo en sus cuentas y una vez que han asumido que los tipos de interés permanecerán en mínimos históricos en el corto plazo. Así, la mayoría de hipotecas en España están referenciadas al euríbor, el tipo de interés al que se prestan dinero los bancos europeos. Las entidades bancarias suelen referenciar los tipos de las hipotecas a ese indicador, al que añaden un diferencial; a partir de ahí, revisan los intereses de cada crédito con una periodicidad generalmente anual. Algunos de los bancos españoles se blindaron contra caídas del Euríbor, que actualmente está en tasas negativas, con las citadas cláusulas suelo, que impiden que los intereses que se cobran por la hipoteca se sitúen por debajo de un determinado listón. Una vez declaradas abusivas, la duda que queda por despejar es la retroactividad de las devoluciones.

El Tribunal Supremo subrayó en mayo de 2013 que todas las cláusulas suelo que no sean completamente transparentes son abusivas. Y, por lo tanto, nulas. Hace poco más de un año, el Supremo se ratificó, pero solo obligó a devolver las cantidades cobradas desde mayo de 2013. Habrá que ver si al final los tribunales europeos constatan que esa es la fecha de corte, o los hipotecados pueden recuperar su dinero desde noviembre de 2009, el momento en el que las bruscas caídas de los tipos de interés empezaron a activar algunas cláusulas suelo. Tras un informe demoledor de la Comisión Europea, la sentencia determinará el grado de retroactividad, pero también aspectos como la prevalencia o no de los tribunales nacionales respecto a los europeos en lo relativo a abusos en el sector financiero.

Según la defensa de los bancos, la devolución retroactiva de los importes indebidamente cobrados no supondría riesgo sistémico para la banca española. Los abogados de las entidades afectadas subrayan que España habría tenido que ampliar el programa de rescate que recibió para sanear su sector financiero (100.000 millones, del que se usaron unos 40.000) si la banca hubiera devuelto las cantidades logradas por la aplicación de cláusulas suelo en las hipotecas, afirma el abogado de Cajasur en la vista celebrada en el Tribunal de Justicia de la UE.

Entre los 5.269 y los 9.700 millones de euros en devoluciones

En función del plazo variará el impacto en las cuentas de resultados del sector financiero español, que ha puesto en marcha una notable recapitalización pero tiene todavía una elevada morosidad, que ronda el 10%. Analistas Financieros Internacionales (AFI) calculó en un informe reciente que el agujero sería de 5.269 millones de euros si la retroactividad se detiene en mayo de 2013, y de hasta 9.700 millones en total si la sentencia dicta que se pueden recuperar los importes cobrados desde 2009.

El pasado julio la Comisión remitió al Tribunal un documento en el que explica que, según la normativa europea, la banca debería reintegrar la totalidad por las cláusulas que las sentencias declaren nulas por abusivas. Y no sólo el importe desde mayo de 2013. Se trataba de un informe muy concreto para un caso de Cajasur, pero dejaba muy clara la postura de Bruselas. Si algo es abusivo y es nulo debe desaparecer y el cliente, el ciudadano, debe ser compensado completamente, y no en parte.

De Guindos ve "irrelevante" el aviso de Bruselas por las cláusulas abusivas

La Comisión Europea se lo ha dicho a España en privado, en público, por escrito y de forma oral. En comunicados oficiales y en informes de parte destinados a la Justicia Europea. Y hoy lo ha hecho, una vez más, en forma de una advertencia más seria: o adapta las leyes comunitarias a la normativa nacional o se arriesga a multas. La notificación, en forma de procedimiento de infracción, insta a España a modificar la legislación nacional para ajustarla a la comunitaria "sobre el procedimiento civil que regula la ejecución hipotecaria y las órdenes de pago". Pero supone una enmienda general y un nuevo tirón de orejas, que llega apenas dos días después de una vista en el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo sobre las cláusulas suelo y su retroactividad.

Así, el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, cree que el impacto en el sector bancario español de las modificaciones en la normativa de cláusulas hipotecarias que debe introducir el Gobierno tras la nueva advertencia de la Comisión Europea (CE) "no puede ser relevante". Así respondió De Guindos al ser preguntado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, por el procedimiento de infracción contra España iniciado por Bruselas por no haber trasladado de manera adecuada a la legislación nacional las normas europeas para proteger al consumidor de las cláusulas abusivas hipotecarias. Además, explicó que se trata de "cuestiones técnicas" que el Gobierno está analizando y debe resolver en un plazo de dos meses y que espera hacerlo de forma acordada con la CE. En todo caso, aseguró que "lo haremos teniendo en cuenta el principio fundamental de que las cláusulas no pueden ser abusivas".

Fuentes: elmundo.es y epais.com

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