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santamargalida baleares - Ocho consejos básicos para comprar con éxito una vivienda durante 2017

Con el comienzo de año, la apertura del acceso al crédito iniciada por los bancos y el mercado inmobiliario en pleno proceso de estabilización no serán pocos los españoles que para este 2017 se hayan fijado el objetivo de comprar vivienda en los próximos 12 meses, ya sea su primera compra, como reposición o como inversión. Ante este propósito, la red Alfa Inmobiliaria ha recogido las principales ocho recomendaciones para realizar una correcta compra inmobiliaria, estemos hablando de viviendas y negocios, para disfrute propio o como inversión para alquilar.

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La decisión de comprar una vivienda nunca es fácil de tomar. Tampoco ahora, cuando el mercado, ya normalizado, comienza a recuperarse. Las preguntas y dudas que asaltan a los potenciales compradores son múltiples. Gonzalo Bernardos, economista y director del Máster Inmobiliario de la Universidad de Barcelona, José Luis Ruiz Bartolomé, consultor inmobiliario y socio de Certus Capital, y Enric Jiménez CEO de Somrie Personal Shopper nos ayudarán a dar respuesta a las 7 grandes dudas del comprador de vivienda: ¿Es el momento de comprar vivienda?, ¿qué requisitos debo cumplir?, ¿están los precios estabilizados?, ¿hasta cuándo hipotecas baratas?, ¿vivienda nueva o usada?, ¿comprar o alquilar?...

sanroque cadiz 2 1024x682 - Las siete grandes dudas del comprador de vivienda ¿Es el momento de comprar?

La compra de una vivienda es uno de los acontecimientos más importantes (y costosos) de un proyecto de vida, y en ella hay una gran carga emocional. Para que la decisión sea la más adecuada, es importante tener en cuenta una serie de factores que ayudarán a hacer este proceso de elección con garantía, seguridad y rapidez. Así, una vez iniciado el proceso de búsqueda es importante seguir una serie de pautas que nos permitan establecer los criterios que nos guiarán en la búsqueda, y aquí es fundamental tener una actitud realista. "Lo más importante es ser sincero para conocer cuáles son nuestras posibilidades y qué necesitamos para cubrir nuestras necesidades". Es el primer consejo de los expertos: tener una actitud realista y sincera.

¿Es el momento de comprar?

Es la pregunta a la que intentan responder los expertos del mercado inmobiliario cuando analizan la situación actual. Los precios, tras 8 años de ajustes por la crisis están en mínimos y estabilizados, aunque con repuntes en las zonas más demandadas. La respuesta así planteada, le interesará especialmente a un inversor, pero esta no es la pregunta que debe formularse un particular que busca una vivienda como parte de su proyecto de vida personal y familiar. Según Enric Jiménez, en este caso la pregunta que debemos hacernos es otra: "¿es mi momento de comprar?". Responder a esta pregunta requiere un profundo análisis que la mayoría de los que buscan vivienda no hacen. "Nos fijamos en la zona, el precio o la urgencia de la compra, pero no lo hacemos en profundidad porque nos dejamos llevar por nuestras emociones. Como personal shopper inmobiliario recomiendo determinar cuáles son nuestros deseos y necesidades. Aquí, la mano de un experto ayuda mucho, pero la toma decisiones será finalmente tarea del comprador".

¿Qué requisitos debo cumplir para comprar?

Resulta fundamental tener un empleo estable con un sueldo que permita que el esfuerzo económico a realizar (ingresos a destinar al pago de la hipoteca si se requiere financiación ajena) no supere el 33%-35%. Bernardos cifra esta situación idónea en una renta familiar mínima de 1.800 euros mensuales para poder acceder a una vivienda tipo. Además, recuerda que se tiene que tener ahorrado, como mínimo, el 10%-12% del coste de la vivienda para hacer frente al pago de gastos e impuestos. Ruiz Bartolomé eleva este porcentaje al 15% y destaca que hoy "no hay requisitos especiales, salvo las ganas y la capacidad de compra".

¿Están los precios ya estabilizados?

Sí, salvo en aisladas zonas mal ubicadas, afirma Bernardos. Éste va incluso más allá: "Están subiendo a un ritmo del 20% en las localizaciones prime de Madrid y Barcelona". "El que compre ahora en las grandes ciudades y alrededores, obtendrá una revalorización segura en los próximos años". En su opinión, el mercado se encuentra en la fase inicial de una etapa de expansión. Ruiz Bartolomé remarca que "los precios ya están ajustados y después de una crisis tan profunda es muy difícil que caigan más". Ahora bien, se pregunta, "¿es imposible que sigan bajando?". Su respuesta: "No. Los precios mínimos podrían volver a tocar suelo si se entra en otra crisis y si los tipos suben con fuerza en poco tiempo, pero ése es un escenario muy improbable".

¿Hasta cuándo las hipotecas baratas?

Todo indica que el Euribor, principal índice que marca el interés a pagar por los préstamos variables, seguirá bajo mínimos a corto y medio plazo. O incluso a largo, según Ruiz Bartolomé. "La debilidad de la economía europea no invita a pensar que el coste del dinero vaya a subir y la experiencia demuestra que, cuando una economía madura se estabiliza en tipos bajos, ésta se mantiene durante un largo tiempo". Según Bernardos, los actuales y futuros hipotecados (a tipo variable) pagarán hasta mediados de 2018 muy pocos intereses, pero desde esa fecha "lo normal es que el Euribor se vaya al 3%-4%". Este economista tiene claro qué préstamo contrataría: "Las hipotecas a tipo fijo de hoy (hay ofertas inferiores al 2%) estarán baratas toda la vida". Mismo parecer tiene Ruiz Bartolomé: "Dadas las buenas condiciones del préstamo fijo, y para evitar situaciones futuras complicadas, lo prudente es decantarse por este producto".

¿Existe la vivienda que cumpla al 100% mis expectativas?

Para Enric Jiménez, es posible encontrar la vivienda soñada, pero para encontrarla hay que ser minucioso a la hora de determinar qué es imprescindible en una vivienda para nosotros, pero evitando que nuestra lista de requisitos se convierta en "la carta a los Reyes Magos". Diferenciar lo que es necesario de lo que es ideal nos ayudará a situarnos desde el principio en la realidad del mercado. Para ello hay que diferenciar los criterios que son importantes de los secundarios, y aquí, la precisión, el realismo y la sinceridad son esenciales. No sólo hablaremos de la tipología del inmueble, también hay que hacer una reflexión sobre la zona en la que queremos vivir, para que encaje con nuestro estilo de vida y proyecto familiar. Respecto al precio, hay que establecer la estrategia de negociación mas adecuada en cada momento, sabiendo cuál es nuestra capacidad de compra y, si es el caso, de endeudamiento o si hemos de poner a la venta nuestra vivienda actual.

¿Casa nueva o usada?

Esta opción depende, como siempre, de las preferencias de cada uno, ambas opciones tienen sus ventajas e inconvenientes. La vivienda nueva ofrece posibilidades, explica Bernardos, como una mejor relación calidad-precio (buenos acabados, espacios comunes, zona tranquila, etc.), pero significa sacrificar ubicación. Si, por contra, lo que se prioriza es la localización, la elección deberá ser, en la mayoría de los casos, la compra de una vivienda de segunda mano a reformar. Para Ruiz Bartolomé, al margen de la ubicación, la obra nueva brinda tres grandes ventajas: facilidad de forma de pago, posibilidad de elegir un producto más a medida y eficiencia energética.

¿Comprar o alquilar?

Según Bernardos, "Si se puede acceder a crédito, sin duda, comprar", que recuerda que, actualmente, lo que se paga por intereses en una hipoteca es cinco veces menos que lo que cuesta un alquiler. Sólo recomienda arrendar a quienes tengan previsto estar poco tiempo en un lugar y a las "parejas a prueba". "Excepto en estas condiciones, si se está asentado familiar y profesionalmente en una ciudad, vivimos un momento histórico para comprar, con tipos impresionantemente bajos y que nunca volveremos a ver", dice.

Ruiz Bartolomé da otro enfoque a la cuestión: "Los españoles somos muy malos ahorradores y la compra de casa obliga a ahorrar y proporciona una hucha para la jubilación". Es consciente de que si la situación laboral y familiar es inestable, lo mejor es alquilar, pero recuerda que "nos adentramos en un mundo en el que esta doble estabilidad estará siempre cogida con alfileres".

Fuentes: elmundo.es y finanzas.com

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Antes de desembolsar la importante suma de dinero que te van a pedir para comprar piso o casa no olvides echar cuentas. Sobre todo cuando la compra la vas a realizar financiada a través de hipoteca. El número de nuevas hipotecas lleva 21 meses seguidos al alza, de acuerdo con los datos de febrero del Instituto Nacional de Estadística (INE). Pero cuidado: cuando compras una vivienda no sólo tienes que mirar el precio de la casa, sino que deberás sumarle los gastos de la compra, si no quieres llevarte sustos a la hora de visitar al notario.

vinaros castellon 2 1024x683 - ¿Vas a comprar vivienda? Prepara mínimo un 10% para los gastos de Notaría, IVA o Registro

Tomada la decisión y conociendo la "hoja de ruta" que se debe seguir para comprar vivienda, se debe fijar un presupuesto para comprar vivienda, que, ya sea por 100.000, 300.000 o 500.000 euros, y aunque quieras comprar al contado, tendrás que buscar una casa cuyo precio sea inevitablemente inferior a esa cantidad para que cuadren las cuentas. En realidad, el coste de la vivienda solo representa una parte de la operación. Existen otros gastos (independientemente de que se solicite un préstamo hipotecario o no) que encarecen la compraventa. La cantidad no es fija, aunque los expertos coinciden en que suele superar el 10% del valor del inmueble que los compradores normalmente calculan. Las variaciones dependen de si se trata de vivienda nueva o de segunda mano, de sus características y de si pedimos dinero al banco, entre otras variables y claves previas. Conocidos estos factores, no vendrá mal conocer lo más exactamente posible cuánto costará el notario, el IVA o el registro si vas a comprar una vivienda.

Gastos de compraventa

Si tienes la suerte de poder comprar vivienda sin endeudarte con un banco, no solo te evitarás el pago de intereses y demás costes financieros, sino que recortarás los demás gastos.

¿Vivienda nueva o de segunda mano? En primer lugar, hay que distinguir entre vivienda nueva y de segunda mano. "La vivienda nueva es la que se compra directamente al promotor o que hayan pasado menos de dos años desde su finalización", explica Domingo Remojón, director de iAsesoría. En este caso (y si no está incluido), hay que abonar el IVA, equivalente al 10% del precio de la vivienda. Además, hay que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), un impuesto autonómico cuyo importe varía en función de la Comunidad donde esté ubicada la vivienda y oscila entre un 0,5% y un 1,5% del valor de la compraventa —aunque existan bonificaciones al cumplir con determinados requisitos—.

Por otro lado, la vivienda de segunda mano no está gravada con el IVA ni con el AJD, sino con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que también varía según la Comunidad Autónoma. “La media en España es un 8% sobre el valor de la compraventa”, comenta Ricardo Gulias, intermediario financiero independiente y director general de RN Tu solución hipotecaria. Las comunidades más caras son Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana, donde alcanza el 10%; la más económica es el País Vasco (4%). Todas las provincias, sin embargo, prevén bonificaciones. En Cataluña, por ejemplo, se reduce al 5% en caso de familia numerosa, menores de 32 años o minusvalía. Habría que pedir un informe vinculante a la consejería económica local para no tener problemas posteriores con Hacienda. Domingo Remojón alerta, "El ITP se calcula sobre el mayor importe entre el valor de la vivienda y la valoración asignada por la administración, que tiene cuatro años para revisarla. Si considera que has comprado la vivienda por un valor demasiado bajo, te pedirá abonar la diferencia".

Notaría. Las partes son libres de elegir el profesional que prefieran, pero los honorarios no variarán mucho entre un despacho y otro, ya que la ley fija unos aranceles según el valor de la compraventa y del servicio a prestar. Para una vivienda de 120.000 euros, el coste será de unos 390 euros, de acuerdo con el Consejo General del Notariado.

Inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad. En realidad, este trámite es voluntario. "Pero es altamente recomendable", recuerdan desde el Colegio de Registradores de España, por la seguridad jurídica que ofrece al comprador. Para una vivienda de unos 100.000 euros, el precio puede rondar los 200 euros, impuestos incluidos. También en este caso depende de las características de la propiedad, la ubicación y otras variables, y se aplican aranceles fijados por ley.

¿Y si pido una hipoteca?

Si pides una hipoteca para comprar la vivienda, hay que volver a echar cuentas. Además del coste financiero que supone solicitar un préstamo, hay que considerar que los gastos de notaría y registro se duplican (al tener que inscribir dos escrituras diferentes, una de compraventa y otra de hipoteca), que es obligatorio pasar por una gestoría y que es necesario tasar la vivienda.

Tasación. Fijar el precio de tasación es un paso obligatorio si vas a solicitar un préstamo hipotecario. Se trata de una valoración del inmueble que tiene efecto jurídico y determina el porcentaje de financiación que concede el banco. Por esta razón, solo pueden realizarla empresas homologadas sujetas a la supervisión del Banco de España. "Una tasación cuesta a partir de 250 euros" precisan desde la empresa tasadora Tinsa. Para una vivienda de segunda mano valorada en unos 100.000 euros en un barrio como Tetuán, en el norte de Madrid, rondaría los 300 euros más IVA, detallan. Los criterios usados para determinar el valor son múltiples: "se ha de conocer in situ la situación del inmueble, las características físicas, el estado de ocupación y de conservación, la calidad constructiva, la edad, la superficie, la altura de la vivienda en el bloque, el número de dormitorios, si tiene ascensor, garaje y trastero, zonas comunes”. Además, se tiene en cuenta la situación de la zona en cuanto a transporte y servicios, el respeto de la normativa vigente (por ejemplo, si ha pasado la Inspección Técnica de Edificios -ITE-) o la condición del mercado inmobiliario en el momento de la tasación.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Este gravamen (que en caso de simple compraventa solo se abona para una vivienda de nueva construcción) se aplica a todas las compraventas vinculadas a un préstamo hipotecario, sin importar si el inmueble es nuevo o de segunda mano. Es un impuesto autonómico que no se calcula sobre el precio de la vivienda, sino en función de la responsabilidad hipotecaria, un importe fijado por el banco que incluye todo lo que garantiza la hipoteca, desde el capital hasta los intereses y los gastos. "Para una hipoteca de 100.000 euros, la responsabilidad hipotecaria puede ser de 130.000 o de 160.000 euros, ya que suele oscilar entre 1,3 y 1,6 veces el valor del préstamo", detalla Domingo Remojón. El impuesto, por otro lado, se sitúa entre el 0,5% y el 1,5% de este valor, en función de la Comunidad. Así, por una responsabilidad de 150.000 euros y un AJD del 1,5%, resultan 2.250 euros adicionales a abonar.

Notaría y registro. Compraventa e hipoteca son dos contratos vinculados pero diferentes, por los que habrá que pagar distintos honorarios de notaría e inscripción en el registro. Para una vivienda de 120.000 euros, el Colegio del Notariado indica una cifra aproximada de 590 euros. “El coste para ambas cosas suele ser un 1,5% de la responsabilidad hipotecaria” afirma Domingo Remojón. Desde el Colegio de Registradores recuerdan que el uso final del inmueble incide notablemente en el precio: "Si para una vivienda habitual de 120.000 euros son 216 euros sin IVA, para una que no lo sea son 294 euros".

Gestoría. Siempre existe la posibilidad de acudir a una gestoría que se encargue de abonar los impuestos a Hacienda y realizar los trámites en el registro. Pero, si en el caso de la compraventa es opcional, cuando hay una hipoteca de por medio es necesario realizar los trámites a través de un profesional. “El banco tiene que garantizar que la hipoteca esté inscrita como se debe, y la gestoría cobra entre 100 y 200 euros por escritura”.

Entonces ¿Cuánto gasto?

Según Ricardo Gulias, intermediario financiero independiente "La idea que el gasto es un 10% sobre el valor de la vivienda no es cierta. Depende mucho del inmueble y de la Comunidad". Por ejemplo, para una vivienda de obra nueva de 120.000 euros se abonan 12.000 euros de IVA, a los que hay que sumar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) y coste de notaría y registro. Supongamos que el AJD sea del 1% (lo que implica un desembolso de 1.200 euros) y que, entre notaría y registro, el importe se sitúe en los 600 euros. En total, el coste será de 13.800 euros. Si la vivienda es de segunda mano y le aplicamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales medio en España, del 8%, acabaremos desembolsando 10.200 euros (incluidas notaría y registro).

Si contratamos una hipoteca, las cosas cambian. Estimemos que para la tasación nos pidan 400 euros y que hayamos pedido una hipoteca de 100.000 para una vivienda de 120.000. Si la responsabilidad hipotecaria es de 150.000 euros (1,5 veces el importe de la hipoteca), el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (por ejemplo, el 1%) sumará otros 1.500 euros. Entre notario y registro, para ambas escrituras, unos 800 euros, más unos 400 de gestoría. En total: 3.100 euros.

El resultado: 13.300 para una vivienda de segunda mano y 16.900 para una construcción de obra nueva, que se corresponde al 15% del precio de partida del inmueble y sin considerar los gastos bancarios (normalmente, las entidades exigen por lo menos el abono de la comisión de apertura, inferior al 1% del valor de hipoteca, aunque muchas veces pidan contratar productos adicionales, como seguros de vida). Además, nos recuerda Ricardo Gulias "Si hay un intermediario, es un 2% más sobre el valor de la hipoteca concedida. Al contado es mucho más barato, pero con la hipoteca el coste se dispara”.

Fuente: elpais.com

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El Consejo General de Agentes de la Propiedad (COAPI) ha realizado una lista de consejos dirigida a los consumidores para evitar estafas a la hora de comprar vivienda o irse a vivir a un piso en alquiler. Destacan el peligro de adelantar pagos sin haber comprobado la titularidad del inmueble, o no comprobar que la vivienda realmente existe y está disponible para recibir inquilinos, así como aclaraciones en relación a los honorarios del agente o agencia inmobiliaria que intermedia en la operación.

casalupa estafasinmobiliarias - Cómo evitar estafas a la hora de comprar o alquilar una vivienda

Es importante, tanto para comprar piso o casa como a la hora de vivir de alquiler, ser prevenido para evitar desagradables sorpresas. En ambos casos (aunque en mayor medida en las operaciones de compraventa), el desembolso económico es lo suficientemente importante como para tomar todas las precauciones necesarias antes de comprometerse o realizar algún pago. Según Coapi, "las estafas tienen relevancia penal, ya que intervienen el engaño y el desplazamiento patrimonial, y suelen suponer un grave perjuicio económico para las personas que las sufren". A continuación os dejamos los consejos de Coapi para reconocer estafas inmobiliarias y cómo evitarlas.

Si compras casa a estrenar

En el caso de la compraventa de casas y pisos nuevos, una parte importante de las estafas se producen al comprar sobre plano y al entregar cantidades a cuenta. Un dinero que podría no recuperarse si la promoción inmobiliaria no sale adelante bien por la quiebra de quien promueve los pisos, por la falta de un seguro o aval que garantice esas cantidades o bien porque quien vende las viviendas no es dueño de los terrenos donde supuestamente se van a levantar. En este caso, es necesario asegurarse de la titularidad del solar donde se va a construir y de las cargas que tiene. Esta información se puede consultar en el Registro de la Propiedad.

Según Coapi “lo más importante es tener la certeza de que la cantidad que se entrega a cuenta está garantizada, ya que la normativa exige que este dinero se ingrese en una cuenta bancaria específica avalada, que posteriormente debe ser devuelta con intereses si no se realiza la construcción". Así, para el presidente de la asociación, Diego Galiano, el aspecto más importante es diferenciar entre una estafa, "que es un delito con relevancia penal que puede denunciarse ante la Policía", y un incumplimiento civil, como puede ser el incumplimiento de una fecha acordada en un contrato de compraventa.

No obstante, antes de firmar contrato alguno o entregar dinero a cuenta es necesario comprobar que la promotora que nos está vendiendo el piso existe. Parece obvio, pero no sería la primera vez que sucede. También hay que comprobar que la persona que firma en nombre de la promotora, también está facultada para hacerlo. Pero, ¿cómo se puede comprobar estos datos? "Hay que consultar en el Registro Mercantil", señalan desde el Colegio de Registradores.

Por último, una vez finaliza la construcción de la casa, antes de firmar la escritura de compraventa, hay que comprobar que la obra se ha ajustado a la memoria de calidades, que hay un seguro que cubra daños o desperfectos en la vivienda y que existe un certificado de fin de obra y licencia de primera ocupación, sin la cual no podemos entrar a vivir en ella.

Si compras casa de segunda mano

En el caso que la compra sea sobre casaspisos de segunda mano, "el consumidor debe tomar precauciones en la fase prenotarial, en la negociación y en el acuerdo de voluntades.

Hay que evitar entregar cantidades a cuenta sin tener seguridad sobre la titularidad de la vivienda". Por ejemplo, puede darse el caso de que un piso tenga varios propietarios y que no todos quieran vender, pero se haya abonado reserva o dinero a cuenta a uno de ellos, lo que puede frustrar la operación". Puede darse el caso de que existan inquilinos con un contrato de alquiler en vigor o es posible que estemos ante una vivienda de protección oficial con sus limitaciones a la hora de ser vendida.

También es muy importante asegurarse de que no pesan cargas ocultas sobre la vivienda, como hipotecas o embargos que puedan suponer una sorpresa desagradable para el nuevo propietario, deudas con la comunidad o con la administración pública (IBI, tasa de basuras...). Toda esta información puede consultarse en el Registro de la Propiedad (nota simple informativa, certificado de dominio y cargas...). Pueden hacerlo el comprador, el vendedor, la agencia inmobiliaria o un gestor administrativo. Obviamente, antes de entregar cualquier cantidad es necesario realizar estas comprobaciones.

Documento Informativo Abreviado y Notas Explicativas

Es muy importante obtener información completa y veraz sobre la vivienda que planeas comprar. Para ello tienes derecho a recibir el Documento Informativo Abreviado (DIA). Es suficiente con solicitar información sobre un inmueble para que nazca el deber de entregar una copia de este documento, que es gratuito. Se ha de tener en cuenta que el Documento Informativo Abreviado no se aplica a transacciones entre particulares.

Este documento será distinto según se trate de vivienda en proyecto, en construcción o de viviendas en primera transmisión ya construidas, pero en general incluye datos de construcción, promotor, fechas de entrega, planos de emplazamiento y superficie, información sobre licencias, etc. En el caso de segunda transmisión y posteriores (de segunda mano) que no se realicen entre particulares, el consumidor tiene derecho a recibir una ficha informativa en la que consten los datos principales de la vivienda (dirección, descripción propietario, cuota de comunidad, etc.).

En el caso de las notas explicativas de la venta de viviendas se informa sobre el precio, las formas de pago y los tributos que deben abonarse. En dicho documento se detallará:

  • Precio de venta. Se debe hacer constar que se deducirá del precio total cualquier cantidad que entregue el comprador antes de la formalización del contrato.
  • Si se prevén aplazamientos del precio se indicará toda la información al respecto (tipo de interés, principal e intereses, fecha de vencimiento, plazo, etc).
  • Si se prevé la posibilidad de subrogación de hipoteca se facilitará toda la información al respecto (notario, fecha de la escritura, condiciones del crédito, etc.).

También, si vas ha vivir de alquiler

El Consejo General de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria también advierte sobre las estafas que se producen en el alquiler de viviendas, que son más frecuentes cuando se realizan a distancia o a través de Internet.

Así, "es muy importante que se tomen precauciones, como comprobar la existencia real del inmueble, que está disponible para el alquiler y no ocupado y su estado real. Posteriormente, es muy importante que el consumidor realice la operación con todas las formalidades necesarias, ya que siguen dándose casos de contratos verbales o suscritos en un papel cualquiera que no ofrecen ninguna seguridad jurídica".

Cuidado con los anuncios gancho (con precios muy por debajo de los habituales en la zona) que supuestamente pertenecen a un arrendador que tiene mucha prisa por alquilar, ya que ha tenido que irse precipitadamente al extranjero. "Ofrecen enviar las llaves y el contrato a través de conocidas empresas de mensajería, mientras pide al estafado que le ingrese el importe del alquiler. Cuando éste efectúa el ingreso y recibe las llaves, éstas no suelen abrir la vivienda que habían alquilado".

¿Hay que pagar al agente inmobiliario?

En el caso de la compra de una vivienda a través de un agente o agencia inmobiliaria, "el compromiso de pagar sus servicios es aquella parte que los haya contratado", señalan los registradores. De tal manera que si es el vendedor quien los ha contratado, debería ser él quien los pague. Sin embargo, no existe una ley que lo regule, como tampoco están fijados por ley a cuánto deben ascender sus honorarios. En cualquier caso, si el comprador debe asumir el coste, deber estar informado de esta situación desde el primer momento. En el caso del alquiler, por el contrario, es el futuro inquilino quien asume los honorarios de la agencia inmobiliaria que suele ser una mensualidad.

El Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria recuerda que no debe abonarse ninguna cantidad económica antes de recibir los servicios. "El contrato de mediación inmobiliaria contempla una actividad de resultado, es decir, que cuando se culmina la operación con éxito hay que pagar los honorarios, no antes".

Lo que sí se puede hacer es un desglose de servicios parciales, desgranar al cliente servicios por fases e ir cobrando los honorarios de cada fase, pero siempre que el cliente esté plenamente informado y dé expresamente su consentimiento. En este sentido, Coapi recomienda que se suscriban hojas de encargo en las que aparezcan todos los datos del inmueble y también los honorarios para que el consumidor no se lleve ninguna sorpresa.

Fuente: elconfidencial.com

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