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desahucios 2014 p 300x208 - Los desahucios y ejecuciones hipotecarias sobre viviendas aumentaron un 7,4% en 2014El número de desahucios y ejecuciones hipotecarias sobre viviendas habituales se situó en 34.680 en 2014, un 7,4% más que en 2013, según la estadística de ejecuciones hipotecarias hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este repunte ha tenido lugar a pesar del anunciado final de la recesión, el inicio de la recuperación del empleo y la moratoria que ha puesto en marcha el Gobierno para prorrogar hasta 2017 la suspensión de desahucios junto con las medidas contempladas en la Ley de Segunda Oportunidad para intentar atajar este problema.

La tendencia al alza en los desahucios de viviendas se explica por los problemas acumulados en las familias durante años de destrucción de empleo y paro. Por ello y pese a que el mercado laboral volvió a crear puestos de trabajo en 2014, la incipiente recuperación tardará un tiempo en frenar los desahucios, que son procesos que se prolongan mucho en el tiempo.

Así, en 2014 se iniciaron 119.442 ejecuciones hipotecarias, un 9,3% más que en 2013. De ellas, 113.916 afectaron a fincas urbanas (donde se incluyen las viviendas) y 5.526 a fincas rústicas. Dentro de las fincas urbanas, 70.078 ejecuciones correspondieron a viviendas, cifra que representa el 58,7% del total de ejecuciones hipotecarias registradas en 2014 y que supera en un 5,9% la de 2013.

A este respecto, el 20,2% de las ejecuciones hipotecarias iniciadas en 2014 correspondió a hipotecas constituidas en el año 2007, el 17,3% a hipotecas constituidas en 2006 y el 12,1% a hipotecas de 2005. El periodo 2005-2008, años que se pueden identificar con el auge de la burbuja inmobiliaria, concentró el 61,6% de las ejecuciones hipotecarias iniciadas en 2014.

desahucios2014 INE - Los desahucios y ejecuciones hipotecarias sobre viviendas aumentaron un 7,4% en 2014

De este modo, sólo en el cuarto trimestre del año pasado se registraron 8.819 ejecuciones hipotecarias sobre viviendas habituales, un 29,9% más que en el trimestre anterior y un 2,9% más que en el cuarto trimestre de 2013. El repunte de las ejecuciones hipotecarias en tasa trimestral contrasta con la caída experimentada en el tercer trimestre, el único del año 2014 en el que se registró un descenso, pues en el primer y segundo trimestre las ejecuciones hipotecarias se incrementaron un 19,1% y un 1,5% en tasa trimestral y ahora en el cuarto lo han hecho un 29,9%.

Según el INE, sólo el 0,048% de las viviendas familiares existentes en España (18.362.000) iniciaron una ejecución hipotecaria entre octubre y diciembre de 2014.

Distribución geográfica

Por comunidades autónomas, Andalucía lideró las ejecuciones sobre viviendas el año pasado, con un total de 16.275, seguida de Cataluña (14.230) y Comunidad Valenciana (11.252). En el lado opuesto se situaron La Rioja (338), País Vasco (368) y Navarra (374).

Sobre el total de fincas, Andalucía también encabezó el número de ejecuciones hipotecarias, con 29.645, seguida de Cataluña (20.666) y Comunidad Valenciana (18.038). A la cola volvieron a situarse Navarra (642), La Rioja (777) y País Vasco (856).

La vivienda usada, el 83,7% de la ejecuciones

Del total de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas registradas el año pasado, más de ocho de cada diez (58.660) afectaron a casas y pisos de segunda mano, con un aumento anual del 8,2%. Las ejecuciones sobre viviendas nuevas sumaron 11.418, un 4,3% menos.

En 2014, las ejecuciones hipotecarias sobre solares y parcelas ascendieron a 5.500, con un incremento anual del 13%. Por su parte, las ejecuciones hipotecarias sobre locales, garajes, oficinas, trasteros, naves y otros edificios de naturaleza urbana alcanzaron las 38.338, un 15,5% más que en 2013.

Por último, las ejecuciones hipotecarias sobre fincas rústicas se situaron en 5.526 durante 2014, con un avance del 8,8% respecto al ejercicio anterior.

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE) - Cuarto trimestre y año 2014

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dacion segundaoportunidad 300x224 - Ley de Segunda Oportunidad: la dación en pago, provisional durante 5 añosEl consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto Ley de mecanismos de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Es la llamada Ley de Segunda Oportunidad, que tratará de evitar que autónomos y personas físicas no se vean castigados por unas deudas, que les obliguen a responder con sus bienes presentes y con los futuros hasta que no se salde el total de la deuda. Con la nueva norma, el Ejecutivo flexibiliza los criterios que dan acceso al código de buenas prácticas para deudores hipotecarios e incrementa el límite anual de renta familiar hasta tres veces el Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM).

Entre otras cuestiones el real decreto incorpora una fórmula de dación en pago, es decir, liquidar la deuda hipotecaria con la entrega del inmueble, aunque valga menos que la deuda. Este mecanismo será provisional durante cinco años. Durante este periodo, si mejora la situación económica del deudor o se descubre que había ocultado patrimonio, este deberá asumir la parte de la deuda perdonada por la dación en pago.

Esta aplicación generalizada de la "dación efectiva" evitará que, como ocurre ahora, las familias o los particulares que han sufrido el embargo de su vivienda o sus bienes sigan teniendo que hacer frente a una parte de la deuda porque el embargo no ha cubierto la totalidad de la misma. Para esta posibilidad se plantean dos vías:

  1. La primera se trata del acuerdo extrajudicial de pagos, que permite renegociar a empresarios, autónomos y personas individuales con los acreedores antes del concurso.
  2. La segunda se basa en la posibilidad de establecer quitas sobre las deudas remanentes, siempre dentro del concurso, una vez que se ha respondido con todos sus bienes presentes.

¿En qué consiste?

  • Incrementa el límite anual de renta familiar hasta tres veces el Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM). Hasta ahora se calculaba por 12 pagas y ahora se hará por 14, con lo que pasa de 19.170,39 euros a 22.365,42 euros en 2015.
  • Amplía los supuestos de población en especial vulnerabilidad para incluir a los mayores de 60 años.
  • Se elimina la aplicación de las cláusulas suelo a los deudores situados en el nuevo umbral del código.
  • Sube el límite del precio de compra de un inmueble que podrán beneficiarse del código de buenas prácticas, que podrá superar en un 20% el precio medio que calcula el Ministerio de Fomento, con un límite de 300.000 euros o 250.000 para la dación en pago.
  • Amplía las medidas a las que se pueden acoger los beneficiarios del Código de Buenas Prácticas.
  • Amplía hasta 2017 el periodo de suspensión de ejecuciones hipotecarias, que vencía en mayo. Esto supone que los deudores hipotecarios con buena fe que cumplan los requisitos podrán solicitar que no se les aplique las cláusulas suelo dos años más.

Algunas de las medidas:

A parte de la dación en pago y los acuerdos extrajudiciales, se reduce el plazo de préstamo personal a cinco años (antes estaba en 20 o 15 años) y se amplían las ayudas a familias monoparentales, no sólo a familias numerosas o con discapacidades. Las entidades con ingresos inferiores a 50.000 euros no declararán el Impuesto de Sociedades. Para los autónomos se bonificará durante un año el 100% de la cotización para aquellos que necesiten reducir su jornada por el cuidado de hijos menores de siete años o personas dependientes.

Desahucios y cláusulas suelo:

Dentro de la ley de Segunda Oportunidad, se establece que los colectivos más vulnerables quedarán excluidos de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios, y se prorroga hasta 2017 la suspensión de desahucios sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables, que vencía en mayo de este año.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha indicado que el código de buenas prácticas ha permitido hasta el momento que se lleven a cabo 3.500 daciones en pago, y más de 2.000 familias se han acogido al fondo social de vivienda, al mismo tiempo que se han paralizado más de 12.000 desahucios.

Fuente: elpais.com - Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero

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justiciaeuropea clausulas 300x169 - Los jueces españoles pueden anular las cláusulas abusivas de las hipotecasEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó nuevamente la pasada semana la posibilidad de que los jueces españoles puedan dejar sin aplicación las cláusulas hipotecarias que estimen abusivas.

En esta ocasión, la sentencia se refiere a varios desahucios que pretendían ejecutar Unicaja y Caixabank en Marchena (Sevilla). El juez español se planteó la cuestión del carácter abusivo de las cláusulas relativas a los tipos de interés de demora y preguntó al Tribunal de la UE si la legislación española aplicable es compatible con las normas comunitarias.

Según la ley española, el juez debe ordenar que se recalculen los intereses de demora cuyo tipo es superior a tres veces el interés legal de dinero, de manera que no superen este umbral.

En su sentencia del pasado miércoles, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluye que la legislación española es compatible con el derecho de la UE siempre que se cumplan dos condiciones. En primer lugar, que su aplicación no prejuzgue por parte la apreciación por parte del juez nacional del carácter abusivo de la cláusula. En segundo lugar, que no impida que el juez deje sin aplicar la cláusula si considera que es abusiva.

Carácter abusivo

A este respecto, el Tribunal de Justicia señala que "la obligación de respetar el límite máximo del tipo de interés de demora no impide en absoluto que el juez pueda considerar que una cláusula por la que se establecen dichos intereses tiene carácter abusivo". Así, según resalta el fallo judicial,"El juez nacional puede apreciar el carácter eventualmente abusivo de una cláusula relativa a intereses de demora calculados con arreglo a un tipo inferior al previsto por la ley española. No cabe considerar que un tipo de interés de demora inferior a tres veces el interés legal del dinero sea necesariamente equitativo".

"Por otra parte, en el supuesto de que el tipo de interés de demora estipulado en una cláusula se superior al establecido en la ley española y deba ser objeto de limitación, esa circunstancia no es óbice para que, si la cláusula tiene carácter abusivo, el juez nacional pueda derivar de ello todas las consecuencias previstas en la directiva (sobre cláusulas abusivas), procediendo, en su caso, a anular dicha cláusula", apunta el Tribunal.

La sentencia señala finalmente que en los asuntos objeto de litigio "no parece que, en principio, la anulación de las cláusulas contractuales de que se trata pueda acarrear consecuencias negativas para el consumidor, ya que los importes en relación con los cuales se iniciaron los procedimientos de ejecución hipotecaria serán necesariamente menores, al no incrementarse con los intereses de demora previstos por dichas cláusulas".

Ya en mayo del 2013 una sentencia del TJUE instaba a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo.

La banca deja de recurrir y acepta negociar

La banca parece asumir tener que pagar algunas facturas por su actuación en la crisis. Las cláusulas suelo, un tope mínimo que se incluye en los intereses de muchas hipotecas, son una de ellas. Las entidades están perdiendo más del 90% de las demandas en los juzgados y en las audiencias provinciales en el último año. Los bancos coinciden en que la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo en la que condenaba al BBVA, Cajamar y Novagalicia por tener abusivas cláusulas suelo ha cambiado totalmente el panorama.

Ante esta situación, se ha impuesto la negociación individual y el pacto con el cliente. El objetivo es triple: no perder tiempo y dinero (casi siempre el banco es condenado a costas); evitar el daño reputacional de las noticias sobre condenas judiciales y esquivar un efecto llamada de los clientes que no reclaman.

Dos de las organizaciones más combativas en esta materia corroboran esta situación. Adicae, la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorros, asegura que ha ganado la inmensa mayoría de los pleitos en los que se pedían la nulidad de las cláusulas suelo. Por su parte, Javier Gastón, responsable de Denunciascolectivas.com, afirma que en el 95,34% de los 560 casos que llevan han logrado una sentencia favorable, de los que en el 77% ha sido por pacto.

La razón de este giro judicial es que el Supremo consideró nulas las cláusulas cuando no estaban claramente explicadas en el contrato (incluyendo un cálculo de los efectos que podrían tener una subida de tipos de interés, algo que no hacía prácticamente ninguna entidad). También invalidó las cláusulas cuando la diferencia entre el suelo (el mínimo al que podía bajar la TAE del crédito) y el techo (el máximo al que podía llegar la protección) era desproporcionada. Es decir, en los casos en los que el seguro que justifica en teoría esta cláusula protegía más al banco que al cliente.

Sentencias pendientes y la batalla de la retroactividad

Pero los abogados y las asociaciones han abierto ahora otra batalla con miles de millones en juego: quieren conseguir que, además de anular las cláusulas, los jueces lo hagan con retroactividad. Es decir, que los bancos devuelvan el dinero cobrado por las cláusulas desde el inicio de la hipoteca. El sector está pendiente de una próxima sentencia del Supremo, por un recurso del BBVA, en la que el Alto Tribunal deberá posicionarse sobre esta retroactividad. Algunos bancos critican el paso dado por el BBVA porque creen que si se pierde, podría suponer una cascada de reclamaciones por un inmenso valor económico.

El Banco de España calcula que un tercio de todas las hipotecas tienen cláusulas suelo. Según Javier Gastón "Hay unas 3,5 millones de hipotecas con estas condiciones de particulares y empresas. La media que se podría reclamar por afectado por la retroactividad de la cláusula es de 6.900 euros, así que la banca tendría que devolver unos 24.500 millones si todos los afectados ganaran judicialmente".

Las distintas asociaciones, consideran que, por ahora, menos del 5% de los afectados por esta situación presentan reclamaciones en los tribunales, pero el tsunami podría llegar con una judicialización masiva, sobre todo si se apoyan en una sentencia favorable del Supremo. Mientras, abogados y bancos miran de reojo hacia otro asunto pendiente: la macrodemanda que Adicae emprendió en los juzgados mercantiles de Madrid contra 101 entidades por las cláusulas suelo, en la que están implicadas 15.000 personas, todavía sin resolver.

Fuente: elpais.com

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carmen martinez vallecas11 300x217 - Carmen, el Rayo Vallecano, los pisos vacíos y la voz de la concienciaCon el inicio de diciembre y de la gran campaña de los Bancos de Alimentos, que durante este fin de semana ha superado su objetivo de 20 millones de kilos de comida recogida que supondrá ayuda para más de 1,5 millones de personas, pone un contrapunto al acelerado pistoletazo consumista previo a las Navidades y una oportunidad de hacer aflorar la solidaridad ciudadana. La misma solidaridad que se despierta cuando se producen grandes catástrofes, o la que puede surgir a partir del desahucio de una octogenaria, por haber avalado con su casa un préstamo recibido por su hijo, que no lo devolvió.

En los corrillos del barrio madrileño de Vallecas aún resuena el nombre de Carmen Martínez Ayuso, la mujer de 85 años que fue desahuciada de su piso tras avalar con su vivienda un préstamo de su hijo con un particular. Y no sólo en Vallecas, ha dejado en todo el país un eco social que subraya más aún el drama de los desahucios, que lejos de reducir su número cada vez hay más según informa el mismo Banco de España, y las incomprensibles situaciones que llegan a producirse en un país que se llama a si mismo del primer mundo, pero que es incapaz de organizarse de forma que se pueda realojar a una octogenaria en dificultades.

En ausencia de respuesta pública, ha de ser el Rayo Vallecano, el equipo de fútbol de la populosa barriada de Vallecas, quien da una solución con su magnífico gesto de pagar el alquiler de una vivienda a Carmen, gesto que finalmente ha promovido otra gran oleada de solidaridad. Tan grande, que el club se plantea extender las ayudas a más causas benéficas y a buen seguro que no le faltarán candidaturas.

Es entonces cuando surgen las preguntas sobre ¿qué deben hacer las Administraciones públicas? No tienen que quitarse de en medio por el hecho de que Amancio Ortega se ocupe de ser solidario (20 millones para Cáritas, 4 millones para los Bancos de Alimentos); o que el Rayo Vallecano se ofrezca a pagar el alquiler a una mujer muy necesitada. Como advierten los directivos y jugadores, ahí están ellos para atender a Carmen Martínez, de 85 años, mientras aparecen "el Ayuntamiento o la Comunidad", y ver si nos consiguen aclarar si pudo hacerse algo más que enviarle a la policía para sacarla de su vivienda.

Más incomprensible es este tipo de casos cuando existen 3,4 millones de viviendas vacías en España, de las cuales 800.000 son propiedad de los bancos según la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), mientras las viviendas de alquiler social no llegan al 2% del parque habitacional, cuando en los países de nuestro entorno europeo esa cifra alcanza el 18%. "Cada día tenemos una Carmen en el barrio, y muchas más en todo Madrid y miles en el resto de España".

Así, por ejemplo, dos días después, el Ayuntamiento de Madrid se acordó de la mujer de 85 años desahuciada ofreciéndole una vivienda social "con independencia de lo que ella luego quiera hacer". No hay que dejar la solidaridad en manos de las autoridades, pero tampoco reducirla a actos puntuales de caridad. Siete años de crisis ha multiplicado el número de personas que precisan ayuda muchos días al año, y no solo cuando un áspero acreedor exige la ejecución de una deuda que, al final, supone el lanzamiento de una anciana de su hogar.

Fuente: elpais.com

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desahucios bde 300x197 - Los desahucios de vivienda habitual crecen un 17% pese a que caen los embargosEn el primer semestre del año los desahucios sobre vivienda habitual volvieron a aumentar con una subida del 17%, lo que equivale a 1.218 viviendas, según la estadística que publicada por el Banco de España. Este nuevo repunte de los embargos de casas y pisos que estaban habitadas en el momento de la entrega del inmueble ha tenido lugar pese a la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria, que cumplió su primer año en funcionamiento. La evolución contrasta, además, con el descenso que se ha registrado en el total de las ejecuciones sobre viviendas habituales.

Según el Banco de España, que recoge los datos que reconocen las propias entidades, el número de casas y pisos que han pasado a ser propiedad de la banca por impago ha bajado un 30% frente al primer semestre de 2013, hasta las 19.565 viviendas. Es importante diferenciar entre lo que es vivienda habitual, lo que implica que la familia afectada se queda en la calle, u otro tipo de inmueble o segunda residencia.

De las más de 19.500 entregas de viviendas utilizadas como residencia, 7.131 fueron procesos voluntarios con acuerdo entre el banco y el embargado, muchos menos que los 12.719 del primer semestre de 2013. Bajando al detalle, las daciones en pago pasaron a representar el 31,5% de las ejecuciones de primera vivienda al 29,5% entre enero y junio de 2014.

En 12.434 de los procesos intervino el juez. Esta cifra, aunque también supone un recorte frente al pasado ejercicio, registra una mejora inferior al del conjunto de las entregas con un descenso del 19,5%. Este saldo se explica por la evolución de los embargos en los que la vivienda estaba vacía, que caen un 22%, con 11.200. Mientras, crecen los que se han llevado a cabo pese a que la casa estaba habitada en el momento del desalojo, que corresponden a los desahucios propiamente dichos. Por último, los desalojos con intervención de las fuerzas del orden caen de 59 a 13.

La información relativa a los procesos de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas fue publicada por primera vez por el Banco de España en mayo de 2013, con el objetivo de proporcionar datos estadísticos sobre esta materia, que entonces eran casi inexistentes. Para ello, el Banco de España realizó una encuesta dirigida a un conjunto representativo de entidades. A partir de esa fecha, y con periodicidad semestral, el Banco de España requiere esta información a todas las entidades y la publica.

Fuente: elpais.com

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ejecucioneshipotecarias 300x199 - Las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas habituales aumentan un 1,5%Las últimas semanas estamos comentando con frecuencia las noticias relacionadas con la recuperación del sector inmobiliario, pero en el otro lado, las ejecuciones hipotecarias siguen creciendo. Así, en el segundo trimestre el número de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas habituales se situó en 9.611, cifra un 1,5% superior a la del trimestre anterior y un 8,4% más que la del periodo abril-junio de 2013, según la estadística de ejecuciones hipotecarias publicada este martes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Entre abril y junio de este año se iniciaron 32.960 ejecuciones hipotecarias, un 1,2% más que en el primer trimestre y un 14% más que en el segundo trimestre de 2013. De esas 32.960 ejecuciones hipotecarias contabilizadas entre abril y junio, 31.373 afectaron a fincas urbanas (donde se incluyen las viviendas) y 1.587 a fincas rústicas.

Las ejecuciones hipotecarias sobre fincas urbanas repuntaron un 1% en relación al trimestre anterior y un 14% respecto a un año atrás. Dentro de las fincas urbanas, 19.155 ejecuciones correspondieron a viviendas, cifra que equivale al 58,1% del conjunto de ejecuciones hipotecarias del segundo trimestre y que supone un 1% más en términos intertrimestrales y una subida anual del 7,2%.

Dentro de las viviendas, las ejecuciones hipotecarias sobre casas y pisos de personas físicas sumaron 12.367 en el segundo trimestre, de las que 9.611 (el 77,7%) son viviendas habituales en propiedad y 2.756 no son residencia habitual de los propietarios. Estas últimas aumentaron un 3,8% en tasa intertrimestral y un 1,3% en relación al segundo trimestre de 2013. P

Según el INE, del total de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas, más ocho de cada diez (16.420) afectaron a viviendas de segunda mano, con un crecimiento trimestral del 7,6% y un avance interanual del 15,5%. Las ejecuciones sobre viviendas nuevas sumaron 2.735, con descensos trimestrales e interanuales del 26,3% y del 25%, respectivamente.

De esta forma, según el INE, sólo el 0,052% de las viviendas familiares existentes en España (18.331.400) iniciaron una ejecución hipotecaria entre abril y junio de este año.

La resaca del boom inmobiliario

Tres de cada cinco hipotecas que fueron ejecutadas por la banca por impago en el segundo trimestre del año se concedieron en plena boom inmobiliario. Con esta contundencia la estadística del INE revela que el 21,7% de las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas iniciadas en el segundo trimestre correspondieron a hipotecas constituidas en 2007, el 17,6% a hipotecas suscritas en 2006 y el 13,3% a hipotecas firmadas en 2005.

Ampliando un poco más el espectro a los años 2005-2008, se obtiene que este periodo concentra el 63,4% de las ejecuciones hipotecarias iniciadas en el segundo trimestre de este año.

De las hipotecas constituidas sobre viviendas en 2007, el 0,33% inició una ejecución hipotecaria en el segundo trimestre de este año, porcentaje que baja al 0,25% en el caso de las hipotecas firmadas en 2008, al 0,21% en las suscritas en 2009, y al 0,07% en las constituidas en 2013.

Oficinas, locales, solares, fincas rústicas...

Para cerrar el capítulo de fincas urbanas, las ejecuciones hipotecarias sobre locales, oficinas, naves, garajes, trasteros, y otros edificios de naturaleza urbana alcanzaron las 10.524 en el segundo trimestre, un 0,7% menos que en el trimestre anterior y un 22,5% por encima de la cifra de un año antes.

Mientras que en sentido contrario, en el segundo trimestre las ejecuciones hipotecarias sobre solares y parcelas ascendieron a 1.694, con un crecimiento interanual del 62% y un repunte intertrimestral del 13,8%.

Finalmente, las ejecuciones hipotecarias sobre fincas rústicas se situaron en 1.587 durante el segundo trimestre, con un avance del 5% respecto al primer trimestre y un repunte interanual del 13,1%.

Distribución geográfica

Por comunidades autónomas, Cataluña lideró las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas en el segundo trimestre, con un total 3.994. a continuación Andalucía (3.981) y Comunidad
Valenciana (3.342) registran el mayor número de ejecuciones. En el lado opuesto, con menos ejecuciones: La Rioja (61), País Vasco (94) y Navarra (118).

Atendiendo a las ejecuciones hipotecarias de viviendas, el 0,21% de las hipotecas constituidas sobre viviendas en el periodo 2003-2013 han iniciado una ejecución hipotecaria en el segundo trimestre de 2014. Canarias (0,37%), Castilla–La Mancha (0,31%) y Comunidad Valenciana (0,28%) registran los valores mas altos. Por el contrario, País Vasco (0,03%), La Rioja y Asturias (ambas con 0,09%) presentan los valores mas bajos.

Sobre el total de fincas, Andalucía encabezó el número de ejecuciones hipotecarias, con 7.703, seguida de Cataluña (5.696) y Comunidad Valenciana (5.365). A la cola volvieron a situarse La Rioja (101), Navarra (199) y País Vasco (201).

El INE nos recuerda, que el objetivo principal de esta estadística es ofrecer trimestralmente el número de certificaciones de ejecuciones hipotecarias iniciadas e inscritas en los Registros de la Propiedad durante el trimestre de referencia. Estadística recuerda que no todas las ejecuciones de hipoteca terminan con el lanzamiento (desahucio) de sus propietarios.

Fuente: europapress.com - INe: Ejecuciones hipotecarias 2º trimestre 2014

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clausulas abusivas2 300x215 - Un juez ordena la primera devolución de vivienda por cláusulas abusivas en la hipotecaPor primera vez, un juez condena a un banco devolver la vivienda a una familia desahuciada por la existencia de cláusulas abusivas en la hipoteca. La resolución, dictada en Barcelona por José María Fernández Seijo, fundamenta de este modo la famosa sentencia Aziz, dictada en marzo del año pasado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaró ilegal el procedimiento de ejecución hipotecaria español.

No obstante, el precedente del "caso Aziz" no es el primer beneficiado por la sentencia que lleva su nombre y que ha marcado un hito en la historia judicial española. Aunque el juez le dio la razón, no obligó al banco a devolverle el piso, algo que sí ha hecho en el caso de M. A. G. C., iniciales de la mujer que presentó la demanda. Fernández Seijo considera que, debido a las deficiencias del sistema español, el juez de Gavà (Barcelona) que ordenó la ejecución hipotecaria no pudo valorar cláusulas abusivas. Seijo determina que, en el caso de M. A. G. C., existen dos cláusulas de este tipo: la de vencimiento anticipado y la relativa a los intereses de demora.

La sentencia declara nulo el procedimiento de ejecución hipotecaria y el posterior desalojo, ya que se basa en sentencias que son abusivas. El juez condena a Bankia a devolver la vivienda a sus ocupantes. La entidad financiera, sin embargo, ha presentado un recurso ante la Audiencia de Barcelona, por lo que el fallo aún no se ha ejecutado.

El caso de M. A. G. C. arrancó el 2 de agosto de 2004, cuando su hija y su yerno firmaron un préstamo por 100.000 euros a devolver en 30 años. La mujer, a su vez, hipotecó su casa de Gavà como garantía del préstamo. No hubo problemas hasta febrero de 2011, cuando los clientes dejaron de pagar las cuotas. Nueve meses más tarde, el banco inició el procedimiento para expulsarles de casa. Y en junio de 2012, se dictó el decreto en el que se anunciaba la subasta del inmueble, que quedó desierta y se adjudicó al banco por el 60% del valor de tasación: 75.942 euros. La mujer entregó las llaves del piso el 3 de abril de 2013. Aún tenía una deuda pendiente con el banco de 13.644 euros.

M. A. G. C. reaccionó e interpuso una demanda en noviembre de 2013 que, por reparto, recayó en el juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona, comandado por Fernández Seijo. La sentencia recuerda que, cuando el banco decidió resolver el contrato de forma anticipada, la familia solo debía cinco cuotas (de febrero a junio de 2011) que no llegaban a 500 euros al mes cada una y que sumaban un total de 2.354 euros.

La sentencia Aziz, dictada el 14 de marzo de 2013, concluyó que el sistema de ejecución hipotecaria español vulnera una directiva comunitaria sobre protección de los derechos de los consumidores. Aquella resolución, junto a la movilización ciudadana auspiciada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) obligaron al Gobierno a cambiar la ley, permitiendo a los jueces nacionales valorar, a la luz de la normativa sobre derechos del consumidor de la UE, si una cláusula es abusiva. El juez razona que, en el caso de la mujer, los impagos supusieron incumplir el 1,38% del total de plazos pactados. "El retraso afecta a un porcentaje muy reducido de los compromisos económicos", razona. Y concluye que esa demora "no puede considerarse grave", teniendo en cuenta que los clientes del banco "proyectaban pagar en 30 años y, además, los impagos se producen en un contexto económico del país extremadamente grave".

Tras declarar abusiva también la cláusula sobre intereses de demora (por desproporcionados) el juez se pregunta qué “consecuencias” debe tener la nulidad del procedimiento. Y recuerda que la sentencia Aziz permite al juez llevar "hasta el final las consecuencias" al apreciar una de esas cláusulas. Por ese motivo, declara "el derecho de doña M. A. G. C. a recuperar la propiedad y la posesión del inmueble que fue objeto de subasta, sito en Gavà".

Y en Oviedo, ordenan devolver las cantidades cobradas por la cláusula suelo

También por primera vez, la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a Caja España (Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.) a restituir de forma retroactiva todas las cantidades derivadas de la cláusula suelo de uno de sus contratos hipotecarios, en una sentencia sin precedentes. Hasta el momento ninguna sentencia de una Audiencia Provincial establecía la retroactividad del pago de dichas cantidades cobradas por las entidades bancarias, por lo que esta sentencia supone un hito fundamental en la defensa de los derechos de los ciudadanos afectados por cláusulas abusivas en sus contratos hipotecarios.

Esta sentencia ratifica la decisión tomada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Oviedo, ante el cual se interpuso la demanda por el contrato hipotecario suscrito en 2006 con dicha entidad bancaria, que incluía una cláusula por la cual el tipo de interés variable nunca se aplicaría por debajo del 3,5% ni por encima del 12,5%. Los demandantes alegaron que dicha cláusula no fue negociada de forma individual y que no recibieron información correcta de su importancia económica, causándoles un importante perjuicio en el coste el préstamo, concluyendo que dicha cláusula era abusiva al infringir la normativa sobre consumidores y usuarios.

Fuente: elpais.com

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ejecuciones hipoteca 300x207 - Bajan los desahucios de viviendas pero las ejecuciones hipotecarias crecen un 13,9%Según el informe Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales, del departamento de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, durante el primer trimestre de 2014 en España creció el número de ejecuciones hipotecarias un 13,9%, mientras que el número de desalojos de viviendas bajó un 5%. Las  demandas por despidos en los juzgados también se reducen un 18% en comparación con el mismo periodo del año anterior.

De las 24.226 ejecuciones hipotecarias presentadas entre enero y marzo, la mayoría corresponden a las comunidades de Cataluña (5.773), Andalucía (4.593), la Comunidad Valenciana (4.220) y, a mucha distancia, Madrid (1.979).

Desde que estalló la burbuja inmobiliaria y los juzgados comenzaron a sentir su devastador efecto, en el verano del año 2008, en España se han realizado 498.035 ejecuciones hipotecarias. En este tiempo se han sucedido 23 trimestres dramáticos que forzaron al Gobierno a aprobar, en mayo de 2013, una ley de medidas urgentes para los deudores sin recursos. Pero las cifras siguen repuntando. Según Alberto Vaquero, profesor del departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Vigo: "La explicación es clara: la dilación del procedimiento general es la causa que genera esta situación. Muchas de las ejecuciones actuales comenzaron hace un año y medio o dos años".

Por otro lado, según el informe la cifra de lanzamientos (desalojos por mandato judicial de viviendas y locales, tanto en propiedad como en alquiler) practicados durante los primeros tres meses del año, fue de 18.492, un 5% menos que en el mismo periodo de 2013, pero un 7% más que en el último trimestre del año pasado. Para Lucía Martín, de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH): "El repunte de ejecuciones, además, va a derivar dentro de unos meses en más desahucios. Estos datos confirman que la ley aprobada por el Gobierno no está sirviendo para solucionar el problema".

Las cosas van mejor en el mercado del trabajo. Por tercer trimestre consecutivo caen las demandas por despido presentadas en los juzgados de lo Social. Las 34.327 registradas en el primer trimestre de 2014 son 7.551 menos que las cursadas en el mismo periodo de 2013. En Madrid se presentaron 6.276 despidos, una cifra similar a la de Cataluña (6.072).

La situación algo más tranquila de la economía española también afectan al número de concursos presentados por las empresas (suspensión de pagos). La estadística judicial registró 2.174 peticiones, un 32% menos que en el mismo periodo del año anterior. Para encontrar una cifra trimestral inferior de concursos presentados hay que remontarse al cuarto trimestre de 2011, con 2.124. Un total de 1.504 empresas entraron en fase de liquidación, casi las mismas que en 2013. Por comunidades autónomas, Cataluña sigue siendo la que registra el mayor número de concursos, el 20,9% del total nacional.

En cuanto a los procedimientos monitorios presentados en los juzgados (procesos especiales para reclamar deudas vencidas) la estadística señala que en el primer trimestre del año fueron 170.973, un 24,6 % más que en el mismo periodo de 2013. Desde el tercer trimestre de 2008 los juzgados han recibido 4,2 millones de reclamaciones de este tipo.

Fuente: elpais.com

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desahucios2 300x255 - Los bancos se quedan con casi 50.000 viviendas por impago en 2013Más pisos y casas para la banca. Así se podría describir el comportamiento entre banca e hipotecados durante el pasado año 2013, manteniendo la triste tendencia de los últimos años. Así, según los datos del Banco de España, 38.961 familias perdieron su vivienda habitual por no pagar la hipoteca. La cifra, que se incluye dentro de otra más amplía que son las cerca de 50.000 viviendas (exactamente 49.694) si incluimos las segundas residencias, que han pasado a manos de la banca en 2013 por los mismos motivos, constata que, de momento, ni la nueva ley hipotecaria ni el fin de la recesión han atajado por ahora el fenómeno.

De este modo respecto a la vivienda habitual, el balance del Banco de España refleja un crecimiento del 11% en relación la viviendas entregadas a la banca respecto al año 2012. En el caso de los desahucios realizados sobre primeras viviendas, la cifra revelada por las propias entidades al supervisor prácticamente iguala a la de un año antes. La nueva ley hipotecaria que entró en vigor en mayo del pasado año, en teoría, iba a frenar las ejecuciones al aplazar los lanzamientos en las familias más vulnerables. La normativa tampoco parece haber ayudado a fomentar los acuerdos entre hipotecados y entidades y que concluyen en lo que el Banco de España denomina entrega voluntaria.

Así, según la estadística, bajan un 9,1% hasta los 17.907 procesos de ejecución, con lo que su peso relativo frente al total de desahucios de primera vivienda baja del 50% de 2012 al 46% a lo largo de 2013. El resto fueron las 21.054 ejecuciones dictadas por la justicia. En la mayor parte de los casos, los hipotecados habían dejado ya vacía la vivienda en el momento de la entrega judicial, pero en 1.668 desalojos de la vivienda habitual (y en 392 de otras viviendas) aún estaba ocupada. La policía solo intervino en 147 casos (93 de ellos correspondientes a vivienda habitual), menos de la mitad que en 2012.

Una de las opciones más reclamadas desde colectivos afectados y movimientos sociales, ha sido la "dación en pago", que tampoco avanza al quedarse fuera de la ley y ser una mera recomendación tras los cambios normativos del gobierno. Así, la posibilidad de saldar la deuda con la entrega de la vivienda solo se alcanzó en una de cada tres ejecuciones (33%), menos que el porcentaje del 38% computado en 2012.

Desde el sector financiero, a pesar de rechazar al 40% de familias que piden acogerse al código antidesahucios, destacan precisamente la capacidad de acuerdo que ha demostrado la banca pese a la escalada de la morosidad en las hipotecas, que está en el 5,67%. Frente a esta cifra, el sector financiero recuerda que los desahucios apenas representan el 0,77% de las hipotecas, lo que significa que "las entidades facilitan soluciones a ese 5% de deudores" que no pagan, y "están dejando vivir por un módico alquiler" a las familias desahuciadas, aunque todavía no cuentan con estadísticas que apoye esta tesis.

No obstante, en asociaciones como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) no ven ningún motivo para el optimismo. "Son unas cifras alarmantes sin comparación en toda la UE". En su opinión, el hecho de que no se hayan reducido de forma drástica los desahucios constata que la nueva norma "no ha tenido ningún efecto positivo" ya que, según afirman, "solo busca las refinanciaciones". La PAH, asimismo, arremetió contra el fiasco que, para ellos, ha supuesto el fondo social de viviendas y que, frente a un parque de 6.000 casas vacías apenas ha dado alojamiento a unas 800 familias.

Por otro lado, la asociación de usuarios de banca Adicae, por su parte resalta que "un 26% de las 17.907 entregas voluntarias de viviendas en 2013 conllevan el mantenimiento de deudas perpetuas tras la pérdida del inmueble", lo que condena a los afectados de por vida. En la peor crisis que ha sufrido España en más de medio siglo deja un reguero de historias con nombre propio entre las que los desahucios, lamentablemente, ocupan un lugar destacado.

Fuente: elpais.com

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fondosocial mayores 300x161 - El Fondo Social de Viviendas se amplía a los mayores que avalaron a sus hijos y nietosImportante ampliación para minimizar los efectos de un desahucio en aquellos que ayudaron de buena fe a sus familiares y se han visto superados por la crisis. A partir de ahora esta, las personas mayores prejubiladas o jubiladas que hayan avalado las deudas de sus hijos o nietos podrán solicitar un vivienda al Fondo Social de Viviendas (FSV), que ha ampliado su ámbito de aplicación para acoger más supuestos de vulnerabilidad social.

Así, según el Ministerio de Economía, el Fondo Social de Viviendas (FSV) está destinado a quienes, como consecuencia de un desahucio, han perdido su vivienda a partir del 1 de enero de 2008. En el primer año de aplicación, el 2013, se recibieron 1.537 solicitudes y se adjudicaron 780 viviendas.

Tras las últimas modificaciones, se permitirá que se queden en la vivienda quienes la hayan perdido por una ejecución forzosa y tras haber sido adjudicada y, en casos de dación en pago, a cambio de un alquiler reducido. La vivienda en alquiler para estos casos oscilaría entre 150 y 400 euros al mes o por debajo en circunstancias especiales, tal como está previsto en el Convenio del Fondo Social de Viviendas, que actualmente cuenta con 6.000 viviendas de 33 entidades financieras.

La extensión del ámbito de aplicación del convenio por el que se rige el Fondo Social de Viviendas permitirá ampliar las circunstancias personales y familiares que dan derecho a solicitar una vivienda al FSV.

El Ministerio también señala que a partir de ahora también se tendrá en cuenta a las unidades familiares con hijos menores de edad, y no solo los de menos de tres años.

Se verán también beneficiadas las personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales competentes, "un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía". El requisito hasta ahora era una discapacidad del 33% o superior.

Asimismo podrán solicitar una vivienda del fondo otras personas o unidades familiares con distintas circunstancias de vulnerabilidad social, previo informe de los Servicios Sociales, lo que, según el Ministerio, amplía el acceso a muchas situaciones de riesgo social no tipificadas.

Estas ampliaciones se unen a los requisitos anteriores como son la situación de desempleo y sin prestaciones, familias monoparentales, familias numerosas o violencia de género.

Más información: Fondo Social de Viviendas

Fuente: invertia.com - Imagen: elconfidencial.com

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