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ahorro renta 2015 bis 300x223 - Consejos para ahorrar hasta 2.900 euros en la declaración de la renta en 2015La reforma fiscal que entrará en vigor en enero marcará la próxima campaña de Renta, ya que muchas de las deducciones a las que se podrá optar dependerán de las decisiones que se tomen antes de que acabe el año. Por ello, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) estiman que los contribuyentes se pueden ahorrar hasta 2.900 euros en su declaración de la Renta sacando el máximo partido a las novedades de la reforma fiscal.

Para reducir al máximo la factura fiscal de la declaración de la Renta correspondiente a 2014, que se presentará entre los próximos meses de abril a junio, los Técnicos del Ministerio de Hacienda han elaborado un Decálogo de Consejos Fiscales para ponerlo en práctica antes del inicio del nuevo año.

Los planes de pensiones, una oportunidad idónea

Estos últimos días del año pueden ser idóneos para hacer aportaciones a un plan de pensiones, particularmente en 2014, ejercicio en el que se ha prorrogado el aumento de las tarifas del Impuesto sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos. Gestha recuerda que estas aportaciones no solo garantizarán unos ingresos al final de la vida laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% (en Madrid es de 23,95% o en Extremadura un 24%), hasta un máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de Andalucía, Asturias y Cataluña.

Deducción por compra de vivienda para las adquiridas antes de 2013

Gestha recuerda que los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, mantienen el derecho a la desgravación en 2015 y sucesivos años siempre que hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. Pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Por tanto, puede resultar interesante realizar un pago adicional para amortizar la hipoteca o en relación con la construcción de la vivienda (en este último caso hay un plazo de cuatro años para terminarla) antes de que acabe este año, siempre teniendo en cuenta el límite señalado.

No obstante, en País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, pueden seguir practicando deducción por vivienda habitual, también los que adquieran vivienda o inicien su construcción con posterioridad a 1 de enero de 2013.

Además, los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades antes de 1 de enero de 2013, para ampliar la superficie habitable de la vivienda habitual o llevar a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciendo los importes pagados en 2014, siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017. La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido, con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20% (un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.

Si quieres deducción por alquiler, busca piso antes de final de año

Gestha advierte sobre la desaparición prevista de esta deducción estatal a partir de 2015 (no afecta a las deducciones autonómicas), al igual que sucedió con la deducción por adquisición de vivienda habitual desde el año 2013. Los inquilinos, hasta ahora, podían deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros anuales.

No obstante, si se celebra el contrato de arrendamiento con anterioridad al 1 de enero de 2015, se podrá continuar gozando de esta deducción mientras se cumplan los límites de ingresos, por lo que podría resultar interesante agilizar la búsqueda de pisos de alquiler.

Cuidado con el "hachazo" fiscal inmobiliario

Si bien el llamado "hachazo fiscal inmobiliario" previsto por el Gobierno se ha suavizado en el Senado, sigue suponiendo un elemento muy importante a tener en cuenta en estos últimos días del año, ya que la diferencia de tributación entre transmitir un bien el 31 de diciembre de este año o el 1 de enero de 2015 puede diferir en miles de euros.

La reforma, en principio, pretendía suprimir los coeficientes de corrección monetaria y los coeficientes de abatimiento que se introdujeron, con la finalidad de corregir el efecto de la inflación en la transmisión de bienes antiguos, en el caso de los primeros, y ofrecer una ventaja fiscal a quienes compraron una vivienda para su uso y no para la especulación, en el caso de los segundos. Básicamente, los coeficientes de abatimiento permiten aplicar una reducción a las ganancias obtenidas de la venta de elementos patrimoniales no relacionados con actividades económicas y que fueron adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994. Estos coeficientes se aplicarán a partir de 2015 solo hasta un importe total de transmisiones de 400.000 euros y a la parte proporcional de la ganancia obtenida hasta el 20 de enero de 2006, pudiendo quedar esta parte libre de tributación.

Por tanto, los coeficientes de abatimiento seguirán siendo aplicables en una buena parte de las transmisiones, aunque los coeficientes de corrección monetaria desaparecerán. Así, si los valores de adquisición son muy bajos y el margen de beneficio es más elevado, la bajada de los tipos impositivos en 2015 hará más interesante efectuar la venta el próximo año. En cambio, cuanto menores sean las ganancias, será más ventajosa la transmisión del inmueble antes de fin de año.

Si la compra de la vivienda fue reciente, entre 2010 y 2013, también resulta más conveniente, en la mayoría de los casos, efectuar la transmisión el próximo año, ya que la reducción de tipos impositivos tendrá más incidencia que la supresión de los coeficientes de corrección monetaria.

Neutralice la tributación de las plusvalías por venta de vivienda habitual

En el supuesto de que el contribuyente haya vendido su casa este año, la ganancia que haya obtenido tributará en la próxima declaración de la Renta entre el 21% y el 27% de su importe. Pero existe una forma de neutralizar este pago: reinvirtiendo total o parcialmente el importe obtenido por la venta en otra vivienda de carácter habitual.

Exclusión de ganancias patrimoniales para los mayores de 65 años que constituyan una renta vitalicia

Gestha señala que la reforma fiscal eximirá de tributación las ganancias obtenidas por los contribuyentes mayores de 65 años a la hora de vender cualquier bien, siempre y cuando destinen el importe total obtenido por la transmisión en la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses. Por tanto, este cambio normativo puede hacer interesante que estos mayores esperen hasta el año que viene para efectuar una venta de este tipo.

Para vender bienes de menos de un año, mejor esperar a 2015

Las plusvalías obtenidas por el contribuyente, como consecuencia de alguna transmisión patrimonial en un plazo inferior a un año, tributan en la base general, que es más progresiva y, por tanto, grava más los importes más elevados. Sus tipos oscilan entre el 23,95% y el 56%, según la Comunidad de residencia. En cambio si la venta se efectúa después de un año de la adquisición del bien, tributa en la base del ahorro a tipos fijos, del 21, 25 y 27%.

No obstante, a partir de 2015 las plusvalías generadas en menos de un año vuelven a tributar en la base del ahorro lo cual hay que tenerlo en cuenta a la hora de planificar cualquier venta. Además, la reforma disminuirá el gravamen del ahorro, situando sus tipos en 2015 en el 20, 22 y 24% y en 2016 en el 19, 21 y 23%, por lo que, si el contribuyente quiere vender un bien determinado que posea desde hace menos de un año, Gestha aconseja esperar al año que viene y así tributar a un tipo fijo y más bajo, a menos que el resto de sus rentas sean bajas y le pudiera convenir tributar en la base general y no del ahorro.

Trabajadores en el extranjero, donaciones, emprendedores y "business angels"

Ahora que la crisis económica está llevando a las grandes empresas a trabajar en el exterior, Gestha recuerda que pueden quedar exentos de tributación los rendimientos percibidos por trabajos realizados en el extranjero por personas desplazadas por sus empresas, con un límite máximo de 60.100 euros anuales. Los Técnicos también recomiendan a los ciudadanos que aprovechen estos últimos días del año para contribuir con colegios de huérfanos o entidades similares, pagar cuotas sindicales, de colegios profesionales con carácter obligatorio (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa jurídica contra el empleador, que podrían reducir los rendimientos hasta 300 euros.

Gestha anima también a los declarantes a que realicen donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado. El contribuyente podrá desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones, estando exentas las ganancias patrimoniales generadas si donan bienes. En este punto, la reforma fiscal incentiva la fidelización a las donaciones, ya que, al haber hecho donativos en los últimos tres años a la misma entidad, la deducción podrá ser del 75% de los primeros 150 euros.

Cuenta ahorro-empresa para crear una sociedad. A todos aquellos emprendedores que se animen a poner en marcha un negocio antes de cuatro años mediante una Sociedad Limitada Nueva Empresa, Gestha les recuerda que podrán aumentar las aportaciones a una cuenta ahorro-empresa, que permite deducirse el 15% de las aportaciones, hasta el límite de 9.000 euros anuales. Esto puede suponer un ahorro adicional de 357 euros sobre las deducciones medias que está declarando. La reforma fiscal eliminará esta deducción a partir del próximo año y, además, aclara que no podrá añadirse a la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación el importe de las acciones o participaciones adquiridas con el saldo de cuentas ahorro-empresa si ya han sido objeto de deducción.

Los Incentivos para la financiación de los "business angels" o del "capital semilla". Los amigos y familiares de quienes quieran montar su propia empresa siguen de enhorabuena porque, además del apoyo al futuro negocio, tendrán una recompensa fiscal, de modo que se puedan crear nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo entre tres y doce años. Este tipo de inversiones permite una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo la base máxima de la deducción de 50.000 euros anuales, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

Fuente: ioncomunicacion.es

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casa pozuelo madrid 300x199 - Pozuelo: la ciudad con más ricos a nivel de renta; Santa Lucía de Tirajana: la más pobreLos vecinos de Pozuelo de Alarcón (Madrid) son los habitantes de la ciudad de más de 50.000 habitantes que declaraban tener más renta a la Agencia Tributaria justo antes de estallar la crisis, en 2007. En concreto, reconocieron rentas al fisco por 57.917 euros de media. Por el contrario, Santa Lucía de Tirajana (Las Palmas) fue el municipio de más de 50.000 habitantes con menor renta declarada (13.703 euros). La renta media declarada en España ese año ascendió a 22.130 euros.

Estas son algunas de las conclusiones que se extraen de la nueva herramienta sobre la renta personal de los municipios españoles presentada ayer Jorge Onrubia y Miriam Hortas, investigadores de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea). Este tipo de estadística de renta por municipio apenas existe en el resto del mundo, solo Reino Unido, Estados Unidos o Australia cuentan con este tipo de información, apuntaron los expertos.

La información analizada permite determinar tanto el nivel de renta media declarada por municipio como la dispersión o la desigualdad. "Existe cierta correlación entre los municipios más ricos y la desigualdad", explicó Onrubia. Alcobendas y Pozuelo, ambas de Madrid, son las ciudades con mayor índice de desigualdad, según los datos del estudio. Valdemoro y El Prat de Llobregat, en cambio, son las menos desiguales. Los datos organizados por los expertos también permiten analizar la concentración de renta por municipio. Así, el 1% de la población más rica de Pozuelo tiene el 27% de la renta.

En el ranking de vecinos más ricos, al madrileño municipio de Pozuelo de Alarcón le sigue Sant Cugat del Vallès (Barcelona), como segunda ciudad donde sus vecinos declaran rentas más altas, con una media de 50.453 euros por declarante; Majadahonda (Madrid), con 45.325; Las Rozas (Madrid), con 44.249 euros; Alcobendas (Madrid), con 42.228 euros; Castelldefels (Barcelona), con 30.864 euros; Barcelona capital (30.816 euros) y Madrid capital (30.753 euros).

Por el contrario, los municipios con los vecinos más pobres de España son, tras Santa Lucía de Tirajana, en Las Palmas (Gran Canaria) con una renta media de 13.703 euros por declarante; Elda (Alicante) con 14.382 euros; Arona (Tenerife) con 14.437 euros; Lorca (Murcia) con 15.304 euros; y Elche (Alicante) con 15.636 euros por declarante.

El instrumento está elaborado a partir de los microdatos de las declaraciones del impuesto sobre la renta (IRPF) de más de un millón de contribuyentes correspondientes a 2007 de 1.109 municipios. Los investigadores se han comprometido a incorporar los datos comprendidos entre 2002 y 2009.

Fuente: elpais.com - Fadea: Renta personal de los municipios

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reformafiscal plusvalia 300x175 - La reforma fiscal invita a vender antes de 2015 ¿Qué puedo hacer para conseguirlo?La reforma fiscal contempla la supresión de los coeficientes de corrección monetaria y de abatimiento aplicables a la tributación de inmuebles. Se elimina así la actualización del precio de compra ligada al incremento del coste de la vida y la reducción que actualmente se aplica a la ganancia patrimonial a aquellos que adquirieron su piso antes del ejercicio 1995.

La derogación de estos coeficientes representará un varapalo fiscal que puede llegar a ser de decenas de miles de euros, sobre todo para los vendedores de casas antiguas y para herederos. Pese a que la retención sobre las plusvalías bajará de la horquilla del 21%-27% al 20%-24% en 2015, tributar por su totalidad hará que el Estado se quede con buena parte de la ganancia, afectando especialmente a casas y pisos comprados antes de 1994. Por ejemplo. Si un propietario vende en 2014 su vivienda por 200.000 euros que compró el en septiembre de 1986 por 50.000 euros, pagaría 10.381 euros a la Agencia Tributaria por la plusvalía. Sin embargo, si vende en 2015, el gravamen por la misma ganancia patrimonial se disparará a 34.880 euros.

Son pocas las excepciones en el actual proyecto de ley de la reforma fiscal. Así, no tributarán los contribuyentes mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual ni aquellos que utilicen la plusvalía para la reinversión en otra casa en la que residan. Asimismo, la rebaja de tipos en el IRPF, puede compensar e incluso beneficiar a aquellos que compraron su vivienda hace dos o tres años en el más que improbable caso de que sus viviendas se hayan apreciado bastante en este periodo. Más allá de estos casos, los propietarios que estén pensando en vender su casa, sobre todo si es antigua, tienen motivos de sobra para adelantar esa operación.

La reforma fiscal que propone el Gobierno invita a vender antes de 2015, y el tiempo se agota. En algo más de dos meses será difícil vender para muchos casos y por distintos motivos, no obstante, para un porcentaje importante de estas viviendas antiguas, bastaría replantearse tres aspectos claves para conseguirlo:

El precio

Para empezar, hay que aceptar la situación actual del sector y desanclarse del pasado. Encontrar a alguien que esté dispuesto a pagar ahora las cantidades de la época del "boom" inmobiliario es sencillamente una utopía. Es fundamental ser realistas y poner los pies en el suelo, peinar la zona y ajustar el precio al coste medio del metro cuadrado del barrio. "Comenzar con una prospección de mercado, diseñar una estrategia de resultados y marcarse un plazo de venta" aconseja Jesús Duque, vicepresidente de Alfa Inmobiliaria

Según Look & Find, "una adecuada valoración supone más del 75% del éxito de la venta", lo que mejor se vende son pisos usados de 80 metros a precios entre 145.000 y 170.000 euros. Las claves: un precio objetivo y escuchar a los clientes.

Poner un precio demasiado alto lleva a la exclusión, ya que la mayoría de personas que se interesan por una casa lo hacen en los primeros 15 días de su puesta en venta. Si el precio está fuera de mercado, el piso se quema, es decir, el dueño “queda sujeto a tener que rebajarlo excesivamente y cerrar la venta por un precio inferior al que debería” según explica Jesús Duque. De hecho, cuanto más tiempo tarde en venderse, menos valor tendrá.

En tiempo de crisis las negociaciones son agresivas. Ahora bien, rebajar más de un 15% supone que el inmueble está mal valorado o que se está vendiendo por debajo del precio de mercado. Y “si estamos un 20% o un 30% por encima, no vamos a recibir llamadas ni ofertas” según Alfredo Sosa, bróker de Remax Lanzagorta, en Las Palmas de Gran Canaria.

Un poco de "Home Staging": pon guapa tu casa

Puede parecer obvio, pero no lo es. Hay que limpiar y recoger, quitar trastos, ordenar, conseguir buena luz, que la vivienda huela bien… "Casas que llevaban en el mercado nueve meses, han sido limpiadas, ordenadas, se han sacado buenas fotografías y se han vendido en semanas al mismo precio que estaba”, cuenta el bróker canario.

El Home Staging o puesta en escena tiene cada vez más peso en España. Se trata de cautivar a un potencial comprador en segundos, una técnica de venta que se ha hecho un hueco en el mercado español. El objetivo: vender más rápido y con el mayor beneficio para su propietario, creando un ambiente neutro, que guste a todo el mundo. Lo contrario al interiorismo. Si se espera visita hay que desprenderse de los elementos personales, como colecciones, crucifijos o fotos.

También es necesario reparar desperfectos. No se trata de hacer una reforma o rehabilitación de la vivienda en profundidad (muchas lo necesitarían, pero no daría ya tiempo en muchos casos), pero con seguridad realizar pequeños arreglos (pequeñas grietas o humedades, pintar si hace falta, poner luz cálida y temperatura agradable, revisar persianas...) valdrá la pena. Cuantas menos reparaciones necesite la vivienda más rápido y más posibilidades de venta tendrá.

Promociona tu vivienda con calidad en portales inmobiliarios

Todo sirve para vender. Desde el boca a boca hasta las redes sociales. Sin embargo, las herramientas han cambiado en la última década y actualmente son los portales inmobiliarios y las páginas web de las agencias los grandes escaparates.

Eso sí, no basta con publicar tu casa sin más. Viviendas con deficiente y poca información son invisibles, ya que aparecen al final de la búsqueda. Hay que detallar con rigor las características y ventajas, además de detallar lo máximo posible su ubicación y describir todos los extras y servicios cercanos: colegios, parques, centros médicos o comerciales cercanos, medios de transporte…

Un buen reportaje fotográfico es decisivo. Mucho mejor si el anuncio incluye vídeos de alta calidad. Los expertos y profesionales lo ven claro: "Hoy no se visita una vivienda sin antes ver fotografías y conocer las características del inmueble”. Según Alfredo Sosa, bróker de Remax "Hay clientes a los que al principio no les había interesado la vivienda, pero tras captarlos y realizar un reportaje fotográfico la visitaron y compraron".

Para terminar, recordar también que los expertos aconsejan dar facilidades a la hora de visitar la propiedad, revisar que todos los documentos estén al día (IBI, certificado energético, registro de la propiedad) y tener preparado el contrato de arras.

Puede que nada de esto funcione. No hay que olvidar que hay casas en zonas en las que prácticamente no existe demanda y que no se venderán en muchos años. Ante la duda, lo mejor es ponerse en manos de profesionales con formación y posibilidades de obtener financiación. Están entrenados para vender.

Imagen: elblogdepuntorojo - Fuente: elpais.com

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impuestoscompravivienda 300x226 - La recaudación de impuestos por compra de vivienda sube por primera vez en siete añosEntre enero y julio de este año, la recaudación por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) que grava la compra de casas y pisos de segunda mano y el impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) que grava la contratación de una hipoteca, alcanzó los 3.479 millones, un 5,9% más que en el mismo período del año 2013, según los últimos datos publicados por la Agencia Tributaria. Un dato más que marca un punto de inflexión y crece por primera vez en siete años. Parece que el cambio de tendencia se mantendrá a medida que Hacienda actualice los datos de recaudación para el resto del ejercicio.

Los impuestos asociados a la compra de una vivienda, son quizá los indicadores que reflejan con más claridad las diferencias entre los años del boom inmobiliario y los años posteriores al pinchazo de la burbuja. Así, ambos tributos, cuya recaudación está cedida a las comunidades autónomas, pasaron de aportar 5.000 millones en 1999 a 18.000 millones en 2006. Nunca antes los Gobiernos autonómicos habían registrado un incremento de ingresos de tal calibre. El espejismo se empezó a romper en 2007, cuando la recaudación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados descendió por primera vez un 8,5%.

A pesar de la caída, ambos tributos todavía aportaban más de 16.000 millones de euros. Lo que en 2007 fue un aviso, un año después se convirtió en la constatación de que el sector inmobiliario entraba en barrena. La recaudación cayó en 2008 un 40% en términos anuales, un retroceso inaudito y que explica en buena medida el descontrol del déficit autonómico. Los descensos, más moderados, continuaron en los años siguientes hasta que la recaudación se situó en 5.542 millones en 2013, el nivel más bajo desde 1998 en términos nominales.

Las comunidades del litoral mediterráneo donde se registra un mayor dinamismo. La Comunidad Valenciana logró por ITP y AJD 462 millones hasta julio, un 23,2% más que en el mismo período del ejercicio anterior. Es de los pocos datos positivos que pueden hallarse en las castigadas cuentas valencianas. La recaudación por ambos tributos aumentó un 17,7% en Baleares y un 16,7% en Cataluña. La Generalitat catalana ingresó 733 millones y es la autonomía que obtiene mayores recursos. La recaudación retrocedió notablemente en Extremadura, La Rioja, Castilla La Mancha o Castilla y León.

La Comunidad de Madrid logró 551 millones hasta julio, un 4,16% más. El incremento se ha producido a pesar de que el Ejecutivo madrileño bajó del 7% al 6% el tipo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales a partir de 2014. En cambio, la mayoría de comunidades aprovechó para subir el impuesto cuando el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero elevó el IVA reducido que se aplica sobre la vivienda nueva del 7% al 8% o cuando el actual gobierno lo subió nuevamente hasta el 10%. En Cataluña se aplica un 8% por ITP y en comunidades como Asturias, Andalucía, Baleares se han fijado gravámenes progresivos que alcanzan el 10%. Y, en Extremadura, llegan al 11%.

También se registran diferencias en el impuesto sobre actos jurídicos documentados, donde los tipos van del 0,75% que se aplica en Madrid al 1,5% vigente en Andalucía o Cataluña.

¿Han tocado suelo ambos impuestos? Parece que sí. Así lo sugieren los datos de compraventa de vivienda que periódicamente publica el INE, el Ministerio de Fomento u organizaciones privadas. Además, el sector inmobiliario prevé mayores operaciones a finales de este año como consecuencia de la reforma fiscal que afectará notablemente a las casas y pisos más antiguos y que actualmente se tramita en el Senado. Hacienda ha incluido en los nuevos textos normativos la supresión de los coeficientes de abatimiento y correctores monetarios que permiten rebajar, a efectos fiscales, la plusvalía que logran los vendedores de vivienda.

Fuente: cincodias.com

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vivienda hacienda 300x225 - La reforma fiscal golpea duramente a la vivienda antigua: vender ya o pagarlo caroAquellas personas que estén interesadas en comprar vivienda llegan en el mejor momento para aprovechar las oportunidades que ofrece el mercado inmobiliario español, con unos precios reducidos en más de un 40% en muchas zonas de España y a los que les queda poco recorrido a la baja, y que en las zonas más demandadas ya están subiendo. Por el contrario, al vendedor de una vivienda comprada antes de 1995, le queda poco tiempo para aprovechar esta bonanza, ya que a partir del 1 de enero de 2015, los propietarios que vendan sus pisos y casas verán incrementado de forma importante el gravamen a pagar por la plusvalía.

La reforma fiscal contempla la supresión de los coeficientes de corrección monetaria y de abatimiento aplicables a la tributación de inmuebles. Es decir, se elimina la actualización del precio de compra ligada al incremento del coste de la vida y la reducción que actualmente se aplica a la ganancia patrimonial a aquellos que adquirieron su piso antes del ejercicio 1995.

La derogación de estos coeficientes, representará un varapalo fiscal que puede llegar a ser de decenas de miles de euros, sobre todo para los vendedores de casas antiguas y para herederos. Pese a que la retención sobre las plusvalías bajará de la horquilla del 21%-27% al 20%-24% en 2015, tributar por su totalidad hará que el Estado se quede con buena parte de la ganancia.

Es suficiente un ejemplo para constatar los ingresos que supone para Hacienda esta modificación fiscal y que, prácticamente, ha pasado desapercibida a pesar del enorme coste que tendrá para el contribuyente. Si un propietario vende hoy, 5 de septiembre de 2014, por 200.000 euros una casa que compró el 1 de septiembre de 1986 por 50.000 euros pagaría 10.381 euros a la Agencia Tributaria por la plusvalía. Sin embargo, si vende en 2015, el gravamen por la misma ganancia patrimonial se disparará a 34.880 euros.

Esta diferencia se debe a que en 2014 todavía la plusvalía bruta de 150.000 euros se corrige por los coeficientes hasta los 41.118 euros (sobre los que se tributa), mientras que en 2015 ya no se aplicarán estos coeficientes. Por lo tanto, se deberá pagar un gravamen sobre el total de la diferencia entre el coste de compra e ingresos de la venta.

De este modo, la reforma fiscal golpea duramente a los propietarios más antiguos que vendan, pero también, en menor medida, a los recientes. Los que adquirieron sus casas a partir de 1995 verán cómo el nuevo sistema fiscal valora por igual un millón de pesetas de los años 70 que 6.000 euros de 2014. Si alguien compró en 2004 un piso por 150.000 euros y lo vende por 200.000, en 2015 tributará por esos 50.000 euros de ganancias. Pagará a Hacienda 10.880 euros. Si vende en 2014, verá reducida esta factura a 7.207,2 euros al sufrir una retención sobre la plusvalía corregida.

Los propietarios gozan de tres vías para esquivar este cambio tributario: vender antes de 2015, reinvertir la ganancia patrimonial en vivienda habitual si traspasan su casa habitual o, si son mayores de 65 años, reinvertirla en productos financieros de rentas vitalicias, novedad en la reforma tributaria.

El Gobierno justifica las modificaciones argumentando que se avanza "en términos de neutralidad y equidad". Pero los expertos tienen una visión muy diferente. La mayoría critican el afán recaudatorio del Gobierno. "No es justo, los vendedores pagarán más ya que se deja sin efecto el factor de la inflación acumulada", afirma José María Mollinedo, secretario general de los Técnicos de Hacienda (Gestha).

Con esta mayor presión fiscal a la transmisión de vivienda se contenta a Bruselas, desde donde se pedía gravar la posesión. En cuanto a los efectos inmediatos en el mercado de la vivienda, los analistas creen que serán marginales porque "no se ha enterado nadie de los cambios, ni particulares ni muchos profesionales", dice Gonzalo Bernardos, economista y director del Máster Inmobiliario de la Universidad de Barcelona.

El consultor inmobiliario José Luis Ruiz Bartolome va más allá: "Muchos se llevarán una sorpresa en su Declaración de IRPF de 2015". No le extraña que no se hayan usado estos cambios fiscales como incentivos para avivar las compras, "Al Gobierno no le interesa porque las operaciones que se cierren antes de 2015 significarán pérdida de recaudación", concluye.

Fuente: elmundo.es

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sealquila2 300x225 - Hacienda mantendrá el 60% de exención en la tributación de la vivienda en alquilerEl Ministerio de Hacienda rectifica y en relación a la viviendas en alquiler finalmente se mantendrá el porcentaje actual del 60% la exención de tributación en el IRPF de las rentas obtenidas por los propietarios, en lugar del porcentaje del 50% que estableció en el anteproyecto de ley, según indicaron fuentes de este departamento. Este porcentaje del 60%, aplicable a los arrendadores (los caseros), asciende al 100% si el inquilino es menor de 30 años.

Sin embargo, el Gobierno no rectifica la eliminación de la exención total que existe actualmente para los arrendadores que alquilan su vivienda a inquilinos menores de 30 años, ni tampoco está previsto restablecer la deducción por alquiler de pisos para los arrendatarios, de la que también disfrutan ahora los inquilinos con rentas inferiores a 24.100 euros.

Este cambio que ha introducido Hacienda respecto al anteproyecto de la reforma fiscal presentado en junio se une a otros cambios también los anunciados esta misma semana por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Así, el mínimo exento de la tributación de la indemnización por despido en el IRPF se elevará a 180.000 euros (frente a los 2.000 euros por año trabajado que se planteó primeramente) lo que supondrá que el 99,9% de los afectados por este supuesto no tendrá que tributar. Otra novedad importante de última hora es que los mayores de 65 años que vendan bienes y los destinen a una renta vitalicia no tributarán por las posibles plusvalías de dichas ventas.

En la misma línea, el proyecto de ley también incorpora otra mejora respecto al anteproyecto, relativa a la fiscalidad de los planes de pensiones, al rebajar de diez a cinco años el periodo mínimo de tiempo de la inversión para beneficiarse de una menor fiscalidad en el IRPF.

Novedades en el Impuesto de Sociedades

Asimismo, también se incorporará otra novedad relativa a la deducción por inversión en I+D recogida en el Impuesto de Sociedades. Así, el valor de monetización que pueden llevar a cabo las empresas que realicen grandes inversiones en estas actividades pasará de 3 a 5 millones de euros.

También en este impuesto el Gobierno aprovechará la aprobación del proyecto de ley para mejorar la aplicación de la reserva de capitalización para las empresas. En concreto, el proyecto de ley establece como novedad, que el límite a la compensación de las bases imponibles negativas en Sociedades se calculará sobre la base imponible existente antes de aplicar la nueva reserva de capitalización.

De esta manera, se hará posible ampliar el aprovechamiento de este incentivo fiscal al ahorro, que permite a las empresas destinar un 10% de sus beneficios a la citada reserva de capitalización, que no tributará.

Fuente: elpais.com

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mayoresvivienda 300x160 - Los mayores de 65 años que vendan su vivienda o sus bienes no pagarán plusvalíasLos contribuyentes mayores de 65 años que vendan cualquier tipo de activo de valor, como viviendas, acciones u otros bienes, no tributarán por la plusvalía generada en estas operaciones siempre que dicha renta se vuelva a invertir en complementos financieros que den una renta vitalicia. Así lo ha anunciado el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, afirmando que la medida servirá para complementar sus pensiones.

Ésta es una de las novedades que incluirá el Gobierno en la reforma fiscal que aprobará el Consejo de Ministros, ya que en el anteproyecto inicialmente presentado no figuraba esta medida. Según Ferre, "Es perfectamente oportuno en este momento que los mayores de 65 años tengan la capacidad de hacer líquido cualquier bien material que tengan para dedicarlo a una renta vitalicia que complemente su pensión".

En la legislación actual ya se permite la exención de las plusvalías para mayores de 65 años, pero solo en el caso de venta de vivienda habitual. Ahora se extiende a todo el patrimonio (otras viviendas, acciones…), siempre que esté vinculado a la constitución de una renta vitalicia (una renta mensual de por vida). "Es una medida para estimular el ahorro ligado a las pensiones", explican desde Hacienda.

Menos permanencia en planes de pensiones

El proyecto de Ley incorporará otra novedad que es la rebaja de la exigencia del tiempo de permanencia de los planes de pensiones individuales de 10 a 5 años. El Ejecutivo ha comprobado que dichos planes están creciendo y "Merece la pena seguir potenciándolos. Se da un paso más en el fomento del ahorro", aseguro Ferre.

Reforma fiscal

La reforma fiscal que aprobará el Gobierno el viernes 1 de agosto prevé que partir de 2015 se elimine la distinción en función de la antigüedad de las plusvalías, de modo que el gravamen será el mismo con independencia de si la plusvalía se obtuvo con la compra venta en Bolsa en un solo día o con la venta de una vivienda comprada hace décadas. Así, se prevé que las ganancia tributn al 20% si la cuantía es de hasta 6.000 euros, con el objetivo de que el tipo definitivo sea el 19% en 2016.

Por otro lado, desaparecen los coeficientes de abatimiento, que beneficiaban a la tributación de los activos adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre de 1994 y que permitía rebajar la parte que debía tributar para la ganancia acumulada hasta el 20 de enero. La medida encarecerá la factura fiscal a partir de 2015 para los contribuyentes que vendan pisos, especialmente si fueron adquiridos antes de 1994.

Fuente: cincodias.com

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vivienda impuestos 300x199 - Hachazo fiscal para las viviendas más antiguas que se vendan a partir del 2015La propuesta de reforma fiscal aprobada hace apenas tres semanas por el Consejo de Ministros y diseñada por el equipo del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, esconde una carga de profundidad disimulada entre los mensajes de rebaja de impuestos: una importante subida de la factura fiscal asociada a la venta de vivienda, que puede alcanzar una diferencia a efectos de pago en el IRPF entre vender una vivienda el 31 de diciembre de 2014 o el 1 de enero de 2015 de miles de euros, sobre todo si la vivienda fue comprada antes de 1994.

Así, la reforma fiscal planteada por el Gobierno propone eliminar coeficientes reductores que penalizará notablemente a determinados grupos de propietarios con la venta de sus casas, sobre todo a las viviendas más antiguas. Si se piensa vender una vivienda, especialmente si se tiene en propiedad hace muchos años, debe meditarse si hacerlo antes de que termine este año, pues la tributación aplicada será la actual, manteniéndose los coeficientes correctores.

El texto elaborado por Hacienda pretende acabar a partir del 1 de enero de 2015 y de una sola tacada con los dos instrumentos que históricamente han permitido reducir la carga impositiva sobre las plusvalías generadas por la revalorización de los bienes inmobiliarios en el momento de su venta: los coeficientes de abatimiento y el coeficiente de actualización. La reforma ha sorprendido por la eliminación de estos coeficientes reductores, en funcionamiento desde los años ochenta, con el objetivo de aliviar el efecto de la inflación. Para entendernos: cuando una persona vende una casa debe tributar en el IRPF por la plusvalía que haya generado, que no es otra cosa que la diferencia entre el precio de compra y el de venta.

La eliminación del coeficiente de abatimiento afecta a casas y pisos comprados antes de 1994. En el caso del coeficiente de actualización, singularmente a las adquiridas antes de 2008, ya que es el último año en el que se revalorizó la vivienda y además se registraron fuertes subidas del IPC. Con todo, si se vende más caro de lo comprado en años posteriores, también se habría dado una corrección que ahora se elimina.

Para hacerlo más gráfico, imaginen un contribuyente que compró una vivienda en 1976 por dos millones de pesetas (12.020 euros) y ahora decide venderlo por 220.000 euros. Con la ley vigente, el vendedor pagará 10.869 euros en el IRPF por la ganancia patrimonial. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2015, el coste fiscal en este ejemplo se elevaría a 43.995 euros. Es decir, la diferencia entre vender un piso el 31 de diciembre de este año o hacerlo 24 horas más tarde asciende a 33.126 euros.

Como apuntan desde el despacho Solchaga Recio & asociados, el cambio normativo influirá decisivamente en el mercado inmobiliario de aquí a final de año. Quienes tuvieran un piso comprado muchos años atrás y estuvieran pensando en venderlo, deberían acelerar el proceso para evitar el castigo fiscal que incluye la reforma del Gobierno. El comprador, por su parte, tendrá en la reforma fiscal un arma de presión adicional para rebajar el precio.

Por otra parte, en términos fiscales, la donación de una vivienda tributa como una venta, obtiene una plusvalía en función del precio al que compró la vivienda y el precio de mercado vigente en el momento en que se produce la donación. Así, todo apunta que la reforma fiscal acelerará las donaciones de vivienda para evitar el castigo fiscal en el IRPF que se producirá a partir de enero de 2015.

Fuente: cincodias.com (Simulador fiscal)

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cristobalmontoro1 300x188 - Hacienda quita el castigo fiscal a los afectados por la dación en pagoEl Gobierno ha decidido aprovechar la reforma fiscal para dar un respiro fiscal a aquellos que entregaron su vivienda en dación en pago por no poder pagar su hipoteca, quitando el castigo que la normativa tributaria infligía a este grupo de víctimas de la crisis económica. Así, según el decreto que el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes quedará exento de tributación por IRPF y plusvalías municipales, para que entre en vigor con efecto inmediato a partir de esta misma semana.

De este modo, los afectados por la dación en pago podrán solicitar la restitución de lo tributado, según ha declarado el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, el Gobierno ha optado por que esta medida entre en vigor desde 2014 afectando a todos los años anteriores no prescritos, confirmando que tendrá carácter retroactivo y "se podrá solicitar la restitución de los tributado en el IRPF en el ejercicio 2010 y siguientes, así como en las plusvalías municipales".

Las situaciones de aparente injusticia son tan clamorosas, que Hacienda ha llegado a la conclusión de que ese tratamiento fiscal no era el más apropiado y en ocasiones venía a agravar el drama que atravesaban algunos damnificados de la crisis económica. El deudor hipotecario se veía obligado no sólo a entregar su casa por no poder pagar la hipoteca, además la norma tributaria venía a interpretar que con la dación en pago se lograban plusvalías (por ejemplo los intereses de la deuda) y se tenía que pagar a Hacienda por ello. Ahora, esa supuesta ganancia patrimonial se declarará exenta aunque los afectados no estén en el conocido "umbral de exclusión".

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) calcula que, según los datos de Banco de España, unas 15.000 familias al año se podrían beneficiar de este cambio fiscal que les permitirá ahorrarse unos 10.000 euros de media.

En 2013 se registraron 16.173 daciones de viviendas en pago de las deudas contraídas con la entidad concesionaria de la hipoteca, un 1,3% más que en 2012, aunque con un descenso del 13,1% en el caso de la vivienda habitual, según datos del Banco de España.

También a los afectados de las preferentes

El beneficio fiscal se amplía también a aquellos que no logren un pacto con la entidad financiera para liquidar la hipoteca y el banco se queda con la casa. En estos casos, se produce una venta forzosa cuyas plusvalías también estarán exentas.

En relación con los afectados por las preferentes, el decreto establece que aquellos que tienen ganancias patrimoniales por el aumento del valor de las acciones canjeadas por las preferentes podrán compensarlas en el impuesto del ahorro con las pérdidas originadas anteriormente.

Fuente: elpais.com

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deduccion alquiler1 300x173 - La reforma fiscal reduce la deducción por alquiler de vivienda al 50%La nueva reforma fiscal que prepara el Gobierno reducirá la deducción fiscal que tenían los propietarios por alquilar su piso al 50% de manera general. Si antes el arrendador disfrutaba de una exención de declarar el 60% de este rendimiento del capital mobiliario por alquilar un inmueble e incluso del 100% si se alquilaba a personas menores del 30 años, cuando entre en vigor a partir del uno de enero del año que viene, desaparecerán.

Hasta ahora, los propietarios particulares de casas y pisos en alquiler podían deducirse buena parte de los gastos que le origine el inmueble y la actividad. Desde los gastos de administración y mantenimiento del inmueble arrendado hasta los impuestos como el IBI o las tasas de recogidas de basura. Si además, se trata de primera vivienda y el inquilino es mayor de 35 años, una deducción del 60% de la renta. Si es menor de edad y el contrato se firmó antes de uno de enero de 2011, se desgrava el 100%.

Con los cambios introducidos en la reforma fiscal también pagará más el inquilino. Se suprimirá la desgravación fiscal máxima de hasta el 10,05% para los inquilinos con un importe máximo de 9.040 euros para rentas de hasta 17.707,20 euros anuales, así como aquellos porcentajes de deducción inferiores a medida que la base imponible se vaya acercando al tope de 24.020 euros. El mercado de alquiler ha avanzado estos años de crisis, y finaliza el tratamiento fiscal favorable en comparación con la compraventa, donde la reforma fiscal no subirá impuestos.

Una medida paradójica que no parece la mejor forma de fomentar el alquiler, curiosamente principal objetivo del actual plan estatal de vivienda.

Fuente: elpais.com

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