A partir de ahora, las cláusulas suelo siempre estarán presentes en nuestro pensamiento cuando hablemos de hipotecas. Según la sentencia del Tribunal Supremo dictada el pasado 9 de mayo, la banca deberá avisar expresamente al cliente de la existencia de estas cláusulas en el contrato y explicarle de forma clara y directa lo que implican: que limitan las rebajas de las cuotas mensuales del préstamo al fijar un interés mínimo independientemente de la cotización del euríbor. Es decir, "esta hipoteca tiene suelo y no siempre se beneficiará de las caídas del euríbor”
De acuerdo con la sentencia del Alto Tribunal, así, y aún siendo lícitas, solo si son “comprensibles” y “transparentes” este tipo de condiciones serán válidas, mientras que se declaran nulas en los casos en los que haya “falta de transparencia”.
Aunque las cláusulas suelo son una práctica bancaria habitual, muchos hipotecados no eran conscientes de que se les estaba aplicando hasta que el euríbor no empezó su senda bajista en 2009, ya que aunque el euríbor bajaba su hipoteca no se abarataba. Fue entonces cuando surgieron varias demandas de afectados contra algunas entidades por considerar esta maniobra como abusiva.









