Las cargas de una vivienda pueden suponer un lastre importante para el comprador que desconozca de su existencia. Por ello, saber cuáles son esas cargas y averiguar si las hay es uno de los pasos imprescindibles que se deben dar antes de comprar una casa. Lleva poco tiempo y puede ahorrar algunos disgustos.
Qué son las cargas de una vivienda
Explicado de una manera muy simple, las cargas de una vivienda son las deudas que recaen sobre ella. La más conocida es la hipoteca, pero no es la única. Hay otras bien diferentes que a veces se desconocen, pero que pueden tener una enorme relevancia porque el comprador es responsable civil subsidiario de ellas.
Si se sabe de su existencia, habrá que negociar con el vendedor cómo resolverlas antes de cerrar el proceso de compraventa. El gran problema surge cuando se desconoce que la vivienda tiene cargas.
¿Cuáles son las cargas de una vivienda más habituales?
Entre las cargas de una vivienda, las más comunes, las que se dan con mayor frecuencia son las siguientes:
- Préstamos hipotecarios: aunque sea la carga más común, también es la que menos inconvenientes provoca porque lo habitual es que el vendedor cancele o el comprador se subrogue a la hipoteca.
- Embargos judiciales para afrontar deudas pendientes.
- Afecciones fiscales, es decir, pagos de impuestos relacionados con la vivienda y no satisfechos por el vendedor.
- Derechos de servidumbre o usufructos. Estos últimos implican que no se puede disfrutar de la vivienda aunque se tenga en propiedad.
- Contratos de alquiler en vigor.
- Cargas tributarias no satisfechas, fundamentalmente el Impuesto de Bienes Inmuebles o la plusvalía municipal.
- Cargas vecinales, impagos de las cuotas de la comunidad de propietarios.
- Deudas en los suministros de la vivienda (agua, luz, etc.).
¿Cómo saber si la vivienda tiene cargas?
Para conocer las cargas de una vivienda simplemente hay que dar algunos pasos:
- Solicitar una nota simple o un certificado de cargas en el Registro de la Propiedad correspondiente: en estos documentos aparecen los datos de la vivienda y de su titular, así como las cargas en lo que se refiere a préstamos hipotecarios, embargos, arrendamientos, usufructo o impuestos.
- Solicitar al administrador de la comunidad de propietarios o a su presidente un documento que acredite que la vivienda está al corriente de pago o, en su caso, a cuánto asciende la deuda.
- Pedir al propietario los justificantes de pago del IBI o, en su defecto, acudir al Ayuntamiento para verificar que no hay deudas en ese sentido.
- En el caso de los suministros, la recomendación es consultar directamente con las compañías.
Si existe algún tipo de carga, es fundamental negociar con el vendedor quién las asume y en qué condiciones. Por supuesto, todo ello debe quedar perfectamente reflejado en el contrato de compraventa y en la escritura. Otra posibilidad es asumir esas deudas a cambio de una rebaja en el precio de venta de la propiedad.
Lo ideal, sin embargo, es asegurarse de que la vivienda no tiene cargas. De esa manera se evitan posibles imprevistos.
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