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Muchos propietarios han encontrado en su propia vivienda la solución para el problema que supone el pago de la hipoteca: cada vez es más frecuente utilizar la vivienda habitual para conseguir un sobresueldo a través de su alquiler.

vacaciones - Sacar partido a la vivienda con el alquiler para vacacionesHay muchas fórmulas

Se puede alquilar una habitación vacía a turistas.

O alquilar la casa entera cuando los propietarios están de vacaciones.

Incluso empieza a ser frecuente que propietarios con casa en Madrid, Sevilla o Barcelona "alquilen su vivienda los fines de semana".

El 10% de los propietarios de viviendas habituales en España ya las alquila parcialmente a turistas.

Sólo hay que profesionalizar el servicio

No se trata de la fórmula tradicional de alquilar por temporadas el apartamento libre de la playa o del pueblo, sino de un modelo más profesional -y más lucrativo- que se conoce como self catering.

El concepto de alquiler de apartamentos de vacaciones se ha concebido tradicionalmente para periodos muy estacionales y largos, generalmente un mes o los tres meses de verano. La diferencia con el alquiler tradicional es que esta modalidad se dirige a los turistas, predispuestos a pagar más, y en estancias cortas, lo que permite sacar un mayor rendimiento económico.

A cambio hay que profesionalizar el servicio -por ejemplo, diferenciándolo y garantizando unos mínimos de calidad-, y el modelo de contratación -a través de una agencia o portal web especializados- para conseguir un porcentaje de ocupación alto. Lo ideal es que la vivienda esté localizada en un lugar turístico con temporadas altas muy marcadas, "en estos casos la rentabilidad está garantizada".

En la práctica, este tipo de negocio puede dar para mucho más que para pagar la hipoteca. De hecho, puede ser una excelente salida a la falta de empleo. Para empezar, los costes de explotación son mínimos, tanto en el caso de cama y desayuno como de alquiler completo apenas se precisa personal: el check-in y check-out pueden estar informatizados, igual que las reservas, que se realizarán por Internet.

Se requieren pocas exigencias legales

A la pequeña inversión de este tipo de negocios se suman las pocas exigencias legales y mercantiles. Pero las hay. No hace falta crear una empresa para la explotación de una vivienda con fines turísticos, pero sí pagar los impuestos correspondientes generados por la actividad económica: las rentas que reciben los propietarios tributan en el IRPF.

Además, según la ubicación de la vivienda, hay que solicitar lat licencia de acividad en el ayuntamiento, que es además quien establece los requisitos mínimos de infraestructura, en caso de existir. Por ejemplo, en el caso de alquiler de habitaciones, la normativa suele contemplar la necesidad de que sean exteriores. Además, las viviendas no pueden ocuparse con más plazas de las indicadas en la cédula o licencia. Y ojo, porque en algunos lugares los apartamentos ubicados en un bloque de vecinos tienen que contar con el permiso de la comunidad para poder ser destinados al alquiler para estancias cortas, por ejemplo en Cataluña.

En la diferencia entre vivienda para su explotación como negocio o para alquilar de forma ocasional está la clave. Y en ocasiones es tan mínima que la legislación se vacía de contenido. "No puede confundirse el simple arrendamiento por temporada con la prestación de alojamiento turístico como ejercicio habitual de actividad".

En primer caso, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994 establece que tendrán consideración de Arrendamiento para uso distinto del de la vivienda los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada. En estos casos, el arrendamiento "se rige por la voluntad del propietario y arrendatario", frente a los contratos de alquiler de vivienda habitual. Para particulares, los ingresos por alquileres de temporada deberán ser reflejados en la declaración de la renta para el cálculo del IRPF. Ante el vacío legal, esta modalidad también puede acogerse a la ley de arrendamiento por temporadas cortas.

"Las viviendas turísticas vacacionales para su apertura y funcionamiento sólo estarán obligadas a notificar al Organismo competente su dedicación al tráfico turístico", en virtud del Real Decreto sobre Ordenación de los apartamentos turísticos de 1982. Es decir, solicitar la licencia municipal pertinente. Sin embargo, "muchas comunidades autónomas han incluido requisitos más detallados".

La Mesa del Turismo ha recopilado toda la legislación relativa al sector en su página web (www.mesadelturismo.com).

Fuente: eleconomista.es

 

Marcos es un joven de 35 años que durante casi dos vió como el inquilino de su casa no le pagaba el alquiler. Aunque inicialmente se compró esta vivienda para vivir en ella, la precaridad del empleo -carecía de un contrato fijo-, primero, y la lacra del paro, después, le obligaron a volver a casa de sus padres y a alquilar su piso para poder pagar la hipoteca.

alquiler11 - Cómo te afecta la nueva ley de alquileresPero todos sus cálculos financieros saltaron por los aires cuando el inquilino dejó de pagar, una pesadilla que se extendió durante un largo rosario de meses debido al proteccionismo que la actual normativa confiere a quien habita la vivienda.

Gracias a la ayuda de su familia, y a que después de un tiempo consiguió al fin un empleo fijo, logró salvar la hipoteca. Su casa, en cambio, tardó más tiempo en recuperarla y, cuando al fin la Justicia le dio la razón, ésta estaba completamente destrozada.

Casos como el suyo figuran entre los beneficiados del Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del mercado del alquiler de viviendas.

La norma ha sido duramente criticada porque recorta a diez días el plazo para que, tras presentarse una demanda de desahucio por falta de pago, ésta sea ejecutada.

No obstante, este triste final sólo será obligatorio cuando el demandado no comparezca o no justifique el impago. En aquellos casos en los que el inquilino justifique el impago, será el juez quien decida, intentando "adoptar la decisión más adecuada a los intereses de ambas partes".

Con este medida, el Ejecutivo asegura perseguir que haya un mercado de alquiler más amplio y seguro, ya que actualmente apenas hay 1,8 millones de viviendas en renta, por 3 millones de hogares vacíos.

Beneficios para propietario e inquilino

  • Aunque la polémica de los desahucios ha eclipsado la nueva ley de alquileres, la realidad es que ésta va mucho más allá e introduce cambios que benefician y perjudican, a partes iguales, a arrendador y arrendatario. Un cambio de tercio que el Ejecutivo defiende como flexibilización del mercado y cuyo objetivo último es conseguir que haya más casas en alquiler a precios más bajos.
  • En esta línea, por ejemplo, ya no será obligatorio aplicar la revisión del alquiler en función del IPC, sino que serán las partes las que pacten la actualización de la renta, pudiendo decidir, por ejemplo, no modificarla, algo que beneficia al inquilino.
  • A cambio, el propietario de la vivienda podrá aplicar al precio del alquiler el coste que le acarree cualquier mejora que lleve a cabo en beneficio del inquilino.
  • Éste, por su parte, podrá renunciar a su derecho preferente de compra, si lo tuviera, si llegado el momento decide no adquirir la casa.
  • Otro ejemplo de cómo ambas partes resultan igualmente perjudicadas o beneficiadas está en los nuevos poderes que se les confiere para romper el contrato. Éste, además de haberse recortado de cinco a tres años, podrá darse por terminado por parte del inquilino con sólo un mes de preaviso, mientras que el propietario podrá disponer libremente de ella, advirtiéndolo con dos meses de antelación, cuando la necesite para vivir él mismo, un familiar en primer grado o el cónyuge en caso de divorcio. No obstante, ambas partes podrán cubrirse ligeramente las espaldas, ya que el arrendador podrá incluir en el contrato que, en caso de que el inquilino decida romperlo antipadamente, deberá indemnizarle con una mensualidad por cada año de contrato que falte. A cambio, aunque el dueño de la vivienda necesite volver a ocuparla o un familiar suyo desee hacerlo, o su ex pareja, no podrán durante el primer año de alquiler.
  • Para proteger al inquilino ante cambios de propietario, la nueva normativa también contempla la posibilidad de que el contrato quede recogido en el Registro de la Propiedad. En estos casos, si el propietario vende el hogar, el nuevo dueño deberá respetar el contrato. Pero esta medida también tiene su contraparte, la que beneficia al propietario. En los casos en los que se adquiera un vivienda que está arrendada y no registrada, se facilitan los supuestos en los que el nuevo dueño puede romper el contrato de alquiler en vigor.

Fuente: noticias.lainformacion.com

Es el momento de que el mercado del alquiler despegue en España. Por fin. Después de años de hegemonía de la compra de vivienda, todo apunta a favor del arrendamiento.

alquiler31 - El alquiler, ¿por fin una alternativa real?En España el numero de viviendas en propiedad es del 83% del parque inmobiliario, frente al 17% de pisos en alquiler.

Es decir, muy lejos de Suiza, que es el país europeo que mayor numero de viviendas de alquiler tiene en oferta (el 57%), de Alemania (46,8% de alquileres) y Francia (38%), según los datos de la oficina estadística europea, Eurostat.

Pero esta situación va a empezar a cambiar, a tenor de las perspectivas de los expertos. Bien es verdad que el cambio no será brusco, pero puede acabar siendo favorable para las familias, ya que los precios bajarían.

Hay varios factores que, unidos, favorecen al mercado del alquiler:

  • En primer lugar, las rentas de los arrendamientos está bajando y el sector crece en plena crisis, como sustituto de la compraventa de pisos, que vive una falta total de pujanza.
  • En segundo, la subida del IVA de la vivienda (el 1 de septiembre) y el fin de la desgravación fiscal (el 1 de enero de 2013) provocará un efecto huida de la compra.
  • En tercer lugar, el Gobierno va a lanzar una ley para flexibilizar las condiciones de los alquileres y acelerar los desahucios de inquilinos morosos, de manera que el casero tenga más seguridad jurídica y salgan al mercado miles de pisos vacíos. Y al haber más oferta los precios tendrán que ser más competitivos, como bien dijo la ministra de Fomento, Ana Pastor, el pasado viernes.
  • En cuarto lugar, la reforma de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimis) impulsará el alquiler, ya que se trata de vehículos destinados a la gestión y rentabilización de arrendamientos. Estas sociedades no tributarán, frente al 19% que tenían hasta ahora, lo cual incentivará que proliferen.
  • En quinto lugar, la pérdida de capacidad adquisitiva de las familias y la práctica desaparición del crédito empujan hacia el arrendamiento. Además, la banca se adjudica cada vez más inmuebles, lo que puede propiciar que busque una pequeña rentabilidad a los pisos que no se consiguen vender y que se van a aparcar en un banco malo.

Así que, pese a la crisis, hay más motivos que nunca en la historia reciente para que el alquiler se convierta en un rival digno de la compra de viviendas. “La situación apunta hacia eso. El alquiler tendrá un papel mayor.”, apunta Julio Gil, socio director de Horizone Consulting Inmobiliario. ...continúa leyendo "El alquiler, ¿por fin una alternativa real?"

El Gobierno ha presentado en su penúltimo Consejo de Ministros de agosto un Proyecto de Ley que pretende dinamizar este mercado y situar la tasa de viviendas alquiladas cerca de la media europea, el 30%, por el 17% de España (según Eurostat), porque "algo nos está pasando. Te pones a ver precios y son muy altos", ha señalado la ministra de Fomento Ana Pastor. La mayoría de las medidas se conocen desde el mes de mayo.

alquiler21 - Cambian las reglas para los alquileres
Nueva Ley para los Alquileres

Según Pastor, la reforma del alquiler aumentará la oferta y bajará los precios de los pisos, algo que sólo se consigue garantizando la seguridad de los propietarios. Sin embargo, el Gobierno no elabora estadísticas de precios mercado del alquiler, ni de oferta, y no maneja datos actuales sobre cuántos españoles viven de alquiler. Durante su alocución, Pastor tampoco ha presentado estudios sobre inseguridad de los propietarios.

Entre las novedades de la norma, que pasará por el Congreso, destacan los fuertes estímulos introducidos que favorecen a las inmobiliarias que inviertan en el sector del alquiler, y a las que ya están en él, pues las libera de buena parte de sus obligaciones fiscales, con el objetivo de aligerar el gigantesco 'stock' -700.000 casas- y el parque de viviendas vacías -unos tres millones, según la ministra-, que tanto preocupan al Gobierno.

Al referirse a la nueva norma, Pastor afirma que se asienta sobre un principio de "equilibrio", porque "todos podemos ser en algún momento inquilinos o propietarios". Pero la norma favorece claramente al propietario, especialmente en cuanto a las condiciones de los nuevos contratos y a la reducción de los plazos hacia el desahucio de la vivienda.

Medidas anti-morosidad

A partir de la aprobación de la Ley, los inquilinos que se retrasen en el pago de su renta de alquiler podrán ser desahuciados si no cumplen en el plazo de 10 días, en lugar del mes del que disponían hasta ahora. En caso de que el deudor no atienda la petición ni presente alegaciones, el contrato se rescinde y se inicia el proceso de desahucio.

Además, los caseros podrán advertir al juzgado de una situación de morosidad desde el primer mes de impago. Finalmente, los desahucios sólo requerirán de un funcionario judicial, en lugar de los dos que se personaban en el lanzamiento hasta la fecha, de forma que un mismo juzgado podrá cubrir más procesos.

Para los expertos consultados, las medidas que introduce el Gobierno deberían ir acompañadas de más efectivos judiciales por lo que, hoy por hoy, es difícil que se acorten los plazos actuales de los desahucios.

Registro de la Propiedad

Una de las aportaciones de la Ley que puede traer cola es que en caso de venta de la vivienda, el comprador solo estará obligado a mantener al arrendatario si el acuerdo está inscrito en el Registro de la Propiedad.

Tanto el casero como el inquilino podrá realizar la inscripción -que es de pago-, pero en la práctica acabará realizándola el inquilino, pues, en caso de no hacerlo será este quien pierda derechos. En el caso de la venta de un edificio entero, por ejemplo, algo bastante común en casos de rentas antiguas. Para Pastor, esta medida introduce "seguridad jurídica" en las operaciones.

Duración del contrato

Como se conoce desde mayo, el plazo de prórroga obligatoria se reduce de cinco a tres años, y el de prórroga tácita de tres a uno. Por otro lado, el inquilino podrá abandonar la vivienda si avisa con un mes de antelación, algo que beneficiará, según la ministra, especialmente "a los jóvenes". "Esto permitirá a los propietarios recuperar la vivienda cuando la necesiten y al inquilino poder abandonarla si ve que no va a poder seguir pagando", afirma la ministra.

Recuperación de la vivienda

La Ley garantiza que el propietario pueda recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento, si hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad.

Además, la Ley también beneficia al propietario "en caso de desistimiento", pues podrán pactar en el contrato que, el arrendatario indemnice al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Actualización de la renta

El propietario de una vivienda podrá pactar con su inquilino la fórmula para actualizar la renta, de forma que el IPC no será el único referente para dicha actualización.

Socimis más rentables

Parte importante de los cambios se centran también en la modificación del régimen fiscal de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi).

"El éxito de las Socimis ha sido más que discutible", ha señalado la ministra, tras reconocer que acababa de descubrir que sólo había 10 inscritas en la CNMV. Creadas en 2009, se trata de sociedades destinadas a invertir en activos inmobiliarios urbanos para su alquiler, tanto viviendas como cualquier otro inmueble urbano.

A partir de ahora, las Socimi no pagarán el Impuesto de Sociedades, y desplazan la tributación al dividendo que se gravará con el 19%. Con un matiz, que tendrán que repartir el 80% de los beneficios como dividendo.

Renteros profesionales

Para las empresas del sector, la nueva Ley reduce del 10% al 8% el impuesto de sociedades que pagan con carácter general por alquilar inmuebles y se recorta el número de requisitos necesarios para acogerse a esa deducción.

El texto elimina el gravamen especial de bienes inmuebles para sociedades que no estén residenciadas en España, excepto para aquellas que tributen en paraísos fiscales.

Enlace relacionado: Pisos y Casas en alquiler

Fuente: elmundo.es

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Sin trabajo y sin dinero ¿que piso quieres Baldomero?

En España, seis de cada diez jóvenes residen en el domicilio familiar con escasas perspectivas de acceder a una vivienda y, aunque la crisis ha traído cierta sobreoferta de pisos, los menores de 30 años se ven obligados a rechazarla por falta de crédito para la compra o de ingresos para el alquiler.

images91 - El paro y la falta de crédito impiden el acceso a la vivienda
Sin trabajo ni dinero, ¿que más quieres Baldomero?

Esta opinión es compartida, aunque con matices, por responsables de organismos de vivienda joven de diferentes municipios españoles y por expertos en el tema como Julio Gil, codirector del Máster de empresas inmobiliarias de la UNED, y José Barta, profesor de Estrategia para Mercados Hostiles.

Barta subraya que los jóvenes suponen un colectivo de riesgo para las entidades financieras y, hoy en día, sus padres y posibles avalistas tampoco cumplen en gran mayoría los requisitos, dada la edad de los mismos frente a hipotecas a muy largo plazo.

Sin embargo, y a juicio de este experto, no existe un exceso de oferta para jóvenes, al menos en Madrid y Barcelona, como tampoco existe una demanda solvente por falta de financiación.

Julio Gil comparte con su colega que las dos dificultades de acceso a la vivienda para un joven menor de 30 años son la financiación y el precio y, aunque el precio de la vivienda ha bajado, sigue sin adaptarse a las condiciones de los jóvenes con gran precariedad laboral.

Gil estima que "un buen producto" es el alquiler o el alquiler con opción a compra que en los últimos años muchos municipios han puesto en marcha a un precio ventajoso.

Barcelona: Viviendas con derecho a uso

Este es el caso del Ayuntamiento de Barcelona. El delegado de Vivienda, Antoni Sorolla, ha narrado a Efe una experiencia que está triunfando en la Ciudad Condal y que es pionera en España: La venta de viviendas con derecho a uso durante 75 años.

Se trata -dice- de una alternativa que no especula con el suelo y que se basa en la máxima de "asegurar tu vida pero no la de tus herederos".

El mecanismo es muy innovador porque no requiere comprar suelo que se mantiene público y revierte a la administración pasados los 75 años.

Se trata -dice- de viviendas con una superficie de entre 70 y 80 metros cuadrados, que se venden en torno a los 100.000 euros, lo que se traduce en una hipoteca media de 400-500 euros mensuales.

Valencia culpa a la banca

En Valencia, la asesora de la concejalía de Urbanismo Patricia Gutiérrez asegura que la falta de crédito para la compra y de ingresos para el alquiler retrae la emancipación juvenil.

Gutiérrez explica que en la ciudad de Valencia se promueve el alquiler con opción a compra, y reconoce que, tras el repunte en la construcción de los últimos años, hay una considerable cartera de vivienda vacía a precio tasado que no se ha colocado en el mercado.

Señala que este tipo de casas, dirigida a jóvenes, va desde el estudio de 40-50 metros cuadrados que se alquila por 180 euros al mes en el centro de Valencia a la vivienda de barrio residencial, con 3-4 dormitorios y un alquiler de 400 euros.

Según el INE, el precio de los alquileres también ha caído, pero los gastos fijos cada vez son más altos.

Programas en Gijón y Bilbao

En Gijón, según ha facilitado la Corporación, este mismo mes se han puesto en marcha dos planes para jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 35 años.

Se trata del Plan de alquiler Comparte-Joven y el Programa intergeneracional Convive, que impulsa el alojamiento alternativo para jóvenes en el domicilio de personas mayores que necesitan compañía.

En Bilbao, recientemente el Ayuntamiento ha impulsado el programa "Viviendas Municipales para Jóvenes Solidarios", que ofrece pisos en alquiler a jóvenes que cursan estudios de postgrado en el campus.

La iniciativa consiste en ofrecer pisos municipales en régimen de alquiler a un precio simbólico de 40 euros y como contrapartida el alumno debe colaborar en proyectos comunitarios y en el apoyo a colectivos vulnerables.

Sin políticas en Madrid

En Madrid, la concejalía de Urbanismo y la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) han rehusado la petición de Efe de valorar los planes de vivienda para jóvenes en la actual situación de crisis.

También los políticos se pronuncian y, en concreto, la diputada socialista y portavoz de Vivienda en la Comisión de Fomento del Congreso, Leire Iglesias, considera que es "muy poco realista" pensar que los jóvenes tienen más facilidades de hacerse con una vivienda por el hecho de que hayan bajado de precio e incide que lo más importante es que falta liquidez.

Iglesias apunta que la desaparición de algunos programas como el de la renta básica de emancipación, una ayuda directa que benefició a 300.000 jóvenes, lo dificulta aún más.

Reconoce que en algunos municipios, como Madrid, "ahora te llaman de algunas bolsas de vivienda que antes eran interminables" pero lamentablemente no es significativo ya que la difícil situación económica imposibilita que esto se traduzca en una vivienda propia.

Casi imposible

Según datos del Observatorio Joven de Vivienda (OBJOVI), la población joven tiene posibilidades muy restringidas de acceder a una casa dada la dificultad de disponer de una fuente regular de ingresos.

En el caso de la libre, un joven tendría que reservar el 53,6 por ciento de un salario medio, más de veinte puntos de lo que se aconseja para que una operación bancaria sea viable.

Fuente: elmundo.es

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El inquilino tipo en España es un hombre de unos 32 años, soltero, que cobra un salario de entre 10.000 y 20.000 euros brutos anuales y tiene un trabajo eventual, según un estudio demoscópico elaborado por Alquiler Seguro en grandes núcleos urbanos a fecha de junio de 2012.

Donde está mi casa - El inquilino tipo del alquiler en España
Mi casa está donde yo esté. ¡ Ya la veo, la veo !

El análisis refleja que el nivel de endeudamiento de aquellos que quieren vivir de alquiler está situado entre el 30% y el 50%, ya que más del 50% de los encuestados gana en torno a los 20.000 euros brutos anuales, con una carga de préstamos personales que ascienden a los 6.650 euros.

Por otro lado, los inquilinos necesitan 19 días para encontrar piso y lo hacen por Internet, donde dedican más de dos horas semanales a la búsqueda de vivienda.

Según el informe, uno de los factores más importantes para estos inquilinos es la cercanía al puesto de trabajo, mientras que el número de dormitorios pierde importancia a la hora de elegir casa. En cuanto a la estancia media del inquilino en la vivienda alquilada, es de más de dos años.

Fuente: eleconomista.es

La temporada de alquileres para estudiantes ya se ha iniciado. Los meses de junio y julio son los elegidos por los universitarios para buscar pisos. La mayoría de los estudiantes prefieren tener ya cerrado el contrato de alquiler para el próximo curso en el mes de julio. De esta manera, «la oferta es mucho mayor y pueden elegir casas más baratas y con mejores calidades. Quien espera a septiembre se tiene que conformar con lo que queda».

Folder1 - Alquileres para estudiantes: comienza la temporada
Big Bang o como compartir correctamente

La demanda de pisos de este sector de la población se mantiene, sin embargo, la oferta crece. «Se ha disparado el número de pisos en alquiler para estudiantes entre un 5 y un 10% más cada año desde que comenzó la crisis». Se debe a que un gran número de propietarios no consigue vender sus hogares y tras verlos vacíos muchos meses deciden optar por sacarle algo de beneficio alquilándolos. «Antes había muchos que se negaban a ponerlos en alquiler y mucho más si era a estudiantes. Pero con la situación que estamos viviendo, la mayoría acaba accediendo».

A pesar de haber aumentado la oferta de pisos, los precios se mantienen iguales que en los últimos años. El coste del alquiler para los estudiantes oscila entre los 120 y 150 euros por persona, lo que supone entre 450 y 600 euros para un piso de cuatro. «Lo más común es que busquen de cuatro dormitorios porque les sale más económico». Si es para tres personas el precio del piso se sitúa entre 450 y 500 euros, entre 150 y 170 euros por persona. Cuando la casa dispone de tan solo dos dormitorios el precio se dispara a los 200 o 240 euros por inquilino.

Estos precios son unos 20 o 30 euros más caros que los normales, pero «es lógico ya que durante los meses de julio y agosto los estudiantes no tienen que pagar y en muchas ocasiones los propietarios incluso les guardan los pisos de un curso para otro».

Además, alquilar pisos para estudiantes tiene varias ventajas. En primer lugar, son buenos pagadores. «Es un cobro garantizado porque realmente pagan los padres y siempre cumplen». Otra ventaja es que cada mes de julio queda el piso vacío, «con lo cual si decides no seguir alquilando no tienes que echar a nadie». La única desventaja -explica- «es que puedan celebrar fiestas en los pisos y que dicen que los estudiantes los cuidan peor. Pero no es cierto, no suele haber problemas y lo normal es que el piso quede perfectamente tras el curso».

Para encontrar el mejor hogar, los estudiantes utilizan principalmente tres métodos. El más habitual es mediante los anuncios en los tablones de las facultades, paradas de autobuses o farolas. A esto se ha incorporado la nueva moda de buscar por Internet. «En páginas de alquileres generales y de inmobiliarias. Lo malo de buscar en inmobiliaria es que tienes que pagar medio mes por el servicio, pero lo bueno es que una sola te enseña muchos pisos posibles, te hace el trabajo fácil».

Nota: Aunque esta información está referida a la ciudad de Badajoz, creemos que puede ser igualmente válida para todas las ciudades de España que acogen estudiantes.

Fuente: hoy.es

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Los dos partidos saben que se juegan mucho en esta pugna por diferenciarse de las políticas de la derecha, pero saben también que los márgenes de actuación son escasos teniendo en cuenta que las arcas públicas están exhaustas. Pero a falta de dinero, buenos son gestos. Ese parece ser el punto de vista de la consejera de Vivienda, Elena Cortés, una joven dirigente cordobesa de IU que encarna las posiciones más a la izquierda dentro del Gobierno de coalición. Sus grandes apuestas son la rehabilitación, el alquiler social y la lucha contra los desahucios y contra las viviendas vacías.

dacion en pago21 - Derecho a la vivienda: rehabilitación, alquiler y dación en pago
Derecho a la vivienda

La titular del departamento de Vivienda dejó bien clara su posición durante una comparecencia reciente en el Parlamento. Sus palabras se habían oído hasta ahora desde los bancos de la oposición, pero no desde los del Gobierno: "Dejar el derecho a la vivienda al arbitrio del mercado destruye el derecho y además, como se ha demostrado, no genera una actividad económica sostenible ni generadora de empleo estable, sino un negocio depredador, especulativo, voraz y de enorme capacidad para corromper a personas e instituciones. La política debe regresar a la vivienda".

La idea de Cortés es que "se ha construido demasiado, alentando una burbuja especulativa de desastrosas consecuencias y propiciando una ordenación del territorio irracional e insostenible". Con la apuesta por la rehabilitación pretende, aunque modestamente, generar empleo en las pymes, en las empresas pegadas al territorio y no en las grandes constructoras. El punto de partida es el Plan de Choque por el Empleo, que dedica 10 millones a rehabilitación.

La consejera sostiene que la consejería debe promover "formas de tenencia que no impliquen amarrarse a una hipoteca para toda la vida". Por eso, el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2013-2016 también dará prioridad al alquiler. De hecho, a la vista de la bajada de la demanda de compra de VPO, la consejería está modificando el régimen de numerosas promociones: por ejemplo, sólo en Córdoba se han cambiado de venta a alquiler siete promociones, un total de 139 viviendas. "No se vendían, así que las arrendamos", resumen para Público en la consejería.

En materia de desahucios la consejera ha firmado la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la dación en pago, ha animado a los parlamentarios a hacer lo mismo y, esta misma semana, ha pedido a Mariano Rajoy que exija a los bancos acogidos al dinero del rescate que paralicen los desahucios y favorezcan el alquiler social. La consejera considera que el rescate es injusto, pero que al menos debe ser aprovechado como oportunidad para arrancar compromisos a los bancos. Tampoco es que sea la Revolución de los Soviets, pero por algo se empieza. Cortés tal vez fracase en esas propuestas inspiradas por la solidaridad y el coraje, pero al menos le quedará el indudable honor político de haberlo intentado.

Fuente: publico.es

El Gobierno ha ahorrado en estos últimos tres meses más de 17 millones de euros "renegociando alquileres" y "reubicando espacios" gracias al plan integral de gestión inmobiliaria que ha impulsado el Ejecutivo, según ha revelado la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría.

Soraya Saenz - Renegociar alquileres ahorra 17 millones en 3 meses
El gobierno renegocia sus alquileres

La portavoz del Gobierno, que ha inaugurado en Ávila la Escuela de Verano de la Universidad Católica y La Razón, ha señalado que el Estado, con más de 50.000 fincas rústicas y urbanas, gasta más de 200 millones en alquileres.

En este sentido, ha recordado que el Ejecutivo ha puesto en marcha un plan integral de gestión inmobiliaria y ha anunciado que por el momento ya se han ahorrado 17 millones. El objetivo es que se puedan ahorrar en un año más de 40 millones, según han informado fuentes gubernamentales.

A finales de febrero, Sáenz de Santamaría anunció en sede parlamentaria que el Gobierno llevaría a cabo este plan para aprovechar al máximo los inmuebles a disposición del Estado, después de que el Inventario General de Buenes Inmuebles cifrara en casi 55.000 el número de edificios de que dispone la Administración General del Estado.

La vicepresidenta del Gobierno justificó esta iniciativa en la necesidad de acabar con "la paradoja" de que se gaste mucho dinero en alquileres cuando hay propiedades del Estado sin utilizar. Según recalcó entonces, el Ejecutivo de Mariano Rajoy va a mirar "cada euro que se gasta", con "modelos de rigor" en la gestión de recursos públicos.

Fuente: europapress.es

Las regiones más caras para vivir son Madrid, País Vasco y Baleares

Forges1 300x208 - Desciende el alquiler en EspañaEl precio del piso de alquiler en España ha registrado un descenso interanual del 3,04 por ciento respecto al año 2011.

El informe señala que el mercado del arrendamiento continúa ajustando sus mensualidades de forma moderada. El valor del alquiler en España finalizó el pasado mes de abril con una mensualidad media de 625 euros y una superficie estimada de 94 metros.

Las regiones más caras para vivir de alquiler son Madrid (968 euros/mes), País Vasco (927 euros/mes) y Baleares (748 euros/mes), mientras que las rentas más económicas están en Extremadura (405 euros/mes), Castilla y León (499 euros/mes) y Castilla-La Mancha (509 euros/mes).