Una de las novedades que incluía la Nueva Ley de Vivienda es la posibilidad de declarar zonas tensionadas y, con ella, la limitación del precio de los alquileres y la aplicación de un índice de referencia para los nuevos contratos que se realicen.
A pesar de ello, la normativa recoge también la posibilidad de que los propietarios puedan incrementar las rentas del alquiler en zonas tensionadas hasta en un 10 %. Pueden hacerlo en nuevos contratos, pero solo pequeños propietarios.
Reformas que permiten subir el alquiler en zonas tensionadas
Para poder beneficiarse de esa excepción a los límites del alquiler en zonas tensionadas no sirve cualquier reforma. La ley también impone algunos requisitos. En concreto, son tres las circunstancias en las que un propietario puede subir el precio del alquiler:
Rehabilitación de la vivienda
En este sentido, será posible elevar la renta del alquiler si la vivienda se ha rehabilitado en los dos últimos años en dos circunstancias:
- Reformas incluidas en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler.
- Que la finalidad de esas reformas tenga como objetivo el tratamiento y consolidación de fachadas, cubiertas o estructuras.
La tipología de obras de mejora que se pueden realizar dentro de este capítulo es amplio y va desde rehabilitaciones de fachadas o tejados hasta sustitución de instalaciones eléctricas o sistemas de bajantes.
En cualquiera de los casos, existe un requisito básico: esas mejoras no podrán tener un presupuesto inferior al 25 % del precio de la vivienda si se ha adquirido en los dos años previos a la firma del contrato o al mismo porcentaje del precio de compra si se adquirió antes de ese tiempo.
Eficiencia energética
También es posible incrementar el alquiler en zonas tensionadas si en los dos años previos a la firma del contrato de alquiler se han realizado obras para mejorar la eficiencia energética de la vivienda.
Dentro de este apartado, se pueden incluir la instalación de sistemas de autoconsumo mediante paneles solares o aerotermia, la mejora del aislamiento térmico de la envolvente o el cambio de ventanas por otras más eficientes.
En este caso, la condición es que se acredite un ahorro en energía no renovable de al menos un 30 %. Para ello, será necesario aportar un certificado de eficiencia energética previo a la reforma y otro posterior a ella. Lo que no hay es un umbral mínimo de inversión en las mejoras.
Accesibilidad
La tercera vía para poder subir el precio del alquiler en zonas tensionadas es que en los dos años previos a la firma del contrato se hayan realizado obras de mejora encaminadas a facilitar la accesibilidad a la vivienda.
La normativa es menos precisa en este caso que en los anteriores. Sin embargo, se da por hecho que para poder subir el alquiler en zonas tensionadas tendrán que ser obras de cierta envergadura, como la instalación de ascensores, de plataformas o sillas salvaescaleras o la adecuación de zonas sanitarias.
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