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Cambios en la Ley de Vivienda 2023: todas las novedades de la nueva regulación del mercado inmobiliario

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Aunque el primer borrador comenzó a tramitarse en febrero de 2022, ha sido necesario negociar durante más de un año para avanzar en el proyecto de la primera ley de vivienda en España. Ahora, la conocida como Ley de Vivienda 2023 está cerca de pasar los últimos trámites parlamentarios para su aprobación definitiva.

Se trata de una ley que se centra de manera especial en los alquileres, que contempla límites e incentivos para los propietarios y que incluye medidas para facilitar el acceso a la vivienda. De hecho, introduce cambios significativos que afectarán al mercado inmobiliario.

Principales novedades que incorpora la Ley de Vivienda 2023

Aunque los cambios que introduce la Ley de Vivienda 2023 son muchos, los principales giran entorno a algunas cuestiones muy específicas:

Límites a la actualización anual del alquiler

Durante 2023, la limitación a la hora de actualizar los alquileres se mantendrá en un 2%. En 2024 se incrementará a un 3%. Ya en 2025 se establecerá un nuevo índice de referencia que no dependerá del IPC.

Se facilita la declaración de zona tensionada para el alquiler

La declaración de zona tensionada dependerá de cada comunidad autónoma. Para ello, será suficiente con cumplir uno de dos requisitos:

  • Que el precio en la zona se haya incrementado más de tres puntos porcentuales respecto al IPC en los últimos 5 años.
  • Que el pago de la vivienda (hipoteca o alquiler más los gastos básicos y de suministros) supere el 30% de los ingresos medios de esa misma zona.

Tope a los precios de los nuevos contratos de alquiler en zonas tensionadas

La Ley de Vivienda 2023 establece límites a los alquileres en zonas tensionadas. Pero éstos varían según las circunstancias:

  • Para pequeños propietarios, el tope se establece en el precio del anterior contrato de alquiler más el aumento del índice en vigor (el 2% en 2323, el 3% en 2024 y el nuevo índice a partir de 2025).
  • En el caso de grandes tenedores, no podrán superar un índice de precios al alquiler que establecerán las comunidades autónomas.
  • Si es una vivienda que se alquila por primera vez, se aplicará el límite que establezca el índice de referencia de precios.

Se amplía la definición de gran tenedor

Con la Ley de Vivienda 2023, se considera gran tenedor a aquella persona física o jurídica que tenga cinco viviendas o más en zonas tensionadas. Se reduce así a la mitad el número de viviendas para ser considerado pequeño propietario.

Otras novedades en la Ley de Vivienda 2023

La ley incorpora otros cambios de relevancia para el mercado inmobiliario:

  • Prohibición de aumentar el precio de los alquileres incorporando gastos como impuestos municipales o comunidad.
  • Será el casero quien deba pagar la comisión de la inmobiliaria por el servicio derivado del alquiler del inmueble.
  • Se aplicarán beneficios fiscales a propietarios de vivienda que las alquilen en zonas tensionadas.
  • Recargo en el IBI para propietarios de viviendas que lleven vacías más de dos años. Se aplicaría a dueños de, al menos, cuatro viviendas.
  • Impulso a la vivienda protegida en alquiler: las promociones de obra nueva deberán reservar un 15% de viviendas para el alquiler social.

Son medidas que, una vez entre en vigor la Ley de Vivienda 2023 cambiarán el mercado del alquiler. Si te has planteado buscar vivienda de alquiler, es buen momento para empezar esa búsqueda y con Spainhouses lo tendrás muy fácil para encontrarla. Solo tendrás que introducir tus preferencias en el buscador para obtener un listado de propiedades que se ajustan a tus necesidades.

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1 comentario en “Cambios en la Ley de Vivienda 2023: todas las novedades de la nueva regulación del mercado inmobiliario

  1. Roberto Forciniti

    hola buen dia. Tengo una vivienda en Lanus, soy El Propietario Registral. Son dos departamentos, uno al fente y el otro al fondo. El primero esta ocupado por intrusos, El segundo le permiti sin Contrato. El primero nunca pago. el segundo esta hace dos años, solo pago algunos meses. No pagan los Servicios. Hay una Causa Penal por Usurpacion. Puedo Desalojarlos.?
    Muchas gracias

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