En enero de 2025, los alquileres podrán subir un 2,2 %. Ese es el porcentaje que establece el primer índice de actualización del precio del alquiler (IRAV). Se cumple así una de las premisas de la Ley de Vivienda encaminadas a regular los contratos de arrendamiento. El objetivo: evitar incrementos desproporcionados de los alquileres.
Qué es el índice de actualización del precio del alquiler
La Ley de Vivienda desvinculó del IPC la actualización de las rentas de los arrendamientos. Tras un periodo de transición, a partir de 2025 el Instituto Nacional de Estadística (INE) es el encargado de calcular el índice de actualización del precio del alquiler. Para ello, se tienen en cuenta tres variables:
- La tasa de variación anual del IPC.
- La tasa de variación anual de inflación subyacente.
- La tasa de variación anual media ajustada, que incluye coeficientes moderadores.
El IRAV se actualizará y publicará de forma mensual, teniendo como referencia los datos económicos del mes inmediatamente anterior.
Cuestiones importantes relacionadas con el IRAV
Aunque esperada, la aplicación por primera vez del índice de actualización del precio del alquiler ha generado algunas dudas tanto entre propietarios como inquilinos:
¿A qué contratos se aplica el IRAV?
El índice de actualización del precio del alquiler se aplica solo a contratos firmados después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, es decir, a partir del 24 de mayo de 2023.
¿Qué ocurre con los contratos que no incluyen cláusula de actualización?
Para poder revalorizar la renta es necesario que el contrato incluya una cláusula al respecto. Aquellos que no la tienen no se pueden revisar, tampoco los que entran dentro del ámbito del IRAV.
¿Cómo se revalorizan los contratos que quedan fuera del IRAV?
La renta anual de los contratos firmados antes de mayo de 2023 se revalorizará de acuerdo al índice de referencia acordado en el momento de la firma del contrato: variación del IPC o Índice de Garantía de Competitividad. Este último está limitado al 2 %.
¿El IRAV se aplica a todos los tipos de alquiler?
No, quedan fuera del índice de actualización del precio del alquiler aquellos que no son residenciales: alquileres vacacionales, oficinas, locales, habitaciones, garajes, etc.
¿Cómo calcular la subida del alquiler aplicando el IRAV?
La fórmula es sencilla, simplemente hay que aplicar el índice de actualización a la renta del mes correspondiente y hacer el cálculo.
Un ejemplo: un contrato de alquiler de 900 euros que debe actualizarse en enero. Aplicando el IRAV, el incremento del 2,2 %, supondría 19,8 euros más al mes, de modo que la renta sería de 919,8 euros.
Para facilitar el cálculo, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado una herramienta gratuita. La calculadora permite conocer la revalorización de los contratos, tanto de los que son de ámbito de aplicación del IRAV como de los que quedan excluidos de él.
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