Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal de reciente aprobación en España, ha introducido cambios fiscales en la vivienda de gran relevancia. Conocerlos es importante porque algunos de sus apartados tienen repercusión directa en aspectos relacionados tanto con la compraventa de viviendas como con el alquiler.
Cambios que afectan al alquiler
Uno de los cambios fiscales en la vivienda más destacados que introduce la nueva ley es la modificación en los beneficios por el alquiler. A partir de ahora, para la reducción del 60% del alquiler en el IRPF solo se tendrán en cuenta ingresos que los propietarios incluyan en su autoliquidación.
Esta es una modificación muy importante, ya que hasta ahora se podía aplicar esa exención, aunque la autoliquidación no incluyera todos los ingresos. Era suficiente con declarar su existencia.
A partir de la aprobación de la ley habrá que ser especialmente cuidadosos, y no solo porque haya que incluir todos los beneficios. No se podrá acceder a la reducción en el IRPF si se han calculado mal los rendimientos en la autoliquidación. Y en este aspecto se tiene en cuenta tanto si se han declarado menos ingresos como si se han deducido gastos de forma indebida. Eso sí, será solo la parte declarada erróneamente la que perderá el derecho a la desgravación.
Cambios fiscales en la vivienda: nuevo valor de referencia
Es otra de las novedades que implica cambios fiscales en la vivienda de enorme relevancia. A efectos del cálculo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), así como del Impuesto sobre Patrimonio (IP), el valor de referencia será el que marque el Catastro.
Ese valor de referencia, que comenzará a aplicarse en 2022, se calculará cada año de acuerdo a la información que aporten notarios y registradores. Es decir, se tendrá en cuenta el valor de mercado, más que el valor real. En caso de no estar de acuerdo con ese valor de referencia, habría que impugnar y demostrar que el cálculo no es acertado.
Una cuestión con la que a partir de ahora se debe ser especialmente cuidadoso es con tributar según el valor de referencia cuando se ha escriturado por un valor superior. La ley señala que si el valor de referencia, el declarado y el de adquisición son diferentes, se debe tomar como base imponible el mayor de ellos.
De no hacerlo según la ley, se corre el riesgo de que la Administración realice una comprobación de valores nada beneficiosa. Y no solo puede recibirla quien compre, también quien venda o herede.
Una última implicación de ese valor de referencia se reflejaría en el Impuesto de Plusvalía Municipal. Transmisiones realizadas a pérdidas que no tributaban podrían a partir de ahora tener que hacerlo.
Ahora es el mejor momento para comprar o vender
Aunque la ley ya se ha aprobado, el valor de referencia no comenzará a aplicarse todavía. El Catastro tiene hasta el 30 de octubre del año anterior a su aplicación para publicar esa valoración de los inmuebles. Este es, por tanto, el mejor momento para comprar o vender un inmueble, antes de que se apliquen esos cambios fiscales en la vivienda previstos por la nueva ley.
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