Se acerca el curso y los estudiantes universitarios, como cada año, se encuentran en plena búsqueda de alquiler en un piso compartido. En esta ocasión, afrontan además la incertidumbre de un año condicionado por el COVID-19 y la posibilidad de nuevos rebrotes. Parece que las clases serán presenciales, pero la posibilidad de que se impartan a distancia con o sin un nuevo confinamiento está presente. Por ello, es preciso prevenir situaciones de conflicto incorporando una cláusula COVID en el alquiler a estudiantes.
Cláusula COVID en el alquiler a estudiantes
El confinamiento pasado fue imprevisto. Al cerrarse las aulas muchos estudiantes se marcharon a sus casas con su familia y empezaron las tensiones: rescisiones de contrato anticipado, impagos, incumplimientos, dificultades a la hora de recuperar las pertenencias o de poder volver a alquilar el piso porque las pertenencias de los estudiantes estaban en su interior... Además, el hecho de que se trata en su gran mayoría de alquileres compartidos, donde los contratos no siempre reflejan totalmente la realidad, complica aún más la cuestión.
Por este motivo, este año, cuando la posibilidad de que vuelvan las clases online en algún momento está en el aire, es recomendable asegurarse de que todo esté claro incorporando una cláusula COVID en el alquiler a estudiantes. Es el modo de evitar situaciones de conflicto y problemas solucionables entre propietario y estudiantes y entre los propios estudiantes que habitan un mismo piso compartido.
Se trata de prevenir posibles situaciones que pueden darse en el nuevo curso como consecuencia del coronavirus, como un nuevo confinamiento, y acordar los términos del contrato en el que se pueden valorar diferentes soluciones de salida para que los intereses de ambas partes sean considerados. De este modo, arrendador y arrendatario saben qué esperar y cómo deben proceder en relación al alquiler a la vez que protegen su situación.
Para ello, la cláusula COVID en el alquiler a estudiantes puede considerar que bajo la condición de un nuevo confinamiento o cierre de aulas se pueda dar:
- La rescisión del contrato de manera anticipada y sin penalización.
- La rescisión del contrato anticipada con una penalización asumible para el estudiante.
- La suspensión del abono de la renta mientras dure el periodo de confinamiento.
- El mantenimiento del pago de una renta inferior durante ese periodo.
Es posible también proponer una solución combinada de acuerdo con la duración del confinamiento o añadir puntos como qué sucede con las pertenencias de los estudiantes. Por ejemplo, podría plantearse que, en caso de que el estudiante suspenda el alquiler, se haga cargo de abonar el gasto de recogida y envío de las mismas a su domicilio para que el propietario pueda volver a alquilar el inmueble cuanto antes.
En cualquier caso, es muy importante que la redacción de los términos en el contrato sea clara, precisa, concreta y libre de ambigüedades o distintas interpretaciones.
Una cláusula COVID en el alquiler a estudiantes bien planteada es una buena idea en este momento. Y lo es tanto para el universitario, que cuenta con la seguridad de que no tendrá que pagar una habitación que no utiliza, como para el propietario que puede asegurarse un ingreso mínimo o hacer que su vivienda sea más atractiva para el alquiler por universitarios.
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