Saltar al contenido

1

Reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Flexibilización en la duración de los contratos de alquiler 

Rajoy 300x200 - Incentivos fiscales por alquilar casas vacíasEl punto tres de las medidas para fomentar el crecimiento del Programa Nacional de Reformas para 2012 aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, aboga por la dinamizaciónd el mercado del Alquiler.

¿En qué consiste dicha dinamización? Son escasas las explicaciones dadas en dicho programa de reformas. Tan sólo explicitan que se incentivará fiscalmente el alquiler de casas vacías al tiempo que se flexibilizarán la duración de los contratos de alquiler.

Asimismo, reformará la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil, al tiempo que flexibilizará la duración de los contratos de alquiler. Por otro lado y según recoge Efe, el Gobierno cambiará el modelo de suelo urbano, aumentará la rehabilitación y eliminará los obstáculos en la participación de nuevas empresas.

2

Modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil es una opción válida ante el no a la dación en pago

6 de Junio Viñeta 300x129 - Las alternativas a la dación en pago
Fuente : http://www.droblo.es/graficos/

Han vuelto a rechazar la dación en pago en el Senado. De acuerdo, ahora, miremos hacia el futuro y las alternativas reales.

En la noticia Redimensionar el Sector Inmobiliario publicada en el día de ayer, ya hablabamos sobre las alternativas a la dación en pago que, según el catedrático de Economía de la Pompeu Fabra, García Montalvo, pueden beneficiar tanto a empresa como a ciudadano:

Modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para que, en caso de que la subasta de una vivienda no tenga concurrencia, se aumente el porcentaje por el que el banco se adjudica la vivienda al 70 u 80 por ciento de su valor, reducir o eliminar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si el banco acepta la dación en pago, lo que incentivaría a los bancos a elegir esta opción, y reducir el límite del interés de demora“.

Juan Ignacio Navas Olóriz, en un reciente artículo publicado en El País, habla sobre las disfunciones de la Ley Hipotecaria que hay que corregir: "Las disfunciones se localizan fundamentalmente en tasaciones y procedimiento de ejecución", escribe Navas Olóriz, "La dación en pago ya está admitida a través del 140 de la Ley Hipotecaria. No sería justo darle carácter retroactivo. Además, las entidades de crédito la negocian cuando lo ven factible".

Navas Olóriz afirma que es posible mejorar la situación a través de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como apuntaba García Montalvo. No obstante, y mientras la Comisión de Vivienda del Congreso llega a resolución alguna, "deberíamos tener una ley de insolvencia que conceda voz y fije los derechos y la responsabilidad del deudor".

Esperemos no tener que esperar, y valga la redundancia, hasta diciembre para que haya algún tipo de regulación seria a este respecto.