Saltar al contenido

4.800 millones de euros en manos del Supremo

Después del fallo del Tribunal de Justicia europeo que permite a los jueces españoles paralizar desahucios, la alta corte española discutirá otra medida que muchos consideran un abuso de los bancos: las cláusulas suelo de las hipotecas. Con el euribor en mínimos históricos, de la anulación o no de esa cláusula depende que miles de millones de euros sigan engrosando el beneficio de los bancos o que reviertan en el bolsillo de los hipotecados.

EURIBOR - 4.800 millones de euros en manos del Supremo

Se calcula que el ahorro en las hipotecas medias es de 1.200 euros al año ya que el euribor se sitúa en su momento más bajo. Si multiplicamos esa cantidad por 4 millones de hipotecas, se trataría de 4.800 millones de euros que dependen de la decisión del Supremo.

La Sala de lo Civil del Supremo ha convocado durante esta semana un Pleno de tres días para resolver los recursos que instan la anulación de esas cláusulas por ser abusivas.

El pleito fue planteado en Sevilla como reclamación colectiva por Ausbanc contra las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar.

Estiman que constituye un abuso del banco el imponer una cláusula suelo del 3% --la más habitual-- combinada con cláusulas techo del 10, 12 o 15%, que son también las más usadas.

La cláusula suelo supone una protección para el banco y cubre los gastos en los supuestos de un euribor muy bajo (0,5%), en función del cual se calcula el interés hipotecario. De esta manera, si nuestra hipoteca es del euribor más 1,5, nuestro interés sería del 2%, pero si ésa es nuestra cláusula suelo, el banco nos lo seguirá cobrando al 3%.

Al contrario, los techos del 10, 12 y 15% que se suscriben se colocan en más del doble del máximo histórico del euribor (5,39 en julio de 2008), por lo que su suscripción es claramente testimonial y no satisface ningún interés o garantía del hipotecado. Para el abogado de Ausbanc, esa combinación de cláusulas no es razonable y supone un abuso.

En septiembre de 2010 se produjo la demanda de Ausbanc por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, el cual ordenó a las tres entidades bancarias anular las cláusulas. Pero un año después, la Audiencia Provincial sevillana dió la razón a los bancos y anuló ese fallo, considerando que era legal fijar un interés mínimo.

Entonces Ausbanc recurrió al Supremo, y también lo hizo la Fiscalía.

El Ministerio Público cree que la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, comprende por analogía o extensión cuando las cláusulas son contrarias a la buena fe y perjudiciales para el usuario. Destaca además que el tribunal deberá señalar, en caso de que anule las cláusulas, si la decisión debe aplicarse con carácter retroactivo, lo que supondría incluso la devolución de cantidades por las entidades bancarias.

Fuente: kaosenlared.net

¿Qué os parece?

 

 

4/5 - (1 voto)
(Visited 34 times, 1 visits today)
favicon - 4.800 millones de euros en manos del Supremo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.