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Tres sentencias dadas a conocer esta misma semana se han alineado en desautorizar prácticas comunes en el sector financiero para dar la razón a los consumidores endeudados: el fallo de la Audiencia de Navarra que da por saldada una deuda hipotecaria con la adjudicación de una vivienda que la supera en su valor de tasación; otra del juzgado Mercantil 3 de Barcelona que igualmente extingue las deudas cuando se ha liquidado todo el patrimonio del deudor, y una tercera del Supremo que anula la cláusula de redondeo al alza en las hipotecas y obliga a las entidades a facilitar la lista de afectados a las asociaciones de consumidores para que la sentencia se ejecute sin que haya de reclamar individualmente cada afectado.

hipoteca acuchillar foro1 - La justicia cerca las prácticas bancarias en el sector inmobiliarioLos tres autos, celebrados por las asociaciones de consumidores, han causado alarma en las entidades financieras y en sus acreedores internacionales, por el impacto que pueden tener sobre uno de los pilares de la banca española: la responsabilidad ilimitada del deudor con todo su patrimonio presente y futuro ante el impago de una deuda, a diferencia de lo que sucede en otros países como Estados Unidos, donde entregar la vivienda, por ejemplo, salda el crédito hipotecario.

Esta confianza en la recuperación futura de la deuda permite a la banca reducir las provisiones que realiza por sus créditos morosos y por los pisos que se queda. Fitch, la agencia de calificación de riesgos, ya ha advertido del impacto importante que tendría la sentencia de Navarra, aún “aislada”, si se ratifica en los recursos.

En España, desde el inicio de la crisis, se han producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias. Sindicatos, consumidores y partidos como IU y CiU han pedido al Gobierno que cambie la ley para acabar con estos hipotecados sin vivienda, una posibilidad que el ministro de Vivienda, José Blanco, rechazó estudiar “bajo ningún concepto”. Según la AEB, ese cambio “haría el crédito más escaso y más caro”, ya que para evitar riesgos las entidades bajarían el porcentaje del precio que financian y subirían los tipos.

El BBVA, de entrada, ha pedido la nulidad del auto en la propia Audiencia porque los argumentos de la sala “resultan irrazonables o arbitrarios en el sentido técnico-jurídico”. Los razonamientos de los tres autos, precisamente, muestran que los jueces son al final personas que viven en su entorno la dureza de la crisis económica. Así, la Audiencia de Navarra reconoce que “la ley procesal permite al banco solicitar lo que solicita” (seguir reclamando la deuda aunque ya se ha quedado la vivienda), pero que permitirlo “no constituirá un abuso de derecho, pero moralmente es rechazable”. La Audiencia recuerda que el Código Civil prevé que las leyes se interpreten “según la realidad del tiempo en que han de ser aplicadas y atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”. El magistrado del Mercantil 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, argumenta en el mismo sentido que considerar saldada la deuda de quien ha liquidado todo su patrimonio conecta con el espíritu de la ley de “dar una salida razonable a las situaciones de sobreendeudamiento de particulares de buena fe habilitando mecanismos que permitan conceder a esos deudores una segunda oportunidad”.

El Gobierno ha cortado otras veces debates jurídicos de este tipo a favor de la banca. Así sucedió por ejemplo con el tratamiento de los contratos de derivados en los concursos de acreedores: frente al criterio de los jueces de que son créditos ordinarios (por tanto, sujetos a quita y espera, como los ordinarios), modificó la ley Concursal para aclarar, según el criterio de la banca, que se han de pagar en su integridad.

Fuente: lavanguardia.es

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Es frecuente que los jueces sean noticia por las resoluciones que van contra el sentido común. Este caso es el contrario. La Audiencia Provincial de Navarra ha dictado un auto en el que considera que devolver al banco el piso hipotecado es suficiente para saldar la deuda, incluso si la última tasación es inferior a lo que debía.

hipotecas dacion pago - La banca siempre ganaPara cualquier ciudadano este auto tiene toda la lógica y es el sistema utilizado en Estados Unidos e Inglaterra. Sin embargo, la entidad, el BBVA en este caso, afirma que es contrario a la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley Hipotecaria y la doctrina del Tribunal Supremo. Puede que tenga razón, pero entonces es un asunto que va contra la ley pero que no parece inmoral. De hecho, la Audiencia admite que el banco ha actuado legalmente pero su comportamiento ha sido "moralmente rechazable".

Los detalles del caso son importantes. Un ciudadano pide 71.225 euros para comprarse una casa que el banco tasa en 75.900 euros. Tres años después, ante el impago de las cuotas, se queda con la casa por 42.895 euros, es decir, 33.005 euros menos, un 43,5% de depreciación. Como el cliente había pagado una parte, le reclama 28.129 euros y además (algo especialmente sangrante), 8.438 euros más de intereses y gastos. En total, 36.612 euros. Como ya había pagado cuotas por 4.876 euros, este vecino de Estella deberá pagar 41.488 al BBVA por un préstamo que pidió para una casa que ya no tiene.

Desde cualquier óptica parece una situación absurda y aberrante. Todas las consecuencias del pinchazo de la burbuja inmobiliaria las paga el cliente y el banco sale inmaculado gracias a que los ciudadanos responden con todos sus bienes, según la legislación española. Lo que dice la ley -que CIU ha intentado cambiar sin éxito- es que solo el cliente comete errores y paga por ello, pero la entidad (cualquiera que sea, porque la mayoría actúan igual) no tiene ninguna responsabilidad. ¿Alguien puede pensarlo? El oficio de banquero se caracteriza por la prudencia, el conocimiento del mercado y la valoración de los riesgos. Cobran por ello. ¿Se ha actuado correctamente? La negligencia y la codicia son algunas de las razones que explican esta crisis.

El Banco de España alertó de que se estaba calentando el ladrillo desde 2006, pero se quedó ahí. No penalizó los préstamos por el 100% de la tasación, ni los de promotores o hipotecas basura. No cabe duda de que el ciudadano, mayor de edad y responsable de sus actos, debía saber lo que hacía. Pero algo grave ha fallado en el sistema financiero cuando se ha alimentado una burbuja en la que los pisos subían un 100% mientras los sueldos se incrementaban un 25%. Incluso el suelo se revalorizó un 500% entre 1997 y 2007.

Como recuerda el auto, los clientes no tasaban los pisos ni eran responsables de que se les concedieran créditos por el 120% del valor tasado, con importes superiores al 35% de sus ingresos. La crisis no ha llegado solo porque los clientes pidieran cantidades astronómicas y compraran todo lo que salía al mercado, que también. Desde 2007 ha habido unas 320.000 ejecuciones hipotecarias. Quizá con la llegada de la burbuja se deba replantear la ley, sin dar un golpe de timón que provoque inseguridad jurídica o hunda al sistema, porque todos saldríamos perdiendo. Con este caso queda el consuelo del dicho jurídico: "La ley dice lo que dice el juez que dice la ley". Esta vez la banca no ha ganado.

Fuente: elpais.com

En la España de los bancos resulta más fácil librarse de un matrimonio que de una hipoteca, hasta que ha llegado la Audiencia de Navarra y ha hecho saltar la banca.

La sabia entidad financiera que se equivocó por partida doble -al tasar un inmueble por un precio desaforado y al conceder un préstamo a quien no tendría medios para pagarlo- ya no podrá quedarse con la casa a mitad de precio y acosar vitaliciamente al comprador en reclamación del resto. Deberá conformarse con la muy lógica devolución de las llaves más intereses.

hipotecasenfasciculos1 - Una hipoteca es para toda la vidaEl régimen de esclavitud hipotecaria vigente en España ha contribuido a que la ley dictada a favor de los bancos no haya propiciado disturbios callejeros, y a que la mayoría de compradores de una vivienda ni siquiera conozcan el círculo infernal que habitan. Produce cierto rubor que sean los jueces -aliados seculares del establishment- quienes se rebelen contra la injusticia ante la abulia ciudadana. A los expertos les ha faltado tiempo para disparar las alarmas, anunciando que la aplicación de criterios racionales a las hipotecas pondrá en peligro el sistema financiero, un argumento digno de los piratas de internet.

Una hipoteca es para toda la vida. Los jueces navarros aportan un hálito de esperanza, en una sentencia que será probablemente corregida por el Supremo, pero que obligará a enmendar una legislación descaradamente favorable a los creadores de riqueza hueca. De paso, cabrá preguntarse por qué la izquierda ha defendido a machamartillo desde el Gobierno un procedimiento hipotecario confeccionado contra el ciudadano, y que no funciona ni en la ceca norteamericana del capitalismo.

Por supuesto, los bancos no tiene la culpa, obligados como están a pagar jubilaciones de 50 millones de euros a sus ejecutivos, una labor humanitaria encomiable y que no debería verse interrumpida por la falta de sacrificio de los compradores de pisos. Tal vez ha pasado el tiempo de ser tan solidarios con quienes han causado la crisis, según le recuerda asimismo la valiente sentencia al todopoderoso banco hipotecador.

Fuente: diarioinformacion.com - Matías Vallés

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Todos los medios de comunicación se hacen eco de la noticia. Por primera vez un juez español sentencia que la entrega de la vivienda salda la deuda de la hipoteca.

20101213elpepivin 11 - Cancelación de hipoteca con la entrega de la casa

El Pais.

"Por primera vez en España una sentencia admite que la entrega de las llaves de la vivienda salde por completo la deuda hipotecaria pendiente con una entidad financiera. Una decisión que va en contra del proceder de toda la banca y de la legislación hipotecaria española, que obliga al deudor a responder con la casa y con todo su patrimonio hasta hacer frente al último euro del préstamo"

"El auto, dictado el pasado mes de diciembre por la Audiencia Provincial de Navarra, es firme y sienta un importante precedente. Impide al BBVA seguir reclamando la deuda a su cliente, un vecino de Estella (Navarra), tras haberse adjudicado en subasta su vivienda por el 50% del valor de tasación, tal y como consiente el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)."

"Considera que la subasta es suficiente para cubrir la deuda reclamada por el banco, que la depreciación de las viviendas no es un motivo de peso para proseguir con el procedimiento de ejecución y que, además, es "moralmente rechazable". "La pérdida de valor es directamente achacable a la crisis económica, fruto de la mala praxis del sistema financiero que ha desembocado en una crisis económica sin precedentes desde la gran depresión de 1929", recoge la sentencia."

El Mundo.

"Ya hay jurisprudencia que ampara la dación en pago. Una sentencia de un juzgado de primera instancia navarro avalado por la Audiencia Foral defiende que entregar el piso al banco liquida la hipoteca, en contra de lo que establece la Ley Hipotecaria española, que fija una garantía doble -la casa y la deuda en sí- como cobertura de los créditos hipotecarios."

"La noticia sobre la sentencia navarra culmina una sucesión de protestas colectivas y acciones judiciales en favor de la dación en pago, una práctica legal en Estados Unidos y aceptada durante años precedentes por las entidades bancarias españolas, especialmente en el caso de población migrante que retornaba a su país."

"Hace una semana, una veintena de ciudadanos agrupados en la Plataforma de Afectados por la Hipoteca se manifestó delante de una oficina de La Caixa del Penedés en L'Hospitalet de Llobregat para reclamar la suspensión de la subasta del piso de una familia sin ingresos de Nou Barris."

Europa Press.

"La Audiencia Provincial de Navarra ha emitido el primer dictamen judicial en España que considera suficiente la entrega de la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria, a pesar de que el valor del inmueble se haya depreciado, según el auto dictado el pasado 17 de diciembre."

"El auto considera que el banco "no habría concedido el préstamo si la finca no hubiera tenido un valor suficiente para garantizarlo, que fue fijado por la entidad ahora ejecutante". Además, el tribunal señala que la actuación del banco "no constituye un abuso de derecho", pero sí que es "moralmente rechazable" que la entidad alegue la disminución de valor de la finca que servía como garantía "para intentar continuar la ejecución". En el auto, el tribunal recuerda que parte de la crisis fue provocada por "la mala gestión del sistema financiero del que resultan protagonistas las entidades bancarias, recuérdese las 'hipotecas basura' del sistema financiero norteamericano".

"Según explicó la asociación OCU, representante legal del hipotecado, este auto supone una decisión "pionera" y "contraria" a los planteamientos del Gobierno, que hasta la fecha se ha mostrado contrario a modificar la Ley Hipotecaria para permitir esta práctica o introducir la figura de la 'dación en pago."

Expansión.

"Por primera vez en España, la justicia admite que entregar la vivienda al banco sirve para liquidar la hipoteca. Tal cual. El fallo resulta muy controvertido en tanto que contradice lo establecido en la Ley Hipotecaria, que contempla una garantía doble como cobertura para las hipotecas, esto es, la vivienda más el montante de la deuda que quede por sufragar una vez subastada la casa."

"Las asociaciones de consumidores han recibido con alborozo la sentencia y han reabierto un debate que parecía superado, después de que las iniciativas parlamentarias de IU y CiU para reformar la legislación cosecharan el rechazo del resto de grupos.

"Este flexible sistema de cancelación de deudas, característico de las economías anglosajonas, es visto lógicamente con muy buenos ojos por los ciudadanos; si el valor del piso cae por debajo del nivel de la deuda contraída, estos quedarían automáticamente libres de cualquier responsabilidad sólo con entregar las llaves." "Los defensores de esta práctica argumentan que el modelo español concede todas las garantías a los bancos y es muy severo con los compradores."

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Desde 2007 hasta el primer semestre de 2010 se han iniciado 230.000 ejecuciones hipotecarias en España. El Consejo General del Poder Judicial cifra en 180.000 los inmuebles embargados en 2010.

La Audiencia Provincial de Navarra reconoce en un auto que la adjudicación de la vivienda en subasta basta para saldar la deuda. La OCU se alegra de esta justa decisión judidicial y, en la misma línea, solicita una modificación del sistema normativo para que sea suficiente el embargo de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria

dacion de pago - La vivienda debería bastar para saldar la hipotecaLa actual situación económica y laboral, y la depreciación del mercado inmobiliario ha llevado a bastantes ciudadanos a una grave testitura: no sólo no pueden pagar la vivienda que en su momento compraron (e hipotecaron), sino que el valor de la vivienda es ahora muy inferior al préstamo que pidieron para pagarla. Esto hace que el embargo y subasta del inmueble no baste para saldar su deuda hipotecaria. Así, bastantes familias se ven obligadas no sólo a perder su casa, sino a desprenderse de todo su patrimonio para pagar por algo que ahora vale mucho menos.

Una decisión pionera

El sueño del ladrillo ha sido una pesadilla para muchos. Pero ahora la Audiencia Provincial de Navarra se ha pronunciado de manera muy favorable a los intereses de esos consumidores.

En el Auto de la Audiencia (ver pdf), el juez considera "moralmente rechazable" que quien ha causado la crisis alegue que la vivienda se ha depreciado para reclamar la diferencia. Y lo cierto es que las entidades financieras actúan así… con todas las de la ley: según la legislación española, a la entidad a la que se debe el dinero puede no bastarle la casa, si una nueva tasación muestra que el inmueble ha perdido valor, puede al consumidor, además de la entrega de las llaves, la cantidad restante.

En el caso de esta decisión judicial, el comprador, además de perder su casa (que fue subastada y se quedó el banco por poco más de 40.000 euros), debía pagar otros 30.000 euros más (más 8.000 de intereses y gastos) para saldar la deuda, de más de 70.000 euros.

La justicia, tanto en Primera Instancia como ahora la Audiencia, ha dado la razón al consumidor, entendiendo que la casa cubre el capital prestado.

Urge cambiar la normativa

En otros países (Estados Unidos por ejemplo), funciona la “dación por pago”, al  devolver la vivienda al banco, queda saldada la deuda. Desde la OCU consideramos necesario este cambio normativa, que protege mejor los derechos del consumidor, al evitar que se vea expuesto a situaciones como la que ha motivado esta interesante decisión judicial.

Fuente: ocu.org