Tanto promotores como inquilinos pueden optar a las ayudas de alquiler de VPO del Ministerio de Fomento
Si bien le queda poco a las Ayudas para el Alquiler, todavía nos queda un año para poder optar a estas subvenciones.
Ayudas a promotores
Por el alquiler de Viviendas de Protección Oficial, con y sin opción de compra, el promotor puede recibir una subvención de un 23 por ciento.
La cuantía de la subvención se obtendrá aplicando el porcentaje señalado al precio de venta de la vivienda y al precio protegible del garaje y los trasteros vinculados en el momento de la solicitud de calificación provisional.
Las subvenciones para promotores de vivienda de Protección Oficial destinadas al arrendamiento se reconocerán en la calificación provisional, abonándose, tras la obtención de la calificación definitiva.
Ayudas a inquilinos
Aquellos inquilinos, menores de 35 años, con ingresos que no excedan de 2,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples, podrán acceder a estas ayudas para el alquiler hasta el 2012.
Requisitos
1. No ser mayos de 35 años
2. Ingresos familiares anuales no excedan de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
3. Renta anual que han de satisfacer: entre un mínimo de un 2 por ciento y un máximo del 9 por ciento del precio máximo para las viviendas protegidas para arrendamiento de renta básica.
4. Superficie máxima computable para la vivienda: 90 m2 útiles.
5. Presentación del contrato de arrendamiento para su visado.
¿Por qué cuantía se concede y durante cuánto tiempo?
1. Cuantía máxima anual: 40 por ciento de la renta anual, que no exceda de 2.880 €
2. Duración máxima: 24 meses, si persisten las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento inicial del derecho a la ayuda.
3. No se puede obtener nuevamente esta ayuda hasta pasados 5 años.
¿Qué Administraciones Públicas reconocen y tramitan esta ayuda?
Las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla efectúan el reconocimiento del derecho a recibir esta ayuda.
Dentro de los límites máximos indicados, las Comunidades y Ciudades Autónomas pueden establecer los criterios objetivos de selección de los inquilinos, modulándolos en función de las necesidades específicas de sus territorios.
¿En qué órgano administrativo hay que solicitarlas?
Aquí tenéis un enlace referente a las ayudas para el aquiler del Ministerio de Fomento.
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