Saltar al contenido

Consejos de la vivienda a tener en cuenta en la declaración de la Renta

tax 468440 960 720 2 - Consejos de la vivienda a tener en cuenta en la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria acaba de dar el pistoletazo de salida de la campaña de la renta de 2018. El pasado 2 de abril se abrió el plazo para la tramitación de los borradores, finalizando el próximo 1 de julio.Las figuras relacionadas con la vivienda, desde el comprador y el vendedor, hasta el casero y el inquilino, deben actualizar su situación con Hacienda. Aunque no se han estrenado novedades importantes, hacemos un repaso a las deducciones más comunes relacionadas con las propiedades inmobiliarias.

1. Si vives de alquiler – Todos aquellos que firmaron un contrato de arrendamiento a partir de 2015 se quedaron sin la opción de deducir. Los alquileres de vivienda habitual en vigor antes de ese año pueden seguir disfrutando de una deducción estatal del 10,05% sobre el total de las mensualidades aportadas en un año, siempre y cuando la base imponible del inquilino este por debajo de los 24.107,20 euros. No obstante, algunas deducciones autonómicas siguen siendo efectivas, tanto los alquileres anteriores como posteriores a 2015.

2. Si alquilas una vivienda habitual – Cualquier casero está obligado a declarar el alquiler de su inmueble. Hacienda está intensificando su vigilancia sobre los arrendadores, ya que buena parte de este negocio todavía se gestiona al margen de la ley. El propietario debe declarar los ingresos obtenidos, previa resta de todos los gastos deducibles, desde tributos como el IBI hasta la póliza del seguro. Si es la vivienda alquilada es habitual, es posible aplicar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto.

3. Si alquilas una vivienda turística – El arrendador está obligado a declarar, pero diferenciando claramente el periodo en el que la casa ha estado alquilada y el tiempo en el que ese piso ha quedado a disposición de sus propietarios. Se deben constatar, al igual que en el caso anterior, el rendimiento neto (ingresos brutos menos gastos deducibles). Dado que se trata de una segunda vivienda y no de la habitual, es una renta imputable que se calcula aplicando un porcentaje del 1,1% o del 2% del valor catastral, en función de cuándo se hiciera la revisión.

4. Si has comprado una casa – Los compradores de vivienda llevan sin poder aplicar la desgravación por compra de vivienda habitual desde 2013. Cualquier transacción desde esa fecha no tiene derecho a desgravar. Los que se convirtieron en propietarios antes de su eliminación, siguen teniendo la oportunidad de deducirse el 15% de las cantidades aportadas mediante el préstamo a lo largo del año, hasta un máximo de 9.040 euros anuales. Si se compra y se declara en pareja, la cantidad a devolver se doblaría.

5. Si has vendido una casa – La venta de una vivienda está exenta de tributar la ganancia patrimonial obtenida solo en el caso de que dicho rendimiento se reinvierta en la compra de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años. Cuando el vendedor tiene más de 65 y destina la ganancia a una renta vitalicia también se aplica una exención del 100%. Asimismo, hay una exención del 50% cuando el inmueble vendido se compró entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012.

Fuente: abc.es

5/5 - (1 voto)
(Visited 40 times, 1 visits today)
favicon - Consejos de la vivienda a tener en cuenta en la declaración de la Renta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.