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Las comunidades ponen coto a los apartamentos de vacaciones ilegales

playadelascanteras laspalmas 300x225 - Las comunidades ponen coto a los apartamentos de vacaciones ilegalesCon la aprobación de la ley de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, vigente desde el 6 de junio de 2013, el alquiler turístico o de vacaciones en España dejó de estar amparado y regulado por la LAU (con un marco jurídico civil uniforme para todo el Estado) para regirse exclusivamente por la normativa turística de cada comunidad autónoma.

Pasado casi un año y tras las reiteradas denuncias de los hoteleros, parece que las comunidades comienzan a poner coto a los apartamentos turísticos ilegales a través de la regulación de esta actividad, cada vez más demandada por los usuarios, pero no exenta polémica ya que se calcula que hay medio millón de apartamentos de vacaciones ilegales en España, una forma de tener un ingreso extra para muchos propietarios en estos tiempos de crisis, pero competencia desleal según los hoteleros, e impuestos que deja de recaudar el Estado y que se pierden en el limbo de la economía sumergida.

De este modo, mientras los inversores ven una oportunidad por la estabilidad y la demanda turística en nuestras costas y ciudades, las administraciones autonómicas comienzan a legislar y definir los casos, condiciones y limitaciones del alquiler de vacaciones por parte de propietarios particulares que realizan una actividad económica sin regular en el mercado del tercer destino turístico del mundo. Sólo en el mes de enero España recibió 3,1 millones de turistas extranjeros, que son los grandes consumidores de este tipo de alojamiento vacacional, junto con un mercado nacional que empujado por la crisis, aumenta su interés por pisos y casas en alquiler de vacaciones, alternativa más económica y adaptable que las tradicionales opciones hoteleras.

La primera comunidad en atender las reclamaciones de los empresarios hoteleros fue Cataluña, que a lo largo de 2012 puso en marcha un proceso informativo en ayuntamientos y empresas sobre la regularización de las plazas hoteleras. Así se informó que todos estos establecimientos tendrían que estar dados de alta en un registro y por lo tanto pagar la tasa turística que se cobra en Cataluña, que oscila entre los 0,75 euros y los 2,5 euros en función de la categoría del establecimiento. En un año se ha logrado regularizar 25.690 viviendas de uso turístico que representan 153.055 plazas. Sin embargo, un informe del gobierno autonómico reconoce que el proceso apenas ha empezado y que puede haber hasta medio millón de plazas más sin regularizar. Los propietarios que no lo hagan se exponen a elevadas sanciones.

En el caso de las Islas Baleares, los propietarios de viviendas vacacionales deben realizar el registro en la DRIAT (Declaración Responsable de Inicio de Actividad Turística), siempre y cuando cumplimenten la documentación veraz y correcta necesaria. La comunidad permite que los consells fijen los criterios para alquilar pisos a turistas, quedando la Ley General Turística balear tal como está, cada isla podrá modificar la tipología de los alquileres adaptándolos a su plan territorial. No obstante, prohíbe los apartamentos vacacionales por parte de particulares, o mejor dicho su publicación en canales de comercialización, e incluso el gobierno balear se reserva la posibilidad de extender dicha prohibición al arrendamiento temporal de casas (viviendas unifamiliares) en determinadas zonas de las islas.

Siguiendo la iniciativa de Cataluña, Andalucía ya está preparando un borrador de real decreto pactado con los empresarios, cuya tramitación está prevista que concluya a finales de este año. En esta normativa, también se establece la obligatoriedad de que todos los establecimientos de uso turístico estén inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía, un trámite gratuito y que culmina con una declaración responsable. La inscripción le otorga un número de identificación que debe aparecer en todas las promociones y publicidades que realiza. El texto considera viviendas de uso turístico todas aquellas “ubicadas en inmuebles levantados en suelo con uso residencial, excepto las rurales, que ofrezcan alojamiento de forma habitual y con fines turísticos”. Los que no lo hagan se expondrán a multas que oscilan entre 2.000 y 150.000 euros. El borrador también establece unos mínimos para los apartamentos:las habitaciones deberán tener ventilación directa al exterior, sistemas de refrigeración adecuados, un botiquín o un extintor. Los propietarios no podrán exigir más de un 30% de señal.

También la Consejería de Turismo de la Comunidad Valenciana está finalizando una campaña de inspecciones para tratar de destapar alquileres irregulares y acabar con la oferta ilegal de apartamentos turísticos. Fuentes del Gobierno valenciano reconocen que el principal objetivo es que todas las viviendas que tengan usos turísticos estén inscritas en el registro autonómico de apartamentos, en vigor desde 2009, en el que apenas se han registrado propietarios, puesto que el trámite no era obligatorio si solo se alquila. Además, para que un propietario alquile su vivienda como vacacional, es necesario preste servicios como limpieza periódica, cambio de ropa de cama, mantenimiento de la casa y las instalaciones, así como servicio de asistencia telefónica al turista o usuario durante las 24 horas.

Madrid es otra comunidad que tiene avanzado un texto para regular la ocupación en viviendas turísticas. Los dos principios rectores del borrador, que podría aprobarse en junio, son garantizar los derechos de los usuarios y evitar la competencia desleal. La normativa que prepara el gobierno de Madrid establece que las viviendas no podrán ser alquiladas por habitaciones y que se podrá establecer un período mínimo de estancia. Los propietarios podrán empezar a alquilar la vivienda una vez que la registren ante la Comunidad (con una declaración responsable es suficiente) y no todos deberán contar con una licencia municipal específica. La norma, a la espera de que pueda sufrir modificaciones posteriormente, da libertad a los municipios para cobrar o no cobrar la tasa.

Aragón o Canarias, también exigen que el propietario inscriba su inmueble en un registro específico, y unos "requisitos mínimos de calidad", que van desde la contratación de seguros o sistemas de seguridad, hasta la regulación del número de habitaciones o tamaño de la vivienda. En el caso de las Islas Canarias, estos requisitos son aún más exigentes, algunos particulares incluso denuncian en privado que los cabildos niegan el registro legal de casas a pesar de cumplir todos los requisitos, limitando aún más la competencia con los hoteles.

Fuente: cincodias.com

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4 comentarios en “Las comunidades ponen coto a los apartamentos de vacaciones ilegales

  1. No Lo veo claro

    El que alquila su propiedad por temporada para que otros pasen sus vacaciones, declara esta actividad económica y paga sus impuestos por ello ...¿está ilegal? ¡anda ya!

  2. No lo veo claro

    Hay que tener mas "nivel" del que tienen los políticos actuales (tanto del gobierno central como de los autonómicos) para legislar preservando los intereses de la mayoría de los ciudadanos, y no de los lobbys de presión (en este caso los grandes hosteleros y cadenas multinacionales del turismo).

    Hay formas de perseguir el fraude fiscal (que, por cierto, cada vez es mayor) y controlar la actividad del alquiler temporal. ¡SE PUEDE! (si hubiera voluntad de hacerlo) simplemente exigiendo que los propietarios estén dados de alta en la correspondiente actividad económica (una actividad económica que existe, aunque aparenten ignorarla los gobiernos y lobbys de turno: se llama "alquiler de viviendas, epígrafe 1.861.10 del I.A.E.) y que registren los contratos en el mismo momento que se produzcan, con opción de que sea el propio inquilino quien lo haga, para evitarle al propietario la tentación de incurrir en fraude.

    Desde luego, criminalizar esta actividad económica y a los propietarios NO ES EL CAMINO. Tampoco lo es el camino criminalizar a los clientes que usan esta fórmula para alquilar viviendas donde pasar sus vacaciones (que, por cierto, cada vez son mas numerosos porque la relación calidad/precio que ofrecen deja a la altura de la mierda a la relación calidad/precio que ofrecen los grandes hosteleros y cadenas multinacionales del turismo).

    Por otro lado están los trabajadores temporales que, con las leyes actuales pueden ser contratados por meses, por quincenas, por semanas o incluso por días (normalmente los festivos, puentes o fines de semana). Lo van a tener muy mal para residir cerca de su lugar de trabajo que ES LUGAR TURÍSTICO porque si no lo fuera, no tendrían ese trabajo, aunque sea precario y en condiciones de semi-exclavitud. Esta gente ¿debe ser considerada "turista"?

    ¡No se pueden poner puertas al campo!.

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