Las limitaciones de los sueldos en las cúpulas de entidades con ayudas públicas o intervenidas por el Estado entrarán en vigor hoy jueves, siguiendo la orden ministerial publicada ayer miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El techo máximo fijado por el Ejecutivo es de 600.000 euros en la retribución de la cúpula en las entidades que han recibido ayudas públicas y de 300.000 euros en las que han sido intervenidas por el Estado.
El pasado mes de febrero, el Gobierno estableció un tope a las remuneraciones de las entidades que han recibido ayudas públicas a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), organismo dependiente del Banco de España, ya sea a través de créditos al 7,75%, que aún no han sido devueltos en su totalidad, o de capital.
Retribuciones variables
La orden ministerial congela también la retribución variable de los miembros de las entidades con ayudas públicas pero que no estén intervenidas por el FROB durante al menos tres años.
Los directivos podrán cobrar estos sueldos "siempre y cuando", en palabras del ministro de Economía, Luis de Guindos, hayan cumplido con sus obligaciones ante el FROB y cuando se hayan reintegrado "absoluta e íntegramente" las ayudas recibidas del Estado.
Las retribuciones variables en las entidades con ayudas no podrán superar el 60% del salario fijo. Solo se permitirá alcanzar el 100% en el caso de directivos contratados con posterioridad a la ayuda y previa autorización del Banco de España.
En la banca intervenida, la cúpula no percibirá retribuciones variables, mientras el FROB ostente una participación mayoritaria.
El cálculo de las retribuciones máximas percibidas por las cúpulas incluirá "todas" las remuneraciones, ya sean ejercidas como cargos por cuenta propia o por representación de la entidad.
Fuente: economia.elpais.com