La vivienda pensión supone la venta de la vivienda a cambio de una pensión vitalicia
Seguimos con nuestro repaso a las posibilidades que ofrecen nuestros bienes inmuebles. El objetivo: asegurarnos una mayor estabilidad futura. Anteriormente fue la hipoteca inversa. Ayer la hipoteca pensión. Hoy, analicemos los pros y contras de la vivienda pensión.
La vivienda pensión consiste básicamente en la venta de la vivienda y la formalización de una pensión vitalicia con una compañía aseguradora. El dueño de la vivienda dejará de serlo, aunque seguirá viviendo en la casa, pues conserva el usufructo de la misma.
El antiguo propietario obtendrá una pensión complementaria durante el resto de su vida y además, las fórmulas habituales de estos tipos de contrato, conllevan que el antiguo propietario ya no tenga que correr con cargas ni gastos de la vivienda (IBI, comunidad, seguros, etc.), aunque podría tener que pagar una cantidad en concepto de alquiler de la vivienda. En ocasiones el rentista puede recibir cierta cantidad de dinero inicial si así se ha estipulado.
La edad mínima que suelen exigir las entidades para realizar la operación suele ser más elevada que en los casos anteriores, y también suelen conceder niveles de renta algo superiores a las de la hipoteca pensión, si bien la vivienda deja de pertenecer al rentista en el momento en que se formaliza el negocio. En este sentido es importante ponerse de acuerdo con los posibles herederos.
Deben tener en cuenta, no obstante, que este tipo de transacción tiene unas características contributivas peores que la hipoteca inversa o la hipoteca pensión, ya que deberá tributar por la pensión y no se puede desgravar por el alquiler de la vivienda que se tiene en usufructo.
esto esta muy bien, pero que entidad hace estas hipotecas???
Se trata de entidades bancarias?????? o entidades aseguradoras?? o bien particulares inversinistas??