La Notaría, Comunidad Autónoma y el Registro de la Propiedad conforman los pasos a seguir para cancelar tu hipoteca
Para cancelar la hipoteca hay que seguir 2 pasos:
1) Pagar al banco el capital pendiente de la hipoteca (más la comisión de cancelación en algunos casos) y
2) Realizar "papeleos" en la Notaría, Comunidad Autónoma y el Registro de la Propiedad.
Te explicamos los pasos a seguir para cancelar la hipoteca tú mismo, en caso de que quieras ahorrarte los 120 euros aprox. que cuestan los gastos de gestoría:
1. Banco: Para saber la comisión por cancelación de hipoteca que te cobra el banco, lo puedes consultar en el contrato de la hipoteca o en la escritura de tu piso. Una vez que pagues al banco el capital pendiente más la comisión de cancelación, pide al banco que te den el "certificado de deuda cero".
2. Notaría: Con este certificado del banco pide cita en la Notaría para ir a firmar la escritura de cancelación. Puedes elegir cualquier notaría, no hace falta que sea en la que firmaste la compra del piso en el pasado. Según la nueva ley la cancelación de la hipoteca es un "documento sin cuantía", o sea que el Notario no cobra en función del precio de la hipoteca. Esto sale por unos 50 Euros más los gastos de hacer el documento de la escritura de cancelación. Con esta escritura iremos a la Comunidad Autónoma.
Es importante insistir en la obtención del "documento sin cuantía" por parte del notario. En caso de que les indiquen otras fórmulas, acudan a otra Notaría.
3. Comunidad autónoma: Si bien no es necesario pagar el IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados), deben acudir al organismo correspondiente de su Comunidad Autónoma y pedir el papel de IAJD de la cancelación. Con este "papel" del IAJD y el que nos dieron en la notaría hay que ir al Registro de la Propiedad.
4. Registro de la propiedad: Es el paso final para cancelar la hipoteca. Se calcula que debe pagarse entorno al 10 por ciento del capital pendiente.