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El derecho a la vivienda

LA VIVIENDA SERÁ EXIGIBLE EN LOS TRIBUNALES EN EL PAIS VASCO

Esta medida se va a someter al debate de los ciudadanos, que podrán presentar sus propuestas a través de internet, y a la negociación con los ayuntamientos y partidos.

Vivienda11 - El derecho a la viviendaEl anteproyecto tiene como principal objetivo, según ha explicado el consejero vasco, convertir el derecho a una vivienda en "auténtico derecho exigible ante los tribunales para aquellas personas con mayores dificultades de acceso".

Además, pretende regular el régimen jurídico de la vivienda de protección pública, reformular y reordenar los sistemas de prestaciones púbicas existentes de ayuda a la vivienda, regular la intervención en rehabilitación y regeneración urbana para eliminar obstáculos a estos procesos y definir el alcance del concepto de "función social de la vivienda".

El anteproyecto establece el derecho subjetivo a la vivienda para aquellos colectivos cuyo acceso al mercado libre les podría hacer caer en riesgo de exclusión social.

Para que la administración reconozca este derecho el ciudadano tendrá que tener vecindad administrativa en Euskadi, carecer de vivienda digna y no disponer de medios económicos para acceder a una vivienda libre, estar inscrito en el registro de Etxebide y tener unos ingresos determinados.

Mientras no se apruebe el correspondiente reglamento, se establecería que los solicitantes deberán estar registrados en Etxebide al menos cuatro años antes y los ingresos no deberán superar los 15.000 euros para familias de 3 o más miembros, los 12.000 de 2 miembros y los 9.000 de 1 miembro.

La satisfacción del derecho se realizaría con la puesta a disposición del solicitante de una vivienda en alquiler o, en su defecto, de una prestación económica.

Otro de los objetivos prioritarios para el departamento de Vivienda es la puesta en marcha de un nuevo sistema de precios «personalizados» de las VPO, que tendrán importes diferentes según la capacidad económica de los aspirantes. Los criterios para la adjudicación de las VPO serán el número de miembros de la unidad familiar y la antigüedad de la demanda.

Igualmente novedosa es la propuesta de expropiar la VPO a aquellos adjudicatarios que hayan duplicado los ingresos máximos anuales durante tres años consecutivos, ahora establecidos en 35.000 euros. Igualmente, podrán ser desposeídos de la vivienda aquellos adjudicatarios que no la destinen como domicilio habitual, o que la mantengan deshabitada durante un año. El incumplimiento de los deberes de conservación y mantenimiento del inmueble también estará penalizado con la misma medida, así como su transmisión no autorizada y sobreocupación.

Otro de los aspectos que prevé el anteproyecto es la consideración de vivienda vacía cuando esté desocupada de forma continuada durante más de 2 años, salvo que concurran motivos que lo justifiquen. El caso de segundas residencias, así como en los supuestos de traslado de domicilio por razones laborales, de salud, de dependencia o emergencia social, o cuando su titular la tiene en venta o en alquiler.

Este punto es la base para el establecimiento de un canon que "podrán imponer" los ayuntamientos por un importe de 10 euros anuales por cada metro cuadrado útil. El Gobierno Vasco se reserva la posibilidad de actuar por cuenta propia en el caso de que los municipios no hagan uso de esta herramienta que, sólo se aplicaría «donde quede acreditada la necesidad de vivienda». Si el gravamen no fuera suficiente para sacar al mercado este paquete de viviendas -unas 26.000 según un estudio de 2005-, se recurriría al alquiler forzoso de las mismas.

Fuente: realestatepress.es

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