Las comunidades autónomas con más inmuebles incluidos en el Fondo Social de Vivienda (FSV) son Cataluña, la Comunidad Valenciana y Andalucía.
Conformado exclusivamente por inmuebles de entidades financieras, estos pisos se podrán alquilar por quienes han sufrido el desalojo de su vivienda desde 2008 y cumplan determinados requisitos socioeconómicos. Esta oferta se compone ya por más de 5.000 viviendas, que según la primera radiografía oficial que se publica, es una cifra inferior a la prevista.
Recopilada por el Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales, la última información disponible es que las entidades financieras han incorporado al fondo 1.093 pisos ubicados en Cataluña, el 21,6% del total, y 1.086 en Valencia, el 21,5%.
A continuación, figuran Andalucía, con 859 inmuebles (17%); Madrid, con 402 pisos (7,9%); Murcia, 263 (5,2%); y Castilla-La Mancha y Castilla y León, con 240 y 214 viviendas, respectivamente, que suponen algo más del 4,5% del total en cada caso.
5.891 pisos comprometidos por la banca en el convenio que regula el funcionamiento y las características del fondo firmado, de las que el FSV cuenta con 5.047 viviendas.
Principalmente, esta diferencia se explica porque CaixaBank ha configurado las aportaciones a su fondo para alquiler social en periodos trimestrales. En la primera convocatoria del año ha destinado 200 inmuebles al fondo, número que irá ampliando a lo largo del ejercicio hasta alcanzar los 850 inmuebles previstos.
26,6% del total, 1.345 inmuebles, está ubicado en capitales de provincia. Madrid es la que más tiene, con 168 pisos, seguido de Alicante (157), Tarragona y Valencia, con 106 cada una. San Sebastián, Lugo,Pamplona y Bilbao no cuentan con ninguna vivienda dentro del Fondo.
Más de la mitad de las viviendas (2.648) tienen tres habitaciones, mientras que otras 1.209 son de dos, 436 de cuatro y 277 de una habitación.
Funcionamiento de la incitativa y destinatarios
El FSV en realidad es un conjunto de fondos, ya que cada entidad constituye y gestiona su propio parque de alquileres sociales y lo destina sólo a personas que han sufrido un desalojo de su vivienda por impago de un préstamo hipotecario concedido por ese banco.
Quienes hayan sido desalojados de su residencia habitual después del 1 de enero de 2008, tengan ingresos familiares inferiores a tres veces el Iprem (1.597,53 euros al mes) y se encuentren en alguno de los supuestos definidos como de especial vulnerabilidad, pueden optar a un alquiler del fondo.
Dentro de este colectivo se considera a familias numerosas; algunos supuestos de violencia de género, unidades familiares monoparentales con dos hijos o más, con algún menor de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 % o dependencia que incapacite permanentemente para trabajar.
Están incluidos deudores en paro y que hayan agotado la prestación, unidades familiares en las que convivan con el deudor una o más personas unidas al titular de la hipoteca o a su cónyuge por vínculo hasta el tercer grado de consanguinidad y que estén en situación de discapacidad, dependencia o enfermedad grave, así como aquellas en las que exista una víctima de violencia de género.
Fuente: elmundo.es
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