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Guía para el Alquiler con Derecho a Compra

 Tienes dos opciones si estás pensando en alquilar con derecho a compra

Tenemos dos posibilidades a la hora de acogernos a la alternativa de viviendas de alquiler con opción a poder comprarla, que vienen a ser bien una financiación mixta, o ampararnos en las VPO.

Vivienda de Protección Oficial

En este caso, debemos conocer algunos de los planes que han propuesto precisamente las comunidades autónomas que se han acogido a esta opción. Entre ellas, nos vamos a hacer eco de lo que podemos encontrar en el Plan Andaluz de Vivienda, en el que observamos las siguientes cuestiones:

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1. Sus beneficiarios deben tener una renta anual inferior a los 20.000 euros.
2. Pueden acceder a la compra a los siete años de habitar la vivienda.
3. Posibilidad de ayuda estatal del 40% del precio del alquiler durante los dos primeros ejercicios.

En Madrid, sin embargo, encontramos también unas muy interesantes ayudas, en el que se incluyen un total de 79.000 viviendas en alquier con opción a compra. Este plan está destinado a jóvenes menores de 35 años, que tengan unos ingresos inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Al igual que el anterior plan, los inquilinos podrán adquirirla tras siete años habitando en ella.

Financiación mixta

Es una de las mejores salidas y oportunidades, en las que, las inmobiliarias, permiten a sus clientes adquirir la vivienda que alquilan por 500 o 700 euros aproximadamente, y luego entre los 2 y los 5 años pueden comprarla. La ventaja, en este caso, es que el precio total del piso le será descontado de la cantidad que el inquilino ya pagó durante el período en que vivió en régimen de alquiler.

Como sabemos, esta es una opción especialmente destinada a personas que no pueden acceder a la compra de una vivienda por sus elevados precios, al no disponer del dinero suficiente para pagar la entrada.

Alquiler con opción a compra en España

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6 comentarios en “Guía para el Alquiler con Derecho a Compra

  1. Spainhouses

    Buenas tardes anonimous2011,

    De entrada, no deberías estar obligado a pagar el IBI. No obstante, si en el contrato está estipulado así, debes buscar a un asesor legal para que te indique las acciones que podeis tomar.

    Gracias a tí por tu comentario 🙂

  2. anonimous2011

    buen@s,

    una duda, tengo casa alquiler con opcion de compra ya pasado un a#o y reclama q debo pagar ibi por 600 euros y no lei completo contrato y dice q debo abonar completo ibi anual. no aclarado porque mi casa aun no soy propietario encima tengo que pagar IBI.

    gracias.

  3. José

    En realidad partimos de que su nombre no es correcto. El alquiler con opcion de compra es en realidad una "compra con pago aplazado". Es el vendedor quién está financiando la compra al comprador. Por lo tanto se debe hacer un contrato de "compraventa" a 2 años, por ejemplo, pero desde luego alguna diferencia tiene que haber con "un alquiler normal". Precisamente la diferencia es que en el momento de formalización del contrato de compraventa de entrega una señal del 10%.
    Si no, estariamos hablando de un alquiler normal y el que quiere vender no quiere alquilar en muchos casas.

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