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vitoria paisvasco 300x225 - La vivienda en alquiler será un derecho para los ciudadanos del País VascoEl Parlamento vasco ha cumplimentado el último trámite antes de aprobar de forma definitiva, en junio, la nueva Ley de Vivienda que van a sacar adelante el PSE, EH Bildu y UPyDy que se marca como uno de sus principales objetivos empezar a cambiar los cimientos culturales de una sociedad que todavía basa su diseño familiar sobre una vivienda en propiedad, asegurando como un derecho subjetivo una vivienda en alquiler a los ciudadanos que la necesiten.

Contempla además un canon para pisos desocupados que será de 10 euros por metro cuadrado, y se incrementará un 10% anual hasta un tope de tres veces el canon inicial, mientras permanezca sin usar ni alquilar; y la  expropiación forzosa de uso de las viviendas en manos de los bancos, posibilidad esta última cuya regulación en un decreto andaluz acaba de ser rechazada por el Tribunal Constitucional (TC). "La futura ley vasca también lo incorpora, pero solo como el último recurso si la administración no dispone de parque para ofrecer", han precisado desde el Grupo Socialista tras asegurar que esa parte del proyecto incorpora todas las previsiones que exige el Constitucional.

Lo sustancial del nuevo texto es que convierte el alquiler social en un derecho para los ciudadanos del País Vasco que cumplan una serie de requisitos de ingresos y propiedades máximas, y que por lo tanto podrán reclamarlo en los tribunales si la administración pública vasca no se lo proporciona. Será la primera ley que ofrece a los ciudadanos pisos en alquiler como un derecho subjetivo, y saldrá adelante pese al Gobierno de Iñigo Urkullu, (PNV) que lo considera un despropósito desde el punto de vista económico. Después de dos años de tramitación, el proyecto de Ley de Vivienda, es en opinión de los partidos que la apoyan "un paso adelante en contra de la especulación".

Progresividad

La ley tendrá efectos prácticos para el ciudadano el día después de su aplicación, independientemente de que el Gobierno quiera retrasar la reglamentación posterior, ya que le fija un carril con unas condiciones iniciales por las que avanzar. El proyecto de ley establece en su disposición transitoria segunda que el primer año de su entrada en vigor las familias de tres o más miembros con menos de 15.000 euros de ingresos podrán reclamar al Gobierno vasco una vivienda en alquiler, el segundo año también las de dos miembros con 12.000 euros máximo y a partir del tercer las monoparentales con menos de 9.000 euros.

Fija además que las cuotas para el pago del alquiler nunca podrán sobrepasar el 30% de la "renta disponible" de cada unidad familiar, o el 15% si los ingresos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. La Ley convertirá en un derecho subjetivo el artículo 47 de la Constitución Española en el que se establece que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada" y fija que los "poderes públicos promoverán las condiciones necesarias" para ello.

En 5 años, toda la vivienda pública en alquiler

La norma contempla asimismo que en cinco años, el Gobierno vasco deberá de orientar toda su política de vivienda hacia el alquiler. El 80% del parque de vivienda se destinará inicialmente al alquiler, y el proyecto de ley se marca un lustro para que el 100% se destine a ese tipo de uso.

La nueva legislación completa el sistema vasco de protección social que también fija como derecho subjetivo la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), es decir, un salario público que hasta ahora da derecho también a recibir la Pensión Complementaria de Vivienda (PCV), que son 250 euros adicionales. El Gobierno ha estimado que la nueva ley tendrá un impacto de 760 millones en diez años, es decir, 76 anuales adicionales a los que ya destina a vivienda de alquiler, unos 90 millones el pasado año (a través de la PCV). Para el PNV, partido que junto al PP están en contra, pero al ser minoría en el parlamento vasco no van a lograr frenarla, no es sostenible.

Fuente: elpais.com

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tribunalconstitucional 300x180 - El Constitucional declara ilegal la expropiación de viviendas vacías en AndalucíaEl Tribunal Constitucional ha estimado, de forma parcial, el recurso del Gobierno contra el decreto ley antidesahucios en Andalucía y considera ilegal la expropiación temporal de viviendas vacías propiedad de los bancos, que era una de las medidas aprobadas por el decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda, al considerar que la expropiación de viviendas vacías a los bancos invade la competencia exclusiva del Estado en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica". Además, apunta que la norma regula aspectos relativos al derecho a la propiedad, una materia que está vedada al decreto y "reservado a la ley formal".

La sentencia explica que el Estado ha puesto en marcha unas medidas que tienen una doble finalidad: proteger a los deudores hipotecarios y, al mismo tiempo, promover el mercado hipotecario con la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito. Y entiende que el decreto-ley andaluz "obstaculiza", con las expropiaciones, la eficacia de las medidas de política económica desarrolladas por el Gobierno. La Junta de Andalucía dictó con posterioridad al recurso de este decreto, una Ley de Vivienda que derogó en parte la primera norma. Dicha ley fue también recurrida ante el Constitucional por el Gobierno y está pendiente de resolución por el Pleno.

La sentencia, por otra parte, estima la pretensión del Gobierno y declara inconstitucionales y nulos el artículo que impone al propietario de una vivienda "el deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico" porque afecta al contenido esencial del derecho a la propiedad de la vivienda.

La urgencia, justificada

La sentencia cree que no puede rechazarse "como abusiva o arbitraria la situación de extraordinaria y urgente necesidad" que el gobierno autonómico, para legislar de urgencia (cuya constitucionalidad se cuestiona en este proceso) "ha apreciado en la actual crisis económica y en sus consecuencias sobre la vivienda". Así las cosas, cree que el Gobierno andaluz" ha cumplido con la exigencia de presentar explícita y razonadamente la situación extraordinaria que le habilita a usar los poderes de legislación de urgencia atribuidos estatutariamente".

De ese modo, respalda que se emplee el Decreto-ley como "un instrumento del que es posible hacer uso para ordenar situaciones que reclaman una acción legislativa inmediata, en un plazo más breve que el requerido para la tramitación de las Leyes".

La Junta de Andalucía presentó en abril de 2013 su decreto ley para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. El texto contempla la expropiación del uso de la vivienda a los bancos, durante un máximo de tres años, en caso de desahucios de familias en riesgo de exclusión; y el fomento del alquiler de viviendas vacías a través de un sistema de penalización en el que se multará con hasta 9.000 euros a las entidades bancarias y a sus sociedades filiales que no arrienden sus inmuebles.

Fuente: europapress.com

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El Ministerio de Economía considera que el decreto Ley de la Junta de Andalucía que contempla la expropiación temporal de casas y pisos que se encuentran inmersas en un proceso de desahucio "no será eficaz" porque no contiene medidas efectivas que reduzcan la deuda de los usuarios una vez haya entrado en vigor.

Pisos en venta - Economía cree que "no será eficaz" la Ley andaluza de expropiación temporal de pisos

El martes, el Gobierno andaluz aprobó un decreto sobre la función social de la vivienda, concebido como un "plan de choque para frenar la sangría social" de los desahucios, con medidas como la expropiación temporal por un plazo de tres años del uso de las viviendas en inminencia de desahucio en caso de riesgo de exclusión social o amenaza para la salud física o psíquica de las personas.

Fuentes del Ministerio de Economía han señalado que el decreto "plantea muchos problemas", el primero de ellos "de pura eficacia" y el segundo sujeto a la ejecución presupuestaria. Además, han destacado que el procedimiento para determinar el número de viviendas que están vacías es "de una complejidad extraordinaria".

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